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Channel: Clasificados Vanguardia Bucaramanga - Edictos
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EDICTO.- EL NOTARIO

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EDICTO.- EL NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PUENTE NACIONAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite Notarial el trámite Notarial de liquidación y adjudicación de la Sociedad conyugal y de la herencia en la doble sucesión intestada de los causantes señores MARÍA ANTONIA TORRES DE GONZÁLEZ C.C. 28.303.243 de Puente Nacional y LUIS GONZÁLEZ ROZO C.C. 2.143.424 Puente Nacional, quienes tuvieron como último domicilio el municipio de Puente Nacional. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante ACTA número CERO CERO CERO DIECISÉIS (00016) de fecha Seis (06) de Marzo de dos mil diecinueve (2019) se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional que elijan los interesados y en la radiodifusora local Voz de Sorocotá, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero (3°) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy Siete (07) de Marzo del año Dos Mil diecinueve (2019) siendo las 7.30 AM. El Notario, (Fdo.) Dr. Misael Pardo Roncancio. Hay un sello. Marzo 15/19. 4601638.

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EDICTO.- LA SUSCRITA

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EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, dentro del trámite notarial de liquidación de la SUCESIÓN INTESTADA del causante PEDRO JAIMES GALVIS, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 2.013.185, quien falleció el día 03 de Diciembre de 2018 en Floridablanca Santander, siendo la ciudad de Bucaramanga el lugar de su último domicilio. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 07 de fecha Trece (13) de Marzo del año dos mil diecinueve (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora de esta ciudad, así como su fijación por el término de diez (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989. El presente Edicto se fija hoy Catorce (14) de Marzo del año dos mil diecinueve (2019) a las 7:00 A.M. La Notaria Segunda (Fdo.) Sylvia Stella Rugeles de Rugeles. Rad: 2019-00923. Hay un sello. Marzo 15/19. 4601567.

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO DEL CÍRCULO DE VÉLEZ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico de amplia circulación nacional y en emisora de la radio local, en el trámite de Sucesión Notarial sucesión intestada del causante: EFRAÍN CUBIDES RODRÍGUEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 2.102.143 falleció el 06 de junio de 1985 en la cuidad de Guavatá y ANA CELIA RODRÍGUEZ DE CUBIDES (q.e.p.d.) quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 28.176.246 falleció el 24 de julio de 1985 en la cuidad de Guavatá. Para tal efecto presentamos la solicitud el día cuatro (04) de marzo de 2019. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante ACTA número DIEZ (010) de fecha trece (13) de marzo de 2019. Se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en emisora radial. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3° del decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de este Despacho por el término de diez (10) días hábiles. Se fija el presente Edicto a los catorce (14) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2.019) a las 8:00 a.m. Notario, (Fdo.) Fredy Ignacio Rivera Murillo. Hay un sello. Marzo 15/19. 4601535.

EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO DEL CÍRCULO DE VÉLEZ SANTANDER EMPLAZA: A todas

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO NOTARIAL DE CIMITARRA SANTANDER CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988 EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el trámite notarial de liquidación de la Sociedad Conyugal y Herencia de la causante: BELARMINA RAMOS, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24.702.054 expedida en La Dorada Caldas, fallecida en el Municipio de Cimitarra, Santander el día 01 de Diciembre de 2014, tal y como consta en el registro civil de defunción de indicativo serial 07247691 expedido por la Notaría Única del Círculo Notarial de Cimitarra, habiendo sido el municipio de Cimitarra el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus bienes y negocios. El trámite notarial fue aceptado en esta Notaría mediante Acta número CERO CUARENTA Y SEIS (046) de fecha Trece (13) del mes de Marzo del año dos mil diecinueve (2019). En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3) del decreto 902 de 1988 y el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil se fija el presente Edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para que se publique en un periódico de amplia circulación y se difunda en una radiodifusora de la localidad y su fijación en un lugar visible de la Notaría Única del Circulo Notarial de Cimitarra. El presente Edicto se fecha y se fija en Cimitarra, Santander, hoy Catorce (14) del mes de Marzo del año dos mil diecinueve (2019), siendo las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.). El Notario (Fdo.) Hugo Hernández Flórez. Hay un sello. Marzo 15/19. 4601759.

EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO NOTARIAL DE CIMITARRA SANTANDER

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EL SUSCRITO NOTARIO

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EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MÁLAGA SANTANDER DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 902 DE 1988 EDICTO.- EMPLAZA: A todas las personas que estimen tener derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión Intestada de la causante CLARA EDDY RUDA RODRÍGUEZ, quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 63.392.214, fallecida en la ciudad de Málaga el día 06 de Febrero 2019, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Málaga Santander. El presente Edicto será publicado y difundido en un Diario de amplia circulación nacional que los interesados escojan; este Despacho mediante Acta número 003 de fecha 28 de Febrero de 2019, admitió y encontró conforme a derecho la petición respectiva, ordena la publicación en un periódico de amplia circulación nacional y en una Emisora que los interesados escojan conforme lo dispone el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988, con su fijación en un lugar visible de la Notaría Segunda de Málaga, por el término señalado. Este EDICTO se fija hoy 01 de Marzo de 2019 a las 7:30 A.M. El Notario Segundo de Málaga (Fdo.) Dr. German Omar Cárdenas Oviedo. Hay un sello. Marzo 15/19. 4601755.

EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MÁLAGA SANTANDER DE CONFORMIDAD CON

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EDICTO.- LA SUSCRITA

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EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE GIRÓN SANTANDER, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la sucesión INTESTADA del (la) causante ÁNGEL DUVAN BECERRA TARAZONA, quien en vida se identificaba con la tarjeta de identidad número 1.005.326.286, fallecido(a) en la ciudad de Bucaramanga, Departamento de Santander, el día TRECE (13) de ABRIL de DOS MIL DIECIOCHO (2.018), siendo el municipio de Girón, Departamento de Santander el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Para los efectos del artículo 490 del C.G.P., en concordancia con el Art. 3o. del Decreto 902 de 1.988, se fija este edicto en lugar visible de la Notaría per el término de diez (10) días y copia del mismo se entrega al apoderado pera su publicación en periódico de amplia circulación y en radiodifusora local. Girón, 13 de Marzo de 2.019. La Notaria, (Fdo.) Dra. Nohemí Barrera Abril. Hay un sello. Marzo 16/19. 4602384.

EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE GIRÓN SANTANDER, EMPLAZA: A

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EDICTO.- EL NOTARIO

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EDICTO.- EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO NOTARIAL DE MÁLAGA SANTANDER. De conformidad con el artículo 3 del decreto 902 de 1988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación de herencia de: HERMES BUSTOS GARCÍA, fallecido en Málaga el día 2 de Abril de 1992, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Málaga, Santander y quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 5.610.272 de El Tobal, Carcasí, para que lo hagan valer dentro de los diez (10) días hábiles y subsiguientes al de la publicación en los distintos medios de comunicación y ante este despacho situado en Málaga. Este trámite se inició mediante acta de fecha 15 de Marzo de 2019. Se fijará el presente Edicto el dieciséis (16) de Marzo de 2019 a las 7:00 A.M. El Notario Primero, (Fdo.) Abg. Alvaro Barrera Guarín. Hay un sello. Marzo 16/19, 4602329.

EDICTO.- EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO NOTARIAL DE MÁLAGA SANTANDER. De conformidad

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE VÉLEZ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, el trámite Notarial de la liquidación de la sucesión intestada de los causantes: JUAN JOSÉ CONSUEGRA CAÑAS fallecido el falleció 09 de febrero de 1989 en el municipio de La Paz Santander y MARÍA LAURA CONSUEGRA DE CONSUEGRA, quien falleció el falleció el 26 de octubre de 2010 en el municipio de Socorro Santander, siendo el municipio de Vélez y el asiento principal y de sus negocios. Aceptado el trámite correspondiente mediante acta número 010 de fecha siete (7) de marzo de dos mil diecinueve (2019). Se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de amplia circulación y en la emisora local de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 del 10 de mayo de 1988, además se ordena su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy ocho (8) de marzo de dos mil diecinueve (2019) siendo las 8 A.M. Notario Segundo, (Fdo.) César Augusto Bedoya Bedoya. Hay un sello. Marzo 16/19. 4602191.

EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE VÉLEZ SANTANDER EMPLAZA: A

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE CÁCHIRA POR EL PRESENTE EDICTO, CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de la diligencia de liquidación y participación de la Herencia del causante GILBERTO ALARCÓN SÁNCHEZ, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía Número 13.803.519, expedida en Bucaramanga (Santander), fallecido el día 30 de Noviembre del año 2011 en la ciudad de Bucaramanga, Santander, cuyo último domicilio fue el Municipio de Cáchira, Norte de Santander, petición debidamente aceptada mediante Acta No. Cinco (05) del Siete (07) de Marzo del año 2019, ordenando su publicación en el periódico VANGUARDIA LIBERAL y en la Emisora Melodía de Bucaramanga, Santander. Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3° del decreto 902 de 1988, ordenados además su fijación en lugar visible de la Notaría por el mismo término. El presente EDICTO EMPLAZATORIO, se fija hoy 08 de Marzo del año 2019 a las 8 a.m. (Fdo.) Iván Ordóñez Parada. Hay un sello. Marzo 17/19. 4602114.

EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE CÁCHIRA POR EL

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión INTESTADA de los causantes: ROSELIA GÓMEZ DE BUENO o ROSELIA GÓMEZ AYALA, quien en vida se identificó con la C.C. No. 51.885.484, fallecida el día 28 de Abril de 1.999 en Venezuela Libertador Distrito Capital y ABELARDO BUENO GÓMEZ, quien en vida se identificó con la C.C. No. 2.046.951, fallecido el día 13 de Febrero de 2011 en Venezuela Miranda Sucre, siendo su último asiento y domicilio principal de sus negocios el municipio de San Gil Santander. Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número 019 de fecha 14 de MARZO de dos mil DIECINUEVE (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación Nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy CATORCE (14) de MARZO de dos mil DIECINUEVE (2019) siendo las ocho de la mañana (8:00 am). La Notaria Primera (Fdo.) María Consuelo Rincón Uribe. Hay un sello. Marzo 17/19. 4601958.

EDICTO.- LA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A

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REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL CÓDIGO: 687804089001 SUARATÁ SANTANDER. EDICTO EMPLAZATORIO.- JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SUARATÁ SANTANDER CITA Y EMPLAZA: A JOSÉ MERCEDES BAUTISTA RODRÍGUEZ Y PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el bien que más adelante se relacionará, el cual se pretende sanear, para que comparezcan y hagan valer sus derechos dentro del proceso de SANEAMIENTO DE PEQUEÑA PROPIEDAD, que ante este Despacho ha instaurado, a través de apoderada judicial, el señor JOSÉ MERCEDES BAUTISTA RODRÍGUEZ en contra de los emplazados y que ha sido radicado bajo el número 68780 4089-001- 2017-00025- 00 y admitido mediante providencia del 12 de Septiembre de 2018. El bien demandado corresponde al siguiente: ‘Lote de terreno, ubicado en la carrera 3 calle 7 en el municipio de Suratá que mide 12 metros de frente, por 17 metros de fondo, alinderado así: ESTE: calle al medio con sucesiones de Celestino Esteban, NORTE: con propiedades del mismo Tulio Castillo. OESTE: con el mismo Tulio Castillo, saliendo de la carrera 3 midiendo 17 metros, hasta salir a una pared que va de travesía a dar a la calle 7. SUR: calle al medio con propiedad de Antonio Lizcano. Identificado con el código catastral No. 0100000 20005000 que se encuentra registrado en la Oficina de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, cuyo número de matrícula inmobiliaria es 300-13214 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Bucaramanga”. El presente Edicto, se entregarán a la parte interesada para su publicación, así: En un diario de amplia circulación en este Municipio, Vanguardia Liberal y/o El Tiempo, Edición Nacional a elección de la parte demandante, en los términos de los artículos 108 y 293 del Código General del Proceso. Transcurridos quince (15) días, a partir de la expiración del emplazamiento, éste se entenderá surtido, respecto de los aquí emplazados, a quienes se les designará Curador Ad-Litem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del Proceso, las personas que concurran al proceso, en virtud del emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que aquél quede surtido, las que se presenten posteriormente tomarán el proceso en el estado en que lo encuentren. (Fdo.) Yenny Rocío Quijano Lizarazo Secretaria. Marzo 17/19. 4602391.

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EL JUZGADO SEGUNDO

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EL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA EDICTO: EMPLAZA A: HEREDEROS INDETERMINADOS del causante REYNALDO ROJAS, que se considere con derecho a intervenir en el Proceso con Radicado No. 2018-619, de DECLARATORIA DE LA UNIÓN MARITAL DE HECHO Y LA DECLARATORIA DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS PERMANENTES SU DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN, adelantado mediante Apoderado Judicial por la Señora DORA INÉS MENDOZA HERNÁNDEZ, en contra de los Herederos Indeterminados del causante Señor REYNALDO ROJAS, fallecido el día 31 de Agosto de 2.016. Proceso iniciado con Auto de fecha 4 de Febrero de 2.019. Edicto que se publicará por una sola vez en un medio escrito de amplia circulación nacional o local, el día Domingo (Vanguardia Liberal o El Frente). Marzo 17/19. 4602416.

