Quantcast
Channel: Clasificados Vanguardia Bucaramanga - Edictos
Viewing all 25160 articles
Browse latest View live

EDICTO.- EL JUZGADO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SAN GIL CITA Y EMPLAZA: A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE PEDRO JULIO ROMERO ACELAS Y A LAS PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS que puedan tener interés jurídico sobre el inmueble objeto de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, por el modo de la USUCAPIÓN EXTRAORDINARIA, para que concurran al PREOCESO DE PERTENENCIA radicado bajo el No. 2015- 0010-00 instaurado a través de apoderado judicial por la señora TERESA DE JESÚS ACELAS contra DIOCELINA GÓMEZ QUINTERO, HEREDEROS INDETERMINADOS Y DETERMINADOS DE PEDRO JULIO ROMERO ACELAS, SEÑORES: RONAL ALEXIS ROMERO GÓMEZ, JHONATAN HENRY ROMERO GÓMEZ Y TATIANA PAOLA ROMERO GÓMEZ Y DEMÁS PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS sobre el siguiente bien: ‘Lote No. 16 de la Manzana G, urbanización Portal la Cruz del Municipio de San Gil, ubicado en la carrera 19 No. 10-14 con un área total de 96 mts cuadrados, junto con la construcción en él levantada, demarcada por los siguientes linderos: NORTE: con el lote No. 7 de la misma manzana G, en longitud de 6 mts, ORIENTE: con el lote No. 17 de la misma manzana G., en longitud de 16 mts, SUR: con la carrera 18, en longitud de 6 mts, OCCIDENTE: con el lote No. 15 de la misma, manzana G., en longitud de 16 mts. Este predio se distingue en el catastro como predio número 01-00- 0237-0029-000, con folio de matrícula inmobiliaria N° 319-38226 de la Oficina, de Registro de Instrumentos Públicos de San Gil‘. Se advierte A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE PEDRO JULIO ROMERO ACELAS Y A LAS PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS que se crean tener derecho sobe el bien inmueble arriba descrito, que deben comparecer a más tardar transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del término de emplazamiento y que si no se presentan a este Juzgado a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda, fechado el 12 de marzo de 2015, proferido dentro del proceso ya referido, se les designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación y traslado. Se fija el presente EDICTO en lugar visible de la Secretaría del Juzgado, por el término de VEINTE (20) DÍAS, y dentro del mismo término se publicará POR DOS (2) VECES, CON INTERVALO NO MENOR DE CINCO (5) DÍAS CALENDARIO, en un diario escrito de amplia circulación nacional, (VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO O EL ESPECTADOR) y por medio de una radiodifusora del lugar (RCN O CARACOL) (Numeral. 7° del. Art. 407 del C. de P.C.), dentro de las 7:00 A.M y las 10:00 P.M, siendo las 8:00 de la mañana de hoy veintisiete (27) de marzo de dos mil quince (2015). Secretaria (Fdo.) Ana Lucía Ortiz Romero. Abril 8/15. 3685903.

EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SAN GIL CITA Y

leer más


REMATE CONTRA JUAN

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
REMATE CONTRA JUAN FERNANDO SARMIENTO HERNANDEZ]

REMATE CONTRA JUAN FERNANDO SARMIENTO HERNANDEZ]

EDICTO.- EL JUZGADO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SAN GIL CITA Y EMPLAZA: A los HEREDEROS INDETERMINADOS DE PEDRO JULIO ROMERO ACELAS y a las PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS que puedan tener interés jurídico sobre el inmueble objeto de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, por el modo de la USUCAPIÓN EXTRAORDINARIA, para que concurran al PROCESO DE PERTENENCIA radicado bajo el No. 2015- 0010-00 instaurado a través de apoderado judicial por la señora TERESA DE JESÚS ACELAS contra DIOCELINA GÓMEZ QUINTERO, HEREDEROS INDETERMINADOS Y DETERMINADOS DE PEDRO JULIO ROMERO ACELAS, señores: RONAL ALEXIS ROMERO GÓMEZ, JHONATAN HENRY ROMERO GÓMEZ Y TANIA PAOLA ROMERO GÓMEZ y demás PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS sobre el siguiente bien: ‘Lote No. 16 de la Manzana G, urbanización Portal de la Cruz del Municipio de San Gil, ubicado en la carrera 19 No. 10-14 con un área total de 96 mts cuadrados, junto con la construcción en él levantada, demarcada por los siguientes linderos: NORTE: Con el lote No. 7 de la misma manzana G, en longitud de 6 mts. ORIENTE: Con el lote No. 17 de la misma manzana G., en longitud de 16 mts. SUR: Con la carrera 18, en longitud de 6 mts. OCCIDENTE: Con el lote No. 15 de la misma, manzana G., en longitud de 16 mts. Este predio se distingue en el catastro como predio número 01- 00- 0237- 0029- 000, con folio de matrícula inmobiliaria N° 319-38226 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San Gil‘. Se advierte a los HEREDEROS INDETERMINADOS DE PEDRO JULIO ROMERO ACELAS y a las PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS que se crean tener derecho sobre el bien inmueble arriba descrito, que deben comparecer a más tardar transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del término de emplazamiento y que si no se presentan a este Juzgado a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda, fechado el 12 de marzo de 2015, proferido dentro del proceso ya referido, se les designará Curador Ad-Litem con quien se surtirá la notificación y traslado. Se fija el presente EDICTO en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de VEINTE (20) DÍAS y dentro del mismo término se publicará POR DOS (2) VECES, CON INTERVALO NO MENOR DE CINCO (5) DÍAS CALENDARIO, en un diario escrito de amplia circulación nacional, (VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO O EL ESPECTADOR) y por medio de una radiodifusora del lugar (RCN O CARACOL) (Numeral 7° del Art. 407 del C. de P.C.), dentro de las 7:00 A.M y las 10:00 P.M, siendo las 8:00 de la mañana de hoy veintisiete (27) de marzo de dos mil quince (2015). Secretaria (Fdo.) Ana Lucía Ortiz Romero. Abril 17/15. 3685904.

EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SAN GIL CITA Y

leer más

RADICADO: 2013-0252-01. EDICTO.-

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
RADICADO: 2013-0252-01. EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO BUCARAMANGA EMPLAZA A: A todas las personas que se consideren con derecho para intervenir en el proceso ORDINARIO DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA DE DOMINIO, adelantada por CARMEN CECILIA LANDAZÁBAL DE LIZCANO, contra GREGORIO LEÓN, LUIS HERNÁN LANDAZÁBAL LEÓN y JOSÉ ÁLVARO LANDAZÁBAL LEÓN como Herederos Determinados de AMELIA LEÓN DE LANDAZÁBAL y demás PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON IGUAL O MEJOR DERECHO, donde el actor pretende adquirir el siguiente bien identificado con el folio de matrícula número 300-50926. Se trata de del inmueble situado en la Manzana número 51-15 del barrio San Miguel, distinguido con el número 11 de la jurisdicción del Municipio de Bucaramanga, ubicado en la calle 51 Nr. 15-54 del Barrio San Miguel de Bucaramanga, que tiene un área de ciento cuarenta y siete metros (147 mts2) cuadrados, alinderado así: Por el NORTE: En siete (7 Mts) con la calle 51 entre carrera 15 y 16, por el SUR: En siete (7.00 mts) con terrenos de los vendedores, por el ESTE: Con veintiún metros (21 mts) con terrenos de los vendedores y por el OESTE: En veintiún metros (21 mts) con terrenos de los vendedores. Se identifica con la matrícula inmobiliaria Nr. 300-50926 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga. Para el efecto fíjese Edicto por el término de 20 días en lugar público de la Secretaría y publíquese en un periódico de amplia circulación (Vanguardia o El Frente) por 2 veces, con intervalos no menores de 5 días y por medio de una radiodifusora del lugar si la hubiere, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche, allegando al expediente las constancias de rigor. Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del término de fijación del edicto, se entenderá surtido el emplazamiento de las personas indeterminadas, a las que se designará un curador Ad-litem, que ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Se fija este edicto en lugar público de la secretaría del Juzgado por 20 días, siendo las 8 A.M. de hoy 7 de mayo de 2015. Secretario, (Fdo.) Omar Giovanni Gualdrón Vásquez. Hay un sello. Mayo 28/15. 3727831.

RADICADO: 2013-0252-01. EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO BUCARAMANGA EMPLAZA A:

leer más

EDICTO.- EL SUSCRITO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.- EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE SAN GIL, SANTANDER, EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir en el proceso de SUCESIÓN INTESTADA del causante CARLOS VESGA QUINTERO, fallecido el 11 de mayo de 2015 en el municipio del San Gil (Santander), siendo San Gil el lugar de su último domicilio. La referida causa mortuoria fue abierta y radicada en este Juzgado mediante auto del cinco (05) de junio de dos mil quince (2015). En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 589 del C. de P.C., se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaría del Juzgado, por el término de 10 días hábiles y copia del mismo se entrega a los interesados para su publicación por una vez en un periódico que circule ampliamente en esta región, tales como EL TIEMPO o VANGUARDIA LIBERAL y en una radiodifusora local, siendo las ocho de la mañana de hoy dieciocho (18) de junio de dos mil quince (2015). Secretario, (Fdo.) Julio César Suárez Arévalo. Junio 30/15. 8757.

EDICTO.- EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE SAN

leer más

EL SUSCRITO SECRETARIO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE TONA S.S. HACE SABER: Que dentro del proceso de TITULACIÓN DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE RURAL adelantado ante este Despacho por el Municipio de Tona, mediante apoderado judicial, radicado en este Juzgado bajo el número 2015-00016, mediante auto calendado 4 de junio de 2015 se dio inicio al proceso y en el mismo se ha ordenado el emplazamiento del señor JOSÉ ÁNGEL GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ en su condición de titular de derecho real de dominio del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 300-168006; así mismo se ha ordenado el emplazamiento de las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre el respectivo bien, para que concurran al proceso a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. El bien materia de este proceso, donde actualmente funciona el Colegio Luz de la Esperanza se encuentra ubicado en el corregimiento de Berlín, jurisdicción del municipio de Tona y hace parte de uno de mayor extensión identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 300-168006. El lote materia de este proceso se alindera así: Por el NORTE: Peatonal al medio con el predio Los Pinos de Anedina Viliamizar Mogotocoro. Por el SUR: Urbanización Villa Sandra y Campo Elías Villamizar Canal, por el OCCIDENTE: Vía Berlín - Vetas y por el ORIENTE: Predio de Luis Eduardo Capacho Portilla. El Predio de mayor extensión se identifica con el folio de matrícula inmobiliaria número 300-168006 lote # 3 ubicado en el Municipio de Tona - Santander; con una cabida aproximada de 79.611,4 metros cuadrados y de acuerdo al certificado especial expedido por el Registrador de Instrumentos Públicos y Privados de la ciudad de Bucaramanga se alindera así: POR EL NORTE o CABECERA: Con el lote número dos de esta misma partición adjudicado al comunero Heliodoro Gutiérrez Rodríguez.- POR EL ORIENTE: Con tierras de Guillermo Rivera.- POR EL PIE O SUR: Con predios de Agapito Solano y Ramón Rodríguez.- POR EL OCCIDENTE: Con predios de José Gutiérrez. Transcurridos quince días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido y se procederá a designar curador Ad-litem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. El presente Edicto de conformidad con en el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil se fija por el término de veinte (20) días en lugar visible de la secretaría de este Juzgado, hoy diecisiete (17) de junio de dos mil quince (2015) a las 8 a.m. El Secretario, (Fdo.) Pedro Julio Leal Alvarado. Junio 30/15. 3754012.

leer más

REPÚBLICA DE COLOMBIA.

