EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAN ANDRÉS, SANTANDER EMPLAZA:
↧
EDICTO.- EL SUSCRITO
Cuerpo para Impreso:
EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAN ANDRÉS, SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del trámite de la liquidación sucesoral del causante HUMBERTO ÁVILA CÁCERES, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 5.736.123 expedida en San Andrés, Santander y quien falleció el 20 de junio del 2011 en el municipio de Riohacha, Guajira, teniendo como asiento principal de sus negocios el municipio de San Andrés, Santander. Aceptado el trámite de liquidación mediante Acta número 003 de fecha trece (13) de abril de 2016, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una Radiodifusora de la localidad, en cumplimiento a lo ordenado por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1.988, ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para tal efecto se fija el presente EDICTO hoy 14 de abril de 2016, siendo las 7:00 am en las dependencias de esta Notaría. El Notario, (Fdo.) Oscar Villamizar Cáceres. Hay un sello. Abril 19/16. 3994423.
↧
EDICTO EMPLAZATORIO.- EL
Cuerpo para Impreso:
EDICTO EMPLAZATORIO.- EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE PUENTE NACIONAL, SANTANDER, EMPLAZA: A LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos a intervenir en el proceso VERBAL DE PERTENENCIA seguido por EDGAR ENRIQUE BERNAL PARDO contra JORGE LUIS BERNAL PARDO, LUZ ÁNGELA BERNAL PARDO, OLGA YANIRA BERNAL PARDO Y MARÍA HERLINDA PARDO PEÑA Y PERSONAS INDETERMINADAS, para que dentro del término de fijación del presente Edicto y quince (15) días más, comparezcan al proceso a hacer valer sus derechos, previniéndoles que en caso de no comparecer, se les designará curador Ad-litem para que los represente en el proceso hasta su terminación. El inmueble cuya pertenencia solicitan las demandantes por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO es el siguiente: Lote de terreno denominado SAN ISIDRO - LOTE CINCO (5) O CUERNAVACA, junto con la casa de habitación en él levantada, ubicado en la vereda Bajo Cantano del municipio de Puente Nacional, tomado de otro de mayor extensión conocido con el nombre de SAN ISIDRO, con área especial de seis mil setecientos cincuenta y siete metros cuadrados (0.6757 m2), con la cual habrá de quedar de conformidad con el levantamiento topográfico, inscrito ante la Oficina de Catastro con la cédula catastral número 00- 00- 00- 00- 0006- 0286- 0-00-00-0000, englobado catastralmente con el resto del inmueble de mayor extensión y comprendido dentro de los siguientes LINDEROS TÉCNICOS ESPECIALES: Se tomó como punto de partida el detalle 12 A donde concurren las colindancias de JORGE LUIS BERNAL PARDO - Quebrada la Cantana y el interesado, colinda así: POR EL NORESTE: Del detalle 12 A al detalle 7, con la quebrada le Cantana, en longitud de 112.24 metros. POR EL SURESTE: Del detalle 7 al detalle 3 con MIGUEL ANTONIO GAMBA, en longitud de 135.62 metros; POR EL SUROESTE: Del detalle 3 al detalle No. A con la antigua vía del ferrocarril que viene de Barbosa a Puente Nacional en longitud de 19.50 metros; POR EL OESTE: Del detalle A al detalle 12 A punto de partida con JORGE LUIS BERNAL PARDO, en longitudes de 31.56 metros, más 176.30 metros, para un total de 207.86 metros y encierra, inmueble rural que se identifica en su mayor extensión con la matrícula inmobiliaria número 315-13361 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Puente Nacional. El predio antes identificado se encuentra dentro del globo de terreno de mayor extensión cuyos linderos generales son: POR El NORESTE: Del detalle 16 al detalle 7 con la quebrada La Cantana, en longitud de 188.72 metros. POR ESTE: Del detalle No. 7 al detalle 3 con MIGUEL ANTONIO GAMBA, en longitud de 135.62 metros. POR EL SUR: Del detalle 3 al detalle 1 con el carreteable que conduce de Alto Cantano a Puente Nacional, en longitud de 65.34 metros. POR OESTE: Del detalle No. 1 al detalle No. 16 punto de partida con MARÍA ESNEIDA REINA, en longitud de 224.13 metros y encierra. Para dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 407 numerales 6 y 7 del C.P.C., se fija el presente EDICTO EMPLAZATORIO en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de 20 días, siendo las 8 de la mañana de hoy 11 de ABRIL de 2016 y copias del mismo se expiden al interesado para su publicación dentro del mismo término, por 2 veces con intervalos no menores de 5 días calendario, en el diario Vanguardia Liberal y en la emisora La Voz de Sorocotá de Puente Nacional. Secretaria, (Fdo.) Carol Siluid Zafra González. Abril 19/16. 3994323.
EDICTO EMPLAZATORIO.- EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE PUENTE NACIONAL, SANTANDER, EMPLAZA:
↧
↧
EDICTO.- EL SUSCRITO
Cuerpo para Impreso:
EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la doble sucesión intestada de CARMEN ROSO SEPÚLVEDA DURÁN y LAUDELINA SEPÚLVEDA DE SEPÚLVEDA, cédulas de ciudadanía Nos. 1.974.478 y 28.329.101, fallecidos el día 15 de enero de 2.016 y 27 de diciembre de 2.014, en Floridablanca y Bucaramanga S., siendo esta última ciudad, el lugar de su último domicilio, mediante solicitud presentada por el doctor AUGUSTO CAMACHO AMAYA identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.538.104 expedida en Bucaramanga S., abogado titulado, portador de la T. P. No. 4.416 del C. S. J., obrando como apoderado de EXPEDITO SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA, ANA MERCEDES SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA, ELIX MARÍA SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA, LUZ MARINA SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA, NOEL SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA, CARMEN ANTONIO SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA, ORIELSO SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA, LUIS EMEL SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA, ÉLIDE SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA y CARMEN ROSO SEPÚLVEDA DURÁN. Aceptado el presente trámite mediante acta No. 46 de fecha 14 de abril de 2.015, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional, su difusión por una vez en una emisora de este municipio y su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días hábiles, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 3 del decreto 902 de 1.988. Para constancia se fija el presente edicto en la cartelera pública de esta Notaría, a las 7.30 A. M. del día 14 de abril de 2.016. Notario Quinto, (Fdo.) Marco Tulio Sinisterra Hurtado. Hay un sello. Abril 19/16. 3994265.
EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas
↧
EDICTO EMPLAZATORIO.- EL
Cuerpo para Impreso:
EDICTO EMPLAZATORIO.- EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE PUENTE NACIONAL, SANTANDER, EMPLAZA: A LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos a intervenir en el proceso VERBAL DE PERTENENCIA seguido por JOSÉ ALCIBIADES FLÓREZ FLÓREZ contra BENJAMÍN GONZÁLEZ SÁENZ, ETELVINA APONTE DE PEÑA, CARMEN VARGAS DE APONTE Y BLANCA OTILIA CUBIDES DE CORREDOR Y PERSONAS INDETERMINADAS, para que dentro del término de fijación del presente Edicto y quince (15) días más, comparezcan al proceso a hacer valer sus derechos, previniéndoles que en caso de no comparecer se les designará curador Ad-litem para que los represente en el proceso hasta su terminación. El inmueble cuya pertenencia solicitan las demandantes por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO es el siguiente: Inmueble rural denominado LA DESPENSA ubicado en la vereda Alto Cantano del municipio de Puente Nacional, el cual hace parte de otro de mayor extensión llamado también LA DESPENSA, con un área de una hectáreas con dos mil setecientos setenta y nueve metros cuadrados y con la cual habrá de quedar de conformidad con el levantamiento topográfico, inscrito ante la Oficina de Catastro con la cédula catastral número 00-00-00-00- 0005- 088-0-00-00-0000, cuyos LINDEROS TÉCNICOS ESPECIALES: Se tomó como punto de partida el detalle 26 donde concurren las colindancias de JOSÉ ALCIBIADES FLÓREZ FLÓREZ, BENJAMÍN GONZÁLEZ GONZÁLEZ y el interesado. Colinda así: POR EL NORESTE: Del detalle 26 al detalle 20, con BENJAMÍN GONZÁLEZ, en una longitud de 87.87 metros. POR EL SURESTE: Del detalle 20 al detalle 10 con DIMAS SÁENZ, con una longitud de 136.51 metros; POR EL SUROESTE: Del detalle 10 al detalle 1, con RICARDO CAMACHO, carreteable al medio, en longitud de 98.77 metros; POR EL NOROESTE: Del detalle 1 al detalle 26 punto de partida con JOSÉ ALCIBIADES FLÓREZ FLÓREZ, en una longitud de 162.59 metros y encierra. Inmueble rural que se identifica en su mayor extensión con la matrícula inmobiliaria número 315-4430 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Puente Nacional. El predio denominado LA DESPENSA de mayor extensión tiene los siguientes linderos: POR CABECERA: Con tierras de herederos de TIMOTEO FAJARDO, en el filo de una cuchilla al medio. POR UN COSTADO: Tierras de POLICARPO MERCHÁN, JOSÉ SÁENZ, a dar a una zanja, tierras de TEODORO CAMELO y de HELIODORO MATEUS, a dar a la unión de dos zanjones, el filo de una peña, cerca de madera y una zanja al medio. POR EL PIE: Tierras de herederos de HELIODORO MATEUS, zanjón al medio y POR EL OTRO COSTADO: Con tierras de JESÚS PALOMINO y las de HEREDEROS DE FRANCISCO SÁNCHEZ, zanjón, cercas de alambre y madera al medio. Para dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 407 numerales 6 y 7 del C.P.C., se fija el presente EDICTO EMPLAZATORIO en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de 20 días, siendo las 8 de la mañana de hoy 5 de ABRIL de 2016 y copias del mismo se expiden al interesado para su publicación dentro del mismo término, por 2 veces con intervalos no menores de 5 días calendario, en el diario Vanguardia Liberal y en la emisora La Voz de Sorocotá de Puente Nacional. Secretaria, (Fdo.) Carol Siluid Zafra González. Abril 19/16. 3991447.
EDICTO EMPLAZATORIO.- EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE PUENTE NACIONAL, SANTANDER, EMPLAZA:
↧
CURADURÍA URBANA No.
