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Channel: Clasificados Vanguardia Bucaramanga - Edictos
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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE BETUL1A, SANTANDER EMPLAZA: A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre el bien inmueble materia del proceso, para que dentro del término de fijación del presente edicto se presenten a hacer valer los mismos, dentro del proceso VERBAL ESPECIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, consagrado en la ley 1561 de 2012, radicado bajo el número 6809 2408 9001- 2014- 00036-00, promovido a través de mandatario judicial por la señora ORFELINA PIMIENTO DE MÁRQUEZ, identificada con la C.C. 28.023.267, en contra de los señores PEDRO JULIO MUÑOZ PLATA, (sin documento de identificación) Y CARMEN PLATA DE MUÑOZ, identificada con C.C. 28.022.664, el cual está descrito en la demanda como: Un lote de terreno ubicado en el área de la población de Betulia, con una extensión aproximada de 0.1875 Has, con un área construida de 78 metros cuadrados, el cual presenta dos direcciones por dos casas construidas así: calle 15 número 5-35, Barrio Sagrado Corazón de Betulia y calle 17 número 8-05, de Betulia, antes denominado La Redonda, alinderado de la siguiente manera: ORIENTE Y NORTE: Con propiedad de la Parroquia de Betulia; SUR: Con predio de Roberto Jiménez; OCCIDENTE: Con el predio La Redonda, perteneciente al municipio de Betulia y con la carretera que conduce a Zapatoca, deslindando cercas de alambre en los puntos preanotados. (Tomados de la escritura pública número 417 del 15 de diciembre de 1959 de la Notaría Única de Zapatoca, Santander); distinguido en el catastro con el número 0000000 1000 8000 e identificado con la matrícula inmobiliaria 326-3952 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Zapatoca. Se advierte a los emplazados que transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento, éste se entenderá surtido y se les designará Curador Ad-Litem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. De conformidad con lo establecido en el inciso 4 del numeral 2 del artículo 14 de la ley 1561 de 2012, en armonía con el numeral 7 del artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en lugar público y visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días. Copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación por dos veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario, dentro del mismo término, en el diario VANGUARDIA LIBERAL y en la emisora local BETULIANA F.M STEREO, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. Betulia, Santander, veinticuatro (24) de febrero de dos mil dieciséis (2016). Secretaria, (Fdo.) Emincey Plata Gómez. Hay un sello. Marzo 8/16. 3959561.

EDICTO EMPLAZATORIO.- EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE BETUL1A, SANTANDER EMPLAZA: A todas

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AVISO DE REMATE

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AVISO DE REMATE EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO MIXTO RADICADO 2013-0059, seguido por BANCO DAVIVIENDA S.A., identificado con Nit. No.860034313-7 mediante apoderado judicial contra LUIS ORLANDO CABALLERO PORTILLA identificado con C.C. No. 91.237.546, por medio de auto fecha veinticinco (25) de Febrero de dos mil Dieciséis (2016), se ha señalado el día siete (07) de Abril de dos mil dieciséis (2016), a las nueve de la mañana (9:00 A.M.) para llevar a cabo el remate del bien mueble VEHICULO AUTOMOTOR MARCA KIA, LINEA SOUL LX, MODELO 2011, CLASE AUTOMOVIL, CARROCERÌA HATCH BACK, COLOR ROJO, SERVICIO PARTICULAR, MOTOR No. G4FCAH468736, CHASIS No. KNAJTB11AB7148042 DE PLACAS KBZ568, cuyas características se encuentran descritas en la diligencia de secuestro visible 24 y 29 del cuaderno 2 del expediente. Se advierte que obra como secuestre el señor JAVIER RODRIGUEZ RUEDA quien se ubica en la Calle 37 No. 26-15 de la ciudad de Bucaramanga. El inmueble anotado, fue avaluado en la suma de VEINTIÙN MILLONES ONCE MIL PESOS ($21.011.000.oo) MONEDA LEGAL COLOMBIANA. La licitación iniciará a las nueve (9:00 A.M.) de la mañana del citado día y no se cerrará sino transcurrida una hora desde su iniciación, será postura admisible la que cubra el valor del 70% del avalúo, previa consignación del cuarenta por ciento (40%) en el Banco Agrario de Colombia de la Ciudad en la cuenta de depósitos judiciales que el Juzgado mantiene No. 682764089004. El anterior aviso se publicará conforme lo previsto en el artículo 450 del C. de P. C. en medios de comunicación de amplia circulación radio y prensa. Se expide en Bucaramanga, a los veinticinco (25) días del mes de Febrero de dos mil dieciséis (2016). (Fdo.) CARLOS JAVIER ARDILA CONTRERAS Secretario. Hay un sello. 3962151. Marzo 08/2016

