JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE SARAVENA Carrera 16 No 25-76 Segundo Piso. Saravena Arauca Telefax: 7-8892294 CITA Y EMPLAZA: Al señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, desparecido el día 08 de Agosto de 1985, sin que a la fecha se tenga conocimiento de su paradero previniendo al emplazado y a quienes tengan noticias de él, para que lo informen a este Juzgado ubicado en la Carrera 16 No. 25-76, Segundo Piso, del Municipio de Saravena Arauca, donde se tramita la demanda de DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, radicado al número 2019-00272-00, propuesto por la señora MARTHA STELLA PRIETO CASTRO, con la advertencia al emplazado que si no comparece, se le designará CURADOR AD-LITEM. 1. EXTRACTO DE LA DEMANDA: 1. El señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, contrajo matrimonio católico con la señora MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, con quien procrearon cinco hijos JOSÉ ALBERTO, CARLOS JULIO, MARTA CECILIA, JORGE DELIO Y JHON JAIRO HERNÁNDEZ HOLGUÍN. Actualmente mayores de edad. 2. El señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, para el año 1.982 se dedicaba a trabajar como Soldador para la Empresa CODINSA, ubicada en Barrancabermeja, quien contrataba a su vez con la Empresa Colombiana de Petróleos S.A. 3. En el año 1985, el señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, al terminar su contrato con la Empresa CODINSA, viajó a la ciudad de Bogotá y allí se radicó con su núcleo familiar compuesto por su esposa MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ y sus 5 hijos. 4. Para el mes de Agosto de 1985, el señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, fue contratado por una compañía que lo vinculó a trabajar en el Municipio de Saravena, Departamento de Arauca, de forma interna para ejercer las labores como Soldador. 5. El señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, el día 08 de Agosto de 1.985, viajó desde Bogotá al Municipio de Saravena, Departamento de Arauca, para iniciar sus labores en dicha compañía, de la cual tanto mi mandante como la familia del desaparecido no recuerdan el nombre. 6. El señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, al estar trabajando de forma interna en la compañía, no le generaba ningún tipo de gastos, por lo que autorizó para que sus sueldos fueran girados a nombre de su esposa MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, quien residía en la ciudad de Bogotá con sus 5 menores hijos. 7. La señora MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, alcanzó a cobrar las quincenas de los meses de Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 1985 y cuando fue a cobrar la quincena del mes de Enero de 1986, le manifestaron que no volviera más porque no le iban a pagar más sueldos y que no tenían ninguna información de él. 8. La señora MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, a partir del mes de Enero de 1986, no volvió a cobrar más sueldos de su esposo y éste tampoco regresó a Bogotá a pasar con su familia la Navidad de 1985 y el año nuevo de 1.986. 9. La señora MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, desde el día 08 de Agosto de 1985, no volvió a ver a su esposo SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, como tampoco volvió a tener comunicación con él. 10. Desde la fecha de desaparición del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, hasta el día de la formulación de esta demanda, han trascurrido más de Treinta (30) años y a pesar de las constantes diligencias investigativas tanto oficiales como particulares, no se ha podido obtener información del paradero del mencionado señor, ni él tampoco se ha reportado, ni él ha dado muestra alguna de sobrevivencia. 