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Channel: Clasificados Vanguardia Bucaramanga - Edictos
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EL SUSCRITO NOTARIO

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EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DE CIMITARRA SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de 10 días siguientes a la publicación de este EDICTO, en el Trámite Notarial de la Sucesión de la señora: CAROL HENAO LÓPEZ (Q.E.P.D.), identificada con la cédula de ciudadanía No. 63.254.429 expedida en Cimitarra, fallecida el día 19 de Enero de 2016 en la ciudad de Bucaramanga, Santander, tal como consta en el Registro Civil de Defunción Serial 08869996 de la Notaría Novena del Círculo Notarial de Cimitarra, quien tuvo como último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Cimitarra, Santander. Aceptado el trámite notarial mediante Acta No. 036 del 30 de NOVIEMBRE de 2018. Según artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordénese su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fijará el día Jueves Tres (03) de Diciembre de 2018, siendo las 7:30 A.M. El Notario Único del Círculo de Cimitarra, Santander (Fdo.) Hugo Hernández Flórez. Hay un sello. Dic. 5/18. 4564458.

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión INTESTADA del causante: ELBERTO NEIRA REYES, quien en vida se identificó con la C.C. No. 91.267.742 de San Gil, fallecido el día 27 de Octubre de 2018 en la ciudad de Bogotá D.C., siendo el último domicilio y negocio principal de sus negocios el municipio de Páramo Santander. Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número 120 de fecha 03 de NOVIEMBRE de dos mil DIECIOCHO (2018) se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy CUATRO (04) de DICIEMBRE de dos mil DIECIOCHO (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 am). La Notaria Primera (Fdo.) Ángela Yolima Sánchez Acuña. Hay un sello. Dic. 5/18. 4564438.

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO DEL CÍRCULO DE VÉLEZ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico de amplia circulación Nacional y en Emisora de la Radio Local, en el trámite de Sucesión Notarial Sucesión Intestada de la causante: CONCEPCIÓN ZÚÑIGA DE HERNÁNDEZ, quien se identificaba en vida con las cédulas de ciudadanía No. 28.473.402 respectivamente, fallecida el día Treinta (30) de Junio de 2018, cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue el municipio de Vélez. Para tal efecto presentamos la solicitud el día Dieciséis (16) de Noviembre de 2018. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante ACTA número VEINTICUATRO (24) de fecha Diecinueve (19) de Noviembre de 2018. Se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en emisora radial. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3° del decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de este Despacho por el término de diez (10) días hábiles. Se fija el presente Edicto, a los Veinte (20) días del mes de Noviembre del año dos mil dieciocho (2018) a las 8:00 a.m. El Notario (Fdo.) Fredy Ignacio Rivera Murillo. Hay un sello. Dic. 5/18. 4564437.

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO DEL CÍRCULO DE VÉLEZ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico de amplia circulación Nacional y en Emisora de la Radio Local, en el trámite de Sucesión Notarial Sucesión Intestada del causante: JOSÉ ARTEMIO RODRÍGUEZ PARDO, quien se identificaba en vida con las cédulas de ciudadanía No. 2.062.446 fallecido el 01 de Marzo de 2015, cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue el municipio de Vélez. Para tal efecto presentamos la solicitud el día Veintiséis (26) de Noviembre de 2018. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante ACTA número VEINTICINCO (25) de fecha Veintiséis (25) de Noviembre de 2018. Se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en emisora radial. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3° del decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de este Despacho por el término de diez (10) días hábiles. Se fija el presente Edicto, a los Veintiséis (26) días del mes de Noviembre del año dos mil dieciocho (2018) a las 8:00 a.m. El Notario (Fdo.) Fredy Ignacio Rivera Murillo. Hay un sello. Dic. 5/18. 4564436.

