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REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO. JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA SAN GIL. LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SAN GIL, SANTANDER AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL: Que dentro del proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA sobre INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL de la señora OTILIA MALDONADO VILLABONA, interpuesto por JUAN ALBERTO RANGEL MALDONADO, a través de apoderada judicial legalmente constituido, mediante sentencia del once (11) de abril de dos mil diez y seis (2016), se DECLARÓ en Interdicción Judicial por discapacidad mental absoluta a la señora OTILIA MALDONADO VILLABONA, para lo cual me permito transcribir la parte resolutiva que dice: ‘REPÚBLICA DE COLOMBIA. DISTRITO JUDICIAL DE SAN GIL. JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA. San Gil, once (11) de abril de dos mil diez y seis (2016). RESUELVE: En mérito de lo expuesto el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SAN GIL (Sder) EN ORALIDAD, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, PRIMERO: DECLARAR en Interdicción Judicial por discapacidad mental absoluta a OTILIA MALDONADO VILLABONA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 28.383.779 expedida en San Joaquín (Sder), nacida el veinte (20) de noviembre de mil novecientos cincuenta y cinco (1955) en el municipio de San Joaquín (Sder), hija de Sildana Villabona y Antonio Maldonado, conforme a lo puntualizado anteriormente. SEGUNDO: DESIGNAR como Guardador de la interdicta OTILIA MALDONADO VILLABONA, a su hijo JUAN ALBERTO RANGEL MALDONADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 91.078.777 de San Gil (Sder), a quien se le exonera de prestar caución, acorde a lo esbozado precedentemente. TERCERO: NOTIFICAR al público esta sentencia, en consecuencia publíquese el aviso con la inserción de la parte resolutiva por una vez en un diario de amplia circulación nacional (El Tiempo o Vanguardia Liberal). CUARTO: INSCRIBIR la presente sentencia en el registro civil de nacimiento de la interdicta OTILIA MALDONADO VILLABONA y en el libro de varios. QUINTO: ORDENAR la confección de un inventario y avalúos de bienes de la discapacitada en el término de 60 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, para lo cual se nombra como perito al Contador a JAIME ENRIQUE BALAGUERA RODRÍGUEZ quien sigue en la lista de auxiliares de la justicia que se lleva en este Juzgado, en consecuencia, infórmesele su designación y si acepta, posesiónesele del mismo. Una vez sea aprobado y suscrito dicho inventario, conforme lo dispone el artículo 87 de la Ley 1306 de 2009, una copia auténtica del mismo se depositará en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente, para su conservación e inscripción en los bienes sujetos a registro. SEXTO: DECRETAR que por lo menos una vez al año se practique a la interdicta OTILIA MALDONADO VILLABONA un examen clínico psicológico y físico, por un equipo interdisciplinario del organismo designado por el Gobierno Nacional para el efecto o del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a fin de que revisen la situación del mismo. SÉPTIMO: Sin condena en costas por la naturaleza del asunto. La presente providencia se notifica a las partes en estrados de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. La Juez, (Fdo) MARÍA CAROLINA FLÓREZ PÉREZ‘. Se expide el presente a fin que se publique por una sola vez en un periódico de amplia circulación nacional (Tiempo o El Espectador) en San Gil, hoy doce (12) de abril de dos mil diez y seis (2016). La Secretaria, (Fdo.) Claudia Cecilia Ríos González. Abril 21/16. 3994571.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE COROMORO. EDICTO.- LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE COROMORO SANTANDER EMPLAZA Y CITA: A TODAS LAS PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS de las cuales se desconoce su nombre, domicilio, residencia, dirección lugar de trabajo y teléfono que puedan tener algún interés jurídico para intervenir dentro del proceso de SANEAMIENTO DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD AGRARIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO O USUCAPIÓN propuesta por NOEL RIVERA MARÍN contra PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS, para que concurran a dicho asunto a más tardar dentro de los Diez (10) días siguientes a la desfijación de este Edicto a recibir notificación del auto admisorio de fecha 21 de enero de 2016 y sus anexos. Radicado bajo el No. 682174089001- 2015-00096-00, con la advertencia que si no