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
REPÚBLICA DE COLOMBIA. JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE COROMORO. EDICTO.- LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE COROMORO SANTANDER, EMPLAZA Y CITA: A todas las PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS de las cuales se desconoce su nombre, domicilio, residencia, dirección, lugar de trabajo y teléfono que puedan tener algún interés jurídico para intervenir dentro del proceso de SANEAMIENTO DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD AGRARIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUSITIVA DE DOMINIO O USUCAPIÓN propuesta por GILMA CÁCERES RODRÍGUEZ Y BENITO SOLANO SOLANO contra ETELVINA BRAVO NIÑO, CIRO ANTONIO NIÑO BRAVO, MARTHA NIÑO BRAVO, JESÚS ÁLVAREZ, BEATRIZ PICO DE ÁLVAREZ Y DEMÁS PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS, para que concurran a dicho asunto a más tardar dentro de los Diez (10) días siguientes a la desfijación de este edicto a recibir notificación del auto admisorio de fecha 27 de mayo de 2015 y sus anexos, Radicado bajo el No. 6821- 7408- 9001- 2015- 00033-00, con la advertencia que si no comparecen dentro de dicho término, se les nombrará CURADOR AD-LITEM para que los represente en el proceso hasta su terminación. El inmueble cuya prescripción se pretende es: Un predio rural de nominado LA MACARENA, ubicado en la vereda La Laguna de la Jurisdicción Municipal de Coromoro Santander, que según levantamiento topográfico el predio cuenta con un área de 9 has 7850 mts2, mejorado con pastos de sabana, comprendido dentro de los siguientes linderos especiales: SUR: Partiendo al Occidente sobre la desembocadura de la quebrada Las Ánimas del Río Yama, agua arriba por esta quebrada, en una longitud de 220.70 mts lineales, lindando con predios del señor LUIS CÁCERES RODRÍGUEZ y sigue quebrada Las Ánimas aguas arriba en una longitud de 265.30 mts lineales, lindando con propiedad del señor PEDRO BENAVIDES SOLANO; ORIENTE: Partiendo al Sur, de la quebrada Las Ánimas, por montaña cerca de alambre arriba, en una longitud de 270.50 mts lineales, lindando con predios que son o fueron de BEATRIZ PICO Y JESÚS ÁLVAREZ SOLANO y sigue por surco de palos y cerca al medio a encontrar un palo de Cedro, en una longitud de 190.20 mts lineales, lindando con predios de la señora BEATRIZ PICO; NORTE: Partiendo al Occidente del palo de Cedro, por cerca de alambre y surco de palos a encontrar un palo de Guamo, ubicado sobre la orilla del Río Yama, en una longitud de 185.40 mts lineales, lindando con predios de la señora BEATRIZ PICO; OCCIDENTE: Partiendo hacia el sur, del palo de Guamo sobre el Río Yama, aguas abajo en una longitud de 301.70 mts lineales, lindando con predios de PEDRO BENAVIDES SOLANO y sigue río aguas abajo a encontrar la desembocadura de la quebrada Las Ánimas, en una longitud de 233.20 mts lineales, lindando con predios de la señora QUINTINA SOLANO MURILLO. El predio de mayor extensión conocido en la región como LA VICTORIA, ubicado en la vereda La Laguna, del municipio de Coromoro, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 306-841, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Charalá, comprendido dentro de los siguientes linderos tomados del título de adquisición: PIE: Del encuentro del río Yama y la quebrada de Las Ánimas, río arriba hasta su nacimiento; NORTE: Desde el nacimiento de dicho río hasta salir a la cuchilla de los colorados, deslindando los municipios de Coromoro y Onzaga; ORIENTE: Por derrames de agua y el camino que va de Coromoro a Onzaga hasta la pata del cerro de Morro Negro; y SUR: Volver hacia el occidente a buscar el nacimiento de la quebrada de Las Ánimas y quebrada abajo hasta su desembocadura en el Río Yama, punto de partida del primer lindero y encierra. De conformidad con los dispuesto en el artículo 8 del Decreto 508 de 1974, se fija el presente edicto en la cartelera de la Secretaría del Juzgado por el término de Quince (15) días hábiles a partir de las ocho (8:00 a. m) de la mañana de hoy doce (12) de junio de dos mil quince (2015) copia del mismo se expiden para su publicación por tres (3) veces en un diario de amplia circulación (VANGUARDIA LIBERAL o EL TIEMPO), con intervalos no menores de dos (2) días calendario. Copia del edicto será enviado a la Alcaldía Municipal de esta población para que sea fijado en su Secretaría por el término de quince (15) días habites, ya que en esta comprensión se encuentra situado el bien base de la Litis. Secretaria, (Fdo.) Jacqueline Rangel Arias. Junio 30/15. 3759377.

