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REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO DE SANTANDER. EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SOCORRO EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante MARÍA LUISA PADILLA DE CALA quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 28.276.490, fallecida el día Ocho (08) de Diciembre del año Mil Novecientos Setenta y Cinco (1975) en el Municipio de Palmar, siendo éste el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría e iniciada mediante Acta número 072 de fecha Once (11) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecinueve (2019), siendo la publicación de este Edicto ordenada en el periódico y en la radiodifusora local en cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 3° del Dto. 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy Doce (12) del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecinueve (2019).Notaria Primera Socorro (Fdo.) Dra. Esperanza Gómez Cordovez. Hay un sello. Dic. 20/19. 1577.

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Consejo Seccional de

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Consejo Seccional de la Judicatura de Santander. OFICINA PE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. AVISO DE REMATE.- LA PROFESIONAL UNIVERSITARIA GRADO 12 DE LA OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA AVISA: Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR radicado bajo el No. 68001. 31. 03. 004. 2006. 00279.01 adelantado por ASEGURADORA COLSEGUROS S.A. NIT. 860.026.182-5 y CÉSAR AUGUSTO LUENGAS VELANDIA C.C. 19.436.367 y acumulado con JAVIER LEONARDO IGLESIAS ARIAS C.C. 13.541.109 contra CARLOS ARTURO REYES SILVA C.C. 5.693.887 y JHON DAYRO PÉREZ HERRERA C.C. 13.537.910 el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA ha señalado la hora de las 10:00 A.M. del día JUEVES VEINTISÉIS (26) DE MARZO DE DOS MIL VEINTE (2020), para llevar a cabo la diligencia de remate en las instalaciones del Juzgado ubicadas en la Carrera 10 No. 35-30 Centro Bucaramanga; del siguiente bien: Lote con mejoras urbano, vía al mar No. 24-173 Kilómetro 4 Barrio Las Olas del municipio de Bucaramanga - Santander, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 300-163576 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga (S), avaluado en la suma de $ 1.434.092.000. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, esto es la suma de $ 1.003.864.400 previa consignación del 40% del mismo avalúo, esto es la suma de $ 573.636.800. Estas sumas deberán ser consignadas en la cuenta N° 68001-20- 31- 800 de la OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA de esta ciudad. Se advierte a los interesados que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en los artículos 451 y 452 del C.G.P. Para los efectos del Art. 450 del C.G.P., se expide el presente aviso y copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación el día DOMINGO por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha del remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad, esto es, Vanguardia Liberal, El Tiempo, El Frente o La República. Una copia informal de la página del diario junto con la constancia en el que se haya hecho la publicación y un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizada, expedido dentro del mes anterior a la fecha indicada, deberá agregarse al expediente antes de dar inicio a la subasta. Finalmente, se informa a los postores interesados que quien funge como secuestre del bien es EDGAR MARTÍNEZ RODRÍGUEZ quien puede ser ubicado a través de la Inspección de Policía Urbana de Bucaramanga ubicada en la Calle 35 No. 10-43, Santander, a efectos de que sea permitido el ingreso al inmueble. El presente aviso se expide en la Oficina de Ejecución del Circuito de Bucaramanga, hoy veinticuatro (24) de septiembre de 2019. (Fdo.) Mari Andrea Ortiz Sepúlveda, Profesional Universitaria Grado 12. Hay un sello. Dic. 22/19. 4705849.

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MORALES POR EL PRESENTE EDICTO CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de las diligencias de liquidación y partición de la Herencia del causante ALVARO PEÑA PÉREZ, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 73.020.879 de Morales, Bolívar, fallecido el día 14 de Octubre del año 2018, en la ciudad de Bucaramanga Santander, cuyo último domicilio fue el municipio de Morales, Bolívar, petición debidamente aceptada mediante acta No. Cinco (5) de fecha Cinco (5) de Diciembre del año 2019, ordenando su publicación en el periódico VANGUARDIA LIBERAL en la radio SAN SEBASTIÁN STEREO DIAL 107.0 FM de Morales Bolívar. Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3° del decreto 902 de 1988, ordenados además su fijación en lugar visible de la Notaría por el mismo término. El presente EDICTO EMPLAZATORIO se fija hoy Seis (6) de Diciembre del año 2019 a las 8 a.m. Notario de Morales, (Fdo.) Iván Ordóñez Parada. Hay un sello. Dic. 20/19. 4705954.

EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MORALES POR EL

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EL CURADOR URBANO

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EL CURADOR URBANO No. 1 de San Juan de Girón. Arq. FARID NUMA HERNÁNDEZ: Acogiéndose a los artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2, al Decreto 1077 de 2015 y teniendo en cuenta que no fue posible la citación a Varios de los vecinos colindantes del predio con matrícula inmobiliaria No. 300-329637 y Ficha Catastral No. 010 300000 72300 140000 00000, del municipio de San Juan de Girón, comunica a los propietarios y/o residentes, vecinos colindantes: Que en Noviembre 6 del 2019, se dio inicio al estudio y trámite de la solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN MODALIDAD OBRA NUEVA en la modalidad de RECONOCIMIENTO No. 68307- 1- 190278, cuyo solicitante es el señor CLAUDIA ISABEL LIZCANO RUBIO, con el fin de que ustedes puedan hacerse parte del trámite y hacer valer sus derechos si lo consideran necesario. (Fdo.) Arq. Farid Numa Hernández, Curador Urbano No. 1 de Girón. Dic. 20/19. 4705921.

EL CURADOR URBANO No. 1 de San Juan de Girón. Arq. FARID

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EDICTO N. 660

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EDICTO N. 660 EL NOTARIO SEPTIMO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR EN LA SUCESIÓN INTESTADA DEL CAUSANTE: JOSE LEOPOLDO PEÑA, QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON LA CEDULA DE CIUDADANIA NUMERO 2.922.090 FALLECIDO EN FLORIDABLANCA, EL DIA TREINTA (30) DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS (2016), SIENDO BUCARAMANGA EL ÚLTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE. SUCESIÓN CUYO TRAMITE SE INICIO EN ESTA NOTARIA EL DÍA DIEZ (10) DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE (2019) POR ACTA 280 DE DICIEMBRE 10 DE 2019. EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL DECRETO NUMERO 902 DE 1988 ART. 3 EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 590 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO, SE FIJA EL PRESENTE EN LA SECRETARIA DE LA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DÍAS Y SE EXPIDEN COPIAS PARA SU PUBLICACIÓN EN LA PRENSA Y RADIO LOCAL, SIENDO LAS 08:00 A.M. DE HOY DIEZ (10) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (2019)., EL NOTARIO, (Fdo) HECTOR ELIAS ARIZA VELASCO. DICIEMBRE 20/2019. 4705845

EDICTO N. 660 EL NOTARIO SEPTIMO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A

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EDICTO emplaza HEREDEROS

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EDICTO emplaza HEREDEROS INDETERMINADOS DE CARLOS ARTURO ARIZA

