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Channel: Clasificados Vanguardia Bucaramanga - Edictos
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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la liquidación de la herencia de EPIFANIO BERMÚDEZ LUNA, cédula de ciudadanía No. 2.149.735, fallecido el día 19 de septiembre de 2.015 en Bucaramanga S., el lugar de su último domicilio, mediante solicitud presentada por el doctor FABIÁN EDUARDO ANGARITA MATAJIRA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 91.351.353 expedida en Piedecuesta S., abogado titulado, portador de la T. P. No. 238.154 del C. S. J., obrando como apoderado de los herederos. Aceptado el presente trámite mediante acta No. 28 de fecha 26 de marzo de 2.018, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional, su difusión por una vez en una emisora de este municipio y su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 3 del decreto 902 de 1.988. Para constancia se fija el presente edicto en la cartelera pública de esta Notaría, a las 7.30 A.M., del día 26 de marzo de 2.018. Notario Quinto, (Fdo.) Marco Tulio Sinisterra Hurtado. Hay un sello. Marzo 27/17. 4444747.

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EDICTO.- NOTARIA PRIMERA

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EDICTO.- NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas las persones que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión INTESTADA de la causante: MARÍA DEL CARMEN DÍAZ BECERRA, quien en vida se identificó con la CC No. 27.990.536, fallecida el día 26 de NOVIEMBRE de 2017 en la ciudad de San Gil (Santander), siendo el último asiento y domicilio principal de sus negocios el municipio de San Gil (Santander). Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número 021 de fecha 24 días de MARZO de dos mil DIECIOCHO (2018) se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTISÉIS (26) de MARZO de dos mil DIECIOCHO (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 am). La Notaria Primera, (Fdo.) Ángela Yolima Sánchez Acuña. Hay un sello. Marzo 27/18. 4444708.

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JUZGADO PROMISCUO DEL

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JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SARAVENA (A) Carrera 16 No. 25-68 Barrio Centro Telefax (7) 8891000. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO ÚNICO PROMISCUO DEL CIRCUITO RADICADO EN SARAVENA COMUNICA: Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO radicado al No. 2012-00236-00 instaurado por el INSTITUTO DE DESARROLLO DE ARAUCA -IDEAR- contra AVELINO CALDERÓN SÁNCHEZ y OTRO, se ha señalado la hora de las nueve de la mañana (9:00 a.m.) del día miércoles seis (06) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), para llevar a cabo la diligencia de REMATE del siguiente inmueble embargado, secuestrado y avaluado. 1) Predio urbano ubicado en la Carrera 14 No. 30-33-35-34 del Municipio de Saravena (Arauca), matrícula inmobiliaria No. 410-2674 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Arauca (Arauca), Registro Catastral # 817360 10100 900007000, y demarcado por los siguientes linderos. NORTE: En 32 metros con Gilberto N. SUR: En 32 metros con Abelardo González; ORIENTE: En 8 metros con la vía pública Carrera 14 y; OCCIDENTE: En 8 metros con José Alben Lozano y encierra para un área total de 256 metros cuadrados. El bien inmueble a rematar fue avaluado en la suma de 1) $76.583.386,oo; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo del bien a rematar por ser primera licitación y previa consignación del 40% del mismo, Artículo 526 del C.P.C., debiendo publicarse por aviso, con antelación no inferior a Diez días a la fecha del REMATE en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la localidad, allegando al expediente copia de la página del diario y la certificación de la transmisión, y además, se debe allegar un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro de los cinco (05) días anteriores a la fecha prevista para la diligencia de REMATE. La diligencia de REMATE empezará en la fecha y hora señaladas y transcurrida una (1) hora el Juez abrirá los sobres y leerá, en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos del Art. 34 de la Ley 1395/10 que modificó el Art. 527 del C. de P.C. y adjudicará al mejor postor el bien materia de remate, advirtiéndole al rematante que dentro de los tres (3) días siguientes a la diligencia de remate deberá consignar el saldo del precio del valor del remate, por consignación a órdenes de este Juzgado en el Banco Agrario de Colombia S.A. de este Municipio, igualmente deberá presentar el recibo de pago del impuesto del 5% que prevé el Art. 12 de la ley 1743 de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 529 del C.P.C., modificado por el Art. 59 de la Ley 794/2003, al número de cuenta dispuesto para el mismo. Para los efectos del Art. 525 del C.P.C., modificado por el Art. 55 de la Ley 794/ 2.003, hoy lunes, nueve (09) de octubre del dos mil diecisiete (2017), se fija el presente AVISO DE REMATE, en un lugar público de la Secretaría del Juzgado Único Promiscuo del Circuito radicado en Saravena, Arauca, por el término de diez (10) días, y sendas copias serán entregadas a la parte actora para su publicación y por una sola vez, en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la localidad. Secretario (Fdo.) Carlos Eduardo Roa Ruiz. Oct. 15/17. 4354045.

JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SARAVENA (A) Carrera 16 No. 25-68 Barrio

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE JESÚS MARÍA SANTANDER. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico para el trámite Notarial de la Sucesión Intestada de la causante CELIA PUENTES DE PUENTES (q.e.p.d.), identificada en vida con la cédula de ciudadanía No. 28.195.078 de La Belleza. Siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de La Belleza Santander; quien falleció el día cinco (5) de Julio de 1994 en la ciudad de Bogotá. Aceptado el trámite correspondiente mediante Acta número cero Veinte (020) del veinte (20) de noviembre de 2017. Se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación y en la emisora local del municipio de La Belleza Santander si la hubiese, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 del 10 de Mayo de 1988, además se ordena su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veinte (20) de Noviembre de 2.017 siendo las ocho (8:00 a.m.). El Notario Único (Fdo.) Dr. Edwin Eduardo Garavito Mendoza. Hay un sello. Dic. 4/17. 4386931.

EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE JESÚS MARÍA SANTANDER. EMPLAZA:

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE CÁCHIRA por el presente edicto: CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que consideren con derecho a intervenir dentro de la diligencia de liquidación y participación de la Herencia de los causantes JUAN MARTÍNEZ DURÁN y MARÍA ISABEL TORRES DE MARTÍNEZ, quienes se identificaron en vida con las cédula de ciudadanía números 1.940.409 y 27.652.033 respectivamente, expedida en Cáchira, Norte de Santander, fallecidos el día 3 de Enero de 1969 y el día 21 de Octubre de 1982 respectivamente en Cáchira, Norte de Santander, cuyo último domicilio fue el Municipio de Cáchira, Norte de Santander, petición debidamente aceptada mediante acta No. TRES (03) del trece (13) de Marzo del año 2018, ordenado su publicación en el periódico VANGUARDIA LIBERAL y en la radiodifusora local PAZ Y VIDA. Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3° del decreto 902 de 1988, ordenados además su fijación en lugar visible de la Notaría por el mismo término. El presente EDICTO EMPLAZATORIO se fija hoy 14 de Marzo del año 2018 a las 8 a.m. Notario Cáchira, (Fdo.) Iván Ordóñez Parada. Hay un sello. Marzo 28/18. 4445097.

EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE CÁCHIRA por el

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EDICTO No. 106.-

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EDICTO No. 106.- EL NOTARIO SÉPTIMO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la Sucesión Intestada de la causante: ANA ROSA MOLINA BARRERA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 37.839.830, fallecida en Cartagena el día ocho (08) de marzo de dos mil dieciséis (2016), siendo Bucaramanga el último domicilio de la causante. Sucesión cuyo trámite se inició en esta Notaría el día seis (06) de marzo de dos mil dieciocho (2018) por Acta 058 de marzo 06 de 2018. En cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 Art. 3 en concordancia con el artículo 590 del Código General del Proceso, se fija el presente en la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy seis (06) de marzo del año dos mil dieciocho (2018). El Notario (Fdo.) Héctor Elías Ariza Velasco. SMG. Marzo 28/18. 4445053.