leer más

EL JUZGADO PRIMERO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE CHARALÁ, SANTANDER, EMPLAZA: A todas las PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS de quienes se desconoce su nombre, domicilio, residencia, dirección, lugar de trabajo, teléfono y que puedan tener interés jurídico para intervenir dentro del proceso de SANEAMIENTO DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD AGRARIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO propuesto a través de apoderada judicial por ELPIDIA GÓMEZ PICO, contra ELADIO, PEDRO ELÍAS, AMINTA, JUAN MARÍA, SIXTO y NICÉFORO GÓMEZ PICO; MARCO FIDEL, RAMIRO, JOSÉ DE JESÚS, JUAN DE DIOS, RAMÓN, ROSA MARÍA y MARÍA EUGENIA LEÓN GÓMEZ; JOSELITO y AMPARO PICO GÓMEZ; ERNESTO SALDARRIAGA LEÓN, JENY, BLANCA y DIOSELINA SANABRIA y Personas Desconocidas e Indeterminadas, para que concurran a dicho asunto a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la desfijación de este Edicto a recibir notificación del auto admisorio del once de los cursantes y traslado de la demanda, su corrección y anexos, Rdo. No. 6816- 7408- 9001- 2015- 00036-00; en relación con el siguiente bien descrito así en la demanda: Lote de Terreno denominado “LA INDALECIA‘, de propiedad de ELPIDIA GÓMEZ PICO, ubicado en la vereda Los Medios de la Jurisdicción Municipal de Charalá. con una extensión aproximada de dos hectáreas cuatro mil quinientos veinte metros cuadrados (2 has, 4.520 Mts2) según levantamiento topográfico adjunto y determinado por los siguientes linderos: ‘ORIENTE: Comprende del borde del camino real, sigue cerca de alambre y vallado hacia abajo a encontrar zanja de agua, hasta encontrar la Quebrada Pajonal, lindando con herederos de JUAN MARÍA GÓMEZ BAUTISTA, cerca de alambre borde de la misma quebrada, lindando con propiedad de FLORINDO RANGEL; NORTE: Comprende de la misma Quebrada sigue cerca de alambre hacia arriba hasta encontrar punto del tercer lindero, lindando con AGAPITO PICO PICO; OCCIDENTE: Comprende desde el punto del tercer lindero, sigue cerca de alambre hacia abajo hasta encontrar zanja de agua, lindando con propiedad de BERNARDO GRASS, cruza zanja de agua vallado hacia arriba hasta encontrar borde del camino real del cuarto lindero, lindando con herederos de Juan María Gómez Tibaduiza, hasta encontrar punto del cuarto lindero; SUR: Comprende de la esquina del punto del cuarto lindero sigue cerca de alambre por el borde del camino real hacia abajo hasta encontrar con el punto del primer lindero, lindando con propiedad de la señora Verónica Poveda‘. Y como linderos antiguos, según matrícula inmobiliaria No. 306-1829, los siguientes: ‘ORIENTE: Una zanja abajo lindando con propiedad de Juan María Gómez a encontrar la Quebrada llamada El Cincho, quebrada arriba lindando con propiedad de Rufina Rangel a encontrar un mojón de piedra; NORTE: Cerca de alambre arriba lindando con propiedad de Mercedes Pico Grass a encontrar un mojón de piedra y mata de fique; OCCIDENTE: Línea recta a encontrar un mojón de piedra y mata de fique lindando con propiedad de Bernardo Gras León, zanja al medio a dar con herederos de Ramón Torres; SUR: Zanja abajo lindando con terrenos de la vendedora a encontrar el primer lindero‘ y Registrado con el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 306-1829 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Charalá, número predial 00- 04- 00- 00- 0015- 0242-0-00- 00- 0000. Se advierte a los emplazados que si transcurridos dichos términos no comparecen, se entenderá surtido el emplazamiento y se les designará Curador Ad-Litem con quien se proseguirá el proceso hasta su terminación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 508 de 1974, se fija el presente edicto en la cartelera de la Secretaría del Juzgado por el término de quince (15) días hábiles a partir de las ocho de la (8:00 a.m.) mañana de hoy veintiuno (21) de Mayo de dos mil quince (2015). Copia del mismo se entrega al interesado para su publicación por tres (3) veces en un periódico de amplia circulación en este lugar (Vanguardia Liberal o El Tiempo) y en una radiodifusora con sintonía en este municipio si la hubiere, con intervalos no menores de dos (2) días, las que se harán dentro del término de fijación del Edicto, llegando a los autos los comprobantes de su cumplimiento. Copia del Edicto será enviado a la Alcaldía Municipal de esta población, para que sea fijado en su Secretaría por el término de quince (15) días hábiles, ya que en esta comprensión se encuentra situado el bien base de la litis. Secretario (Fdo.) Javier Antonio Pinto Flórez. Junio 30/15. 3759972.

leer más


EDICTO.-EL NOTARIO PRIMERO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.-EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MONIQUIRÁ EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante JOSÉ ÁNGEL MARÍA SUÁREZ HERNÁNDEZ, C.C. No. 1093442, siendo su último domicilio la ciudad de Moniquirá, quien falleció el día 24 de Julio de 2010, en la ciudad de Moniquirá. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número 204 de fecha 23 de junio de 2015, se ordena la publicación del presente edicto en el periódico y en una Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 30. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 24 de junio de 2015 a las 8 A.M. Notario Primero, (Fdo.) Luis Hernando Calixto Paipa. Hay un sello. Junio 30/15. 3761640.