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE PIEDECUESTA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, dentro del trámite notarial y liquidación sucesoral de la causante BLANCA BEATRIZ LÓPEZ DE CORREA portadora de la cédula de ciudadanía número 23.546.087, cuyo último domicilio fue el municipio de Piedecuesta, quien falleció en Bucaramanga (Santander) en junio 06 de 2019, aceptando el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número 0026 de fecha diciembre 02 de 2019. Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la ciudad, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1.988 ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Piedecuesta, diciembre 03 de 2019. La Notaria Única, (Fdo.) Adriana Haydeé Mantilla Durán. Hay un sello. Dic. 22/19. 4705960.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO. JUZGADO SEGUNUO CIVIL DEL CIRCUITO DE VÉLEZ SANTANDER. Palacio de Justicia 2 piso. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE VÉLEZ AVISA AL PÚBLICO: Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO DE MAYOR CUANTÍA radicado No. 688613103002- 201800006- 00, propuesto por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LA PROVINCIA DE VÉLEZ "COOPSERVIVÉLEZ LTDA", NIT. 890203827-5 quien actúa mediante apoderado judicial DR. ORLANDO LAMBRAÑO MORA, contra EDGAR HUMBERTO PRIETO ARIZA, se ha señalado la hora de las NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 a.m.) del día VEINTITRÉS (23) DE ENERO DEL DOS MIL VEINTE (2020), según auto de 15/10/2019, para llevar a cabo la diligencia de Remate del siguiente bien Inmueble: Bien inmueble un predio urbano, junto con una casa de habitación sobre él construido, ubicada en el perímetro urbano de la ciudad de Vélez Departamento de Santander, hoy LOTE, distinguido con la nomenclatura urbana Calle 11 No. 3-43 45 calle diez (10) No. 3-38- 40 inscrito en el catastro con el No. 6886 1010 0000000 32001/ 40000 00000, identificado con el folio de matrícula 324-3167 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Vélez, con una superficie aproximada de SEISCIENTOS METROS CUADRADOS (600 Mts2), cuyos linderos tomados del título de adquisición son los siguientes: POR El FRENTE: Con la calle cuarta; POR UN COSTADO: Con propiedad de Campo Elías Mateus, Sara Moya; POR EL PIE: Con la calle 3 A; POR EL OTRO COSTADO: Con propiedad do CAMPO ELÍAS FORERO y herederos de Juan Álvarez. Hoy los linderos actualizados según dictamen pericial son los siguientes: POR El FRENTE: Con la calle décima, en extensión 11.51 metros; POR EL ORIENTE: Linda con predios de NÉLIDA OLAVE, en extensión de 9.40 metros, sigue con predio de ANTONIO JOSÉ OLARTE, en extensión de 13 metros, vuelve a la izquierda y sube en extensión de 2.70 metros, hace esquina y vuelve a la derecha en extensión de 20,40 metros, sigue con el predio de NELLY ARIZA DUARTE, en extensión de 9.85 metros, al medio una callejuela con un ancho de 1.80 metros y de fondo 45.50 metros, sigue en línea recta al medio con el predio de JAIRO GALEANO en extensión de 9.60 metros y sigue con el predio de OMAR CASTAÑEDA, en extensión 9.90 metros, sigue al medio con el predio de MARLESVI MATEUS, en extensión de 26 metros. POR EL OCCIDENTE: Linda con predio de ARNULFO MATEUS y TERESA NÚÑEZ BUENO, en extensión de 26.90 metros, vuelve a la izquierda y sube por 2.70 meteos, vuelve a la derecha en extensión de 9.70 metros, sigue con el predio de GUILLERMO GONZÁLEZ, en extensión de 16.10 metros, sigue con el predio de ALVARO VELASCO, en extensión de 10.55 metros, sigue con el predio del HOTEL SANTANDER, en extensión de 5.50 metros, sigue con predio de ALVARO LÓPEZ y EUGENIA MATEUS, en extensión de 25.10 metros, POR El PIE O NORTE: Linda con la calle 11 en extensión de 6.20 metros y encierra. El predio consta de área total de 600 metros cuadrados según certificado de libertad y escritura de compraventa y según avalúo comercial y planos allegados 930 M2. Se distingue con el folio de matrícula inmobiliaria número 324-3167 de la oficina de Instrumentos Públicos de Vélez, Inscrita en el catastro con el No. 6886 1010 0000000 3200 140000 00000, el cual se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado. Dicho inmueble fue avaluado en la suma de OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 883.500.000.oo). La licitación se iniciará a las NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 A.M.) y no será cerrada sino pasada una (1) hora por lo menos de su iniciación. Será base de la licitación la suma de SEISCIENTOS DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($ 618.450.000.oo=) correspondiente al setenta por ciento (70%) del aforo dado al PREDIO objeto de remate. Todo el que pretenda hacer postura deberá consignar previamente en la cuenta de depósitos Judiciales de este Despacho en el BANCO AGRARIO DE VÉLEZ No. 6886 1203 1002, la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 353.400.000,oo=), o sea el 40% del avalúo total dado al inmueble. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado y en los términos del artículo 451 del C.G.P. El secuestre que mostrará el bien objeto de remate es el señor CARLOS JOSÉ ANDRADE MURILLO, quien puede ser ubicado en la Carrera 10 No. 98-24 de Cimitarra, teléfono 310-5602830- 318-5889053. Se advierte que el rematante deberá consignar el equivalente al 5% por concepto de impuesto reglamentario en el artículo 7 de la ley 11 de 1987 (modificado por el Art. 12 de la Ley 1743 de 2014) con destino al Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia y el 1% de retención en la fuente del valor del remate, dentro de los TRES (3) DÍAS siguientes a la fecha de la subasta. Igualmente el saldo del remate deberá ser consignado por el rematante dentro de los TRES (3) DÍAS siguientes a la fecha de la diligencia. En cumplimiento a lo establecido en el Art. 450 del Código General del Proceso, copia del aviso se expide al interesado para que se publique por una sola vez el día domingo con antelación no inferior a DIEZ (10) DÍAS hábiles a la fecha señalada para el remate, en uno de los siguientes periódicos: EL TIEMPO, El ESPECTADOR y/o VANGUARDIA LIBERAL. Vélez, 18 de Diciembre de 2019. (Fdo.) Orlando Lambraño Mora, Apoderado Parte Actora. Dic. 22/19. 4705952.