EDICTO No. 106.- EL NOTARIO SÉPTIMO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A

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Acción Popular -

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Acción Popular - 2016-00080. JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO SAN VICENTE DE CHUCURÍ SANTANDER. AUDIENCIA DE SENTENCIA.- En San Vicente de Chucurí Santander, siendo las 9.25 am del nueve (09) de febrero de dos mil dieciocho (2018), el señor Juez Promiscuo del Circuito en asocio del Secretario se constituyeron en audiencia pública con el fin de proferir sentencia dentro de la Acción Popular radicado 2016-080 adelantado en este Juzgado por MARÍA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ contra LUZ YOLANDA NOVA GÓMEZ. (Queda constancia de la asistencia de las partes en acta adjunta y en video). SENTENCIA: En mérito de lo expuesto, el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Vicente de Chucurí administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, RESUELVE: PRIMERO: AMPARAR los derechos colectivos reclamados por la accionante y en especial la restitución del espacio público, la seguridad y libre locomoción de la ciudadanía. ORDENAR a la señora LUZ YOLANDA NOVA GÓMEZ con cédula No. 37.655.954 restituir el espacio público que se ha bloqueado, esto es, la restitución de la vía peatonal que se encontraba ubicada entre los predios con nomenclatura 7-09 y 7-15 de la carrera 19 de este municipio. Para proteger el principio de confianza legítima de la señora LUZ YOLANDA NOVA GÓMEZ, se dispone que el municipio de San Vicente de Chucurí en forma solidaria y si pasados 30 días no se ejecuta la obra por parte de la señora LUZ YOLANDA NOVA GÓMEZ, deberá realizar las obras tendientes a la recuperación de la vía peatonal, en las condiciones ya relatadas. SEGUNDO: Sin condena en costas es esta actuación por ser una acción constitucional. TERCERO: Publíquese la parte resolutiva del presente fallo en un diario de amplia circulación nacional a costa de las partes involucradas en este proceso (Artículo 27 de la ley 472 de 1.998). CUARTO: COMPULSAR las copias de que trata el artículo 80 de la Ley 472 de 1998 para el fin allí dispuesto. La presente decisión queda notificada en estrados, se corre traslado a las partes intervinientes quienes manifiestan no tener recursos. En firme la presente decisión y no siendo otro el objeto de la presente diligencia da por terminada siendo las 10:01 a.m. REYNALDO ANTONIO RUEDA ROJAS, JUEZ. LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SAN VICENTE DE CHUCURÍ (S) HACE CONSTAR: Que el anterior un (1) folio es copia fiel y auténtica del original que reposa dentro de la ACCIÓN POPULAR de MARÍA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ contra LUZ YOLANDA NOVA GÓMEZ radicado al No. 68689- 31- 89- 0001- 2016- 00080-00. Corresponde al acta de audiencia celebrada el 09 de febrero de 2018j que la suscrita ha tenido a la vista. San Vicente de Chucurí (S), 07 de marzo de 2018. Secretaria, (Fdo.) Laura Victoria Morales Castro. Hay un sello. Marzo 28/18. 4445045.

Acción Popular - 2016-00080. JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO SAN VICENTE DE CHUCURÍ

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EDICTO.- LA SUSCRITA

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EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, dentro del trámite notarial de liquidación de la sucesión intestada de la causante CLARA INÉS ROJAS DE VEGA, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 20.260.356, quien falleció el día 31 de enero de 2015 en Bucaramanga, siendo esta misma ciudad el lugar de su último domicilio. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 019 de fecha veintiséis (26) de marzo del año dos mil dieciocho (2018), se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora de esta ciudad, así como su fijación por el término de diez (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989. El presente edicto se fija hoy veintisiete (27) de marzo del año dos mil dieciocho (2018) a las 8:00 A.M. La Notaria Segunda, (Fdo.) Sylvia Stella Rugeles de Rugeles. Rad: 2018-01555. Hay un sello. Marzo 28/18. 4444898.