Cuerpo para Impreso:
CURADURÍA URBANA No. 2 DE GIRÓN. Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCÍA REY. RESOLUCIÓN No. 0043/ 130 4 2 0 16. RAD. 6830 72160161 DEL 09 DE MARZO DE 2016. POR LA CUAL SE CONCEDE UNA LICENCIA URBANÍSTICA CLASE CONSTRUCCIÓN - MODALIDAD OBRA NUEVA - CATEGORÍA URBANA. El Curador Urbano No. 2 de Girón Arquitecto Claudio Fernando García Rey en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por: La Ley 388 de 1997, la Ley 400 de 1997, la Ley 810 de 2003, el Decreto 1077 del 26 de Mayo de 2015, Decretos: No. 926 del 19 de marzo de 2010, No. 092 de 2011 y Decreto 340 del 13 de Febrero de 2012 (NSR-10), Resolución G-0719 del 10 de Julio de 2015, el Acuerdo 100 del 30 de noviembre de 2010 ‘Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio San Juan de Girón. CONSIDERANDO: 1 Que el Alcalde del Municipio San Juan de Girón, en uso de las facultades y en especiales las otorgadas por el Acuerdo Municipal No. 089 del 30 de noviembre de 2014, dentro del Marco Legal del Decreto 1469 de 2010, compilado por el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, mediante Resolución No. G-0719 del 10 de Julio de 2015, Designó como Curador Urbano N° 2 del Municipio de Girón, para un período individual de 5 años, al Arquitecto Claudio Fernando García Rey; quedando éste facultado para emitir licencias urbanísticas en todas sus modalidades de acuerdo a la normatividad nacional vigente para la materia. 2 Que JAIRO ANDRÉS ORÓSTEGUI HINCAPIÉ, identificado(a) con la cédula de ciudadanía N° 1.095.795.008 expedida en Floridablanca (SDER.) en su calidad de propietario(a) de los predios localizados en la CALLE 13D PEATONAL # 14-43/49 y CALLE 13C PEATONAL # 14- 42/48 del barrio PUERTO MADERO del municipio San Juan Girón, identificado con los números prediales 6830 7010 3070 50011/ 0012/ 0026/ 0027000, matrículas inmobiliarias 300-329980/ 329081/ 329095/ 329096 y cuyos linderos son los consignados en la escrituras públicas N° 1379 del 01 de septiembre de 2015 de la Notaría segunda (2a) del Círculo de Floridablanca, N° 1377 del 01 de septiembre de 2015 de la Notaría Segunda (2a) del Círculo de Floridablanca, N° 1376 del 01 de septiembre de 2015 de la Notaría Segunda (2a) del Círculo de Floridablanca y N° 1378 del 01 de septiembre de 2015 de la Notaría Segunda (2a) del Círculo de Floridablanca, ha solicitado LICENCIA URBANÍSTICA CLASE CONSTRUCCIÓN - MODALIDAD OBRA NUEVA - CATEGORÍA URBANA. 3. Descripción del proyecto: Licencia de Construcción - Modalidad Obra Nueva- categoría Urbana de una (1) unidad Dotacional de Cuatro pisos y terraza; en cuatro (4) lotes de terreno, que con el presente acto quedan englobados cuya sumatoria da un total de Área de 160.00 m2. PRIMER PISO: Área construida Primer Piso: 140,52 m2, Área Libre Primer Piso: 19,10 m2. SEGUNDO PISO: Área construida Segundo Piso: 140,52 m2, TERCER PISO: Área construida Tercer piso: 140,52 m2, CUARTO PISO: Área construida Cuarto piso: 140,52 m2, TERRAZA: Área construida Terraza 29,92 m2, Área libre Terraza 110,60 m2, área total construida: 592,00 m2. 4 Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo séptimo del Decreto 1469 de 2010, se señala la licencia de construcción en OBRA NUEVA es la autorización para adelantar obras de edificación en terrenos no construidos o cuya área esté libre por autorización de demolición total. 5. Que de conformidad al parágrafo 1 del artículo 2.2.6.1.2.1.7 del decreto 1077 del 2015, el solicitante de la Licencia de la referencia instaló la valla según las condiciones y especificaciones técnicas establecidas en dicha norma, de la cual allegó la correspondiente foto según establece la norma mencionada. 6. De conformidad con el 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 del 2015, que compilo el decreto 1469 del 2010, se citó a los vecinos colindantes. 7. Hasta el presente día en el que se expide el presente acto administrativo, no se ha presentado oposición, objeción u observación alguna a la solicitud de licencia urbanística de la referencia, por parte de algún vecino colindante o tercero interviniente. 8. Que el titular de la Licencia deberá cumplir con la TOTALIDAD de las obligaciones consagradas en el Artículo 2.2 6.1.2.3.6 del Decreto 1077 de Mayo 26 de 2.015. 9. Que dichas obras no podrán iniciarse sin el cumplimiento de los requisitos legales exigidos por la Secretaría de Planeación, Control Físico y por la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios previo el cumplimiento de los requisitos exigidos en el convenio de disponibilidad efectiva de los servicios o documento similar el cual permite el acceso y/o instalación de los servicios convenidos. Así mismo deberán observarse las disposiciones contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial vigentes en el Municipio. (Acuerdo 100 de noviembre 30 del 2.010). 10. Los profesionales que suscriban el formulario único nacional, como profesionales responsables del proyecto solicitante de licencia urbanístico en cualquiera de sus modalidades, serán responsables de cualquier contravención y violación a las normas urbanísticas y estructurales que fueron aplicadas para aprobar los respectivos proyectos. PROFESIONALES RESPONSABLES: URBANIZADOR O CONTRATISTA: Ing. LUZ ESTELA RIVERA. Matrícula Profesional: 25202- 40323 CND. ARQUITECTO PROYECTISTA: CARLOS FIDEL MATAJIRA OCHOA. Matrícula Profesional: A68091999- 91227688. INGENIERO CIVIL CALCULISTA: JHON EDINSON DOMÍNGUEZ ACERO. Matrícula Profesional: 68202- 158428 STD. INGENIERO CIVIL O GEOTECNISTA: RAÚL PÉREZ HURTADO. Matrícula Profesional: 68202- 087099 STD. 11. Que la Curaduría Urbana No. 2 de Girón, NO ASUME RESPONSABILIDAD alguna por la inobservancia de lo expuesto en esta resolución y de lo que de ello se derive. 12. Que este Proyecto deberá cancelar la Delineación Urbana, mediante Recibo de pago expedido por la Tesorería Municipal de Girón para la entrega y notificación del presente acto administrativo. 13. Que el proyecto arquitectónico, los planos y cálculos estructurales de la construcción, fueron revisados y aprobados por funcionarios de la Curaduría Urbana N° 2 de Girón, de acuerdo a las normas legales vigentes al momento de la solicitud debidamente radicada. En Consecuencia RESUELVE: PRIMERO: CONCEDER LA LICENCIA URBANÍSTICA CLASE CONSTRUCCIÓN -MODALIDAD OBRA NUEVA CATEGORÍA URBANA, a JAIRO ANDRÉS ORÓSTEGUI HINCAPIÉ identificad(o)a con la cédula de ciudadanía N° 1.095.795.008 expedida en Floridablanca, en su calidad de propietario(a) de los predios localizados en CALLE 13D PEATONAL # 14 - 43/49 y CALLE 13C PEATONAL # 14 - 42/48 del barrio PUERTO MADERO del Municipio San Juan Girón, identificado con los números prediales 6830 7010 3070 50011/ 0012/ 0026/ 0027000, matrículas inmobiliarias 300-329080/ 329081/ 329095/ 329096 y cuyos linderos son los consignados en las escrituras públicas N° 1379 del 01 de septiembre de 2015 de la Notaría Segunda (2a) del Círculo de Floridablanca, N° 1377 del 01 de septiembre de 2015 de la Notaría Segunda (2a) del Círculo de Floridablanca, N° 1376 del 01 de septiembre de 2015 de la Notaría Segunda (2a) del Círculo de Floridablanca y No. 1378 del 01 de septiembre de 2015 de la Notaría Segunda (2a) del Círculo de Floridablanca. SEGUNDO: AUTORÍCESE: Licencia de Construcción - Modalidad Obra Nueva -categoría Urbana de una (1) unidad Dotacional de Cuatro pisos y terraza; en cuatro (4) lotes de terreno, que con el presente acto quedan englobados cuya sumatoria da un total de Área de 160,00 m2. PRIMER PISO: Área construida Primer Piso: 140,52 m2, Área Libre Primer Piso 19,10 m2. SEGUNDO PISO: Área construida Segundo Piso: 140,52 m2, TERCER PISO: Área construida Tercer piso: 140,52 m2. CUARTO PISO: Área construida Cuarto piso: 140,52 m2, TERRAZA: Área construida Terraza 29,92 m2, Área libre Terraza 110,60 m2, área total construida: 592,00 m2. TERCERO: Con fundamento en el decreto compilatorio 1077 del 2015, la vigencia de la presente resolución será: Artículo 47. Vigencia de las licencias: Las Licencias de urbanización, parcelación y construcción, tendrán una vigencia de Veinticuatro (24) m
↧
↧
REPÚBLICA DE COLOMBIA.