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SUCESION INTESTADA DE

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SUCESION INTESTADA DE LA CAUSANTE RAQUEL GONGORA DE CABEZA......

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JUZGADO PROMISCUO DE

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JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE SARAVENA Carrera 16 No 25-76 Segundo Piso. Saravena Arauca Telefax: 7-8892294 CITA Y EMPLAZA: Al señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, desparecido el día 08 de Agosto de 1985, sin que a la fecha se tenga conocimiento de su paradero previniendo al emplazado y a quienes tengan noticias de él, para que lo informen a este Juzgado ubicado en la Carrera 16 No. 25-76, Segundo Piso, del Municipio de Saravena Arauca, donde se tramita la demanda de DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, radicado al número 2019-00272-00, propuesto por la señora MARTHA STELLA PRIETO CASTRO, con la advertencia al emplazado que si no comparece, se le designará CURADOR AD-LITEM. 1. EXTRACTO DE LA DEMANDA: 1. El señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, contrajo matrimonio católico con la señora MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, con quien procrearon cinco hijos JOSÉ ALBERTO, CARLOS JULIO, MARTA CECILIA, JORGE DELIO Y JHON JAIRO HERNÁNDEZ HOLGUÍN. Actualmente mayores de edad. 2. El señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, para el año 1.982 se dedicaba a trabajar como Soldador para la Empresa CODINSA, ubicada en Barrancabermeja, quien contrataba a su vez con la Empresa Colombiana de Petróleos S.A. 3. En el año 1985, el señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, al terminar su contrato con la Empresa CODINSA, viajó a la ciudad de Bogotá y allí se radicó con su núcleo familiar compuesto por su esposa MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ y sus 5 hijos. 4. Para el mes de Agosto de 1985, el señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, fue contratado por una compañía que lo vinculó a trabajar en el Municipio de Saravena, Departamento de Arauca, de forma interna para ejercer las labores como Soldador. 5. El señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, el día 08 de Agosto de 1.985, viajó desde Bogotá al Municipio de Saravena, Departamento de Arauca, para iniciar sus labores en dicha compañía, de la cual tanto mi mandante como la familia del desaparecido no recuerdan el nombre. 6. El señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, al estar trabajando de forma interna en la compañía, no le generaba ningún tipo de gastos, por lo que autorizó para que sus sueldos fueran girados a nombre de su esposa MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, quien residía en la ciudad de Bogotá con sus 5 menores hijos. 7. La señora MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, alcanzó a cobrar las quincenas de los meses de Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 1985 y cuando fue a cobrar la quincena del mes de Enero de 1986, le manifestaron que no volviera más porque no le iban a pagar más sueldos y que no tenían ninguna información de él. 8. La señora MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, a partir del mes de Enero de 1986, no volvió a cobrar más sueldos de su esposo y éste tampoco regresó a Bogotá a pasar con su familia la Navidad de 1985 y el año nuevo de 1.986. 9. La señora MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, desde el día 08 de Agosto de 1985, no volvió a ver a su esposo SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, como tampoco volvió a tener comunicación con él. 10. Desde la fecha de desaparición del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, hasta el día de la formulación de esta demanda, han trascurrido más de Treinta (30) años y a pesar de las constantes diligencias investigativas tanto oficiales como particulares, no se ha podido obtener información del paradero del mencionado señor, ni él tampoco se ha reportado, ni él ha dado muestra alguna de sobrevivencia. 