Cuerpo para Impreso:
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN GIL. RESOLUCIÓN No. 200- 33. 025. 2020 - 30-01-2020. Por medio de la cual se concede LICENCIA URBANÍSTICA DE CONSTRUCCIÓN EN LA AMPLIACIÓN. RADICADO 2019-288 CONSIDERANDO: Que acorde con el artículo 2.2.6.4.1.1 del decreto 1077 de 2017, del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, dentro de las licencias de construcción se encuentran la modalidad de Ampliación, descrita en los siguientes términos: (...) ... Es la autorización para incrementar el área construida de una edificación existente entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar. La edificación que incremente el área construida podrá aprobarse adosada o aislada de la construcción existente, pero en todo caso la sumatoria de ambas debe circunscribirse al potencial de construcción permitido para el predio o predios objeto de la licencia según lo definido en las normas urbanísticas, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el proyecto para la Licencia Urbanística de Construcción Modalidad Ampliación del tercer piso (03) EDIFICIO Multifamiliar de Vivienda Interés Social (VIS) ubicado en la Calle 27 D # 10-38 Lote 01, Urbanización Niño Jesús de San Gil. Solicitado por la señora BLANCA LETICIA CASTILLO CHAPARRO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 37.896.011 expedida en San Gil, con Folio de Matrícula inmobiliaria No. 319-59537 y número catastral 01- 00- 0802- 0023- 000, cuyos linderos se encuentran consignados en la escritura No. 2442 del 12 de Septiembre de 2018 de la Notaría Primera de San Gil, presentó Planos Arquitectónicos, diseñados por el Arquitecto FEDERMAN GUSTAVO CRESPO BERNAL, con matrícula profesional número A4222015- 1042429412, Diseño Estructural elaborado por el Ingeniero LUIS EDUARDO DUARTE, con Matrícula Profesional No. 082020- 85490 ATL, como responsable de la obra el Ingeniero LUIS EDUARDO DUARTE, con matrícula 082020- 85490 ATL. Esta aprobación no exime al Representante legal y al Constructor de su responsabilidad en el funcionamiento y estabilidad de la Obra. PARÁGRAFO: Incorporar al presente acto administrativo la licencia de construcción No. 5611 de FEBRERO 13 de 2020, la cual hace parte integral y así como un (1) plano arquitectónicos y un (1) plano estructural, debidamente aprobados por la Secretaría de Control Urbano e Infraestructura del municipio de San Gil. ARTÍCULO TERCERO: DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: licencia de Urbanística de Construcción Modalidad Ampliación del tercer piso (03) Edificio Multifamiliar, con tres unidades de vivienda siendo interés social (VIS) ubicado en la Calle 27 D # 10-38 Lote 01, Urbanización Niño Jesús de San Gil. Solicitado por la señora BLANCA LETICIA CASTILLO CHAPARRO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 37.896.011 expedida en San Gil, de acuerdo a las siguientes Áreas: Área Total del lote 72,00 M2; Área a ampliar: 86,11 m2, Área total construida: 208,00 m2. ARTÍCULO DÉCIMO: El titular de la licencia debe instalar la valla durante el término de ejecución de las obras, cuya dimensión mínima será de un metro (01) por setenta (70) centímetros, localizados en lugar visible desde la vía pública más importante sobre la cual tenga frente o límite la construcción que haya sido objeto de la licencia. En caso de obras que se desarrollen en edificios o conjunto sometidos al régimen de propiedad horizontal se instalará un aviso en la cartelera principal del edificio o conjunto o en lugar de amplia circulación que determine la administración con fundamento en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 PARÁGRAFO 1 del Decreto 1077 de 2015. La valla debe indicar al menos: a) La clase y número de identificación de la licencia y la autoridad que la expidió. b) El nombre o razón social del titular de la licencia. c) La dirección del inmueble. d) Vigencia de la licencia. e) Descripción del tipo de obra que se adelanta, haciendo referencia especialmente al uso o usos autorizados, metros de construcción, altura total de las edificaciones, número de estacionamientos y número de unidades habitacionales, comerciales o de otros usos. Notifíquese y Cúmplase. Dada en la ciudad de San Gil - Departamento de Santander, a los Trece (13) días del mes de Diciembre del Año dos mil Diecinueve (2019). (Fdo.) Arq. Pedro Luis López Uribe, Secretaría de Control Urbano e Infraestructura del Municipio de San Gil. Elaboró: Javier David Viviescas Gómez, Arq. de Apoyo a la oficina de Control Urbano e Infraestructura. Enero 31/2020. 4717380.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN GIL. RESOLUCIÓN No. 200- 33. 025. 2020 -