Cuerpo para Impreso:
REPÚBLICA DE COLOMBIA. NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO DE BARBOSA DEPARTAMENTO DE SANTANDER. EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE BARBOSA SANTANDER CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derechos a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite Notarial, dentro de la liquidación, partición y adjudicación de la sucesión testada de ALBERTO SANTAMARÍA OLARTE, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 2.201.053 expedida en Vélez - Santander, fallecido el día 30 de mayo de 2014 en Floridablanca - Santander, siendo Barbosa - Santander, su último domicilio y asiento principal de sus negocios, aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número 007 de fecha catorce (14) de abril del año 2016. Para los efectos previstos en el Artículo 3o. numeral 2o. del Decreto 902 de 1988, en concordancia con el Artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días y copias del mismo se entregan a los interesados para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de la localidad. Para constancia se fija el presente edicto hoy quince (15) de abril del año dos mil dieciséis (2016), siendo las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.). La Notaria Única, (Fdo.) Dra. Luz Stella Sarmiento Herrera. Hay un sello. Abril 19/16. 3992920.
↧
EDICTO EMPLAZATORIO. EL
Cuerpo para Impreso:
EDICTO EMPLAZATORIO. EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE CACHIRA POR EL PRESENTE EDICTO: CITA Y EMPLAZA. A todas las personas que consideren con derecho a intervenir dentro de las diligencias de liquidación y participación de la Herencia de los causantes MARIANO GALVIS PADILLA Y ANA CLEOTILDE CARRILLO DE GALVIS quienes eran portadores de las cedulas Números 5.422.766 y 27.654.950 expedidas en Cachira Norte de Santander, respectivamente, fallecidos el día 29 de Noviembre de 1977 en Cachira Norte de Santander y el día 06 de Junio del año 2011, en el municipio de Táchira, Venezuela, respectivamente, cuyo último domicilio fu el Municipio de Cáchira, petición debidamente aceptada mediante acta No. Dos (02) del doce (12) de Abril del año 2016, ordenado su publicación en el periódico VANGUARDIA LIBERAL y en la radio difusora local PAZ Y VIDA. Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3°, del decreto 902 de 1988, ordenados además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el mismo termino. El presente EDICTO EMPLAZATORIO, se fija hoy 13 del mes de Abril del año 2016 a las 8 a.m. (Fdo.) IVAN ORDOÑEZ PARADA NOTARIO CACHIRA. Hay un sello. 19/04/2016. 3993282.
↧
EDICTO.- LA NOTARIA
Cuerpo para Impreso:
EDICTO.- LA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión INTESTADA del causante: ANTONIO VICENTE RODRÍGUEZ RUIZ quien en vida se identificó con la CC No. 2.065.008, fallecido el día 11 de Agosto de 2013 en el municipio de San Gil, siendo su último asiento y domicilio principal de sus negocios el municipio de San Gil (Santander). Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número 034 de 14 de ABRIL de dos mil DIECISÉIS (2016) se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy QUINCE (15) de ABRIL de dos mil DIECISÉIS (2016) siendo las ocho de la mañana (8:00 am). La Notaria Primera, (Fdo.) Ángela Yolima Sánchez Acuña. Hay un sello. Abril 19/16. 3993410.