11. Se encuentran vencidos los plazos y circunstancias exigidas por la Ley para la Declaración de Muerte Presunta por Causa de Desaparecimiento del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE. 12. La señora MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, esposa del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, es una persona de avanzada edad, quien en la actualidad cuenta con 74 años, por lo que mi mandante MARTHA STELLA PRIETO CASTRO, en calidad de Nuera, confiere poder para iniciar la presente acción. PRETENSIONES: 1. Que se declare por medio de este proceso de Jurisdicción Voluntaria la Muerte Presunta por Desaparecimiento del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE. 2. Que se señale como fecha presunta del acontecimiento de dicha muerte el día 08 de Agosto de 1985. 3. Que por medio de edicto se emplace al desaparecido, de acuerdo al artículo 584 del C.G.P. 4. Que se oficie a la Registraduría respectiva para que quede inscrito en el correspondiente registro de defunción. FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos 96 y S.S. del Código Civil, Artículo 82 al 84 del C.G.P. Artículo 577 al 580 del C.G.P. PROCEDIMIENTO Y COMPETENCIA: El proceso que debe seguirse es el de Jurisdicción Voluntaria que establecen el Título Único Capítulo I, Artículo 577 del C.G.P. De acuerdo a lo estipulado en el Art. 22 numeral 21 de la Ley 1564 del 2012 y el domicilio del desaparecido señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, es usted señor Juez el competente para conocer del asunto. PRUEBAS: a) DOCUMENTALES: Copia de la denuncia instaurada el día 21 de Febrero del 2017, por la señora María Clara del Carmen Holguín de Hernández, en la Fiscalía General de la Nación Grupo Investigativo URI Especializada CTI de la ciudad de Bogotá, Certificado de la Fiscalía Cuarta Especializada de Arauca. Certificado de fecha 06 de Marzo del 2019, de la Fiscalía General de la Nación Grupo de Búsqueda, identificación y entrega de Personas desaparecidas - GRUBE. Formato de Atención de la Comisión de Búsqueda de Personas desaparecidas. Constancia del Grupo de Desaparecidos de la Subdirección Seccional de la Policía Judicial. b) TESTIMONIALES: Solicito se llame a declarar sobre los hechos de la demanda a las siguientes personas mayores de edad y residentes en la ciudad de Bogotá: MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ (Esposa del desaparecido), mayor de edad, identificada con la C.C. No. 41.3352.257 expedida en Bogotá, quien reside en la Calle 17B Sur, No. 14-29, Soacha Compartir. ELIO HERNÁNDEZ PANCHE, mayor de edad, identificado con la C.C No. 19.303.548 expedida en Bogotá, quien reside en la Carrera 9ª No 84ª-16 Sur, Barrio Chuniza Bogotá Colombia. MARÍA BENILDA DEL CARMEN HERNÁNDEZ PANCHE, mayor de edad, identificado con la C.C No. 41.609.841 expedida en Bogotá, quien reside en la Calle 30 Sur No 3ª -55 Este, celular 311-2094287. FLOR MARINA PRECIADO SICUAMIA, mayor de edad, identificada con la C.C. No. 46.357.376 de Sogamoso, quien reside en la Calle 71 Sur No. 14 B- 77, Barrio La Fortaleza, Bogotá, Celular: 314-2746605. ANEXOS: Anexo a la presente demanda: Poder para Actuar, los documentos referidos en el capítulo de pruebas, Registro Civil de Nacimiento del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, Registro Civil de Nacimiento de Carlos Julio Hernández Holguín (Hijo del desaparecido), Registro Civil de Matrimonio de mi mandante Martha Stella Prieto Castro habido con el señor Carlos Julio Hernández Holguín, con el que se demuestra el parentesco con el desaparecido señor Segundo Marcelino Hernández Panche, Escrito separado solicitud Amparo de Pobreza, Copia de la cédula de mi mandante Martha Stella Prieto Castro, Copia de la cédula de la señora María Clara del Carmen Holguín de Hernández, Asignación 0216 de fecha 26 de Marzo del 2019, de la Defensoría del Pueblo Regional Arauca, Dos copias para el traslado, copia para el Juzgado con sus correspondientes anexos. AMPARO DE POBREZA: Solicito señor Juez, bajo juramento concederle el Amparo de Pobreza, al cliente de la defensoría pública ya que es una persona de escasos recursos económicos y no tiene dinero para pagar los gastos que se llegaran a generar en el proceso, conforme a lo estipulado en el Artículo 151 del Código General del Proceso. NOTIFICACIONES: Mi mandante MARTHA STELLA PRIETO CASTRO, quien reside en la Calle 17 B-Sur No. 14-29, Barrio Soacha Compartir. Celular 317-4708787 319-329508 319-3087424, Correo electr