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REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO DE BARBOSA, DEPARTAMENTO DE SANTANDER. EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE BARBOSA SANTANDER CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derechos a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite Notarial, dentro de la liquidación, partición y adjudicación de la sucesión intestada de JESÚS ENRIQUE SUÁREZ SOTOMONTE, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 2.042.471 expedida en Barbosa - Santander, fallecido el día 03 de octubre de 2013 en Barbosa - Santander, siendo éste su último domicilio y asiento principal de sus negocios, aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número 003 de fecha tres (03) de marzo del año 2016. Para los efectos previstos en el Artículo 3o. numeral 2o. del Decreto 902 de 1988, en concordancia con el Artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días y copias del mismo se entregan a los interesados para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de la localidad. Para constancia se fija el presente edicto hoy cuatro (04) de marzo del año dos mil dieciséis (2016), siendo las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.). La Notaria Única, (Fdo.) Dra. Luz Stella Sarmiento Herrera. Hay un sello. Marzo 8/16. 3963280.

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EDICTO No. 129.-

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EDICTO No. 129.- LA NOTARÍA E SÉPTIMA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada del causante: HENRY GÓMEZ NAVARRO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 13.849.247, fallecido en Floridablanca el día doce (12) de octubre de dos mil quince (2015), siendo Bucaramanga, el último domicilio de la causante. Sucesión cuyo trámite se inició en esta Notaría el día primero (01) de marzo de dos mil dieciséis (2016) por ACTA 032 de marzo 01 de 2016. En cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 Art. 3 en concordancia con el artículo 589 del Código del Procedimiento Civil, se fija el presente en la secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 8:00 a.m. de hoy primero (01) de marzo del año dos mil dieciséis (2016). El Notario, (Fdo.) Héctor Elías Ariza Velasco. SMG. Marzo 8/16. 3963735.

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE CHITARAQUE BOYACÁ, por medio del presente: HACE SABER: Que se admitió demanda verbal sumaria de pertenencia con número de radicación 2015-00143, siendo demandante la señora MARÍA DE JESÚS GONZÁLEZ SAENZ, contra PERSONAS INDETERMINADAS, a fin de que se declare que ha adquirido el derecho real de dominio pleno y absoluto por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio del denominado ‘SAN VICTORIANO‘, identificado con Folio de Matrícula inmobiliaria No. 083-477, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Moniquirá, con número predial 00- 00- 00- 00- 0004- 0169- 0-00-00-0000, el cual cuenta con una extensión de 786 metros cuadrados, localizado en la vereda Palmichal del Municipio de Chitaraque, alinderado así: POR EL NORTE: Partiendo del punto número 1, por el caño arriba en longitud de 41,59 metros lindando con caño al medio con JUAN MANUEL GRANADOS hasta el punto número 2; POR EL ESTE: Del punto anterior vuelve a la derecha por toda la cerca de alambre en una longitud de 38,08 metros lindando con JUAN MANUEL GRANADOS hasta el punto número 3; POR EL SUR: Del punto anterior vuelve a la derecha por toda la cerca de alambre en longitud de 10,77 metros hasta el punto número 4 lindando con carretera veredal al medio con JULIO CALVO. POR EL ULTIMO COSTADO U OESTE: Del punto anterior vuelve a la derecha, por todo el Río Riachuelo en una longitud de 31,05 metros hasta el punto número 1 punto de partida y encierra lindando con Río Riachuelo al medio con GONZALO BARÓN y EMPLAZA: Por el término de quince (15) días a partir de la fijación del presente edicto, a las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre el bien a usucapir y todas las personas que puedan tener interés jurídico en oponerse a las pretensiones de la demandante señora MARÍA DE JESÚS GONZÁLEZ SAENZ. ADVERTENCIA: Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del término de fijación del presente edicto, se entenderá surtido el emplazamiento de las personas indeterminadas, a las que se designará un Curador Ad Litem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Para los efectos del artículo 08 de Decreto 508 de 1974, se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado Promiscuo Municipal de Chitaraque, por el término de 15 días hábiles y se expiden copias del mismo al interesado, para sus publicaciones en la cartelera de la Secretaría de la Alcaldía Municipal de Chitaraque, dentro del mismo término, el edicto se publicará por tres (03) veces, con intervalos no menores de dos (02) días hábiles en el diario El Tiempo o Vanguardia Liberal y en una radiodifusora de amplia sintonía en el Municipio y la región, en las horas comprendidas entre las 7:00 am y las 10:00 p.m. Secretario, (Fdo.) Carlos Julio Gamba Puerto. Hay un sello. Marzo 8/16. 3964300.