leer más

EDICTO.- EL SUSCRITO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.- EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE PÁRAMO EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS y a las personas que puedan tener interés jurídico en oponerse a las pretensiones del actor y se crean con derecho a intervenir en el proceso radicado al número 2014-00042 de SANEAMIENTO DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD AGRARIA, propuesto por JOSÉ DE JESÚS PATIÑO MONTERO y MERCEDES DUARTE DE PATIÑO contra MARGARITA RODRÍGUEZ CARREÑO, JUAN DE DIOS RODRÍGUEZ CARREÑO, AMALIA VESGA GARCÍA, LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, OTONIEL RONDÓN QUINTANILLA, JORGE ENRIQUE RONDÓN QUINTANILLA, ASCENCIÓN ARDILA DE DÍAZ, LUCÍA DÍAZ ARDILA, NELLY SOFÍA DÍAZ ARDILA, FERNANDO DÍAZ ARDILA, JUAN OSWALDO DÍAZ ARDILA, JULIÁN ALBERTO DÍAZ ARDILA, LUIS ARDILA REMOLINA, RAMIRO ARDILA REMOLINA, DARÍO ARDILA REMOLINA y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS. El inmueble de que trata el proceso antes referido se denomina ‘LAUCRANIA‘ y/o ‘LA FORTUNA‘, identificado con la Matrícula Inmobiliaria No. 319-12168, ubicado en la Vereda La Laguna, del municipio de Páramo, y se alindera actualmente de la siguiente manera, según consta en el escrito de la demanda: POR EL ORIENTE: Partiendo de la esquina del predio del árbol arrayán junto al borde de cincho, en dirección sur y por la formación de esta misma cerca de alambre se llega a la esquina del coño natural de aguas lluvias. Este sector colinda en su totalidad con el predio del señor JORGE RONDÓN; POR EL OCCIDENTE: Partiendo del cruce de cercas de alambre junto con el coño natural de aguas lluvias, en dirección norte y por la formación de esta misma cerca de alambre, se llega al borde del cincho. Este sector colinda en su totalidad con el predio del señor DARÍO ARDILA REMOLINA; POR EL NORTE: Partiendo del cruce de cercas de alambre junto con el borde del cincho, en dirección oriente con una distancia de 108.2 mts y por la formación de este mismo borde del cincho se llega a la esquina del cruce de cerca de alambre con el árbol de arrayán. Este sector colinda en su totalidad con predios del señor DARÍO REMOLINA y borde de cincho al medio y POR EL SUR: Partiendo de la esquina del caño natural de aguas lluvias, junto con la cerca de alambre en dirección occidente y por la formación de esta misma cerca de alambre, se llega a la esquina del predio del señor DARÍO ARDILA REMOLINA, con el caño natural de aguas lluvias, pasando por árboles de guamos machos y arrayanes. Este sector colinda en su totalidad con el predio de la señora AMALIA VESGA. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del Edicto en el medio masivo de comunicación. Si los emplazados no comparecen al Juzgado, se les designará un Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación. Se expide el presente Edicto en Páramo, Santander, hoy diecisiete (17) de febrero de dos mil quince (2015) y se entrega a la parte interesada, para la publicación en el medio de comunicación atendiendo a las formalidades del artículo 8 del Decreto 508 de 1974 y para la fijación en la Alcaldía de este municipio. El Secretario (Fdo.) Helmunth Wbeimar Ortiz Mejía. Junio 30/15. 3761800.

leer más

EDICTO.- JUZGADO PRIMERO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.- JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso de sucesión intestada de LUIS JOSÉ BAUTISTA Y NATIVIDAD MENDOZA DE BAUTISTA, adelantado a través de apoderado judicial por CARMEN ROSA, JAIME, JORGE ELIÉCER, MARLENE, JUAN FRANCISCO, CARLOS ENRIQUE BAUTISTA MENDOZA, como hijos legítimos de los causantes y las nietas ANA MILENA CRUZ BAUTISTA, LUZ DARY CRUZ BAUTISTA Y YULY ANDREA CRUZ BAUTISTA en representación de la heredera CLARA INÉS BAUTISTA MENDOZA (Q.E.P.D.), abierto y radicado en este Juzgado mediante auto del veintitrés de junio de dos mil quince, radicado bajo el No. 2015-112. Para los efectos previstos en el Art. 589 del C.P. Civil, se fija el presente edicto en lugar visible de la secretaría del Juzgado a las ocho de la mañana de hoy veinticinco de junio de 2015, por el término de diez (10) días y copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación en un diario de amplia circulación en la ciudad y en una radiodifusora local, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana (7:00 A.M.) y las diez de la noche (10:00 P.M.). Secretaria, (Fdo.) Bernarda Badillo Guerrero. Hay un sello. Julio 1/15. 3764919.

EDICTO.- JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL EMPLAZA: A todas las personas que se

leer más

EDICTO.- LA SUSCRITA

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, dentro del Trámite Notarial de Liquidación de la sucesión de la causante MARY MALDONADO DE ORDÓÑEZ, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 27.909.685, quien falleció el día 21 de Marzo de 2015, siendo Bucaramanga el lugar de su último domicilio. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 034 del día veintiséis (26) de Junio de dos mil quince (2015), se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora de esta ciudad, así como su fijación por el término de Diez (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989. El presente Edicto se fija hoy treinta (30) de Junio de Dos mil quince (2015) a las 8:00 A.M. La Notaria Segunda, (Fdo.) Sylvia Stella Rugeles de Rugeles. Hay un sello. Julio 1/15. 3764815.

EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas

leer más

EDICTO.- EL JUZGADO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.- EL JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que se consideren con algún derecho en el siguiente inmueble cuya declaración de Pertenencia ha instaurado IVONNE JULIET PEÑA LÓPEZ y JHON ALEXANDER PEÑA LÓPEZ contra JUAN AMADO LIZARAZO, MARINA GRANADOS DE PLATA y PERSONAS INDETERMINADAS con interés jurídico en el bien a usucapir dentro del proceso No. 6800 1310 3005 2013 0031300 ORDINARIO DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, a fin de que se presenten a hacerlo valer dentro de los quince (15) días siguientes a la expiración del EDICTO: Se trata de un lote de terreno junto con la casa en él construida con dirección ‘Carrera 37 No. 53-08 Cabecera del Llano‘ ubicado en el municipio de Bucaramanga, Santander, con área de 336.25 metros cuadrados; alinderado así: POR EL NORTE: En extensión de veinticinco metros (25 mts) aproximadamente con la calle cincuenta y tres (53).- POR EL SUR: En igual extensión de veinticinco metros (25 mts) aproximadamente con terrenos de Carlos Uribe.- POR EL ORIENTE: En extensión de trece metros con cuarenta y cinco centímetros (13.45 MTS) aproximadamente con la carrera treinta y siete (37).- POR EL OCCIDENTE: En igual extensión de trece metros con cuarenta y cinco centímetros (13.45 mts) aproximadamente con terrenos de los vendedores. El bien inmueble antes alinderado se encuentra registrado en la oficina de Instrumentos Públicos de la ciudad de Bucaramanga S/der, cuyo número de matrícula inmobiliaria es 300-38034, se distingue en catastro con el número 01020 300000 3000.- Se advierte a todos los emplazados que si dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del emplazamiento no comparecen, se les nombrará Curador Ad-Litem, con quien se proseguirá el juicio hasta su terminación. Para efectos del Art. 407 del C. de P.C., se fija el presente EDICTO en lugar público de la Secretaría del Juzgado por el termino de veinte (20) días y se publicará por dos (2) veces con intervalos no menores de cinco (5) días calendario y dentro del mismo término en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora del lugar en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. Bucaramanga, Veintidós (22) de Junio de 2015, siendo las 8:00 AM. Secretaria, (Fdo.) Rossana Balaguera Pérez. Hay un sello. Julio 1/15. 3759151.

