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Rama Judicial del

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Rama Judicial del Poder Público Juzgado Promiscuo del Circuito de Aguachica, Cesar. Calle 5A No. 10-92 Teléf. 5651358 Palacio de Justicia. EDICTO.- EL JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE AGUACHICA CESAR, POR MEDIO DEL PRESENTE, CITA Y EMPLAZA: AL BANCO ANGLO COLOMBIANO HOY BANCO GNB COLOMBIA S.A. y ARACELI ARVELÁEZ NOREÑA, para que comparezca a este despacho a hacerse parte dentro del proceso de EXPROPIACIÓN, que adelanta la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ‘ANI‘, en su contra y HERMENCIA RIVERA DE TORRES. Radicado bajo el No. 2014-00148. Se advierte a los emplazados que si transcurrido tres (3) días a partir de que se cumplan las anteriores formalidades, no comparece a reclamar derecho alguno, se les designará un CURADOR AD-LITEM, con quien se surtirá la notificación y traslado de la demanda, continuándose con el proceso hasta su terminación.- Para los efectos del artículo 452 del C. de P. Civil, se fija el presente EDICTO, en lugar público y visible de la Secretaría de este Juzgado por el término de tres (3) días hábiles, contados a partir de hoy dos (2) de julio de dos mil quince (2015), siendo las 8 de la mañana, copia del edicto se fijará en la puerta de acceso al inmueble objeto de la expropiación y se le remitirá por correo certificado copia del mismo a la dirección del demandado. Se entregan al interesado sendas copias para su publicación por una vez en el periódico VANGUARDIA LIBERAL y por una radiodifusora de este lugar. La Secretaria (Fdo.) Neris Ariza Bocanegra. Julio 4/15. 5694.

Rama Judicial del Poder Público Juzgado Promiscuo del Circuito de Aguachica, Cesar.

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RADICACIÓN NÚMERO: J17-2011-

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RADICACIÓN NÚMERO: J17-2011- 00694 EJECUTIVO SINGULAR. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER: Que, dentro el proceso EJECUTIVO SINGULAR instaurado por AMELIA GONZÁLEZ AMAYA contra LUIS DEL CARMEN SANTAELLA BEDOYA y NELLY ESPERANZA LESMES ARENGAS por auto calendado el tres (03) de Junio de 2015, modificado por auto de fecha diez (10) Junio de dos mil quince (2015), se señaló fecha u hora PARA LLEVAR A CABO LA DILIGENCIA DE REMATE EL DÍA VEINTIUNO (21) DE JULIO DE DOS MIL QUINCE (2015) A LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 AM), DE LA CUOTA PARTE EQUIVALENTE AL 40% del bien INMUEBLE DISTINGUIDO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 300-309262 DE LA O.II.PP. DE ESTA CIUDAD, UBICADO EN EL LOTE SALDO 1 DEL MUNICIPIO DE RIONEGRO. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($68.177.840.oo), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($47.724.488.oo), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($27.271.136.oo), a órdenes del JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora. La parte demandante deberá allegar el CERTIFICADO DE LIBERTAD Y TRADICIÓN, expedido dentro de los cinco días anteriores a la fecha fijada para la subasta. Se expiden copias para su publicación en prensa y radio de conformidad con lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 794 de 2003, que modificó Art. 525 del C.P.C., hoy veinticuatro (24) de Junio de dos mil quince (2015). Secretario (Fdo.) Cristian Humberto Lizarazo Zabala. Hay un sello. Julio 4/15. 3767859.

RADICACIÓN NÚMERO: J17-2011- 00694 EJECUTIVO SINGULAR. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO TERCERO

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RADICACIÓN NÚMERO: J17-2011-

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RADICACIÓN NÚMERO: J17-2011- 00694 EJECUTIVO SINGULAR. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER: Que, dentro el proceso EJECUTIVO SINGULAR instaurado por AMELIA GONZÁLEZ AMAYA contra LUIS DEL CARMEN SANTAELLA BEDOYA y NELLY ESPERANZA LESMES ARENGAS por auto calendado el tres (03) de Junio de Dos Mil Quince (2015), modificado por auto de fecha diez (10) Junio de dos mil quince (2015), se señaló fecha u hora PARA LLEVAR A CABO LA DILIGENCIA DE REMATE EL DÍA VEINTIUNO (21) DE JULIO DE DOS MIL QUINCE (2015) A LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 AM), DE LA CUOTA PARTE EQUIVALENTE AL 40% del bien INMUEBLE DISTINGUIDO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 300-309257 DE LA O.II.PP. DE ESTA CIUDAD, UBICADO EN EL LOTE 1 DEL MUNICIPIO DE RIONEGRO. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($8.951.600.oo), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($6.266.120.oo), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($3.580.640.00), a órdenes del JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzara a la hora señalada y no se cerrara sino transcurrida una hora. La parte demandante deberá allegar el CERTIFICADO DE LIBERTAD Y TRADICIÓN, expedido dentro de los cinco días anteriores a la fecha fijada para la subasta. Se expiden copias para su publicación en prensa y radio de conformidad con lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 794 de 2003, que modificó Art. 525 del C.P.C., hoy veinticuatro (24) de Junio de dos mil quince (2015). Secretario (Fdo.) Cristian Humberto Lizarazo Zabala. Hay un sello. Julio 4/15. 3767844.