comparecen dentro de dicho término, se les nombrará CURADOR AD-LITEM para que los represente en el proceso hasta su terminación. El inmueble cuya prescripción se pretende es un predio rural denominado CASA VIEJA, ubicado en la Vereda La Arrayana de la jurisdicción municipal de Coromoro, el cual hace parte de un predio de mayor extensión, denominado PIE DEL LLANO O EL PINO identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 306-8900 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Charalá, cuenta con un área de terreno de una hectárea mil ciento sesenta metros cuadrados (1 has 1160 mts2), alinderado conforme al levantamiento topográfico practicado de la siguiente manera: POR EL NORTE. Partiendo hacia el oriente del carreteable a salinas en el punto uno (1) por vallado, surco de palos y cerca abajo a encontrar el camino real y sigue por éste a encontrar la quebrada salinas en el punto dos (2) en una longitud aproximada de 112.50 mts lineales con el predio de la señora TERESA RIVERA MARÍN, POR EL ORIENTE: Partiendo hacia el sur sobre la quebrada en el punto dos (2) por quebrada salinas aguas abajo a un palo de macanillo en el punto tres (3) en una longitud aproximada de 97.00 mts lineales con el predio del señor LORENZO RIVERA MARTÍNEZ, POR EL SUR: Partiendo hacia el occidente del palo antes mencionado en el punto tres (3) por cerca de alambre arriba a encontrar una mata de guadua en el punto cuatro (4) en una longitud aproximada de 73.50 mts lineales con predios del señor ALFONSO NARANJO; y continúa por cera de alambre a encontrar la vía o carreteable en el punto cinco (5) en una longitud aproximada de 51.00 mts lineales con predios de la señora MARÍA ALICIA DEL CARMEN RIVERA, POR EL OCCIDENTE: Partiendo hacia el norte del punto cinco (5) por carreteable a salinas arriba a encontrar el punto de partida uno (1) en una longitud aproximada de 93.70 mts lineales con el predio de la señora GRACIELA RIVERA MARÍN. El predio de mayor extensión denominado PIE DEL LLANO O EL PINO ubicado en la Vereda La Arrayana, de la jurisdicción municipal de Coromoro Santander, identificado con matrícula inmobiliaria No. 306-8900 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Charalá, con la cédula predial No. 0003001 10043000 del IGAC., el cual se encuentra comprendido por los siguientes linderos tomados del título de adquisición. ORIENTE: Partiendo de una quebradita sube por surco de árboles línea recta cruzando el camino que va a Cincelada hacia al Encino, siguiendo un vallado a encontrar otro vallado, sigue por este vallado línea recta que va de travesía a dar a una cerca de alambre junto a una loma lindando con propiedades que son o fueron de ANA ROSA BERDUGO y LUIS BERDUGO. SUR: Siguiendo loma abajo por cerca de alambre mojones de piedra y barranca al iniciar el lindero, a encontrar la punta de una peña volviendo de media falda por cerca de alambre a encontrar otra cerca de alambre hasta el falso que da entrada a la finca de BÁRBARA CASTRO. OCCIDENTE: Sigue cerca de alambre a dar al falso de entrada a la finca La Primavera de propiedad de ROSA ARAQUE DE PICO, cruza el falso y sigue por cerca de alambre a encontrar un mojón de piedra que está al borde de un cejito de falda al pie de un curumacho y de aquí sigue por medio cincho y cerca de alambre a encontrar el mojón de piedra al borde del Cinchito y el camino real. NORTE Camino real hasta bajar a la quebrada las animas sigue quebrada arriba hasta encontrar un puentón que conduce a la casa de habitación de MIGUEL RIVERA sigue de para arriba por el camino hasta encontrar un mojón que hay al boros de la sabana, sigue al través a dar a una mata de fique, todo por cerca de alambre y ahí por medía falda a dar a la misma zanja de agua, de ahí zanja arriba a dar al punto de partida del primer lindero lindando con JUAN ARDILA, MIGUEL RIVERA, CLEMENCIA ARDILA, HEREDEROS DE DOMINGO NARANJO Y ALFONSO NARANJO. De conformidad con los dispuesto en el artículo 8 del Decreto 508 de 1974, se fija el presente Edicto en la cartelera de la Secretaría del Juzgado por el término de Quince (15) días hábiles a partir de las ocho (8:00 a.m.) de la mañana de hoy seis (06) de mayo de dos mil dieciséis (2016) copia del mismo se expiden para su publicación por tres (3) veces en un diario de amplia circulación (VANGUARDIA LIBERAL o EL TIEMPO), con intervalos no menores de dos (2) días calendario. Copia del Edicto será enviado a la Alcaldía Municipal de esta población para que sea fijado en su Secretaría por el término de quince (15) días hábiles ya que en esta comprensión se encuentra situado el bien base de la Litis. Secretaria (Fdo.) Jacqueline Rangel Arias. Mayo 7/16. 4008454.