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JORGE ELICER GUERRERO

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JORGE ELICER GUERRERO VILLABONA Y TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON ALGUN DERECHO SOBRE EL PREDIO

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REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO DE SANTANDER. EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SOCORRO EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante MARÍA LUISA PADILLA DE CALA quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 28.276.490, fallecida el día Ocho (08) de Diciembre del año Mil Novecientos Setenta y Cinco (1975) en el Municipio de Palmar, siendo éste el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría e iniciada mediante Acta número 072 de fecha Once (11) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecinueve (2019), siendo la publicación de este Edicto ordenada en el periódico y en la radiodifusora local en cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 3° del Dto. 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy Doce (12) del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecinueve (2019).Notaria Primera Socorro (Fdo.) Dra. Esperanza Gómez Cordovez. Hay un sello. Dic. 20/19. 1577.

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EDICTO emplaza HEREDEROS

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EDICTO emplaza HEREDEROS INDETERMINADOS DE CARLOS ARTURO ARIZA

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EL CURADOR URBANO

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EL CURADOR URBANO No. 1 de San Juan de Girón. Arq. FARID NUMA HERNÁNDEZ: Acogiéndose a los artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2, al Decreto 1077 de 2015 y teniendo en cuenta que no fue posible la citación a Varios de los vecinos colindantes del predio con matrícula inmobiliaria No. 300-329637 y Ficha Catastral No. 010 300000 72300 140000 00000, del municipio de San Juan de Girón, comunica a los propietarios y/o residentes, vecinos colindantes: Que en Noviembre 6 del 2019, se dio inicio al estudio y trámite de la solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN MODALIDAD OBRA NUEVA en la modalidad de RECONOCIMIENTO No. 68307- 1- 190278, cuyo solicitante es el señor CLAUDIA ISABEL LIZCANO RUBIO, con el fin de que ustedes puedan hacerse parte del trámite y hacer valer sus derechos si lo consideran necesario. (Fdo.) Arq. Farid Numa Hernández, Curador Urbano No. 1 de Girón. Dic. 20/19. 4705921.