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JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. INTERDICCIÓN

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JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL RADICACIÓN No. 2017-00488. AVISO.- EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA HACE SABER: Que dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria de Interdicción por Discapacidad Mental instaurado por ANA TEOFILFE CARREÑO adelantado para el decreto de interdicción judicial definitiva de MARÍA ANGÉLIC AROJAS CARREÑO, con fecha Catorce (14) de Noviembre de dos mil dieciocho (2018), se dictó SENTENCIA, que en su parte resolutiva a la letra expresa: ‘PRIMERO: Decretar la interdicción judicial definitiva de MARÍA ANGÉLICA ROJAS CARREÑO, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 1.098.732.002 expedida Bucaramanga padecer de DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA. SEGUNDO: Declarar que la Interdicta MARÍA ANGÉLICA ROJAS CARREÑO, en razón a la patología que padece está impedido para auto determinarse, administrar y disponer de sus bienes. TERCERO: Designar a la señora ANA TEOFILFE CARREÑO identificada con la cédula de ciudadanía No. 28.404.333 expedida en San Vicente, como Curadora Legítimo de MARÍA ANGÉLICA ROJAS CARREÑO, en su calidad de madre, para que continúe con los cuidados de éste y asuma en adelante su representación con facultades para administrar sus bienes. Désele posesión. CUARTO: Designar como Guardadora Legitima Suplente a la señora GINERETH ROJAS CARREÑO identificada con la cédula de ciudadanía N° 1.100.995.465 expedida en San Gil, señalando que tendrá los mismos compromisos que la guardadora principal. Désele posesión QUINTO: En interés superior del discapacitado se da aplicación a lo dispuesto en el inciso 1 del numeral 5 del art. 586 del C.G.P. SEXTO: Ordenar la inscripción del decreto de interdicción en el registro civil de nacimiento del interdicto, y notificar al público por aviso que se insertará una vez al menos en el periódico ‘Vanguardia Liberal‘, por ser éste diario de amplia circulación nacional, conforme lo señalado en el numeral 7 del art. 586 del C.G.P. SÉPTIMO: Ofíciese a la Secretaría de Salud de Bucaramanga para que se sirva inscribir al interdicto en el libro de Avecindamiento de Personas con Discapacidad Mental Absoluta, en el que debe constar su lugar de residencia, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 1306 de 2009. OCTAVO: Revisar de oficio y por lo menos una vez cada año, la situación del interdicto. Para el efecto, se practicara al señor LUIS ENRIQUE DURÁN LÓPEZ, un examen clínico psicológico y físico, por un equipo interdisciplinario del organismo designado por el Gobierno Nacional para el efecto, o del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. NOVENO Con cargo a los interesados, expídanse las copias debidamente autenticadas de ésta providencia, necesarias para la inscripción y perfeccionamiento del decreto de interdicción. DÉCIMO: En firme ésta providencia, envíense las presentes actuaciones al archivo especial de expedientes inactivos sobre personas con discapacidad mental. NOTIFIQUESE, (Firmado) SANDRA ELIZABETH DURAN PRADA. Juez‘. Bucaramanga, 30 de noviembre de 2018. Secretario (Fdo.) Víctor Manuel Rey Picón. Hay un sello. Dic. 5/18. 4564370.

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EDICTO.- NOTARIA ÚNICA

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EDICTO.- NOTARIA ÚNICA DE EL CARMEN DE CHUCURÍ (S) CALLE 5 No. 3-38 Celular: 315 330 6195. EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE EL CARMEN DE CHUCURÍ (S) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a las publicaciones del presente Edicto, en el trámite notarial de Sucesión Intestada y Liquidación de la Sociedad Conyugal del causante PORFIRIO URIBE PLATA, IDENTIFICADO EN VIDA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 5.755.299, quien falleció en Bucaramanga Santander, el día 27 de Febrero de 2017, siendo para el causante el Municipio de El Carmen de Chucurí Santander su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 09 de fecha Veintisiete de Septiembre de 2018, se ha presentado AZENETH QUIÑONES PEDRAZA, actuando como apoderada de ELVIRA VELANDIA PLATA, en su condición de Cónyuge Sobreviviente; MATILDE URIBE VELANDIA, ORLANDO URIBE VELANDIA JAVIER PORFIDIO URIBE VELANDIA y PATRICIA URIBE VELANDIA, en su condición de Hijos Legítimos. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3o. del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. FIJADO EL VEINTIOCHO (28) DE SEPTIEMBRE DE 2018 A LAS 7:00 DE LA MAÑANA. DESFIJADO EL ONCE (11) DE OCTUBRE DE 2018 A LAS 6:00 DE LA TARDE. El Notario Único del Círculo de El Carmen de Chucurí (S). (Fdo.) Jorge Orlando Bernal Guacaneme. Hay un sello. Dic. 5/18. 4564369.