REPÚBLICA DE COLOMBIA. JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE COROMORO. EDICTO.- LA SUSCRITA SECRETARIA

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EDICTO.- El NOTARIO

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EDICTO.- El NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PUENTE NACIONAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite Notarial de LA LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL Y DE LA HERENCIA EN LA DOBLE SUCESIÓN INTESTADA DE LOS CAUSANTES SEÑORES ISIDRO FORERO MORALES cédula de ciudadanía 1.362.958 de Pijao quien falleció el día VEINTIOCHO (28) de SEPTIEMBRE de dos mil doce (2012) en el municipio de Puente Nacional y TULIA ELISA GONZÁLEZ VELANDIA Cédula de Ciudadanía número 28.304.729 Puente Nacional y quien falleció el día VEINTINUEVE (29) de ABRIL de dos mil trece (2013) en la ciudad de Bogotá. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante ACTA número CERO CERO VEINTE (0020) de fecha cuatro (04) de Mayo de dos mil dieciséis (2016), se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación Nacional que elijan los interesados y en la Radiodifusora local Voz de Sorocotá, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero (3º.) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy Cinco (05) Mayo de Dos Mil dieciséis (2016). El Notario (Fdo.) Dr. Misael Pardo Roncancio. Hay un sello. Mayo 7/16. 4007852.

EDICTO.- El NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PUENTE NACIONAL EMPLAZA: A todas

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE CHARALÁ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico Vanguardia Liberal, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante ODILIO MONROY PICO, identificado con cédula de ciudadanía número 2.075.392 expedida en Coromoro Santander, fallecido el 25 de noviembre de 2008 en el municipio de San Gil Santander, siendo el municipio de Coromoro el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 030 del cuatro (4) de mayo de 2016, en virtud de lo dispuesto por el Decreto 902 de 1988. Para efectos del artículo 589 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 3° del citado Decreto se fija el presente Edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, dentro de la cual pueden intervenir los interesados y del mismo se expidan copias para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional. El presente Edicto se fija a los cinco (5) días del mes de mayo de 2.016, siendo las siete de la mañana (07:00 a.m.). Notario Único Charalá (Fdo.) Ciro Antonio Cruz Osorio. Hay un sello. Mayo 7/16. 4007698.

EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE CHARALÁ SANTANDER EMPLAZA:

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE CHARALÁ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico Vanguardia Liberal, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante MIGUEL PICO ACEVEDO o MIGUEL ANTONIO PICO ACEVEDO, identificado con cédula de ciudadanía número 2.079.210 expedida en Charalá Santander, fallecido el 30 de junio de 1991 en el Municipio de Charalá Santander, siendo éste el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 031 del cuatro (4) de mayo de 2016, en virtud de lo dispuesto por el Decreto 902 de 1988. Para efectos del artículo 589 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 3° del citado Decreto se fija el presente Edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, dentro de la cual pueden intervenir los interesados y del mismo se expidan copias para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional. El presente Edicto se fija a los cinco (5) días del mes de mayo de 2.016, siendo las siete de la mañana (07:00 a.m.). Notario Único Charalá (Fdo.) Ciro Antonio Cruz Osorio. Hay un sello. Mayo 7/16. 4007697.

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EDICTO No. 14/2016.

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EDICTO No. 14/2016. La Suscrita Notaria Única del Círculo de Lebrija. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en la liquidación notarial, de la sucesión de GREGORIO MESA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 5.696.816 expedida en Onzaga, fallecido en el municipio de Bucaramanga (Sder), el día 15 de diciembre de 2009, defunción registrada en la Notaria Novena de Bucaramanga (Sder) bajo el indicativo serial 06721545, quien tuvo como domicilio y asiento principal de sus negocios, el municipio de Lebrija (Sder), para que dentro del término de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, se hagan presentes en la misma. El trámite notarial se inició mediante el acta No. 14 de fecha cinco (05) de mayo de dos mil dieciséis (2016) con el lleno de los requisitos esta notaria ordena la publicación de este edicto en un periódico y en la emisora local, lo mismo que su fijación en lugar visible de esta Notaria, por el término de diez días, como dispone el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988. Se fija hoy seis (06) de mayo de dos mil dieciséis (2016). La Notaria, (Fdo.) Lola Yaneth Ojeda Villamizar. Notaria Única del Círculo de Lebrija. Hay un sello. Mayo 07/2016. 4007314.