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RESOLUCIÓN NÚMERO 041

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RESOLUCIÓN NÚMERO 041 26-03-2018 RESUELVE: En virtud de lo ordenado por el Decreto Nacional 1077 de 2.015, se publica la parte Resolutiva de una CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No. 68001- 1- 17- 0235 expedido el día el 26 de Marzo 2.018. Artículo 1º: Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de CONSTRUCCIÓN (OBRA NUEVA) para uso de Vivienda a JOSÉ ERINEO OROZCO MEDINA, YOLANDA ACEVEDO BALAGUERA con cédula(s) de ciudadanía Nº 88198139, 63508387 en su calidad de propietario(s) del predio localizado en la CALLE 11N Nº 11-13 BARRIO KENNEDY de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el número predial 01060 169000 4000, matrícula inmobiliaria 300-181666 de la oficina de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, para que de acuerdo con la Norma Urbanística 0159-17, que hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los planos y documentos técnicos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la ciudad de Bucaramanga. Parágrafo 1º: Las obras autorizadas por la presente resolución son: Licencia de construcción obra nueva de una vivienda Bifamiliar desarrollado sobre un predio de forma regular con área de 84.70 m², establecida en la matrícula 300-181666, identificado catastralmente con el número 01060 169000 4000 y localizado en la calle 11N N° 11-13 Barrio Kennedy del municipio de Bucaramanga, el cual colinda con dos predios con construcciones de 1 piso a cada lado. El área total construida es de 1166.66 m², la cual se distribuye tres piso y usos así: PRIMER PISO N+/-0,00 con área construida de 46.20 m² en la cual se conforma por una escalera de uso privado con acceso directo desde la vía pública para acceso al segundo piso (Apto 201) y unidad de vivienda (Apto 101) que cuenta con los siguientes espacios: sala, comedor, cocina, un (1) baño, estudio, una (1) alcoba y patio de ropas descubierto (aislamiento posterior). SEGUNDO PISO N+2.70 con área construida de 46.20 m² en el cual se conforma por una unidad de vivienda (Apto 201) con los siguientes espacios: sala, barra comedor, cocina, un (1) baño, estudio, una (1) alcoba y una escalera para acceso al tercer piso. TERCER PISO N+5.40 con área construida de 24.26 m² que cuenta con los siguientes espacios: sala, un (1) baño, una (1) alcoba principal y una (1) terraza descubierta. Cubierta N+8.90 Cubierta inclinada a un agua no transitable. El acto administrativo no quedará debidamente ejecutoriado hasta tanto no se efectúe la cancelación de expensas, impuestos y derechos correspondientes. Estas obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente providencia. Artículo 8º: Contra este acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque; el recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.9 del Decreto 1077 de 2015 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Artículo 9º: La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria. Notifíquese y Cúmplase. Expedida en Bucaramanga, 26 de Marzo 2.018. (Fdo.) Arq. Lyda Ximena Rodríguez Acevedo, Curadora Urbana No. 1 de Bucaramanga. Marzo 28/18. 4444867.

RESOLUCIÓN NÚMERO 041 26-03-2018 RESUELVE: En virtud de lo ordenado por el

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MIGUEL ANGEL DURAN.....

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MIGUEL ANGEL DURAN.....

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PROCESO: EJECUTIVO PRENDARIO

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PROCESO: EJECUTIVO PRENDARIO RADICADO: 6800140030222 0160018500 DEMANDANTE: BANCO DAVIVIENDA S.A_NIT. 860034313-7 DEMANDADO: JOSE LUIS PEÑARANDA PARRA C.C.91.509.210 AVISO DE REMATE: EL JUZGADO SEPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER Que, dentro el proceso EJECUTIVO PRENDARIO radicado bajo el No.6800140030222 0160018500 instaurado por BANCO DAVIVIENDA S.ANIT. 860034313-7, contra JOSE LUIS PEÑARANDA PARRA C.C. 91.509.210, mediante auto de fecha 10 de Julio de 2017, se ha señalado el DÍA VIERNES DIECISIETE (17) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE (2017) A LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) Para llevar a cabo la diligencia de remate del vehículo de placa CDM-638 Marca Mitsubishi. Modelo 2007 Clase Camioneta, Línea Sportero 2.5 DSL AUT, Color Blanco Solido, Servicio Particular, Motor 4D56UCAP8501, Chasis MMBJRKB407D106008, de propiedad de JOSE LUIS PEÑARANDA PARRA C.C. 91.509.210 El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($26.400.000), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($18.480.000), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($10.560.000), a órdenes del JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzara a la hora señalada y no se cerrara sino transcurrida una hora. La parte demandante deberá allegar certificado de Libertad y Tradición el cual deberá ser expedido dentro de los 30 días anteriores a la fecha de la diligencia de remate. El secuestre RAUL MANRIQUE BOHORQUEZ, puede ser ubicada en la Calle 20 N° 24-39, Piso 3, Barrio San francisco del municipio de Bucaramanga. Igualmente se le informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014, el artículo 7 de la ley1987, el impuesto que se consigna a órdenes del Consejo Superior de la Judicatura es de un 5% Y TAMBIEN DEBERA CONSIGNAR EL 1% DE LA RETENCION DE LA FUENTE. Por otro lado, se exhorta a los postores para que las posturas sean presentadas en sobre cerrado en el DEPARTAMENTO DE RECEPCION DE MEMORIALES del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de esta ciudad, dentro de la hora estipulada en el artículo 452 del Código General del Proceso. Se expiden copias para su publicación, la cual se hará mediante inclusión en un listado que se publicara EL DIA DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, tal como lo dispone el Artículo 450 del C.G.P. Hoy diez (10) de agosto de dos mil diecisiete (2017). Cordialmente, (Fdo.) LAURA FERNANDA FORERO PICON Auxiliar Administrativo Grado 5. 4354603. Oct15/2017.