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EDICTO No. 24/2018.-

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EDICTO No. 24/2018.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE LEBRIJA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico y la radiodifusión en emisora, en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante GUILLERMINA CENTENO CHACÓN, identificada con cédula de ciudadanía número 28.398.753 expedida en San Vicente de Chucurí (Santander), cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Lebrija (Santander). Aceptado el trámite respectivo en Notaría mediante Acta No. 24 de fecha Veinticuatro (24) de Octubre de dos mil dieciocho (2018), se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación nacional y en radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veinticinco (25) de Octubre de dos mil dieciocho (2018) a las 7:00 a.m. La Notaria, (Fdo.) Lola Yaneth Ojeda Villamizar. Hay un sello. Nov. 9/18. 4552987.

EDICTO No. 24/2018.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE LEBRIJA EMPLAZA:

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (E) DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, dentro del trámite notarial de liquidación de la SUCESIÓN INTESTADA de los causantes MARTA CÁCERES DE ROJAS, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 28.465.021 de Santa Bárbara, quien falleció el día 12 de junio de 1974 en Santa Bárbara (Santander), siendo Bucaramanga el lugar de su último domicilio y DEMETRIO ROJAS JEREZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 2.198.083 de Umpalá, quien falleció el día 01 de septiembre de 1977 en Bogotá D.C. (Cundinamarca), siendo Bucaramanga el lugar de su último domicilio. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 053 de fecha siete (07) de noviembre del año dos mil dieciocho (2018), se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora de esta ciudad, así como su fijación por el término de diez (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989. El presente edicto se fija hoy ocho (08) de noviembre del año dos mil dieciocho (2018) a las 8:00 A.M. El Notario Segundo (E), (Fdo.) Manuel de Jesús Rodríguez Angarita. Rad: 2018/05420. Hay un sello. Nov. 9/18. 4552986.

EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (E) DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A

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EDICTO No. 24/2018.-

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EDICTO No. 24/2018.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE LEBRIJA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico y la radiodifusión en emisora, en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante GUILLERMINA CENTENO CHACÓN, identificada con cédula de ciudadanía número 28.398.753 expedida en San Vicente de Chucurí (Santander), cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Lebrija (Santander). Aceptado el trámite respectivo en Notaría mediante Acta No. 24 de fecha Veinticuatro (24) de Octubre de dos mil dieciocho (2018), se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación nacional y en radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veinticinco (25) de Octubre de dos mil dieciocho (2018) a las 7:00 a.m. La Notaria, (Fdo.) Lola Yaneth Ojeda Villamizar. Hay un sello. Nov. 9/18. 4552987.

EDICTO No. 24/2018.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE LEBRIJA EMPLAZA:

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la liquidación de la sociedad conyugal y de la herencia de LIBARDO VARGAS BECERRA, cédula de ciudadanía No. 91.341.994, fallecido el día 16 de mayo de 2.018 en Piedecuesta S., siendo Bucaramanga S., el lugar del asiento principal de sus negocios, mediante solicitud presentada por la doctora MARÍA FERNANDA CHAPARRO CASTRO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 37.620.151 expedida en Piedecuesta S., abogada titulada, portadora de la T. P. No. 216.756 del C. S. J., obrando como apoderada de las herederas ALBA FELICIA GRIMALDOS MARTÍNEZ, ALBA KATHERINE VARGAS GRIMALDOS y SILVIA JULIANA VARGAS GRIMALDOS. Aceptado el presente trámite mediante acta No. 172 de fecha 06 de noviembre de 2018, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional, su difusión por una vez en una emisora de este municipio y su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días hábiles, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 3 del decreto 902 de 1.988. Para constancia se fija el presente edicto en la cartelera pública de esta Notaría a las 8.00 A.M., del día 06 de noviembre de 2.018. Notario Quinto, (Fdo.) Marco Tulio Sinisterra Hurtado. Hay un sello. Nov. 9/18. 4553010.

EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas

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EDICTO EMPLAZATORIO.- LA

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EDICTO EMPLAZATORIO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE SAN ALBERTO, CESAR EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite de Liquidación y adjudicación de Herencia del causante GILIO ANTONIO SILVA BUITRAGO (q.e.p.d.), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 5.619.216 expedida en Coromoro - S/der., fallecido el día 16 de diciembre de 2008 en Bucaramanga - Santander, siendo también su último domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de San Alberto - Cesar. Aceptado el Trámite Notarial mediante Acta No. 020 de fecha 11 de octubre de 2018. Ordenadas las publicaciones en un periódico de amplia circulación en la región y en una radiodifusora local por una vez, en cumplimiento del Decreto 902 de 1.988, ordénese además su fijación en la Secretaría de la Notaría, Cartelera por el término de diez (10) días calendario. El presente EDICTO se fija hoy a los doce (12) días del mes de octubre del año 2018, siendo las 07:30 a.m. Notaria Única, (Fdo.) Sra. Liliana Ortiz Martínez. Hay un sello. Nov. 9/18. 4553104.

EDICTO EMPLAZATORIO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE SAN ALBERTO, CESAR

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (E) DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, dentro del trámite notarial de liquidación de la SUCESIÓN INTESTADA de los causantes MARTA CÁCERES DE ROJAS, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 28.465.021 de Santa Bárbara, quien falleció el día 12 de junio de 1974 en Santa Bárbara (Santander), siendo Bucaramanga el lugar de su último domicilio y DEMETRIO ROJAS JEREZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 2.198.083 de Umpalá, quien falleció el día 01 de septiembre de 1977 en Bogotá D.C. (Cundinamarca), siendo Bucaramanga el lugar de su último domicilio. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 053 de fecha siete (07) de noviembre del año dos mil dieciocho (2018), se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora de esta ciudad, así como su fijación por el término de diez (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989. El presente edicto se fija hoy ocho (08) de noviembre del año dos mil dieciocho (2018) a las 8:00 A.M. El Notario Segundo (E), (Fdo.) Manuel de Jesús Rodríguez Angarita. Rad: 2018/05420. Hay un sello. Nov. 9/18. 4552986.

EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (E) DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A

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EDICTO.- EL NOTARIO

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EDICTO.- EL NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PUENTE NACIONAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite Notarial de la liquidación de la herencia en la Sucesión Intestada del causante señor OMAR DANILO ARIZA SUÁREZ quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 5.711.455 expedida en Puente Nacional, Santander, fallecido en el municipio de Puente Nacional el seis (06) de junio de dos mil dieciséis (2016) y quien tuviera como último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Puente Nacional, Santander. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante ACTA número CERO CERO SESENTA Y TRES (0063) de fecha cuatro (04) de Diciembre de dos mil dieciocho (2018) se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional que elijan los interesados y en la Radiodifusora local Voz de Sorocotá, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero (3°) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy CINCO (05) de DICIEMBRE de Dos Mil Dieciocho (2018) siendo las 7.30 AM. El Notario (Fdo.) Dr. Misael Pardo Roncancio. Hay un sello. Dic. 6/18. 4564798.

EDICTO.- EL NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PUENTE NACIONAL EMPLAZA: A todas

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EDICTO No. 732.-

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EDICTO No. 732.- EL NOTARIO SÉPTIMO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la Sucesión Intestada de la causante INÉS AGREDO BERNAL, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.376.264, fallecida en Bucaramanga, el día DIECINUEVE (19) DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE (2017). Sucesión cuyo trámite se inició en esta Notaría el día CUATRO (04) DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO (2018) POR ACTA 344 DE DICIEMBRE 04 de 2018. En cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 490 del Código General del Proceso, se fija el presente en la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy CUATRO (04) de DICIEMBRE del año dos mil dieciocho (2018). El Notario (Fdo.) Héctor Elías Ariza Velasco. Dic. 6/18. 4564772.