↧
AVISO DE REMATE.-
Cuerpo para Impreso:
AVISO DE REMATE.- El JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE LEBRIJA, SANTANDER HACE SABER: Que dentro del proceso divisorio adelantado por DEMETRIO CARLOS PÉREZ en contra de BENINA CORDERO ALMEIDA, radicado con el No. 2014-00137-00, se ha fijado la hora de las 10:00 de la mañana del 4 de mayo de 2016, para llevar a cabo la diligencia de remate del siguiente bien inmueble ubicado en la calle 6 No. 6 B - 05 Bifamiliar Pérez, apartamento 201 Barrio El Pesebre Alto del municipio de Lebrija, distinguido con matrícula inmobiliaria No. 300-177465, número catastral 01-00- 0128- 0014- 901 y alinderado así: POR EL NORTE: Partiendo de la esquina nororiental identificada con el punto No. 1 en sentido oriente-occidente longitud aproximada de 5.10 metros al punto No. 10 con muro común, más longitud aproximada de 2.80 metros en sentido norte-sur, más longitud aproximada de 6.40 metros del punto 9 al punto 8 con muro común que da vacío al patio de ropas del apartamento 101; POR EL SUR: Longitud aproximada de 11.70 metros del punto 2 al punto 3 con muro común de fachada sobre la calle 6; POR EL ORIENTE: Longitud aproximada de 10.70 metros del punto 2 al punto 1 con muro común de fachada que da vacío sobre peatonal carrera 6B; POR EL OCCIDENTE: Partiendo de la esquina sur-occidental identificada con el punto No. 3 en el sentido sur-norte al punto 4 longitud aproximada de 3.50 metros con muro común medianero que da a predio vecino que es, o fue de Nubia Gómez; más longitud aproximada de 3.30 metros en sentido occidente-oriente, más longitud aproximada de 2.20 metros del punto 5 al punto 6 con muro que da vacío sobre patio interior del apartamento 101, más longitud aproximada de 3.30 metros en sentido oriente-occidente, más longitud aproximada de 2.00 metros del punto 7 al punto 8 con muro común medianero que da a predio vecino que es o fue de Nubia Gómez, más longitud aproximada de 6.40 en sentido occidente-oriente, más longitud aproximada de 2.80 metros del punto 9 al punto 10 con muro común que da vacío sobre patio de ropas del apartamento 101; POR EL CENIT: Parte a 2.50 metros de la placa estructural que sirve de cubierta a la construcción y parte con el cielo o infinito; POR EL NADIR: De la placa estructural que lo separa del apartamento 101. Tiene área privada de 96 metros cuadrados y área construida aproximada de 101.70 metros cuadrados, consta de sala, comedor, un local, dos alcobas con closet, cocina, baño y patio de ropas y avaluado en la suma de $98.825.600.oo siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, previa consignación del 40% del mismo en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia de esta localidad. Los interesados deben presentar el día y hora de la subasta, las ofertas en sobre cerrado tal y como indica el artículo 354 de la ley 1395 de 2010 que modificó el artículo 527 del C.P.C. Para los efectos de los artículos 471 y 525 del C.P.C., se expide el presente aviso y copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación con una antelación no inferior a diez días a la fecha del remate en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora local. Igualmente deberá allegarse un certificado de libertad y tradición actualizado del respectivo inmueble expedido dentro de los cinco días anteriores a la fecha del remate. Se fija hoy cinco (5) de abril de dos mil dieciséis (2016) a las ocho de la mañana. Secretaria, (Fdo.) Martha Cecilia Sánchez Castellanos. Abril 19/16. 3993666.
↧
↧
EL SUSCRITO NOTARIO
Cuerpo para Impreso:
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PUERTO WILCHES SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite de liquidación sucesoral del causante SIMEÓN CUADROS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 5.713.598 expedida en Puerto Wilches, cuyo último domicilio o asiento principal de sus negocios fue el municipio de Puerto Wilches (Santander), quien falleció el día 10 de junio de 2.010 en la ciudad de Floridablanca - Santander. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta 003 del 05 de abril del 2016, se ordena la publicación de este edicto en el periódico VANGUARDIA LIBERAL y en la radiodifusora PUERTO WILCHES STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy seis (06) de abril del año dos mil dieciséis (2016), a las 7:00 am. El Notario Único, (Fdo.) José Camilo Reyes Cárdenas. Hay un sello. Abril 8/16. 3983600.
↧
CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN
Cuerpo para Impreso:
CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR.- Nombre (Solicitante y/o Beneficiario): ISABEL SUÁREZ DE RAMÍREZ, C.C. 28.327.491. Motivo de publicación: Extravío (X). Pretensión: Cancelación y reposición de título valor. Tipo de Título: A.B. N° del Título: 17989712. Titular o Beneficiario: ISABEL SUÁREZ DE RAMÍREZ, C.C. 28.327.491. Valor: VEINTIDÓS MILLONES DE PESOS ($ 22.000.000.). Otorgante: Banco Davivienda S.A. CDT - Fecha de expedición: 2013-10-12. Fecha de vencimiento: 2016-04-12. Tasa: 4.55. Plazo: 90 días. Tipo de Manejo: Individual. Datos para notificación - Oficina que emitió o giró el título: Nombre de la oficina: CABECERA DEL LLANO. Dirección de la oficina: Cra. 33 No. 49-35. Teléfono de la oficina: 6528000 Ext. 87016. Nota: La publicación de este aviso se deberá realizar en un periódico de circulación nacional. Abril 8/16. 3983766.
↧
AVISO.- La Oficina
Cuerpo para Impreso:
AVISO.- La Oficina Asesora de Planeación Municipal de Piedecuesta, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 388 de 1997 y el Decreto Nacional 1077 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, HACE SABER al PROPIETARIO y/o RESIDENTE que sea VECINO COLINDANTE del predio ubicado en la CALLE 7N # OW-04 MANZANA C BARRIO PARAÍSO II del Municipio de Piedecuesta, que en este despacho se ha radicado una solicitud de reconocimiento de edificación para el predio en mención y dicha solicitud consiste en: Radicación: 68547-0-16-050; Fecha: 26 de Febrero del 2016; Tipo de Solicitud: Reconocimiento de edificación; Dirección del predio: CALLE 7N # OW-04 MANZANA C BARRIO PARAÍSO II del Municipio de Piedecuesta. Folio de matrícula inmobiliaria: 314-43818 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Piedecuesta y con el número predial: 6854 70100 105600 17000; Uso: RESIDENCIAL. Propietarios del predio: LUZ MARINA LEAL CARVAJAL y AMANDA ROCÍO LEAL CARVAJAL. Se elabora este aviso para dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.1.2.1 del Decreto Nacional 1077 de 2015, atendiendo que no fue posible la citación en forma personal y con el objeto de que usted(es) como vecino(s) colindante(s) del inmueble, se haga(n) parte y pueda(n) hacer valer sus derechos. Una vez concluido el estudio técnico, si el proyecto se ajusta a las normas técnicas respectivas se citarán a cualquier persona o autoridad que se hubiere hecho parte dentro del trámite administrativo, Yenny Villamizar Jaimes- Auxiliar administrativa. Abril 8/16. 3983853.