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Radicado: 6854- 74-

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Radicado: 6854- 74- 89- 002- 2015- 00258-00. EDICTO.- EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTÍAS DE PIEDECUESTA CITA Y EMPLAZA: A todos los que se crean con derechos a intervenir en el proceso DECLARATIVO DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, promovida por de MARÍA DEL SOCORRO FLÓREZ OSORIO, quien actúa a través de apoderada judicial legalmente constituida y en contra del señor LUIS ALFONSO RINCÓN ARCHILA, identificado con la cédula de ciudadanía número 5.691.727 expedida en Molagavita Santander y contra todas las personas indeterminadas que se crean con derecho real sobre el bien inmueble, el cual se trata de un predio rural ubicado el barrio Villas de San Juan de Piedecuesta en la manzana F casa 71 segundo piso, identificada con los siguientes linderos: Por el NORTE: Partiendo del punto 8A y 4A (OCCIDENTE ORIENTE: Con la quebrada Palmira y tomando dirección OCCIDENTE - ORIENTE: En una longitud de ciento sesenta y un metros con treinta centímetros (161.30 mts) hasta el punto 4A (orilla de la quebrada Canoas) cruce con la línea de los mojones número 8A y 4A (Occidente - Oriente) colindando con el lote de propiedad del vendedor (lote número 2); POR EL ORIENTE: Del punto número 4A tomando en dirección NORTE SUR: y siguiendo aguas abajo al cauce de la quebrada en longitud de ciento ochenta y cuatro metros con setenta y tres centímetros (184.73 mts) hasta el punto número 6 situado al frente del mojón número 23 del polígono a orillas de la quebrada Canoas colindando con propiedades de la Corporación Atlético Bucaramanga; POR EL SUR: Del punto número 6 en dirección Oriente - Occidente y siguiendo el cauce de la quebrada Canoas (aguas abajo) en longitud de doscientos doce metros con ochenta centímetros (212.80 mts) hasta el punto número 7 (o cruce de las quebradas Canoas y Palmira) colindando parte de la corporación Atlético Bucaramanga y parte del barrio San Carlos; POR EL OCCIDENTE: Del punto número 7 dirección Sur - Norte vallado (cerca al medio) longitud de trescientos diez metros con ochenta centímetros (310.80 mts) hasta el punto 8A (punto de partida) colindando con el predio Granadillo quebrada al medio en parte vallado cerrando el polígono y que corresponde a un lote de 63.80 metros identificado en el plano de la urbanización Carlos Pizarro León Gómez, segunda etapa como el lote 71. de acuerdo al plano del loteo que se protocolizó en la escritura No. 766 del 20 de Abril de 1995 de la Notaría Primera de Bucaramanga. predio que se distingue con la matrícula inmobiliaria N° 314-19376 de la oficina de Registro Instrumentos Públicos del municipio de Piedecuesta. Proceso admitido por este Juzgado por auto de fecha 24 de Agosto de 2015, para que se hagan presentes a más tardar dentro de los quince días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. Para los efectos del artículo 407 del C.P.C., se fija el presente edicto emplazatorio en un lugar público del juzgado por el término de veinte días y copias del mismo se expiden para su publicación. Piedecuesta septiembre 21 de 2015. Cordialmente Secretaria, (Fdo.) Leonor López Sánchez. Hay un sello. Enero 31/16. 3919781.