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EDICTO N. 660

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EDICTO N. 660 EL NOTARIO SEPTIMO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR EN LA SUCESIÓN INTESTADA DEL CAUSANTE: JOSE LEOPOLDO PEÑA, QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON LA CEDULA DE CIUDADANIA NUMERO 2.922.090 FALLECIDO EN FLORIDABLANCA, EL DIA TREINTA (30) DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS (2016), SIENDO BUCARAMANGA EL ÚLTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE. SUCESIÓN CUYO TRAMITE SE INICIO EN ESTA NOTARIA EL DÍA DIEZ (10) DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE (2019) POR ACTA 280 DE DICIEMBRE 10 DE 2019. EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL DECRETO NUMERO 902 DE 1988 ART. 3 EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 590 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO, SE FIJA EL PRESENTE EN LA SECRETARIA DE LA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DÍAS Y SE EXPIDEN COPIAS PARA SU PUBLICACIÓN EN LA PRENSA Y RADIO LOCAL, SIENDO LAS 08:00 A.M. DE HOY DIEZ (10) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (2019)., EL NOTARIO, (Fdo) HECTOR ELIAS ARIZA VELASCO. DICIEMBRE 20/2019. 4705845

EDICTO N. 660 EL NOTARIO SEPTIMO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A

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EDICTO emplaza HEREDEROS

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EDICTO emplaza HEREDEROS INDETERMINADOS DE CARLOS ARTURO ARIZA

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE PIEDECUESTA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, dentro del trámite notarial y liquidación sucesoral de la causante BLANCA BEATRIZ LÓPEZ DE CORREA portadora de la cédula de ciudadanía número 23.546.087, cuyo último domicilio fue el municipio de Piedecuesta, quien falleció en Bucaramanga (Santander) en junio 06 de 2019, aceptando el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número 0026 de fecha diciembre 02 de 2019. Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la ciudad, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1.988 ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Piedecuesta, diciembre 03 de 2019. La Notaria Única, (Fdo.) Adriana Haydeé Mantilla Durán. Hay un sello. Dic. 22/19. 4705960.

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MORALES POR EL PRESENTE EDICTO CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de las diligencias de liquidación y partición de la Herencia del causante ALVARO PEÑA PÉREZ, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 73.020.879 de Morales, Bolívar, fallecido el día 14 de Octubre del año 2018, en la ciudad de Bucaramanga Santander, cuyo último domicilio fue el municipio de Morales, Bolívar, petición debidamente aceptada mediante acta No. Cinco (5) de fecha Cinco (5) de Diciembre del año 2019, ordenando su publicación en el periódico VANGUARDIA LIBERAL en la radio SAN SEBASTIÁN STEREO DIAL 107.0 FM de Morales Bolívar. Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3° del decreto 902 de 1988, ordenados además su fijación en lugar visible de la Notaría por el mismo término. El presente EDICTO EMPLAZATORIO se fija hoy Seis (6) de Diciembre del año 2019 a las 8 a.m. Notario de Morales, (Fdo.) Iván Ordóñez Parada. Hay un sello. Dic. 20/19. 4705954.

EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MORALES POR EL

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EL CURADOR URBANO

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EL CURADOR URBANO No. 1 de San Juan de Girón. Arq. FARID NUMA HERNÁNDEZ: Acogiéndose a los artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2, al Decreto 1077 de 2015 y teniendo en cuenta que no fue posible la citación a Varios de los vecinos colindantes del predio con matrícula inmobiliaria No. 300-329637 y Ficha Catastral No. 010 300000 72300 140000 00000, del municipio de San Juan de Girón, comunica a los propietarios y/o residentes, vecinos colindantes: Que en Noviembre 6 del 2019, se dio inicio al estudio y trámite de la solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN MODALIDAD OBRA NUEVA en la modalidad de RECONOCIMIENTO No. 68307- 1- 190278, cuyo solicitante es el señor CLAUDIA ISABEL LIZCANO RUBIO, con el fin de que ustedes puedan hacerse parte del trámite y hacer valer sus derechos si lo consideran necesario. (Fdo.) Arq. Farid Numa Hernández, Curador Urbano No. 1 de Girón. Dic. 20/19. 4705921.

EL CURADOR URBANO No. 1 de San Juan de Girón. Arq. FARID

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JORGE ELICER GUERRERO

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JORGE ELICER GUERRERO VILLABONA Y TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON ALGUN DERECHO SOBRE EL PREDIO

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