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AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE LEBRIJA, SANTANDER HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO adelantado por COOMULDESA LTDA., en contra de CLAUDIA VERÓNICA PÉREZ GÓMEZ Y MISAEL SANGUINO VEGA, radicado con el No. 2017 -00067 00, se ha fijado la hora de las 9:00 de la mañana del 5 de Abril de 2019, para llevar a cabo la diligencia de remate del siguiente bien inmueble ubicado en la carrera 6 A No. 5 - 62 manzana C de la Urbanización Casa Nueva del corregimiento Portugal del municipio de Lebrija, distinguido con matrícula inmobiliaria No. 300- 241622, alinderado así: NORTE: Con el lote No. 4; ORIENTE: Con el lote No. 2; OCCIDENTE; Con la vía peatonal carrera 6 A; SUR: Con el lote No. 6, según E.P. No. 0331 de febrero 7 de 2005 de la Notaría Quinta de Bucaramanga, y avaluado en la suma de $50.000.000,oo siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, previa consignación del 40% del mismo en la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario de Colombia de esta localidad. Actuó como secuestre la señora MARIELA DURÁN SANTOS, celular 315 353 4133. Se advierte a los interesados que todo el que quiera hacer postura, podrá hacerlo dentro de los cinco días anteriores al Remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P., presentando las ofertas en sobre cerrado tal y como lo indica el artículo 451 del C.G.P. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino transcurrida una hora después de su inicio. Para los efectos del artículo 450 del C.G.P., se expide el presente Aviso hoy Primero (1) de Marzo de dos mil diecinueve (2019), y copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación un día domingo por una vez con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el Remate, en uno de los periódicos de amplía circulación nacional, esto es, El Tiempo o Vanguardia Liberal, una copia informal de la página del periódico y la constancia del medio de comunicación en que se haya hecho la publicación deberá agregarse al expediente, así como un certificado de libertad y tradición del inmueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha de la diligencia, documentos que deberán agregarse al expediente antes de dar inicio a la subasta. Se fija hoy Primero (1) de Marzo de dos mil diecinueve (2019) a las ocho de la mañana. Secretaria (Fdo.) Martha Cecilia Sánchez Castellanos. Marzo 17/19. 4602486.

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JEL JUZGADO 6

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JEL JUZGADO 6 CIVIL DEL CIRCUITO DE B/MANGA EMPLAZA: A los señores: JORGE ARTURO BLANCO NADAFF, LIBIA ROSA ESCORCIA MEDINA y HENRY RODRÍGUEZ PINZÓN, en virtud de los artículos 108 y 293 del Código General del Proceso, para que concurra al proceso que se adelanta en este despacho judicial y que se identifica de la siguiente manera: Demanda: Verbal sumaria de Cancelación y Reposición de Título Valor, cuyo demandante es RAMIRO HUMBERTO VERGARA RODRÍGUEZ y las partes demandadas son: JORGE ARTURO BLANCO NADAFF, LIBIA ROSA ESCORCIA MEDINA y HENRY RODRÍGUEZ PINZÓN. El extracto de la demanda que identifica el Título Valor extraviado es el siguiente: Tipo de Título Valor: Letra de Cambio. Valor adeudado a pagar o derecho incorporado: La suma de CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($ 400.000.000). Deudor o Girado: JORGE ARTURO BLANCO NADAFF. Avalistas: LIBIA ROSA ESCORCIA MEDINA Y HENRY RODRÍGUEZ PINZÓN, Fecha de creación y aceptación: 25 de mayo de 2015. Fecha de vencimiento: 26 de mayo de 2015. Beneficiario o Acreedor: RAMIRO HUMBERTO VERGARA RODRÍGUEZ. Sin lugar a protesto, presentación a la vista o notificación de mora: SÍ. SOLIDARIDAD: SÍ. INTERÉS MORATORIO: Máximo legal vigente autorizado por la Superfinanciera a la fecha en que se efectúe el pago. Ciudad en la que debía efectuarse el pago: BUCARAMANGA. Dirección en la que debía efectuar el pago: Carrera 36 No. 46-104. Marzo 17/19. 4602544.