EDICTO No. 14/2016. La Suscrita Notaria Única del Círculo de Lebrija. EMPLAZA:

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NOTARÍA 2ª CÍRCULO

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NOTARÍA 2ª CÍRCULO NOTARIAL DE SAN GIL. EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE SAN GIL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el TRÁMITE NOTARIAL DE LA LIQUIDACIÓN DE LA SUCESIÓN Intestada del causante JOSÉ GUILLERMO MORALES y/o GUILLERMO MORALES, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 3.870.012 expedida en Facatativá, quien falleció el día 29 de junio de 1984, en la ciudad de Bogotá D.C. habiendo tenido como lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de San Gil (Santander). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 012 de fecha cinco (5) de Mayo de 2016, se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora de esta ciudad, así como su fijación por el término de diez (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto- Ley 902 de 10 de Mayo de 1988, cuyo numeral 2 fue modificado por el art. 3° del Decreto 1729 de 1989.- El presento Edicto se fija hoy seis (6) de Mayo de dos mil dieciséis (2016), siendo las 8.00 A.M. La Notaria Segunda (Fdo.) Nubia Cruz Solano. Hay un sello. Mayo 7/16. 4007174.

NOTARÍA 2ª CÍRCULO NOTARIAL DE SAN GIL. EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA

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DECLARACION DE PERTENENCIA

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DECLARACION DE PERTENENCIA HA SOLICITADO LEIDY NATALI CARVAJAL MEJIA....

EL JUZGADO PRIMERO

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EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO Y DEPURACIÓN DE BARBOSA, SANTANDER HACE SABER: Que dentro del proceso Ejecutivo Singular de Menor Cuantía, radicado al número 1996-2080, hoy 2013-00014 adelantado por FERMÍN GALINDO en contra de CRISTÓBAL RIVERA GUIZA, por auto de la fecha, se señaló la hora de las nueve (9:00) de la mañana del día veintiséis (26) de mayo del año en curso, para llevar a cabo la diligencia de Remate del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado dentro del presente proceso: El inmueble se encuentra ubicado en la vía que conduce de ‘Barbosa a Bucaramanga, en el sitio denominado denominado ‘SAN ANTONIO‘, carretera central, se trata de un bien inmueble casa lote, en longitud de 25 metros por el frente carretera central a Bucaramanga, vuelve en longitud de 30 metros y linda con ELVINA VIUDA DE CALIXTO, POR ATRÁS, vuelve en longitud de 25 metros con una quebrada y linda al medio con predio adjudicado a PABLO RIVERO ANGULO, hoy herederos, POR EL ÚLTIMO COSTADO: Vuelve en longitud de 30 metros con la misma quebrada y encierra, linda al medio con predio adjudicado a PABLO RIVEROS, hoy herederos, respecto de la mejora se trata de una casa de habitación que consta de una sala, comedor, cocina, un patio de ropas con un baño, dos alcobas, un garaje encerrado con la ladrillo pero descubierto al frente, con rejas metálicas, cerchas en hierro, tejas de eternit, ventanas en hierro, una puerta interior en madera, servicio de agua, luz, teléfono y alcantarillado‘ datos tomados de la diligencia de secuestro. El bien INMUEBLE fue avaluado en la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE. ($65.068.500.oo) y será postura admisible la que cubra el valor del setenta por ciento (70%) del avalúo, esto es $45.547.950.oo, previa consignación del cuarenta por ciento (40%) esto es $26.027.400.oo, como porcentaje legal en el Banco Agrario de Colombia sucursal de este municipio, a órdenes de este Despacho y podrá hacerse postura dentro de los cinco días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el Art. 452 Ibídem. Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del Juez. No será necesaria la presencia en la subasta, de quien hubiere hecho oferta dentro de ese plazo (Art. 451 del C.G.P. inciso 1°) y de la cual se anexará copia dentro del sobre cerrado. La licitación comenzará a la hora indicada, transcurrida una hora desde el comienzo de la licitación se cerrará, se abrirán los sobres y se leerán las ofertas que reúnan los requisitos y se adjudicará al mejor postor. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 450 del C. G. P. se elabora el presente aviso de Remate y publíquese por una vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada en un periódico de amplia circulación en el lugar (Vanguardia Liberal, Tiempo) o en una radiodifusora local, hoy veintiuno de abril de dos mil dieciséis, siendo las ocho de la mañana. La Secretaria, (Fdo.) Ana Victoria Linares Hormiga. Mayo 8/16. 4008057.

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PROCESO EJECUTIVO MIXTO.