EDICTO.- EL JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas

leer más

EDICTO.- EL SUSCRITO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.- EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE GÁMBITA S. EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho a intervenir y a oponerse a las pretensiones del actor en el proceso VERBAL AGRARIO DE PERTENENCIA por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, radicado al 2015- 0020-00 propuesto por MARIELA ARCINIEGAS, mediante apoderada Dra. LEONOR POVEDA NIÑO, contra HEREDEROS INDETERMINADOS DE JESÚS LOZANO Y ANA ELVIA OCASIONES DE HERNÁNDEZ y PERSONAS INDETERMINADAS, sobre los siguientes bienes: Parte del predio rural denominado ‘MONTEBELLO‘, ubicado en la vereda Supatá, del municipio de Gámbita, Departamento de Santander, identificado con folio de matrícula inmobiliaria 321- 1406 de la Oficina de Instrumentos Públicos del Socorro y alinderado según certificado de libertad y tradición así: ‘De un mojón que se encuentra al pie de un árbol mulato, sigue por una hondonada abajo hasta encontrar una quebrada, vuelve aguas arriba a encontrar un mojón de piedra que está marcado con una cruz; vuelve en línea recta a encontrar un mojón que se encuentra clavado al pie de un árbol polvillo sigue en recta a encontrar el primer lindero encierra y deslinda respectivamente con terrenos de Esteban Garzón, con de Luis Alberto Soto, de Ángel García, con Rosalba Jiménez y José Manuel Lozano. Parte del predio denominado ‘SERENATA‘, ubicado en la vereda de Supatá del municipio de Gámbita, Departamento de Santander, identificado con folio de matrícula inmobiliaria 321- 11489 de la Oficina de Instrumentos Públicos del Socorro y alinderado según certificado de libertad y tradición así: ‘De un mojón que se encuentra clavado en una loma, sigue en línea recta a dar a otro mojón de piedra que se encuentra clavado lindando con terrenos de Dulcelina Lozano; vuelve hacia el occidente en línea recta a donde se encuentra dos hoyadas, sigue por la hoya más larga hasta encontrar el nacimiento de un aljibe de agua o sea el que va colindando con el terreno del señor Sixto Daniel Suárez, vuelve en recta a encontrar el primer lindero. Encierra y deslinda respectivamente con terrenos de Sixto Daniel Suárez, con terrenos de Dulcelina Lozano y con terrenos del vendedor. Parte del predio rural denominado ‘EL MIRADOR‘, ubicado en la vereda de Supatá del municipio de Gámbita, Departamento de Santander, identificado con folio de matrícula inmobiliaria 321-11490 de la Oficina de Instrumentos Públicos del Socorro y alinderado según certificado de libertad y tradición así: ‘De un mojón de piedra que se encuentra en la cuchilla de Montebello, sigue por toda la cuchilla a dar al pie del callejón de Pan de Azúcar, vuelve abajo a dar nacimiento de agua, sigue hoyada abajo a encontrar otro mojón de piedra que se encuentra al pie de un árbol denominado Tuno vuelve formando escuadra en recta a otro mojón que se encuentra al pie de un árbol denominado o tobo, vuelve en recta a encontrar el primer lindero. Encierra y deslinda respectivamente con terrenos de Tito Suárez de herederos de Francisco Suárez, con Luis Alberto Soto, de Hernández de Abel Antonio Lozano y Tito Suárez. Los anteriores inmuebles forman un solo globo de terreno, que en adelante tomara el nombre de ‘LA BELLEZA‘, ubicado en la vereda de Supatá del municipio de Gámbita, Departamento de Santander y alinderado según Plano Topográfico así: ‘Por el NORTE: Con terrenos de herederos de Luis Alberto Soto, quebrada y cerca de alambre al medio; por el ORIENTE: Con terrenos de propiedad de José Arquímedes Suárez Arciniegas, parte quebrada y cerca de alambre al medio; por el ORIENTE: Con terrenos de propiedad de José Arquímedes Suárez Arciniegas, parte quebrada y cerca de alambre al medio, por el OCCIDENTE: Con terrenos de Armando Arturo Suárez Arciniegas, quebrada en parte y cerca de alambre al medio, por el SUR: Con terrenos de Alfonso Suárez carretera que conduce a Pan de Azúcar al medio y cerca de alambre al medio; con terrenos de propiedad de Luis Noguera, cerca de alambre al medio‘. Transcurridos quince días a partir de la expiración del término de emplazamiento sin que los demandados comparezcan a notificarse del auto admisorio fechado del 13 de mayo de 2015, el emplazamiento se entenderá surtido respecto de los indeterminados a quienes se les designará Curador Ad-Litem a quien se notificará y ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Las personas que se presenten oportunamente podrán contestar la demanda dentro los quince días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento y los que hagan posteriormente tomarán el proceso en el estado en que lo encuentren. Para los efectos del artículo 407 del C. de P. Civil, se fija el presente edicto en un lugar público de la Secretaría del Juzgado por el termino de VEINTE DÍAS HÁBILES, siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M) de hoy veintidós (22) de junio de dos mil quince (2015) el cual se publicará por dos (02) veces con intervalos no menores de cinco (05) días calendario en el diario VANGUARDIA LIBERAL o EL TIEMPO y en una radiodifusora del lugar en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. Secretario, (Fdo.) Gerardo A. Vargas Quiroga. Hay un sello. Julio 1/15. 8752.