Radicado: 6854- 74- 89- 002- 2015- 00258-00. EDICTO.- EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO

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EDICTO.- EL JUZGADO

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EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE VÉLEZ, SDER. EMPLAZA: A PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el respectivo bien y a intervenir dentro del proceso VERBAL ESPECIAL PARA OTORGAR TÍTULO DE PROPIEDAD AL POSEEDOR MATERIAL propuesta por LUCILA PARDO DE CADENA contra GONZALO PARDO, LINA ROSA PARDO DE PARDO y HEREDEROS DETERMINADOS de MARÍA DEL ROSARIO QUIROGA DE PARDO, LUIS URIEL PARDO QUIROGA, ALONSO PARDO QUIROGA, GLORIA PARDO QUIROGA Y ROSEMBERG PARDO QUIROGA, HEREDEROS INDETERMINADOS y demás PERSONAS INDETERMINADAS, RDO. 6886 1408 9001- 2013- 00144- 00, en relación con el inmueble urbano ubicado en la calle 12 No. 2-50 de es-te municipio, registrado al folio de matrícula Inmobiliaria 324-35393 de la oficina de Re-gistro de Instrumentos Públicos de Vélez. Es-te Despacho admitió la demanda mediante auto de fecha treinta (30) de noviembre de dos mil quince (2015). De conformidad con lo preceptuado en el artículo 407 del C. de P.C. se fija el presente EDICTO en lugar visible de la Secretaría de Juzgado por el término de veinte (20) días hábiles, a partir de las ocho (8:00) de la mañana de hoy catorce (14) de diciembre de dos mil quince (2015). Copia del mismo cartel se entregará al interesado para su publicación en cualquiera de los diarios (El Tiempo y/o Vanguardia Liberal) y en la Emisora ’RADIO CIUDAD DE VÉLEZ‘ de funcionamiento en el Municipio de Vélez Santander, las publicaciones deben ser por DOS (2) VECES durante el término del em-plazamiento, con intervalos no menores de cinco (5) días, debiendo ser la radial en las horas comprendidas entre las siete (7:00) de la mañana y las diez (10:00) de la noche. Se advierte que transcurridos quince (15) días a partir de la expiración, se entenderá surtido el emplazamiento de las personas indetermi-nadas llamadas a juicio y se procederá a la designación de curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación, se le hará el trasla-do de la demanda y se continuará el proceso hasta su terminación. Secretaria, (Fdo.) Sandra Janneth Camacho Pardo. fEB. 5/16. 3930159.

EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE VÉLEZ, SDER. EMPLAZA: A PERSONAS

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EJECUTIVO PRENDARIO CONTRA

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EJECUTIVO PRENDARIO CONTRA JORGE GONZALO SILVA

EJECUTIVO PRENDARIO CONTRA JORGE GONZALO SILVA


NOTARÍA ÚNICA DE

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NOTARÍA ÚNICA DE PIEDECUESTA. EDICTO.- EL NOTARIO ÚNICO (E) DEL CÍRCULO DE PIEDECUESTA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, dentro del trámite notarial y liquidación sucesoral de la causante BEATRIZ MUÑOZ DE PÉREZ portadora de la cédula de ciudadanía número 20.222.952, cuyo último domicilio fue el municipio de Piedecuesta y quien falleció en Piedecuesta el 09 de mayo de 2005, aceptando el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número 001 de fecha enero 12 de 2016. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la ciudad, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o del decreto 902 de 1.988 ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Piedecuesta, enero 13 de 2016. (Fdo.) Daniel Enrique Rueda Pinilla Notario Único (E). Feb. 7/16. 3934775.