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PROCESO EJECUTIVO MIXTO. Demandante: FINAGO S.A.S. Demandado: LUZ MARY SEHUANES PRADA. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE BARRANCABERMEJA HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO MIXTO adelantado por FINAGO S.A.S. en contra de LUZ MARY SEHUANES PRADA, por auto de fecha 31 de marzo del 2016, se fijó la hora de las nueve (9:00) de la mañana del día 19 de MAYO del 2016, para llevar a cabo la licitación del siguiente bien: El vehículo de placas SQC-535, marca KIA, modelo 2011, color AMARILLO, clase AUTOMÓVIL, motor No. A5D387679, chasis No. 8LCDC 2232 BE016143, servicio PÚBLICO, el cual se encuentra previamente embarcado, secuestrado y avaluado dentro del presente asunto, de propiedad de la demandada LUZ MARY SEHUANES PRADA identificada con cédula de ciudadanía No. 37.934.240 avaluado en la suma de $ 21.150.000 Mcte. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino después de transcurrida UNA HORA por lo menos desde su iniciación, siendo postura admisible la que cubra el 70% del bien3 por ser PRIMERA LICITACIÓN, previa consignación del 40% del avalúo del respectivo bien, a órdenes del juzgado, (680812041003). Requiriendo a los postores que deberán allegar en sobre cerrado su oferta para adquirir el bien subastado. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 del Código General del Proceso cuando fuere necesario. Se les advierte a los interesados que solo se reconocerá por cuenta del remate lo correspondiente al pago de los impuestos de que trata del artículo 453 del Código General del Proceso. El aviso de remate se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación del lugar o en su defecto en otro medio masivo de comunicación. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate (Art. 450 ibídem). El secuestre es el auxiliar de justicia JAVIER GIOVANI RODRÍGUEZ RUEDA, quien se ubica en la calle 37 No. 26-15 en Bucaramanga y su número de teléfono 6322863. Copia informal de la página del diario y la constancia del medio de comunicación, se agregarán al expediente antes de la apertura de la licitación. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del vehículo expedido por la respectiva autoridad de tránsito dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. Barrancabermeja, Abril Once (11) del Dos mil dieciséis (2016). Secretario, (Fdo.) Heidi Patricia Martínez Centeno. Hay un sello. Mayo 8/16. 4008048.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL LA BELLEZA SANTANDER. EDICTO EMPLAZATORIO.- LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE LA BELLEZA SANTANDER, por medio del presente EMPLAZA: Al señor LUIS CARLOS CALA ALMEYDA, quien se identifica con la cédula de ciudadanía No. 1.095.920.694 expedida en Girón y cuyo domicilio y lugar de trabajo se desconoce, para que dentro del término de quince (15) días después de la fijación del presente EDICTO comparezcan por sí o por medio de apoderado, ante este Juzgado ubicado en la Calle 6 No. 2-62 de La Belleza Santander, a recibir notificación personal del mandamiento ejecutivo de fecha trece (13) de mayo del año dos mil quince (2015) dictado en su contra dentro del proceso Ejecutivo Singular de Mínima Cuantía radicado bajo el No. 68 377 40 89 001 2015 00051-00 adelantado por el Banco Agrario de Colombia S.A. mediante su apoderado Dr. MARIO JULIÁN MUNEVAR UMIBA y estar a derecho en el mismo en la forma legal. Se advierte al emplazado que si dentro de dicho término no comparece, se le nombrará un curador Ad-litem para que lo represente en el proceso hasta su terminación. Para los efectos del artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaría del Juzgado por el término legal de quince (15) días, hoy dos (02) de mayo del año dos mil dieciséis (2016) a las ocho de la mañana (8:00.a.m.) y se expide copia del mismo al interesado para que sea publicado un día domingo en un diario de amplia circulación nacional, como El Tiempo o Espectador en Bogotá D.C. y Vanguardia Liberal en Bucaramanga. Secretaria, (Fdo.) Ludyn Amparo Burgos Téllez. Hay un sello. Mayo 8/16. 4008062.

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EDICTO.- EL JUZGADO

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EDICTO.- EL JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA EMPLAZA A: Todos los acreedores de la sociedad patrimonial formada entre: AMPARO SAIZ FRANCO Y EDWIN ANTONIO MORALES DOTOR, para que comparezcan oportunamente a hacer valer sus crédito dentro del proceso de LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL adelantado a través de apoderado judicial por DIANA CAROLINA RUEDA SAÍZ Y FRANCO ARGEMIRO RUEDA SAIZ contra EDWIN ANTONIO MORALES DOTOR, bajo el radicado 2015-918. El emplazamiento deberá surtirse en un diario de amplia circulación (Vanguardia Liberal o El Frente) el día domingo, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Código General del Proceso. Bucaramanga, 6 de abril de 2016. Secretaria, (Fdo.) Érika Johanna González López. Hay un sello. Mayo 8/16. 4008079.