EDICTO.- EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE GÁMBITA S. EMPLAZA:

leer más

República de Colombia.

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
República de Colombia. Rama Judicial del Poder Público. Juzgado Promiscuo Municipal Palmas del Socorro Santander. Código Juzgado 6852 4408 9001. EDICTO.- LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE PALMAS DEL SOCORRO SANTANDER, EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso de sucesión intestada de ZORAIDA MONSALVE DE URIBE, fallecida el día nueve (9) de agosto de dos mil nueve (2009) en el Municipio de Palmas del Socorro (Santander), siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios el Municipio de Palmas del Socorro Santander, abierto y radicado en este despacho por auto de fecha diecisiete (17) de junio de dos mil quince (2015), especialmente a la diligencia de Inventario y Avalúo de los bienes dejados por la causante. Para los fines indicados por el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaría del Juzgado por el término de diez (10) días, hoy dieciocho (18) de junio de dos mil quince (2015) a las ocho de la mañana (8a.m.) y se expide copias a la parte interesada para su publicación, por una sola vez en el periódico de Vanguardia Liberal en día domingo. Y en la Radiodifusora La Voz de Colombia en el horario entre las seis de la mañana y once de la noche. La Secretaria, (Fdo.) Bárbara Rincón de Monsalve. Julio 1/15. 8763.

República de Colombia. Rama Judicial del Poder Público. Juzgado Promiscuo Municipal Palmas

leer más


EDICTO.- EL JUZGADO

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DEL SOCORRO S. EMPLAZA: A todas las PERSONAS que se crean con derecho a intervenir en el proceso VERBAL ESPECIAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO propuesta por MAXIMILIANA PARDO C.C. 28.419.707 mediante apoderado judicial contra JOSELÍN ORTIZ CÁRDENAS, PABLO ANTONIO ORTIZ CÁRDENAS, ROSA DELIA CÁRDENAS DE ORTIZ, IRENE ORTIZ CÁRDENAS, BENILDA ORTIZ CÁRDENAS, MARÍA ORTIZ CÁRDENAS, HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DE JUAN FRANCISCO ORTIZ SANTOS y PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre los bienes inmuebles objeto de la litis, radicado 6875- 5408- 9001- 2015- 00063-0. A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derechos sobre los bienes inmuebles objeto de litis y que a continuación se describen: A) Predio urbano casa de habitación ubicada en la calle 12 N° 10-03 del municipio del Socorro, cuyos linderos según escritura pública número 422 de 08 de junio de 1999 otorgada en la Notaría Segunda del Círculo del Socorro son: ORIENTE: Carrera 16; OCCIDENTE: Con de Evangelina Meza de Tapias, boque de cemento al medio; NORTE: Con la calle 12 y SUR: Con los predios de Blanca Cecilia Cartagena, pared de ladrillo y tabique; predio identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 321-16451 de la Oficina de Registro de Instrumentos Púbicos del Socorro y cédula catastral 0100000000 89000 800000 y que cuenta con un área de 39 metros cuadrados. B) Predio urbano pieza de habitación ubicada en la carrera 10 N° 11-79 del municipio del Socorro, cuyos linderos según escritura pública número 538 de 18 de septiembre de 1.959 otorgada en la Notaría Primera del Círculo del Socorro son: ORIENTE: Carrera 10; OCCIDENTE Y NORTE: Tabique al medio con del mismo comprador y SUR: Con de Luis Quintero y tabique al medio; predio identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 321-15988 de la Oficina de Registro de Instrumentos Púbicos del Socorro y cédula catastral 0100000000 8900 3800000 y que cuenta con un área de 10 metros cuadrados. Lo anterior de conformidad con lo prescrito por el artículo 407 del C. de P. C. La demanda fue admitida en este Juzgado mediante auto del veintidós (22) de abril de dos mil quince (2015) a solicitud de MAXIMILIANA PARDO C.C. 28.419.707 Radicado 6875- 5408- 9001- 2015- 00063-00, Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 407 del C.P.C, se fija en lugar público de la Secretaría del Juzgado por el término de VEINTE (20) DÍAS siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) de hoy VEINTICUATRO (24) DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE (2015) y sendas copias se entregarán al interesado para su publicación por DOS (2) VECES en un diario de amplia circulación en el lugar, VANGUARDIA LIBERAL o EL TIEMPO y en una radiodifusora local. DESFIJACIÓN: VEINTICINCO (25) DE MAYO DE DOS MIL QUINCE (2015) a las (6.00 p.m.). Secretaria Juzgado Primero Promiscuo Municipal del Socorro S. (Fdo.) Abg. Ángela María Alaix Rugeles. Julio 1/15. 8750.

EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DEL SOCORRO S. EMPLAZA: A todas

leer más

REPÚBLICA DE COLOMBIA.