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EDICTO.- EL NOTARIO

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EDICTO.- EL NOTARIO ÚNICO DE SAN VICENTE DE CHUCURÍ DEPARTAMENTO DE SANTANDER, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir en el Trámite Notarial de Sucesión Intestada de la causante REBECA ARDILA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.399.093, quien falleció el día 16 de abril de 2013 en BUCARAMANGA (S), siendo San Vicente su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Este trámite fue presentado y aceptado en este Despacho Notarial, mediante Acta número 010 de fecha tres (03) de Marzo Dos Mil Dieciséis (2016) y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se ordenó la fijación del presente edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días, así como su publicación y difusión en un diario de circulación nacional y por una emisora local. Este edicto se fija en un lugar público de la Notaría Única de San Vicente de Chucurí hoy Cuatro (04) de Marzo del año Dos Mil Dieciséis (2016) siendo las siete y Treinta de la mañana (07:30 AM) y se expiden las respectivas copias para su publicación en prensa y radio. El Notario, (Fdo.) Óscar Francisco Castellanos Prada. Hay un sello. Marzo 9/16. 3964938.

EDICTO.- EL NOTARIO ÚNICO DE SAN VICENTE DE CHUCURÍ DEPARTAMENTO DE SANTANDER,

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AUTO.- POR EL

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AUTO.- POR EL CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA. Expediente N° 300-A.A.2016-12. EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley 1437 de 2011 y Ley 1579 de 2012, CONSIDERANDO: Que mediante radicación 2015-300-3-1714 el señor EDGAR GUTIÉRREZ CASTELLANOS, solicita corrección al folio de matrícula Inmobiliaria N° 300-359013, toda vez que considera, que existe inconsistencia en la inscripción de la escritura pública N° 3181 de fecha 04-09-2015 de la Notaría Once del Círculo de Bogotá, al omitir la inscripción del acto de COMODATO PRECARIO, consignado en el instrumento público. Realizado el estudio jurídico por este Despacho, se tiene, que la escritura pública N° 3181 de fecha 04-09-2015 de la Notaría Once del Círculo de Bogotá, inscrita como anotaciones 5, 6 y 7 al folio de matrícula inmobiliaria N° 300-359013, contiene los siguientes Actos: 1. CANCELACIÓN DE COMODATO PRECARIO. 2. MODIFICACIÓN FIDUCIA MERCANTIL. 3. COMODATO PRECARIO. Dicho instrumento fue objeto de aclaración mediante escritura N° 3743 del 16-10-2015 de la Notaría Once del Círculo de Bogotá e inscrita como anotación 8. Por otra parte, mediante turno de corrección 2015-300-3-1714, se efectuó un pago de mayor valor por el señor EDGAR GUTIÉRREZ CASTELLANOS, por valor de dieciséis mil quinientos pesos ($16.500). El folio de matrícula inmobiliaria debe exhibir en todo momento el estado jurídico del respectivo bien y de los hechos expuestos, según lo dispone el artículo 49 de la Ley 1579 de 2012, esta Oficina evidencia la necesidad de iniciar la correspondiente actuación administrativa (art. 34 C.P.A.C.A.), para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, así como la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento que señala el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares. En virtud de lo expuesto este Despacho, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR actuación administrativa con el fin de determinar la real situación jurídica del inmueble identificado con matrícula inmobiliaria N° 300-359013. ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el contenido del presente auto al Gerente General de FIDUCIARIA BOGOTÁ S.A. vocera y administradora del Fideicomiso FIDUBOGOTÁ FLORIDABLANCA identificada con Nit. N° 830055897-7; al Representante Legal de la SOCIEDAD INVERSIONES COLOMBIANAS ARAUCO S.A.S. hoy INVERSIONES INMOBILIARIAS BUCARAMANGA ARAUCO S.A.S. -INBUCA con Nit. N° 900460297-8 y a los terceros indeterminados que puedan estar interesados o resultar afectados con la decisión de la actuación, de conformidad con los artículos 65 y s.s. de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO TERCERO: Si no fuere posible la notificación personal a los terceros, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación nacional o en el diario oficial, a cargo de la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO: BLOQUEAR el folio de matrícula inmobiliaria N° 300-359013, con el fin de no expedir certificados o dar trámite al proceso registral de documentos, mientras no quede en firme la decisión que dé término a la presente actuación. ARTÍCULO QUINTO: FORMAR el expediente correspondiente debidamente foliado, según lo establece el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente Auto no procede recurso. ARTÍCULO SÉPTIMO: Esta providencia rige a partir de su expedición. Una vez cumplido lo ordenado, esta Oficina producirá la decisión correspondiente. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bucaramanga el 02 MAR 2016. Fdo.) Edgar Guillermo Rodríguez Borray, Registrador Principal de I.P. de Bucaramanga. Proyectó, elaboró: (Fdo.) Leiza Valbuena T. Revisó: (Fdo.) Zaine S. Awad L. Aprobó: (Fdo.) Dr. Edgar G. Rodríguez B. Hay un sello. Marzo 9/16. 3964928.