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Proceso: EJECUTIVO SINGULAR.

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Proceso: EJECUTIVO SINGULAR. Radicado: J1-2013-00002. Demandante: LUZ JENNIFER ORTIZ CASTRO C.C. No. 1.098.718.895. Demandado: CARLOS GERARDO CÁRDENAS ARIAS C.C. No. 91.222.382. ARACELY PÉREZ DE RUEDA C.C. No. 37.831.133. MARTHA ELENA GUIZA PÉREZ C.C No. 63.290.535. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER: Que dentro el proceso EJECUTIVO SINGULAR instaurado por LUZ JENNIFER ORTIZ CASTRO contra CARLOS GERARDO CÁRDENAS ARIAS, ARACELY PÉREZ DE RUEDA y MARTTHA ELENA GUIZA PÉREZ, mediante providencia de fecha veinticinco (25) de Abril de Dos Mil Dieciséis (2016), se ha señalado el día VEINTIOCHO (28) DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS (2016) a las OCHO AM (8:00 AM) para llevar a cabo la diligencia de remate de la cuota parte equivalente al (50%) del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-177846 ubicado en la Carrera 24 # 80-52 apto 503 par. 95 Conjunto Residencial Villa Nueva del Campo P.H. Bloque D, Apto 503 par 95 III E, del Municipio de Bucaramanga, de propiedad de la demandada ARACELY PÉREZ DE RUEDA. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($70.746.000.oo), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($49.522.200.oo), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($28.298.400.oo), a órdenes del JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora. El secuestre puede ser ubicado en la Carrera 30 # 18-04 San Alonso del Municipio de Bucaramanga. La parte demandante deberá allegar el CERTIFICADO DE LIBERTAD Y TRADICIÓN, expedido dentro de los cinco días anteriores a la fecha fijada para la subasta. Se expiden copias para su publicación en prensa y radio de conformidad con lo dispuesto en el Art. 450, 451 y 452 del Código General del Proceso, hoy veintinueve (29) de Abril de dos mil Dieciséis (2016). El Secretario, (Fdo.) Byron Alberto Macías Quiñónez. Mayo 8/16. 4008094.

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AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- LA PROFESIONAL UNIVERSITARIA GRADO 14 DE LA OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA AVISA: Que dentro del proceso EJECUTIVO MIXTO, RADICADO 68001- 31- 03- 007- 2012- 00180-01 iniciado por BANCO DAVIVIENDA S.A NIT: 8600343137 contra ÓSCAR HUMBERTO MÁRQUEZ ARIZA CC. 1.098.607.942, el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA ha señalado la hora de las 9:30 A.M. del día VIERNES TRES (03) DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS 2.016 para llevar a cabo la diligencia de remate de: Un vehículo de placas KHT 177, marca TOYOTA, clase PICKUP DOBLE CABINA, tipo HILUX (7), color PLATA, Modelo 2011 cilindraje 2494, motor 2KD5049760, de propiedad del demandado, avaluado en la suma de TREINTA Y NUEVE MILLONES CINCUENTA MIL QUINIENTOS PESOS (39.050.500,oo). La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, sobre la suma de $27.335.350.oo M/CTE previa consignación del 40% del mismo, que corresponde a la suma de $15.620.200,oo, M/CTE en la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario de Colombia S.A. a órdenes de la de la OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA a la CUENTA N° 68001-20-31-800, se advierte a los interesados que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el Artículo 452 del C.G.P. Para los efectos del Art. 450 del C.G.P, se expide el presente aviso hoy CUATRO (04) DE MAYO DE 2016 y copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación el día domingo por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la localidad, esto es, Vanguardia Liberal, El Tiempo, El Frente o La República. Una copia informal de la página del periódico a la constancia del medio de comunicación en que se haya hecho la publicación deberá agregarse al expediente así como un certificado de tradición y libertad del vehículo actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha indicada, documentos que deberán agregarse al expediente antes de dar inicio a la subasta. Finalmente se informa a los postores interesados que quien funge como secuestre del inmueble es la señora LILIANA MORENO MARTÍNEZ quien puede ser en la calle 22 No. 7-26 apartamento 302 de Tunja Boyacá, teléfono 3112145905. El presente Aviso se fija en la Oficina de Ejecución hoy CUATRO (04) DE MAYO de 2016. Profesional Universitario Grado 14°, (Fdo.) Adriana Milena Sanabria Niño. Hay un sello. Mayo 8/16. 4008133.