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
REPÚBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR. NOTARÍA ÚNICA Simití Bolívar. ACTA No. 004.- DE INICIACIÓN DE TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN NOTARIAL DE LA SUCESIÓN DE: EUFEMIA LÓPEZ DE GUERRERO C.C. No. 26.741.262 El Banco (Magd.). En Simití, Departamento de Bolívar, República de Colombia a los Veintitrés (23) días del mes de Junio del año 2015, compareció a la Notaría del Círculo de Simití (Bolívar) la Doctor(a) CANDELARIO SALAS BOCANEGRA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 8.537.169 expedida en Campo de la Cruz (Atl.), vecino de la ciudad de Simití (Bol), Abogado en ejercicio, con Tarjeta profesional No. 85.263 del C.S.J. y dijo: Que comparece a esta Notaría con el propósito de iniciar el trámite notarial de liquidación de la sucesión de EUFEMIA LÓPEZ DE GUERRERO, quien falleció el día 26 de Julio de 2.000 en el Municipio de Simití (Bol), para tal efecto presentó la solicitud el día 23 de Junio de 2.015, con los siguientes documentos: Acta de Defunción del causante; Registro civil de matrimonio, registro civil de los hijos, poder otorgado al suscrito por los herederos, inventario avalúo de los bienes y el respectivo trabajo de partición y adjudicación de liquidación. El suscrito Notario encontró que la solicitud y documentación anexa a ella se ajusta a la exigencia de los artículos 1, 2 y 3 del Decreto 902 de 1988 y a consecuencia la ha aceptado y ordena a que se fije por el término de diez (10) días en el lugar visible de esta Notaría y se publique en el periódico de circulación nacional y se difunda en una radiodifusora en el Edicto Emplazatorio correspondiente que para tal efecto se entrega su texto al interesado apoderado. Acto seguido el suscrito Notario ordena la comunicación telegráfica a la Superintendencia de Notariado y Registro en la cual se informa sobre la iniciación de trámite para los fines correspondientes. En consecuencia se firma la presente Acta a los Veinticuatro (24) días del mes de Junio de 2.015. Notario Único Simití (Fdo.) Publio Calderón Casalins. Julio 1/15. 5688.

REPÚBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR. NOTARÍA ÚNICA Simití Bolívar. ACTA No.

leer más

EDICTO.- LA SUSCRITA

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
EDICTO.- LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTÍAS Y DEPURACIÓN DE GUAVATÁ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de doble sucesión infestada de los causantes José Abdón Reyes y María Lucrecia Cepeda Vda. de Reyes, fallecidos el 18 de agosto de 1969 y 10 de enero de 2002, en Guavatá y Bogotá respectivamente, siendo el último domicilio y asiento principal de los negocios de los causantes, el municipio de Guavatá Sder. El referido proceso fue abierto y radicado en este juzgado, mediante auto del 27 de mayo de 2015. Para los fines indicados en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaría del juzgado por el término de diez (10) días hábiles, siendo las ocho de la mañana del cuatro (4) de junio de dos mil quince (2015). Copia de este edicto se entregará a la parte interesada para su publicación en un diario de amplia circulación en la región (El Tiempo o Vanguardia Liberal) y en una emisora local en horas comprendidas entre las seis de la mañana y las once de la noche. Secretaria, (Fdo.) Marietta Velasco Ruiz. Hay un sello. Julio 1/15. 3765075.

EDICTO.- LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL

leer más

RADICACIÓN NÚMERO: 68001-

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
RADICACIÓN NÚMERO: 68001- 40- 03- 015- 2013- 00437-01. EJECUTIVO HIPOTECARIO. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER: Que dentro el proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO instaurado por MARCOS ACEVEDO ÁVILA contra JULIÁN ALBERTO BOTERO ORTIZ ordenado por auto cuatro (04) de Junio de 2015, se señaló fecha u hora para llevar a cabo la DILIGENCIA DE REMATE EL DÍA QUINCE (15) DE JULIO DE DOS MIL QUINCE (2015) A LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 AM) DEL BIEN INMUEBLE, inscrito con matrícula inmobiliaria No. 302-7531 de la O.II.PP. DE BARICHARA. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($114.120.190.oo), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($79.884.133.oo), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($45.648.076.oo), a órdenes del JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora. La parte demandante deberá allegar el CERTIFICADO DE LIBERTAD Y TRADICIÓN, expedido dentro de los cinco días anteriores a la fecha fijada para la subasta. Se expiden copias para su publicación en prensa y radio de conformidad con lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 794 de 2003, que modificó el Art. 525 del C.P.C., hoy veintiséis (26) de Junio de dos mil quince (2015). El Secretario, (Fdo.) Cristian Humberto Lizarazo Zabala. Hay un sello. Julio 1/15. 3765030.

RADICACIÓN NÚMERO: 68001- 40- 03- 015- 2013- 00437-01. EJECUTIVO HIPOTECARIO. AVISO DE

leer más

REPÚBLICA DE COLOMBIA.

$
0
0
Cuerpo para Impreso: 
REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA JUDICIAL. JUZGADO TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL FLORIDABLANCA, SANTANDER. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA, SANTANDER HACE SABER: Que en el proceso EJECUTIVO MÍNIMA CUANTÍA No. 6800 1400 3005- 2005- 00284 (2012-00239), promovido por EDGAR EDUARDO REYES JIMÉNEZ REYES, C.C. 13.716.168 contra JOSÉ DE JESÚS DULCEY ARIAS C.C. 91.234.695 se fijó la hora las ocho y treinta (8:30) de la mañana del 28 de julio de 2015, para llevar a cabo la diligencia de remate, ubicado en el CONJUNTO MULTIFAMILIAR BUCARICA, SECTOR 19 APARTAMENTO 507 BLOQUE 22-12/13 identificada con M.I 300-110586, avaluado en la suma CUARENTA Y CUATRO MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL PESOS ($44.034.000,00) MCTE. Será postura admisible la que cubra el 70% de dicho avalúo, previa consignación del 40% como porcentaje legal para poder licitar. Para los efectos del Art. 525 del C. de P. C., se publicará por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para la subasta en un periódico de amplia circulación de la Región y en una radiodifusora local. Las constancias respectivas se allegarán en su oportunidad al proceso. Floridablanca, catorce (14) de mayo del dos mil quince (2015). Atentamente, Secretaria, (Fdo.) Martha Cecilia Mayorga de Moreno. Julio 1/15. 3760380.

leer más

Viewing all 25160 articles
Browse latest View live


<script src="https://jsc.adskeeper.com/r/s/rssing.com.1596347.js" async> </script>