AUTO.- POR EL CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA. Expediente N° 300-A.A.2016-12.

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LA NOTARÍA PRIMERA

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LA NOTARÍA PRIMERA DEL CÍRCULO DE VÉLEZ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del edicto en el periódico dentro del trámite de liquidación de la sucesión intestada del causante BARBOSA HERNÁNDEZ ECCEHOMO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 2.084.323 expedida en Chipatá, Santander, fallecido en Vélez Santander, el día diecisiete (17) de Diciembre del año dos mil tres (2003), quien tuvo su último domicilio en el Municipio de Vélez, Santander. Aceptado el trámite mediante Acta número 08 de fecha veintitrés (23) días del mes de Febrero del año dos mil dieciséis (2016) se ordena la publicación del edicto emplazatorio en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una radiodifusora local, además se fija en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988, Artículo 3 del Decreto 1729 de 1989. El presente edicto se fija hoy a los Veinticuatro (24) días del mes de Febrero del año dos mil dieciséis (2016) siendo las 8:00 a.m. El Notario Primero, (Fdo.) Dr. José Antonio Fuentes Rocha. Hay un sello. Marzo 9/16. 3964916.

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LA NOTARÍA PRIMERA

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LA NOTARÍA PRIMERA DEL CÍRCULO DE VÉLEZ SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del edicto en el periódico dentro del trámite de liquidación de la sucesión intestada de la causante CARMEN GALEANO MORALES, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.114.759 expedida en Chipatá, Santander y fallecida en Vélez Santander, el día dieciséis (16) de Diciembre de 2015, quien tuvo su último domicilio en el Municipio de Vélez, Santander. Aceptado el trámite mediante Acta número 076 de fecha Cero cuatro (04) de marzo del año dos mil dieciséis (2016) se ordena la publicación del edicto emplazatorio en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una radiodifusora local, además se fija en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988, Artículo 3 del Decreto 1729 de 1989. El presente edicto se fija hoy a los cero siete (07) días del mes de Marzo del año dos mil dieciséis (2016) siendo las 8:00 a.m. El Notario Primero, (Fdo.) Dr. José Antonio Fuentes Rocha. Hay un sello. Marzo 9/16. 3964915.

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EDICTO No. 04/2016.

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EDICTO No. 04/2016. La Suscrita Notaria Única del Círculo de Lebrija. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en la liquidación notarial, de la sucesión de JOSE EFRAIN JAIMES CARRILLO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 17.137.848 expedida en Bogotá D.C., fallecido en el municipio de Floridablanca, el día 13 de junio de 2015, defunción registrada en la Notaria Quinta de Bucaramanga bajo el indicativo serial 07211352, quien tuvo como domicilio y asiento principal de sus negocios, el municipio de Lebrija (Sder), para que dentro de término de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, se hagan presentes en la misma. El trámite notarial se inició mediante el acta No. 04 de fecha Siete (07) de Marzo de dos mil dieciséis (2016) con el lleno de los requisitos esta notaria ordena la publicación de este edicto en un periódico y en la emisora local, lo mismo que su fijación en lugar visible de esta Notaria, por el término de diez días, como dispone el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988. Se fija hoy ocho (08) de marzo de dos mil dieciséis (2016). La Notaria, (Fdo.) Lola Yaneth Ojeda Villamizar. Notaria Única del Círculo de Lebrija. Hay un sello. Marzo 09/2016. 3964841.