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AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- EJECUTIVO PRENDARIO. RADICADO: 2015-00179-00. EL JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO PRENDARION DE MENOR CUANTÍA, adelantado por BANCO DAVIVIENDA S.A, representado legalmente por LUISA CRISTINA PINTO MANRIQUE, quien a su vez actúa por intermedio de apoderado judicial en contra de JOSÉ ESTEBAN LARROTA GARCÍA, mediante auto de fecha 02 de Mayo de 2016, se señaló el día veintisiete (27) de Mayo de dos mil dieciséis (2016) a las once de la mañana (11:00 a.m.) para llevar a cabo la diligencia de REMATE del vehículo embargado, secuestrado y avaluado hasta la fecha de propiedad del demandado JOSÉ ESTEBAN LARROTA GARCÍA, identificado con placas KIP-984, marca Nissan, carrocería estacas, línea D22/NP300, color blanco, modelo 2011, motor YD25-239181T, serie 3N6PD 25YXZK 876056, chasis 3N6PD 25YXZK 876056, cilindraje 2488, el cual se encuentra inmovilizado en el parqueadero PARKING SEBASCAR ubicado en la carrera 15 No. 18-30 del Municipio de Bucaramanga. El anterior fue avaluado en la suma de TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS MONEDA LEGAL ($32.297.500.oo); será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo, es decir, la suma de VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS MONEDA LEGAL ($22.608.250.oo) y para admitir al postor, éste deberá consignar previamente el cuarenta por ciento (40%) del mismo avalúo, a saber, la cantidad de DOCE MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL PESOS MONEDA LEGAL ($12,919.000.oo), dinero que debe ser consignado en el Banco Agrario de Colombia de esta dudad, a órdenes de este despacho en la cuenta No. 682762042005 y a favor de la presente actuación ejecutiva. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 450 del C.G.P., se informa que el auxiliar de la justicia - secuestre encargado del mismo, es el señor JAVIER GIOVANI RODRÍGUEZ, quien puede ser ubicado en la calle 37 No. 26-15 de Bucaramanga. La licitación empezará a la citada hora y no se cerrará sino transcurrida una (1) hora desde su iniciación. No obstante, se advierte a los interesados que se podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o dentro de la hora siguiente al inicio de la diligencia, en los términos previstos en los artículos 451 y 452 del C. G. P. Para los fines previstos en el artículo 450 del C.G.P., se fija AVISO DE REMATE, en lugar público de la Secretaría del Juzgado siendo las ocho de la mañana (08:00 a, m.) de hoy tres (03) de Mayo de dos mil dieciséis (2016) y se expide copia para su publicación en prensa de amplia circulación el día domingo. Secretario, (Fdo.) Carlos Alberto Plata Villarreal. Hay un sello. Mayo 8/16. 4008111.

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EL JUZGADO CUARTO

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EL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA EMPLAZA Y CITA: A los parientes que se consideren con derecho para ejercer la curaduría de la presunta interdicta ALCIRA SANABRIA MANTILLA, para que concurran al proceso de Jurisdicción Voluntaria Interdicción Judicial que se tramita en este con radicado N° 2015-0215. Se fija el presente EDICTO en la secretaría del Juzgado mientras se hace su divulgación en un diario de amplia circulación (Vanguardia Liberal o el Diario de La República) y en una radiodifusora local, quedan copias para su publicación Art. 446 C.P.C. Se fija a las ocho de la mañana de hoy CINCO (05) DE MAYO DE DOS MIL QUINCE (2015). Secretaria, (Fdo.) Piedad Isolina Ortiz Rodríguez. Hay un sello. Mayo 8/16. 4008242.

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EDICTO No. 250.-

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EDICTO No. 250.- LA NOTARIA SÉPTIMA E DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada de el causante: ISRAEL RÍOS RINCÓN, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 13.223.975, fallecido en Bucaramanga el día quince (15) de junio de dos mil catorce (2014), siendo Bucaramanga, el último domicilio de el causante. Sucesión cuyo trámite se inició en esta notaría el día veintiocho (28) de abril de dos mil dieciséis (2016) por Acta 71 de abril 28 de 2016. En cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 Art. 3 en concordancia con el artículo 589 del Código del Procedimiento Civil, se fija el presente en la secretaría de la notaría por el término de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 8:00 a.m. de hoy veintiocho (28) de abril del año dos mil dieciséis (2016). La Notaria (E), (Fdo.) Elizabeth Mancipe Pico. ALEJA. Mayo 8/16. 4008254.