↧
EDICTO No. 10/2016.
Cuerpo para Impreso:
EDICTO No. 10/2016. La Suscrita Notaria Única del Círculo de Lebrija. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en la liquidación notarial, de la sucesión de ANA DOLORES DELGADO DE REYES, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.153.030 expedida en Motoso - Girón (Sder), fallecida en el municipio de Lebrija (Sder), el día 12 de julio de 2012, defunción registrada en la Registraduria Municipal del Estado Civil de Lebrija (Sder) bajo el indicativo serial 05982005, quien tuvo como domicilio y asiento principal de sus negocios, el municipio de Lebrija (Sder), para que dentro del término de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, se hagan presentes en la misma. El trámite notarial se inició mediante el acta No. 10 de fecha seis (06) de abril de dos mil dieciséis (2016) con el lleno de los requisitos esta notaria ordena la publicación de este edicto en un periódico y en la emisora local, lo mismo que su fijación en lugar visible de esta Notaria, por el término de diez días, como dispone el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988. Se fija hoy siete (07) de abril de dos mil dieciséis (2016). La Notaria, (Fdo.) Lola Yaneth Ojeda Villamizar. Notaria Única del Círculo de Lebrija. Hay un sello. Abril 08/2016. 3983859.
↧
↧
EDICTO No. 09/2016.
Cuerpo para Impreso:
EDICTO No. 09/2016. La Suscrita Notaria Única del Círculo de Lebrija. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en la liquidación notarial, de la sucesión de FREDY PINTO GOMEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 13.538.059 expedida en Lebrija (Sder), fallecido en el municipio de San Alberto (Cesar), el día 19 de diciembre de 2015, defunción registrada en la Registraduria Municipal del Estado Civil de Aguachica (Cesar) bajo el indicativo serial 08112366, quien tuvo como domicilio y asiento principal de sus negocios, el municipio de Lebrija (Sder), para que dentro del término de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, se hagan presentes en la misma. El trámite notarial se inició mediante el acta No. 09 de fecha cinco (05) de abril de dos mil dieciséis (2016) con el lleno de los requisitos esta notaria ordena la publicación de este edicto en un periódico y en la emisora local, lo mismo que su fijación en lugar visible de esta Notaria, por el término de diez días, como dispone el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988. Se fija hoy seis (06) de abril de dos mil dieciséis (2016). La Notaria, (Fdo.) Lola Yaneth Ojeda Villamizar. Notaria Única del Círculo de Lebrija. Hay un sello. Abril 08/2016. 3983857.
↧
EDICTO.- EL JUZGADO
Cuerpo para Impreso:
EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE VÉLEZ (SDER) EMPLAZA: A LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el respectivo predio para intervenir dentro del proceso VERBAL DE PERTENENCIA AGRARIA, (por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio), instaurado por MARÍA ESPERANZA, ROQUE JULIO, MARÍA MARLENE, GUSTAVO, CÉSAR AUGUSTO, MARÍA PATRICIA Y OCTAVIO PALOMINO SAAVEDRA, en contra de MATILDE ROSELY PALOMINO FIGUEROA, ROQUE SAÚL PALOMINO FIGUEROA Y JAIME ALBERTO MASMELA y demás PERSONAS INDETERMINADAS, radicado al Nro. 2015-00079-00 respecto del siguiente predio antes rural: Predio denominado LA HÉLIDA ubicado en la Vereda El Gaital, hoy Zaranda del municipio de Vélez, con una extensión de ciento sesenta y seis hectáreas aproximadamente, o su equivalente bajo la nueva medición realizada por el IGAC, correspondiente a ciento treinta hectáreas (130 has), número predial de Catastro 68-861-100- 02.00- 0007- 0001-0-00- 00- 0000, determinado por los siguientes linderos: SUR: Partiendo desde un punto de la carretera de El Carare por cerca de alambre deslindando con tierras de propiedad JUAN RODRÍGUEZ Y CARLOS VELÁSQUEZ, antes JANUARIO LUENGAS, en longitud de 606 mtrs y encuentra el cerro de Alto Grande mancado con el croquis dentro de los puntos (A y B); POR EL OCCIDENTE: Sigue con el filo del nombrado Cerro, deslindando mejoras de RAMÓN CEPEDA, en longitud de 1.500 mts y encuentra predios de EVANGELISTA CHACÓN, marcado con el croquis con los puntos (B y C), por EL NORTE: Desde el cerro Alto Grande deslindando tierras de la nombrada CHACÓN en línea recta en 750 mts en longitud y encuentra la carretera del Carare, marcada en el croquis con los puntos (C y B), sigue por ésta 75 mts donde se halla una alcantarilla sobre la misma carretera marcada en croquis con los puntos (B y E) y encuentra con los predios de JUAN BARRERA sigue en línea recta por una cordillera que deslinda los predios BARRERA, línea que mide 565 mts maraca en el croquis por los puntos (E y F) y encuentra predios de URBANO BARRERA de aquí sigue a buscar el río Quirata en línea recta de 800 mts de longitud y que está marcada con árboles con cruces, distinguida en el croquis por los puntos (F y G), deslindando con tierras de URBANO RIVERA; por el ORIENTE: El río Quiratá aguas arriba en una extensión de 450 mts y encuentra la desembocadura de la quebrada Ayacucho, marcada en croquis con los puntos (G y H), deslindando aquí predios de ANDRÉS GRANDA, sigue esta quebrada aguas arriba en una extensión de 120 mts, marcada en croquis con las letras (H y Y), deslindando con tierras de JULIO ARDILA y de aquí vuelve al OCCIDENTE: En línea recta por árboles marcados con cruces y cerca de alambre en una buena extensión de 150 mts marcada en croquis con las letras YJ deslindando con tierras de FONTECHA y encuentra la carretera del Carare, sigue la