EDICTO No. 04/2016. La Suscrita Notaria Única del Círculo de Lebrija. EMPLAZA:

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EDICTO.- EL NOTARIO

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EDICTO.- EL NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PUENTE NACIONAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite Notarial de liquidación de la herencia en la sucesión intestada de la causante señora ADELAIDA CAMELO quien falleció en Puente Nacional el ocho (8) de junio de 1962. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante ACTA número CERO CERO DOCE (0012) de fecha Primero (01) de Marzo de dos mil dieciséis (2016) se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional que elijan los interesados y en la Radiodifusora local Voz de Sorocotá, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero (3°) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy TRES (03) Marzo del año dos mil dieciséis (2016) siendo las 7.30 A.M. El Notario, (Fdo.) Dr. Misael Pardo Roncancio. Marzo 9/16. 3964549.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO DEL CESAR. NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO SAN ALBERTO. EDICTO EMPLAZATORIO.- LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE SAN ALBERTO, CESAR EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite de Liquidación de Herencia y por subrogación de la causante ANA MARÍA CRISTANCHO HERNÁNDEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.330.213 de Rionegro - Santander, fallecido el día 17 de Noviembre de 2015 en Bogotá - Cundinamarca, siendo también su último domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de San Alberto Cesar. Aceptado el Trámite Notarial mediante Acta No. 03 de fecha 07 de Marzo de 2016. Ordenadas las publicaciones en un Periódico de amplia circulación en la Región y en una radiodifusora local, por una vez, en cumplimiento del Decreto 902 de 1.988, ordénese además su fijación en la Secretaría de la Notaría, Cartelera por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy ocho (08) de marzo del año 2016 a las 07:30 p.m. Notaria Encargada, (Fdo.) Sra. Liliana Ortiz Martínez. Hay un sello. Marzo 10/16. 5946.

REPÚBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO DEL CESAR. NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO SAN ALBERTO.

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LA SUSCRITA NOTARIA

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LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE MÁLAGA SANTANDER de conformidad con el artículo 3 del decreto 902 de 1988 EDICTO EMPLAZA: A todas las personas que estimen tener derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el trámite Notarial de Liquidación de la sucesión intestada de los causantes MARCOS CAICEDO FLÓREZ Y VITERBINA ARCINIEGAS DE CAICEDO, quien en vida se identificaban con las cédulas de ciudadanía números 2.120.939 y 28.235.665 expedidas en Málaga (Santander), fallecidos en el municipio de Floridablanca (Santander) los días 4 de Marzo de 1.999 y 29 de Octubre de 1.999, respectivamente, siendo sus últimos domicilios y asiento principal de sus negocios el municipio de Málaga (Santander). El presente Edicto será publicado y difundido en un diario de amplia circulación nacional que los interesados escojan. Este Despacho mediante Acta número 003 de fecha 04 de Marzo de 2.016 admitió y encontró conforme a derecho la petición respectiva, ordena la publicación en un periódico de amplia circulación nacional y en una Emisora que los interesados escojan, conforme lo dispone el Artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, con su fijación en un lugar visible de la Notaría Segunda de Málaga, por el término señalado. Este EDICTO se fija hoy cinco (5) días del mes de Marzo de dos mil dieciséis (2.016) a las 7:00 A.M. La Notaria Segunda Encargada, (Fdo.) Sta. Yolanda Moreno Prada. Hay un sello. Marzo 10/16. 3965321.

LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE MÁLAGA SANTANDER de conformidad con