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EDICTO.- JUZGADO SEGUNDO

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EDICTO.- JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL SAN VICENTE DE CHUCURÍ CITA Y EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho jurídico sobre el bien rural denominado ‘EL DIVISO‘- ubicado en la vereda Llana Fría de este municipio, con una extensión aproximada de ocho (08) hectáreas, de esta jurisdicción municipal y está determinado por los siguientes linderos: POR EL ORIENTE: Con propiedades de la hacienda de San Francisco, deslindando la cordillera que queda arriba del terreno del mismo nombre, POR EL NORTE: Con propiedades que son o fueron de Valerio Camacho, deslindando una piedra marcada con el número uno en línea a dar al nacimiento de un caño abajo a dar a una piedra marcada con el número, que está al borde del mismo caño, vuelve al OCCIDENTE: Lindando con descubiertos de Gilberto Serrano, de la piedra con Sanabria, de la piedra marcada con el número 6, por un amago de cincho a dar a una piedra marcada con el número 2 de aquí siguen de travesía a dar a una piedra marcada con la letra E y sigue luego hacia arriba a dar y una piedra marcada con cruz que está a borde de un cincho, vuelve nuevamente hacia arriba a una piedra marcada con el número 4 que está al pie de la cerca de alambre y sigue subiendo buscar el primer lindero punto de partida, identificado con matrícula inmobiliaria No. 320-11252 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San Vicente de Chucurí, bien inmueble que se pretende adquirir mediante proceso de Prescripción Adquisitiva de Dominio (Extraordinaria), propuesto mediante apoderado judicial por el señor EDGAR CASTRO NEIRA contra los señores JOSEFINA PIMIENTO, PABLO ANTONIO PIMIENTO, TRÁNSITO PIMIENTO, PEDRO PIMIENTO Y HEREDEROS INDETERMINADOS de LEONOR PIMIENTO Y GERARDO PIMIENTO. Se advierte que en el escrito de oposición el opositor deberá solicitar las pruebas que pretende hacer valer y acompañará prueba siquiera sumaria que acredite su interés jurídico para oponerse. El presente EDICTO se fija hoy 10 OCT. 2014 por el término de quince días (15) días en la secretaría de este Despacho y se transmitirá por la emisora comunitaria ‘San Vicente Estéreo‘, por tres (3) veces con intervalos no menores de dos (2) días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 508 de 1974. Secretaria, (Fdo.) Yurany Cárdenas Ballesteros. Mayo 8/16. 4008765.

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EL SUSCRITO NOTARIO

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EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PUERTO WILCHES SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite de liquidación sucesoral del causante SIMEÓN CUADROS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 5.713.598 expedida en Puerto Wilches, cuyo último domicilio o asiento principal de sus negocios fue el municipio de Puerto Wilches (Santander), quien falleció el día 10 de junio de 2.010 en la ciudad de Floridablanca - Santander. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta 003 del 05 de abril del 2016, se ordena la publicación de este edicto en el periódico VANGUARDIA LIBERAL y en la radiodifusora PUERTO WILCHES STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy seis (06) de abril del año dos mil dieciséis (2016), a las 7:00 am. El Notario Único, (Fdo.) José Camilo Reyes Cárdenas. Hay un sello. Abril 8/16. 3983600.

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CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN

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CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR.- Nombre (Solicitante y/o Beneficiario): ISABEL SUÁREZ DE RAMÍREZ, C.C. 28.327.491. Motivo de publicación: Extravío (X). Pretensión: Cancelación y reposición de título valor. Tipo de Título: A.B. N° del Título: 17989712. Titular o Beneficiario: ISABEL SUÁREZ DE RAMÍREZ, C.C. 28.327.491. Valor: VEINTIDÓS MILLONES DE PESOS ($ 22.000.000.). Otorgante: Banco Davivienda S.A. CDT - Fecha de expedición: 2013-10-12. Fecha de vencimiento: 2016-04-12. Tasa: 4.55. Plazo: 90 días. Tipo de Manejo: Individual. Datos para notificación - Oficina que emitió o giró el título: Nombre de la oficina: CABECERA DEL LLANO. Dirección de la oficina: Cra. 33 No. 49-35. Teléfono de la oficina: 6528000 Ext. 87016. Nota: La publicación de este aviso se deberá realizar en un periódico de circulación nacional. Abril 8/16. 3983766.

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