EDICTO No. 732.- EL NOTARIO SÉPTIMO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la liquidación de la Herencia de la causante CECILIA HERNÁNDEZ DE SAAVEDRA, cédula de ciudadanía No. 28.290.647, fallecida el día 17 de Octubre de 2.017, en Piedecuesta S., siendo Bucaramanga, el asiento principal de sus negocios, mediante solicitud presentada por el doctor JORGE ALEXANDER RANGEL ESTUPIÑÁN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 91.539.374, abogado titulado, portador de la T.P. No. 201.109 del C.S.J., obrando como apoderado de los Herederos. Aceptado el presente trámite mediante Acta No. 187 de fecha 29 de Noviembre de 2.018, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional, su difusión por una vez en una emisora de este municipio y su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 3 del decreto 902 de 1.988. Para constancia, se fija el presente Edicto en la cartelera pública de esta Notaría a las 8.00 A.M., del día 29 de noviembre de 2.018. Notario Quinto (Fdo.) Marco Tulio Sinisterra Hurtado. Hay un sello. Dic. 6/18. 4564767.

EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas

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El CURADOR URBANO

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El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecta Lyda Ximena Rodríguez Acevedo en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2,2,6,1,2,2 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que GLADYS RUIZ MORA, ha(n) solicitado una licencia de RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN MODIFICACIÓN radicada con el número 68001- 1-17-0119, sobre el(los) predio(s) No. 01080067 0006000, ubicado(s) en la CARRERA 20E No 40N - 10 Lote 28 Manzana C KILÓMETRO 7 VÍA RIONEGRO LOS COLORADOS, del Municipio de Bucaramanga, para: La presente citación se hace por periódico dado que algunos inmuebles colindantes son lotes, se encuentran desocupados o permanecen cerrados. Dic. 6/18. 4564758.

El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecta Lyda Ximena Rodríguez

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El CURADOR URBANO

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El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecta Lyda Ximena Rodríguez Acevedo en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2,2,6,1,2,2 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que DON JACOBO VALORES S.A.S., JAVIER AUGUSTO HERRERA PIMIENTO ha(n) solicitado una licencia de RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN MODIFICACIÓN radicada con el número 68001-1- 18-0306, sobre el(los) predio(s) No.01020198 0013000, ubicado(s) en la CARRERA 33 N° 41-17/19/21 BARRIO EL PRADO, del Municipio de Bucaramanga, para: Reconocimiento de edificación de dos pisos destinada a comercio. El reconocimiento viene acompañado de la licencia de construcción en la modalidad de modificación en cumplimiento a la norma urbanística vigente. La presente citación se hace por periódico dado que algunos inmuebles colindantes son lotes, se encuentran desocupados o permanecen cerrados. Dic. 6/18. 4564757.

El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecta Lyda Ximena Rodríguez

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE CHARALÁ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico Vanguardia Liberal, en el trámite notarial de liquidación de Herencia de la causante CONCEPCIÓN POVEDA MÉNDEZ O CONCEPCIÓN POVEDA sin identificación por haber fallecido antes de 1952, en el municipio de Charalá, siendo el municipio de Charalá el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 051 del Cuatro (4) de Diciembre de 2018, en virtud de lo dispuesto por el Decreto 902 de 1988. Para efectos del artículo 490 del Código General del Proceso en concordancia con el Artículo 3° del citado Decreto se fija el presente edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, dentro de la cual pueden intervenir los interesados y del mismo se expidan copias para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional. El presente Edicto se fija a Cinco (5) de Diciembre de 2018, siendo las siete de la mañana (07:00 a.m.). Notario Único Charalá, (Fdo.) Ciro Antonio Cruz Osorio. Hay un sello. Dic. 6/18. 4564752.

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE CHARALÁ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico Vanguardia Liberal, en el trámite notarial de liquidación de Herencia del causante EVARISTO CÉSPEDES GÁMEZ identificado con cédula de ciudadanía número 2.080.236 expedida en Charalá, fallecido el 30 de Diciembre de 1997, en el municipio de Charalá, siendo el municipio de Charalá el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 050 del Treinta (30) de Noviembre de 2018, en virtud de lo dispuesto por el Decreto 902 de 1988. Para efectos del artículo 490 del Código General del Proceso en concordancia con el Artículo 3° del citado Decreto se fija el presente edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, dentro de la cual pueden intervenir los interesados y del mismo se expidan copias para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional. El presente Edicto se fija a Treinta (30) de Noviembre de 2018, siendo las siete de la mañana (07:00 a.m.). Notario Único Charalá, (Fdo.) Ciro Antonio Cruz Osorio. Hay un sello. Dic. 6/18. 4564751.

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