11. Se encuentran vencidos los plazos y circunstancias exigidas por la Ley para la Declaración de Muerte Presunta por Causa de Desaparecimiento del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE. 12. La señora MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ, esposa del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, es una persona de avanzada edad, quien en la actualidad cuenta con 74 años, por lo que mi mandante MARTHA STELLA PRIETO CASTRO, en calidad de Nuera, confiere poder para iniciar la presente acción. PRETENSIONES: 1. Que se declare por medio de este proceso de Jurisdicción Voluntaria la Muerte Presunta por Desaparecimiento del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE. 2. Que se señale como fecha presunta del acontecimiento de dicha muerte el día 08 de Agosto de 1985. 3. Que por medio de edicto se emplace al desaparecido, de acuerdo al artículo 584 del C.G.P. 4. Que se oficie a la Registraduría respectiva para que quede inscrito en el correspondiente registro de defunción. FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos 96 y S.S. del Código Civil, Artículo 82 al 84 del C.G.P. Artículo 577 al 580 del C.G.P. PROCEDIMIENTO Y COMPETENCIA: El proceso que debe seguirse es el de Jurisdicción Voluntaria que establecen el Título Único Capítulo I, Artículo 577 del C.G.P. De acuerdo a lo estipulado en el Art. 22 numeral 21 de la Ley 1564 del 2012 y el domicilio del desaparecido señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, es usted señor Juez el competente para conocer del asunto. PRUEBAS: a) DOCUMENTALES: Copia de la denuncia instaurada el día 21 de Febrero del 2017, por la señora María Clara del Carmen Holguín de Hernández, en la Fiscalía General de la Nación Grupo Investigativo URI Especializada CTI de la ciudad de Bogotá, Certificado de la Fiscalía Cuarta Especializada de Arauca. Certificado de fecha 06 de Marzo del 2019, de la Fiscalía General de la Nación Grupo de Búsqueda, identificación y entrega de Personas desaparecidas - GRUBE. Formato de Atención de la Comisión de Búsqueda de Personas desaparecidas. Constancia del Grupo de Desaparecidos de la Subdirección Seccional de la Policía Judicial. b) TESTIMONIALES: Solicito se llame a declarar sobre los hechos de la demanda a las siguientes personas mayores de edad y residentes en la ciudad de Bogotá: MARÍA CLARA DEL CARMEN HOLGUÍN DE HERNÁNDEZ (Esposa del desaparecido), mayor de edad, identificada con la C.C. No. 41.3352.257 expedida en Bogotá, quien reside en la Calle 17B Sur, No. 14-29, Soacha Compartir. ELIO HERNÁNDEZ PANCHE, mayor de edad, identificado con la C.C No. 19.303.548 expedida en Bogotá, quien reside en la Carrera 9ª No 84ª-16 Sur, Barrio Chuniza Bogotá Colombia. MARÍA BENILDA DEL CARMEN HERNÁNDEZ PANCHE, mayor de edad, identificado con la C.C No. 41.609.841 expedida en Bogotá, quien reside en la Calle 30 Sur No 3ª -55 Este, celular 311-2094287. FLOR MARINA PRECIADO SICUAMIA, mayor de edad, identificada con la C.C. No. 46.357.376 de Sogamoso, quien reside en la Calle 71 Sur No. 14 B- 77, Barrio La Fortaleza, Bogotá, Celular: 314-2746605. ANEXOS: Anexo a la presente demanda: Poder para Actuar, los documentos referidos en el capítulo de pruebas, Registro Civil de Nacimiento del señor SEGUNDO MARCELINO HERNÁNDEZ PANCHE, Registro Civil de Nacimiento de Carlos Julio Hernández Holguín (Hijo del desaparecido), Registro Civil de Matrimonio de mi mandante Martha Stella Prieto Castro habido con el señor Carlos Julio Hernández Holguín, con el que se demuestra el parentesco con el desaparecido señor Segundo Marcelino Hernández Panche, Escrito separado solicitud Amparo de Pobreza, Copia de la cédula de mi mandante Martha Stella Prieto Castro, Copia de la cédula de la señora María Clara del Carmen Holguín de Hernández, Asignación 0216 de fecha 26 de Marzo del 2019, de la Defensoría del Pueblo Regional Arauca, Dos copias para el traslado, copia para el Juzgado con sus correspondientes anexos. AMPARO DE POBREZA: Solicito señor Juez, bajo juramento concederle el Amparo de Pobreza, al cliente de la defensoría pública ya que es una persona de escasos recursos económicos y no tiene dinero para pagar los gastos que se llegaran a generar en el proceso, conforme a lo estipulado en el Artículo 151 del Código General del Proceso. NOTIFICACIONES: Mi mandante MARTHA STELLA PRIETO CASTRO, quien reside en la Calle 17 B-Sur No. 14-29, Barrio Soacha Compartir. Celular 317-4708787 319-329508 319-3087424, Correo electr