carretera hacia el sur 200 mts, distinguidos con las letras J y K, encuentra una cerca de alambre a la derecha, sigue ésta arriba, sale nuevamente hacia la carretera la atraviesa y continúa en línea recta en 850 mts de extensión señalada en el croquis con las letras K y L, deslindando en este trayecto con tierras de FONTECHAS, hasta salir al portón camino antiguo del Carare sobre una lomita, vuelve hacia abajo o sea el occidente por dicho camino en 325 mts señalada en croquis con las letras L y N deslindando con tierras de JUAN RODRÍGUEZ y encuentra la precipitada carretera y sigue por ésta 100 mts señalada en el croquis con los puntos N y A hasta encontrar el punto de partida del primer lindero y encierra 3.758 tomo 13 -distinguido con el folio de matrícula inmobiliario Nro. 324-9102 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Vélez.- LINDEROS ESPECIALES DEL GLOBO DE TERRENO A USUCAPIR, equivalente a 17.78 hectáreas determinado por los siguientes linderos: NORTE: Tierras del mismo predio LA HÉLIDA, de propiedad del señor JOSUÉ DANILO MARÍN VÁSQUEZ y sector poseído materialmente por el mismo, hoya día JAIME ALBERTO ROJAS MASMELA, ORIENTE: La quebrada Ayacucho hasta la desembocadura del río Quiratá. OCCIDENTE: Predios de la misma finca LA HÉLIDA de propiedad de los hermanos PALOMINO SAAVEDRA demandantes en esta acción en común y proindiviso con tierras de la fallecida ALICIA SAAVEDRA PALOMINO y las cuotas partes de los señores MATILDE ROSELY Y ROQUE SAÚL PLAOMINO FIGUEROA. SUR: Parte quebrada Ayacucho y su parte alta con predios de los señores BERNAL. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 407 del C. de P.C., se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días hábiles a partir de las ocho de la mañana del día nueve (09) de marzo del año en curso (2016), copia del mismo se entregará al interesado para su publicación en cualquiera de los periódicos Vanguardia Liberal y/o El Tiempo, lo mismo que en la emisora Radio Ciudad de Vélez de funcionamiento en esta localidad de Vélez, las publicaciones deberán ser por DOS (2) VECES, durante el emplazamiento, con intervalos no menores de cinco (5) días, debiendo ser la radial en las horas comprendidas entre las 7 a.m. y las 10 p.m. Se advierte que transcurridos quince (15) días después de la desfijación del Edicto en la Secretaría se entenderá surtido el emplazamiento de las personas indeterminadas llamadas a juicio y se procederá a la designación de Curador Ad-Litem con quien se surtirá la notificación y ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Secretario (Fdo.) Sergio Andrés Mogollón Peñaloza. Abril 18/16. 3986186.
EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE VÉLEZ (SDER) EMPLAZA: A
↧
LICENCIA URBANÍSTICA DE
Cuerpo para Impreso:
LICENCIA URBANÍSTICA DE CONSTRUCCIÓN No. 000004. MODALIDAD OBRA NUEVA, Abril 15 de 2016. Radicación No. 150168. Solicitud: NUEVA RESUELVE: PRIMERO: CONCEDER LICENCIA URBANÍSTICA DE CONSTRUCCIÓN MODALIDAD OBRA NUEVA al señor RUBÉN DARÍO HERRERA MENDIETA identificado con la cédula de ciudadanía No. 91.497.024 expedida en Bucaramanga, para la construcción de Edificación de uno y dos piso Pisos de Comercio, para Parqueadero con zona de Lavado. ÁREA DE INTERVENCIÓN 196.64 m2, en el predio ubicado en la CARRERA 26 No. 25/23/37 y CALLE 26 No. 26-14. SEGUNDO: Contra el presente acto proceden los recursos de la vía administrativa contemplados en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2.011), de la forma prevista en el Artículo 2.2.6.1.2.3.9 del decreto 1077 de Mayo 26 de 2.015 dentro de los 10 días hábiles a siguientes a su notificación para los intervinientes y contados a partir de su publicación para terceros indeterminados. TERCERO: La presente Licencia tiene vigencia máxima de 24 meses prorrogables por una sola vez por un plazo adicional de (12) meses, contados a partir de la fecha de su ejecutoria. La solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los 30 días calendario antes del vencimiento. (Artículo 2.2.6.1.2.4.1 Decreto 1077 de Mayo 26 de 2.015). CUARTO: La presente resolución se notificará al solicitante y a los terceros intervinientes si los hubiese de conformidad al código Administrativo de lo Contencioso Administrativo. QUINTO: La presente resolución rige a partir de su publicación de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 10772015 en concordancia con el Artículo 73 de la ley 1437/2.011. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Girón en Abril 15 de 2016. Curador Urbano No. 1 de Girón, (Fdo.) Farid Numa Hernández. Hay un sello. Abril 20/16. 3994845.
LICENCIA URBANÍSTICA DE CONSTRUCCIÓN No. 000004. MODALIDAD OBRA NUEVA, Abril 15 de
↧
EDICTO No. 010.-
Cuerpo para Impreso:
EDICTO No. 010.- LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE SUAITA SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico VANGUARDIA LIBERAL en el trámite notarial de LIQUIDACIÓN ADICIONAL SUCESORAL del causante ELVIA RAMÍREZ DE NIÑO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.427.502 y falleció en la ciudad de Bogotá el día 07 de Agosto de 2014 siendo su último domicilio y asiento de sus negocios el Municipio de Suaita Santander. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número 10 de fecha 29 de Marzo de 20 16. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico VANGUARDIA LIBERAL, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez. El presente EDICTO se fija hoy a los 15 días del mes de Abril de 2016.- La Notaria (E) (Fdo.) Fulvia Esther del Pilar Sáenz Suárez. Abril 20/16. 9236.