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JURISDICCIÓN VOLUNTARIA INTERDICCIÓN

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JURISDICCIÓN VOLUNTARIA INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL RADICACIÓN No. 2018-0159. AVISO.- EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA HACE SABER: Que dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria de Interdicción por Discapacidad Mental instaurada por GRACIELA CANO MARTÍNEZ adelantado para el decreto de interdicción judicial definitiva de la señora IRENE CANO MARTÍNEZ, con fecha ocho (8) de Febrero de 2019 se dictó SENTENCIA, que en su parte resolutiva a la letra expresa: ‘PRIMERO: Decretar la INTERDICCIÓN JUDICIAL DEFINITIVA de la señora IRENE CANO MARTÍNEZ, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 1.005.132.073 expedida en Guadalupe Santander, por padecer de DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA. SEGUNDO: Declarar que la interdicta IRENE CANO MARTÍNEZ, en razón a la patología que padece está impedida para auto determinarse, administrar y disponer de sus bienes. TERCERO: Designar a la señora GRACIELA CANO MARTÍNEZ identificada con la cédula de ciudadanía No. 28.168.802 expedida en Guadalupe Santander, como Curadora Legítima Principal de la señora IRENE CANO MARTÍNEZ, en su calidad de hermana, para que continúe con los cuidados de ésta y asuma en adelante su representación con facultades para administrar sus bienes, una vez recibido y aprobado el inventario. Désele posesión. CUARTO: No hay lugar a otorgar caución por parte de la guardadora designada, conforme lo dispuesto en el art. 84 de la Ley 1306 de 2009. QUINTO: Designar como Guardador Legítimo Suplente al señor JORGE ENRIQUE CANO MARTÍNEZ identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.653.716 expedida en Guadalupe Santander, señalando que tendrá los mismos compromisos que el guardador principal. Désele posesión. SEXTO: Ordenar la inscripción del decreto de interdicción en el registro civil de nacimiento de la interdicta IRENE CANO MARTÍNEZ, y notificar al público por aviso que se insertará una vez al menos en el periódico ‘Vanguardia Liberal‘, por ser este diario de amplia circulación nacional, conforme lo señalado en el numeral 8 del art. 659 del C.P.C. SÉPTIMO: Designar de la lista de Auxiliares de la Justicia a JAIRO WILLIAM SANTOS JIMÉNEZ Contador Público-, para que confeccione un inventario y avalúo de los derechos y bienes del interdicto, el cual debe presentar en forma escrita y medio digital. Los honorarios de la Auxiliar designada serán con cargo al patrimonio del acá declarado interdicto. OCTAVO: Ofíciese a la Secretaría de Salud de Girón, para que se sirva inscribir a la interdicta en el libro de Avecindamiento de Personas con Discapacidad Mental Absoluta, en el que debe constar su lugar de residencia, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 1306 de 2009. NOVENO: Revisar de oficio y por lo menos una vez cada año, la situación de la interdicta. Para tal efecto, se practicará a la señora IRENE CANO MARTÍNEZ, un examen clínico psicológico y físico, por un equipo interdisciplinario del organismo designado por el Gobierno Nacional para el efecto, o del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. DÉCIMO: Con cargo a los interesados, expídanse las copias autenticadas de ésta providencia, necesarias para la inscripción y perfeccionamiento del decreto de interdicción. DÉCIMO PRIMERO: En firme esta providencia, envíense las presentes actuaciones al archivo especial de expedientes inactivos sobre personas con discapacidad mental. NOTIFÍQUESE, (Firmado) SANDRA ELIZABETH DURAN PRADA. Juez‘. Bucaramanga, 11 de Febrero de 2019. Secretario (Fdo.) Víctor Manuel Rey Picón. Hay un sello. Marzo 17/19. 4602583.

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PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR.

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PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR. RADICADO: 6800 14003004 2006 00377 01. DEMANDANTE: EDIFICIO QUINTA SERRANO P.H 804.001.690-3. DEMANDADO: IRENE DEL CARMEN OSORIO VERGARA C.C. 30.560.981 CARLOS ARTURO REYES SILVA C.C. 91.218.681. AVISO DE REMATE. EL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA COD. 680014303701. HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR radicado 6800 14003004 2006 00377 01 adelantado por EDIFICIO QUINTA SERRANO P.H contra IRENE DEL CARMEN OSORIO VERGARA Y CARLOS ARTURO REYES SILVA, mediante acta de remate de fecha 19 de Febrero de 2019 se ha señalado el día 02 de Abril de 2019, a las 8:00 am., para llevar a cabo la diligencia de remate sobre el 50% del bien inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 300-209692 ubicado la Calle 14 No. 35-89/111 Apto 502 Garaje 4 EDIFICIO QUINTA SERRANA DE LA CIUDAD DE BUCARAMANGA y declarado como propiedad de los demandados IRENE DEL CARMEN OSORIO VERGARA Y CARLOS ARTURO REYES SILVA. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($124.135.655.00), será base de la licitación el 70% del avalúo del bien esto es $86.894.958,50, previa consignación del 40% del mismo, es decir $49.654.262.00, a órdenes del JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, Oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario No. 680012041802 de la Ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora, la cual se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ubicada en la Carrera 10 No. 35-30 de esta Ciudad. El secuestre JAIRO BARRAGÁN ARDILA puede ser ubicado en el Bloque B Apto. 239 Barrio Bucarica del Municipio de Floridablanca. Se expiden copias para su publicación, la cual se hará mediante inclusión en un listado que se publicará EL DÍA DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, tal como lo dispone el artículo 450 del C.G. del P. Marzo 12 de 2019. (Fdo.) Apoderado Judicial Julián Serrano Silva. Marzo 17/19. 4602595.