PROCESO: EJECUTIVO PRENDARIO RADICADO: 6800140030222 0160018500 DEMANDANTE: BANCO DAVIVIENDA S.A_NIT. 860034313-7 DEMANDADO:

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AVISO: El CURADOR

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AVISO: El CURADOR URBANO No. 2 DE FLORIDABLANCA, Ing. GERMAN ALBERTO SUAREZ ARIAS, hace saber a todos los PROPIETARIOS, COMUNEROS, POSEEDORES, TENEDORES, USUFRUCTUARIOS y en general terceros indeterminados y en calidad de VECINOS COLINDANTES del predio identificado con el número catastral 01-01-0318-0001-000 y con el número de matrícula inmobiliaria 300-364149 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, localizado en la Diagonal 28 con Calle 202 Barrio La Primavera II del Municipio Floridablanca. Que mediante Radicado No. 68276-2-18-0016; el ciudadano William Rojas Tibamoso identificado con C.C. 91.254.089, solicitó una Licencia de Construcción en modalidad de Obra Nueva para edificaciones de 1 y 3 pisos para locales de uso industrial, comercial e institucional. Lo anterior en virtud del principio de publicidad que nos rige, teniendo en cuenta que conforme a consulta realizada en el IGAC, no se tiene certeza de la ubicación de los vecinos colindantes; este despacho procede a hacer saber del trámite en curso -con el fin y si lo desean- para que se hagan parte dentro del trámite y puedan hacer valer sus derechos en el evento de tener objeciones y/u observaciones en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud; lo cual debe presentarse por escrito hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud, de acuerdo con los artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015. El presente Aviso se realiza de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por tratarse de terceros indeterminados. Marzo 29 /2018. 4445666.

AVISO: El CURADOR URBANO No. 2 DE FLORIDABLANCA, Ing. GERMAN ALBERTO SUAREZ

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El CURADOR URBANO

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El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecto Lyda Ximena Rodríguez Acevedo Salazar en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2,2,6,1,2,2 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que OSCAR ALBERTO CASTRO GUERRERO, LIDA MARGARITA CASTRO GUERRERO / JORGE EDUARDO CASTRO GUERRERO ha(n) solicitado una licencia de RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN radicada con el número 68001-1- 18-0061, sobre el(los) predio(s) No. 01020324 0006000, ubicado(s) en la CARRERA 40 N° 48-30 CABECERA DEL LLANO, del Municipio de Bucaramanga, para: Reconocimiento de una edificación de dos pisos destinada a vivienda unifamiliar con cubierta plana. La presente citación se hace por periódico dado que algunos inmuebles colindantes son lotes, se encuentran desocupados o permanecen cerrados. Marzo 29/18. 4445401.

El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecto Lyda Ximena Rodríguez

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El CURADOR URBANO

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El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecto Lyda Ximena Rodríguez Acevedo en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2,2,6,1,2,2 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que ÁNGEL MARÍA RODRÍGUEZ CAICEDO, ha(n) solicitado una licencia de RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN MODIFICACIÓN radicada con el número 68001-1- 18-0060, sobre el(los) predio(s) No. 0102005 90005901, ubicado(s) en la CALLE 37 # 32- 60 BARRIO MEJORAS PÚBLICAS, del Municipio de Bucaramanga, para: Acto de reconocimiento de un primer piso destinado a comercio (1 local comercial) y licencia de construcción en la modalidad de Modificación a fin de adecuarse a la norma urbanística Vigente. La presente citación se hace por periódico dado que algunos inmuebles colindantes son lotes, se encuentran desocupados o permanecen cerrados. Marzo 29/18. 4445400.

