Cuerpo para Impreso:
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL LANDÁZURI- SANTANDER. EDICTO - EMPLAZA A: Todas las personas que se crean con derecho a intervenir sobre el bien predio urbano denominado ‘LOTE NÚMERO OCHO (8) DEL BLOQUE B, de la urbanización Villa Mónica, con cédula Catastral número 010000 3800 150000, con un área de 54 metros cuadrados y se identifica con el folio de matrícula inmobiliaria número 324-52201 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Vélez, Santander, alinderado así: POR EL FRENTE O NORTE: Con el bloque A, en 6 metros de longitud; POR EL ORIENTE: Con el lote número 9 del bloque B en 9 metros de longitud y POR EL OCCIDENTE: Con baldíos de la nación en 9 metros de longitud y encierra. En los términos del Art. 407 del C.P.C, numerales 6° y 7°. Todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, propuesto por JOSÉ MANUEL PÉREZ contra HEREDEROS INDETERMINADOS DE JOSÉ SERRANO FONTECHA, bajo el radicado No. 2015-00001, deberán comparecer al Juzgado. Este edicto se publicará por el termino de Veinte (20) días en lugar público de la secretaría del Juzgado y se publicará dos (2) veces con intervalos no menores de cinco días calendario, dentro del mismo término en el diario Vanguardia Liberal o El Tiempo y en una radiodifusora del lugar, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y diez de la noche. Se advierte que transcurridos quince días a partir de la expiración el emplazamiento, se entenderá surtido respecto de las personas indeterminadas, a quienes se les designará un Curador Ad-litem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Landázuri, 1 de Junio de Dos Mil Quince (2015). Secretaria, (Fdo.) Lester Fontecha. Junio 12/15. 3741677.