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RAMA JUDICIAL. CONSEJO

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RAMA JUDICIAL. CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. REPÚBLICA DE COLOMBIA. PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR. RADICADO: 680014- 003-017-2013- 00142-01. DEMANDANTE: BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. NIT. 800.037.800-8. DEMANDADO: CARLOS ARTURO ARIAS ORTEGA CC. 1.095.906.534. AVISO DE REMATE: EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA HACE SABER: Que dentro el proceso EJECUTIVO SINGULAR radicado bajo el No. 680014- 003-017-2013- 00142-01, instaurado por BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. identificado con el NIT. 800.037.800-8, Contra CARLOS ARTURO ARIAS ORTEGA, identificado con la C.C. 1.095.906.534, mediante auto de fecha 21 de Febrero de 2019, se ha señalado el día 04 DE ABRIL DE 2019 A LAS 8:00 AM., para llevar a cabo la diligencia de REMATE de la cuota parte (50%) del bien inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 300-240736, el cual se encuentra ubicado en la vereda Magueyes Finca El Palomar zona rural de Bucaramanga, de propiedad del demandado CARLOS ARTURO ARIAS ORTEGA. El bien inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($26.400.000.oo) será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien, esto es ($18.480.000.oo), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($10.560.000.oo), a órdenes del JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora. La parte demandante deberá allegar certificado de Libertad y Tradición del bien inmueble anteriormente descrito, el cual deberá ser expedido dentro de los 30 días anteriores a la fecha de la diligencia de remate. El secuestre MARÍA ANA GILMA HURTADO ORTIZ, puede ser ubicado en la Transversal 62 No. 6-29 torre 2 Apto 603 Ciudadela Real de Minas, quien tiene nía custodia del bien inmueble antes mencionado. Igualmente se le informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014, el artículo 7 de la ley 1987, el impuesto que se consigna a órdenes del Consejo Superior de la Judicatura es de un 5% Y TAMBIÉN DEBERÁ CONSIGNAR EL 1% DE LA RETENCIÓN DE LA FUENTE. Se informa a los interesados en realizar posturas para la diligencia, que las mismas podrán ser presentadas en la dependencia de Recepción de Memoriales del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal en los términos y oportunidades señalados en los Artículos 451 y 452 del C.G.P. Previo a llevarse a cabo dicha diligencia de remate, se advertirá a las partes para que informen si existen deudas pendientes tales como impuestos, servicios públicos, cuotas de administración o cualquier otro gravamen, a efectos de que el despacho y posibles postores tengan conocimiento de la misma. Se expide para su publicación, la cual se hará mediante inclusión en un listado que se publicará EL DÍA DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, tal como lo dispone el Artículo 450 del C.G.P. (Fdo.) Apoderado Parte Demandante Raúl Rueda Rodríguez C.C. No. 91.240.052 de B/manga. T.P. No. 119304 del C.S. de la J. Marzo 17/19. 4602671.

