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RAMA JUDICIAL. REPÚBLICA DE COLOMBIA. JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE PUERTO WILCHES, SANTANDER, HACE SABER: Que dentro del PROCESO EJECUTIVO DE MÍNIMA CUANTÍA, Radicado número 2016-00016-00, adelantado por el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A., a través de su Apoderado Judicial Doctor ÓSCAR SALVADOR ZAPATA PÁEZ, contra JORGE VERA HERRERA, se señaló la hora de las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), del día CINCO (05) de FEBRERO del año DOS MIL DIECINUEVE (2019), para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble, predio urbano, ubicado en la Carrera 2 Barrio Arenal del municipio de Puerto Wilches, Santander, identificado con la Matrícula Inmobiliaria número 303-63506 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barrancabermeja, Santander, alinderado de la siguiente manera: Por el NORTE: Con predios de Melva Gómez, en 27.00 metros. Por el SUR: Con predios de Modesto Sánchez, en 27.00 metros. Por el ORIENTE: Con la Carrera Tercera, en 10.80 metros y por el OCCIDENTE: Con la Carrera Segunda, en 10.80 metros, de propiedad del demandado JORGE VERA HERRERA, avaluado en la suma de VEINTIÚN MILLÓN QUINIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($21.580.000.oo) M/CTE., cuyo secuestre designado es la señora MARIELA DURÁN SANTOS, quien se puede localizar en la Calle 34 No. 17-90 Apto. 602 Barrio Centro de Bucaramanga, Santander. Será postura admisible la que cubra el SETENTA POR CIENTO (70%) del avalúo del bien inmueble, corresponde a la suma de QUINCE MILLONES CIENTO SEIS MIL PESOS ($15.106.000.oo) M/CTE.; debiendo ser consignado el valor correspondiente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del avalúo del respectivo bien, por valor de OCHO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS ($8.632.000.oo) M/CTE., a orden de este juzgado para hacer postura, en la cuenta de DEPÓSITOS JUDICIALES número 6857- 5204- 2001, que este Despacho Judicial tiene en el Banco Agrario de Colombia S.A. de esta municipalidad, de conformidad a los Artículos 448 y 451 del Código General del Proceso, con la advertencia que el rematante deberá consignar dentro de los cinco (5) días siguientes, el saldo del valor del remate (Art. 453 del C.G.P.). La licitación comenzará a la hora antes indicada y solo será cerrada después de que haya transcurrido una (1) hora de su inicio. En cumplimiento de lo ordenado en el Artículo 450 del Código General del Proceso, se fija el presente AVISO DE REMATE en un lugar visible de la secretaría por el término legal, copia del mismo se expide para su publicación en el periódico ‘VANGUARDIA LIBERAL‘ o ‘EL TIEMPO‘ un día domingo o en una radiodifusora de la ciudad si la existe. Se fija en Puerto Wilches, Santander, el presente AVISO DE REMATE a las ocho de la mañana (8:00 a.m.), de hoy veintiuno (21) de Septiembre del año dos mil dieciocho (2018). Secretaria, (Fdo.) Xiomara Ortega Hernández. Hay un sello. Enero 13/19. 4575486.