El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecto Lyda Ximena Rodríguez

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MOGOTES SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico dentro del trámite de Liquidación Notarial de Herencia Intestada de la causante TRÁNSITO DULCEY DE DULCEY, fallecida el día Veinticuatro (24) de Julio de mil novecientos cuarenta y cinco (1945) en el municipio de Mogotes Santander, siendo el municipio de Mogotes su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número Uno (01) de fecha trece (13) de Marzo de Dos Mil Diecisiete (2017), se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988 ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy a los Trece (13) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017) siendo las siete y treinta de la mañana (07:30 am). Fecha de Desfijación: A los Veintiocho (28) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017) siendo las cinco y treinta de la tarde (05:30 p.m. La Notaria, (Fdo.) Janeth Cecilia González Cabrera. Hay un sello. Marzo 25/17. 4228199.

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MOGOTES SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico dentro del trámite de Liquidación Notarial de Herencia Intestada de la causante JOSÉ MARÍA FIGUEROA FIGUERO Y ANASTASIA PINTO VDA. DE FIGUEROA, quienes murieron el 24 de Noviembre de 1954 y el 21 de abril de 1968 en el municipio de Mogotes Santander, siendo el municipio de Mogotes su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número Dos (02) de fecha trece (13) de Marzo de Dos Mil Diecisiete (2017), se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988 ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy, a los Trece (13) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017) siendo las siete y treinta de la mañana (07:30 am). Fecha de Desfijación: A los Veintiocho (28) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017) siendo las cinco y treinta de la tarde (05:30 p.m.). La Notaria, (Fdo.) Janeth Cecilia González Cabrera. Hay un sello. Marzo 25/17. 4228191.

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AVISO DE REMATE

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AVISO DE REMATE CONTRA GABRIEL BLANCO GAVANZO....

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LISTADO PARA PUBLICACIÓN

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LISTADO PARA PUBLICACIÓN DE REMATE Art. 450 C.G.P. Demandante: COOMULDESA LTDA. Demandados: OTONIEL ÁNGEL SOLANO DÍAZ CC # 8.680.128, SONIA LIDIA VILLAMIZAR GONZÁLEZ C.C. # 37.885.820. Clase de Proceso: EJECUTIVO DE MAYOR CUANTÍA. Fecha y hora de la Licitación: QUINCE (15) de MAYO de DOS MIL DIECIOCHO (2018), DOS de la tarde (2:00 p.m.). Bien a Rematar, Dirección: INMUEBLE identificado con F.M.I. # 319-35468 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San Gil, Lote 2 Manzana 1 Avenida San Pedro # 11-58 Este de la Urbanización Las Palmeras II Etapa del Municipio de San Gil Santander. AVALÚO: $ 1.037.475.000.oo. Valor Base de Licitación 70% del Avalúo: $ 726.232.500.oo. Porcentaje para hacer Postura 40% del Avalúo: $ 414.990.000.oo. Número de Radicación Expediente (23 números): 68679- 31- 03- 002- 2017- 00047- 00. Juzgado que hará el remate: JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SAN GIL SANTANDER. Nombre del Secuestre: ANDRÉS DARÍO DURÁN SAMANIEGO C.C. # 1.098.635.146. Teléfono del Secuestre: 315-8425884 6540729. Dirección del Secuestre: Carrera 4 # 7N-58 Piedecuesta, Santander. Abril 1/18. 4443241.