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JUZGADO QUINTO DE

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JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL BUCARAMANGA. RAMA JUDICIAL. CONCEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. REPÚBLICA DE COLOMBIA. PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR. RADICADO: 68001-40- 22 003-2014- 00195-02. DEMANDANTE: JOSÉ JOAQUÍN CARRASCAL CONTRERAS C.C. No. 807.654. DEMANDADO: JACKELINE CELIS MEJÍA C.C. No. 63.327.156. MARLY PATRICIA PORTILLA CELIS C.C. No. 63.556.559. AVISO DE REMATE: EL JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR instaurado por JOSÉ JOAQUÍN CARRASCAL CONTRERAS contra JACKELINE CELIS MEJÍA y MARLY PATRICIA PORTILLA CELIS, por auto calendado del cuatro (04) de Marzo de 2019, se ha señalado el día JUEVES, CUATRO (04) DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE (2019), A LAS DOS Y TREINTA DE LA MAÑANA (2:30 P.M.), para llevar a cabo diligencia de remate del bien inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 300-238265, ubicado en la carrera 16 No. 33-44 Puesto H-34 del Edificio Centro Metropolitano de Mercadeo P.H. de esta ciudad, de propiedad de la demandada JACKELINE CELIS MEJÍA con C.C. 63.327.156. El anterior inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($13.348.500), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($9.343.950), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($5.339.400), a órdenes de la Oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora. La licitación comenzará a hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora, la cual se llevará a cabo en la Sala de Audiencia del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, ubicado en la Carrera 10 No. 35-30 de esta ciudad. El Secuestre JAVIER GIOVANNI RODRÍGUEZ RUEDA se ubica en la Calle 37 No. 26-15 de esta ciudad. Teléfonos: 6322863, 6358376 y 319 258 3387. La parte ejecutante, DEBERÁ ALLEGAR EL CERTIFICADO DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS ACTUALIZADO, EXPEDIDO DENTRO DEL MES ANTERIOR A LA FECHA DEL REMATE. Se informa además a los interesados en realizar posturas para la diligencia, que las mismas podrán ser presentadas en la dependencia de recepción de memoriales del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, en los términos y oportunidades señalados en el Artículo 451 y 452 del Código General del Proceso. Se expide copias para su publicación en prensa y radio de conformidad con lo dispuesto en el Art. 450, 451 y 452 del Código General del Proceso, hoy Cuatro (04) de Marzo de dos mil diecinueve (2019). Atentamente (Fdo.) Andrea Estefany Aguilar Ramírez C.C. No. 63.532.302 de Bucaramanga T.P. No. 186.468 del C.S. de la J. Apoderada Demandante. Marzo 17/19. 4602698.

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RAMA JUDICIAL. CONSEJO

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RAMA JUDICIAL. CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. REPÚBLICA DE COLOMBIA. CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DE SANTANDER OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. AVISO DE REMATE.- LA PROFESIONAL UNIVERSITARIA GRADO 12° DE LA OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA AVISA: Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO RADICADO: 68001-31-03- 003-2000- 00141- 01 adelantado por MAURICIO PATIÑO RICO CC. 5.702.399 Cesionario de ALEJANDRO JAIMES SOTO CC. 17.138.394 contra la señora CARMENZA CLAUSEN DE FIGUEROA CC. 28.288.129 (Q.E.P.D) y como Heredera Determinada BEATRIZ HELENA FIGUEROA DE VERSWYVEL C.C. 37.839.710 El JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA ha señalado la hora de las 8.30 AM. Del próximo VIERNES CINCO (05) DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE (2019) para llevar a cabo la diligencia de remate en las instalaciones del Juzgado esto es en la carrera 10 No. 35-30 barrio Centro. Sala de audiencias No. 2 del siguiente bien inmueble: - UN LOTE DE TERRENO ubicado en jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, Sder., que cuenta con una extensión superficiaria aproximada de 5.562 metros cuadrados y cuyo linderos son: POR EL NORTE.- en 100.00 metros con el lote Piedemonte dos A, propiedad de CARMENZA CLAUSEN DE FIGUEROA. POR EL OCCIDENTE.- en 60.00 metros con el Río de Oro, POR EL SUR.- En 100.00 metros con el lote 3 propiedad de LUIS FELIPE MARTÍNEZ; POR EL ORIENTE.- en 72.00 metros con tierras de Carmenza Clausen de Figueroa con la Avenida al Trapiche al medio. El inmueble se encuentra distinguito con el folio de matrícula inmobiliaria No. 314.32.138 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Piedecuesta. Bien inmueble previamente embargado, secuestrado y avaluado en este proceso. De propiedad de la demandada CARMENZA CLAUSEN DE FIGUEROA, avaluado en $1.054.200.000. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, esto es la suma de $737.940.000, previa consignación del 40% del mismo, que corresponde a la suma de $421.680.000, en la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario de Colombia S.A. a órdenes de la DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA a la cuenta No. 68001-20-31-800. Se advierte a los interesados que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el Artículo 452 del C.G.P. Así mismo se informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la Ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 al artículo 7° de la Ley 11 de 1987, el impuesto del 3% que se consigna a órdenes del CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, se modificó ahora en un 5%. Para los efectos del Art. 450 del C.G.P., se expide el presente aviso hoy Dieciocho (18) de Enero de 2019 y copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación el día domingo por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la localidad, esto es, Vanguardia Liberal, El Tiempo, El Frente o La República. Una copia informal de la página del periódico a la constancia del medio de comunicación en que se haya hecho la publicación y un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha indicada, deberán agregarse al expediente antes de dar inicio a la subasta. Finalmente se informa a los postores interesados que quien funge como secuestre del inmueble es el secuestre RAFAEL ARTURO ORTIZ ACEVEDO quien puede ser ubicado en la Calle 26 No. 12-72 Ciudad Valencia y/o en los números 6384521 Ciudad, a efectos de que sea permitido el ingreso al inmueble. El presente aviso se fija en la Oficina de Ejecución hoy Veinticinco (25) de Enero de 2019. (Fdo.) Mari Andrea Ortiz Sepúlveda Profesional Universitaria Grado 12. Hay un sello. Marzo 17/19. 4602762.