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Rama Judicial del

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Rama Judicial del Poder Público Distrito Judicial de Bucaramanga. Juzgado Cuarto Promiscuo Municipal Pta. Piedecuesta Santander. EDICTO. El Juzgado Cuarto Promiscuo Municipal de Piedecuesta. CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso DECLARATIVO DE PERTENENCIA radicado No.2015-0236-00, que se adelanta en este Despacho promovido por TRANSITO ARCHILA SANTOS contra VICTOR JULIO CRISTANCHO BUITRAGO, HECTOR CRISTANCHO BUITRAGO, GUSTAVO CRISTANCHO BUITRAGO, GILBERTO CRISTANCHO BUITRAGO y PERSONAS INDETERMINADAS, para que concurran al proceso a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento y a los colindantes el inmueble identificado con folio de M.I. 314-4254 y número catastral 03-00-0027-0009-000 ubicado en la Vereda Ruitoque Buenos aires del Municipio de Piedecuesta, cuyos linderos son los siguientes: ORIENTE: en una extensión de 20 metros con el lote No 21 de propiedad de María del Carmen Gutiérrez Gómez. OCCIDENTE: en una extensión de 20 metros con lote No 23, prometido en venta a María Cristina Buitrago Ojeda. NORTE: en una extensión de 7 metros con el lote No 37 de la manzana No 0 de propiedad de Clemente Pinzón y vía de acceso al medio. SUR: en una extensión de 7 metros con el lote No 7 de la manzana No 0 de propiedad de José Ángel Vanegas Niño. Para los fines indicados en el Art. 375, numeral 7, literal f del C.G.P, se fija el presente edicto en lugar público de la secretaría por el término de diez días y se publicara por una vez en un diario de amplia circulación y en una radiodifusora local. Se libra en Piedecuesta (SDR) a los Diez (10) días del mes de Marzo de dos mil dieciséis (2016). Secretario, (Fdo.) Martin Ospino Villafañe. Hay un sello. Marzo 10/2016. 3965319.

Rama Judicial del Poder Público Distrito Judicial de Bucaramanga. Juzgado Cuarto Promiscuo

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AVISO.- La Oficina

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AVISO.- La Oficina Asesora de Planeación Municipal de Piedecuesta, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 388 de 1997 y el Decreto Nacional 1469 de 2010 y demás normas complementarias y concordantes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, HACE SABER al PROPIETARIO y/o RESIDENTE VECINO del inmueble ubicado en la del Municipio de Piedecuesta que en este despacho se ha radicado una solicitud de licencia urbanística para un predio colindante con el de su propiedad y/o residencia así: Radicación: 68547-0-16-0026. Fecha: 01 DE FEBRERO DE 2016. Tipo de Solicitud: Licencia de Construcción. Modalidad OBRA NUEVA. Dirección del predio: LOTE 52 CONDOMINIO CAMPESTRE BOSQUES DE NORMANDÍA; Número Predial 0000000 8061500. Número de matrícula inmobiliaria: 314-39169. Propietario del predio: JOSÉ MAURICIO RUEDA. Detalle del Proyecto: VIVIENDA UNIFAMILIAR DOS PISOS CON Y CUBIERTA INCLINADA. Uso del suelo: RESIDENCIAL. Esta citación tiene lugar el solicitante manifiesta que los vecinos colindantes son lotes sin construcción. Se elabora este aviso para dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 29 del Decreto Nacional 1469 de 2010 y con el objeto de que usted(es) como vecino(s) colindante(s) del inmueble se haga(n) parte y pueda(n) hacer valer sus derechos. Una vez concluido el estudio técnico, si el proyecto se ajusta a las normas técnicas respectivas se citarán a cualquier persona o autoridad que se hiciera parte dentro del trámite para la notificación personal del acto administrativo que resuelve la solicitud. (Fdo.) Yeni María Villamizar. Aux. Administrativa. Oficina Asesora de Planeación. Marzo 10/16. 3965241.

AVISO.- La Oficina Asesora de Planeación Municipal de Piedecuesta, en uso de

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA PRIMERA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MONIQUIRÁ EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante MARÍA LEONOR PIZA CASAS C.C. No. 51.664.462 siendo su último domicilio el Municipio de Moniquirá, quien falleció el día 5 de mayo de 2010 en el municipio de Tunja. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número 59 de fecha 29 de febrero de 2016, se ordena la publicación del presente edicto en el periódico y en una Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 30. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 1° de marzo de 2016 a las 8 A.M. Notaria Primera Encargada, (Fdo.) Nancy Licet Mora Umaña. Hay un sello. Marzo 10/16. 3965175.

EDICTO.- LA NOTARIA PRIMERA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MONIQUIRÁ EMPLAZA: A todas

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