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AVISO DE REMATE

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AVISO DE REMATE LA PROFESIONAL UNIVERSITARIA GRADO 12° DE LA OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA AVISA: Que dentro del proceso EJECUTIVO PRENDARIO radicado bajo el No. 68001-31-03-008. 2016-00226-01 adelantado por BANCO DAVIVIENDA S.A. NIT: 860.034.313-7 contra RODOLFO ARCINIEGAS PEREZ C.C. 91.473.070, El JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA ha señalado la hora de las 8:30 A.M. DEL MARTES DIECISIETE (17) DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO (2018), para llevar a cabo la diligencia de remate en las instalaciones del Juzgado esto es en la Carrera 10 No. 35-30 Barrio Centro Sala de audiencias No. 2 de esta dudad; del siguiente bien: -UN VEHICULO identificado con placas No.IOZ-877, marca SSANGYONG, línea RODIUS D2ODTR, dase CAMIONETA, de servicio particular, modelo 2015, combustible DIESEL, color BLANCO, carrocería VAN, motor 67196012577791, cili/ton.1998/0, número de motor y chasis KPTNOB1TSFP084086. Bien mueble previamente embargado, secuestrado y avaluado en este proceso. De propiedad del demandado RODOLFO ARCINIEGAS PEREZ, avaluado en la suma de $ 60.138.735. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, esto es la suma de $42.097.114,50 previa consignación del 40% del mismo avalúo, esto es la suma de $24.055.494. Estas sumas deberán ser consignadas en la cuenta N. 68001-20-31-800 DE LA OFICINA DE EJECUCION CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA de esta ciudad. Se advierte a los interesados que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P. Así mismo se informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la Ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 al artículo 7° de la Ley 11 de 1987, el impuesto del 3% que se consigna a órdenes del CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, se modificó ahora en un 5%. Para los efectos del Art. 450 del C.G.P., se expide el presente aviso hoy doce (12) de marzo de 2018 y copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación el día DOMINGO por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha del remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad, esto es, Vanguardia Liberal, El Tiempo, El Frente o la República. Una copia informal de la página del diario junto con la constancia en el que se haya hecho la publicación y un certificado de tradición y libertad del vehículo actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha indicada, deberá agregarse al expediente antes de dar inicio a la subasta. Finalmente, se informa a los postores interesados que el vehículo antes citado, se encuentra ubicado en el PARQUEADERO BUENOS AIRES S.A.S. ubicado en la vereda Laguneta Finca Castalia de Girón, indicaciones: salida a Zapatoca primer desvió a mano derecha. Tel: 310.5586314 - 316.4983712, Igualmente y para efectos de observar el vehículo objeto de remate, podrán hacerlo a través del secuestre JAVIER GIOVANNI RODRIGUEZ RUEDA, quien puede ser ubicada en la calle 37 No. 26-15 de la dudad de Bucaramanga o a través de los números telefónicos 6.358376 6.322863 -319.2583387. El presente aviso se expide en la Oficina de Ejecución del Circuito de Bucaramanga, veintidós (22) de marzo de 2018. (Fdo.) MARI ANDREA ORTIZ SEPULVEDA PROFESIONAL UNIVERSITARIA GRADO 12°. Hay un sello. 4444704. Abril 01/2018.

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AVISO.- EL SUSCRITO

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AVISO.- EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA HACE SABER: Que dentro del proceso Nro.- 2017-0572 de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA (INTERDICCIÓN JUDICIAL) de LUISA BEATRIZ CADENA CALDERÓN, adelantado a través apoderada judicial por la señora PAULA VIVIANA SOLER CADENA, mediante SENTENCIA de fecha Marzo dieciséis (16) de 2018, se DECRETÓ la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la señora LUISA BEATRIZ CADENA CALDERÓN, identificada con la cédula de ciudadanía Nro. 37.834.551 de Bucaramanga (S) y se designó como GUARDADORA a la señora PAULA VIVIANA SOLER CADENA, identificada con c.c. 1.098.649.901 de Bucaramanga (S), quien se encargará de los actos de administración y disposición de los bienes de la discapacitada, así como su cuidado personal y representación judicial de la misma. Para los fines legales y de conformidad con el artículo 586-7 del C.G.P., se fija el presente AVISO en un lugar visible de la secretaría del Juzgado y copias del carbón entréguense a la parte actora para su publicación por una vez por lo menos en un diario de amplia circulación nacional (El Espectador, Tiempo o Vanguardia Liberal o La República) en día domingo. Se fija siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.), de hoy veinte (20) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018). Secretario, (Fdo.) Salvador Vásquez Rincón. Hay un sello. Abril 1/18. 4444715.

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