EDICTO No. 010.- LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE SUAITA SANTANDER
↧
↧
EDICTO EMPLAZATORIO.- El
Cuerpo para Impreso:
EDICTO EMPLAZATORIO.- El JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE PUENTE NACIONAL, SANTANDER, EMPLAZA: A LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos a intervenir en el proceso VERBAL DE PERTENENCIA seguido por DORA JAZMÍN SABOGAL contra HEREDEROS INDETERMINADOS de EFRAÍN ARDILA OSMA Y PERSONAS INDETERMINADAS, para que dentro del término de fijación del presente Edicto y quince (15) días más, comparezcan al proceso a hacer valer sus derechos, previniéndoles que en caso de no comparecer, se les designará curador Ad-litem para que los represente en el proceso hasta su terminación. El inmueble cuya pertenencia solicitan la demandante por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO son los siguientes: 1. Lote de terreno denominado EL PLACER - LOTE NÚMERO 4, ubicado en la vereda de Semisa del Municipio de Puente Nacional, tomado de otro de mayor extensión conocido con el nombre de PLACER con área especial de dos mil setecientos noventa y siete metros cuadrados (0.2797 Mts2) con la cual habrá de quedar, de conformidad con el levantamiento topográfico, inscrito ante la Oficina de Catastro con la cédula catastral número 00- 00- 00- 00- 0003- 0083-0- 00- 00- 000 englobado catastralmente con el resto del inmueble de mayor extensión y comprendido dentro de los siguientes LINDEROS TÉCNICOS ESPECIALES: POR EL NORESTE: Del detalle 21 A al detalle 32a, con el lote número 3 de MYRIAN YOLANDA MOSQUERA en longitud de 33.18 metros; POR EL SURESTE: Del detalle 32A al detalle 32 con SILVIA MARIÁN, en longitud de 55.54 metros; POR EL SUROESTE: Del detalle 32 al detalle 29 con MARÍN PULIDO y arroyo al medio, en longitud de 68.71 metros; POR EL NOROESTE: Del detalle 29 al detalle 21 A punto de partida con carreteable que conduce de Puente Nacional a Guavatá, en longitud de 67.13 metros y encierra. Inmueble rural que se identifica en su mayor extensión con la matrícula inmobiliaria número 315-4257 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Puente Nacional. 2. Lote de terreno denominado EL PLACER LOTE NÚMERO 2 ubicado en la vereda Semisa del Municipio de Puente Nacional, tomado de otro de mayor extensión conocido con el nombre de PLACER con área especial de mil novecientos noventa y un metros cuadrados (0.1991 mts2) con la cual habrá de quedar de conformidad con el levantamiento topográfico, inscrito ante la Oficina de Catastro con la cédula catastral número 00- 00- 00- 00- 003- 0083- 0-00- 00- 0000, englobado catastralmente con el resto del inmueble de mayor extensión y comprendido dentro de los siguientes LINDEROS TÉCNICOS ESPECIALES: POR EL NORESTE: Del detalle 5 al detalle 2 con ELVIA QUIROGA y callejuela al medio, en longitud de 63.88 metros. POR EL SURESTE: Del detalle 2 al detalle 20 A con SILVIA MARIÁN en longitud de 43.35 metros. POR EL SUROESTE: Del detalle 20 A al detalle 8 con el lote No. 3 en longitud de 35.43 metros. POR EL NOROESTE: Del detalle 8 al detalle 5 punto de partida con carreteable que conduce de Puente Nacional a Guavatá en longitud de 43.76 metros y encierra. Inmueble rural que se identifica en su mayor extensión con la matrícula inmobiliaria número 315.4257 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Puente Nacional. Para dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 407 numerales 6 y 7 del C.P.C., se fija el presente EDICTO EMPLAZATORIO en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de 20 días, siendo las 8 de la mañana de hoy 11 de Abril de 2016 y copias del mismo se expiden al interesado para su publicación dentro del mismo término, por 2 veces con intervalos no menores de 5 días calendario en el diario Vanguardia Liberal y en la emisora La Voz de Sorocotá de Puente Nacional. Secretaria, (Fdo.) Carol Siluid Zafra González. Abril 20/16. 3994768.
EDICTO EMPLAZATORIO.- El JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE PUENTE NACIONAL, SANTANDER, EMPLAZA:
↧
EDICTO No. 213.-
Cuerpo para Impreso:
EDICTO No. 213.- LA NOTARIA SÉPTIMA E DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada de la causante: MERCEDES CARVAJAL FLÓREZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.235.462, fallecida en Bucaramanga el día dieciocho (18) de enero de dos mil seis (2006), siendo Bucaramanga el último domicilio de la causante. Sucesión cuyo trámite se inició en esta Notaría el día doce (12) de abril de dos mil dieciséis (2016) por Acta 062 de abril 12 de 2016. En cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto número 902 de 1988 Art. 3 en concordancia con el artículo 589 del Código del Procedimiento Civil, se fija el presente en la secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 8:00 a.m. de hoy doce (12) de abril del año dos mil dieciséis (2016). La Notaria, (Fdo.) Elizabeth Mancipe Pico. SMG. Abril 20/16. 3994739.
EDICTO No. 213.- LA NOTARIA SÉPTIMA E DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA:
↧
EDICTO.- LA SUSCRITA
Cuerpo para Impreso:
EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE GIRÓN SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la sucesión INTESTADA del (la) causante JULIETA MANTILLA MANTILLA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.147.113 expedida en Girón, fallecido (a) en el Municipio de Bucaramanga, Departamento de Santander el día NUEVE (09) DE OCTUBRE DE DOS MIL CATORCE (2.014), siendo el Municipio de Girón, Departamento de Santander, el lugar de su último domicilio. Para los efectos del artículo 589 del C. de P.C. en concordancia con el Art. 3º del Decreto 902 de 1.988, se fija este edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y copia del mismo se entrega al apoderado para su publicación en periódico de amplia circulación y en radiodifusora local. Girón, 19 de Abril de 2.016. La Notaria, (Fdo.) Dra. Nohemí Barrera Abril. Hay un sello. Abril 21/16. 3995194.
EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE GIRÓN SANTANDER EMPLAZA: A
↧