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AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- NOTARÍA OCTAVA DEL CÍRCULO DE BUCARMANGA. EL JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA, dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO con radicado número 6800140- 03-027-2017- 00320-01, promovido por SILVIA SUSANA ESTUPIÑÁN TARAZONA y LUIS ALBERTO MEJÍA VÁSQUEZ cesionarios del 30% y 70% respectivamente de ANA ORTIZ DUARTE cesionaria de CECILIA MUÑOZ NAVAS, contra JESÚS MARÍA MORALES SALAMANCA mediante despacho comisorio número 012 de fecha 28 de Febrero de 2019, comunica la comisión que fue ordenada por auto de fecha Veinte (20) de Febrero del año dos mil diecinueve (2019), para llevar a cabo en esta Notaría la diligencia de REMATE del bien inmueble embargado y secuestrado, de propiedad del demandado JESÚS MARÍA MORALES SALAMANCA, inmueble que tiene las siguientes características: Un lote de terreno, ubicado en jurisdicción del municipio de Bucaramanga, cuya nomenclatura es carrera 10 número 21 Norte -10 lote que mide y linda, así: Por el Oriente en extensión de seis metros (6.oo mts) con la carrera diez (10); por el Occidente, en extensión de seis metros (6.oo mts) con la Corporación de Defensa de la Meseta de Bucaramanga; por el Norte, en extensión de veintiocho metros con sesenta centímetros (28.60 mts) aproximadamente con propiedades del mismo vendedor y por el Sur, en extensión de veintisiete metros con cuarenta centímetros (27.40 mts.) aproximadamente con propiedades del mismo vendedor. Este inmueble se identifica con la matrícula inmobiliaria número 300-147236 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Bucaramanga y se distingue en catastro con el predio número 0109005 50008000. (Descripción, ubicación y linderos insertos de acuerdo con el contenido de la copia simple de la escritura pública número 3155 del 17 de julio de 2013 de la Notaría Quinta del Círculo Bucaramanga). Tradición: El inmueble anteriormente descrito fue adquirido por el señor JESÚS MARÍA MORALES SALAMANCA por compraventa efectuada a JOSÉ VICENTE BELTRÁN MANTILLA conforme consta en la escritura pública número 1474 del 30 de Abril de 1987 otorgada en la Notaría Cuarta del Círculo de Bucaramanga. Este inmueble se encuentra embargado y secuestrado diligencia en la que fue designado como secuestre el señor JAVIER GIOVANNI RODRÍGUEZ RUEDA identificado con cédula de ciudadanía número 91.291.912 de Bucaramanga, el cual puede ser contactado en la dirección ubicada en la calle 37 # 26-15 de Bucaramanga, o al Celular 319 258 3387. Este inmueble fue avaluado en la suma de: SETENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($75.871.955,74). Será postura admisible la que cubra el valor del 70% del avalúo dado, lo cual equivale a la suma de CINCUENTA Y TRES MILLONES CIENTO DIEZ MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS ($53.110.369 M/CTE), por ser la primera licitación, previa consignación del porcentaje legal del 40% en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia de esta ciudad (Artículo 451 del C.G.P) lo cual equivale a la suma de TREINTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($30.348.782,29 M/CTE). Los postores deberán consignar los dineros en el referido banco a órdenes del Juzgado Tercero Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga. Para llevar a cabo la diligencia de remate se ha señalado el 02 de Abril de 2019 a las 8:00 a.m. La licitación comenzará a la hora señalada y será cerrada después de transcurrida una hora desde su inicio. Para los efectos del artículo 450 del C.G.P. se envía este aviso para su publicación en un periódico de amplia circulación en la ciudad, hoy a los Trece (13) días del mes de Marzo del año dos mil diecinueve (2019). El Notario (Fdo.) Manuel Salvador Vega Niño. Hay un sello. Marzo 17/19. 4602811.

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