RADICACIÓN NÚMERO: J17-2011- 00694 EJECUTIVO SINGULAR. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO TERCERO

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RADICACIÓN NÚMERO: J17-

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RADICACIÓN NÚMERO: J17- 2011-00694 EJECUTIVO SINGULAR. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER: Que, dentro el proceso EJECUTIVO SINGULAR instaurado por AMELIA GONZÁLEZ AMAYA contra LUIS DEL CARMEN SANTAELLA BEDOYA y NELLY ESPERANZA LESMES ARENGAS por auto calendado el tres (03) de Junio de Dos Mil Quince (2015), modificado por auto de fecha diez (10) Junio de dos mil quince (2015), se señaló fecha u hora PARA LLEVAR A CABO LA DILIGENCIA DE REMATE EL DÍA VEINTIUNO (21) DE JULIO DE DOS MIL QUINCE (2015) A LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 AM), DE LA CUOTA PARTE EQUIVALENTE AL 40% del bien INMUEBLE DISTINGUIDO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 300-309260 DE LA O.II.PP. DE ESTA CIUDAD, UBICADO EN EL LOTE 4 DEL MUNICIPIO DE RIONEGRO. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($3.154.480.oo), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($2.208.136.oo), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($1.261.792.00), a órdenes del JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora. La parte demandante deberá allegar el CERTIFICADO DE LIBERTAD Y TRADICIÓN, expedido dentro de los cinco días anteriores a la fecha fijada para la subasta. Se expiden copias para su publicación en prensa y radio de conformidad con lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 794 de 2003, que modificó Art. 525 del C.P.C., hoy veinticuatro (24) de Junio de dos mil quince (2015). Secretario (Fdo.) Cristian Humberto Lizarazo Zabala. Hay un sello. Julio 4/15. 3767839.

RADICACIÓN NÚMERO: J17- 2011-00694 EJECUTIVO SINGULAR. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO TERCERO

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RADICACIÓN NÚMERO: 68001

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RADICACIÓN NÚMERO: 68001 4003 016 2009 01262 - 01 EJECUTIVO MIXTO. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER: Que, dentro el proceso EJECUTIVO MIXTO instaurado por RODRIGO ANTONIO PORRAS ROJAS, JOSEFINA ORTIZ DE PORRAS contra ANA GENID MANZANO R. por auto calendado el dieciséis (16) de Junio de 2015, se señaló la HORA DE LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) DEL DÍA VEINTISIETE (27) DE JULIO DE DOS MIL QUINCE (2015), para llevar a término la diligencia de REMATE de los bienes muebles que a continuación se relacionan: Un (01) Equipo de sonido marca PHILLIPS, color GRIS, tres (3) CDS, radio y doble casetera, avaluada en la suma de $300.000. Un (01) TV marca SIMPLY, color GRIS de 21‘, con control remoto sin serie, avaluado en la suma de $150.000. Una (01) Nevera, marca HACEB, color BEIGE, con dos (2) puertas de 12 pies, sin serie visible, avaluada en la suma de $420.000. Un (1) computador con monitor, marca COMPAQ serie CNT917C63T. dos (2) parlantes marca GENIUS color negro, una (l)CPU merca CMPAC color negro, sin serie visible, Una (01) Impresora marca EPSON, color NEGRO, modelo TX115, serie LJWZ019885, un teclado y mouse marca COMPAC color negro, avaluado en la suma de $600.000. Los bienes muebles fueron avaluados en la suma de ($1.470.000.oo), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($1.029.000.00), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($588.000.oo), a orden de este Juzgado de la Oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora. Se expiden copias para su publicación en prensa y radio de conformidad con lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 794 de 2003, que modificó el Art. 525 del C.P.C., hoy veinticuatro (24) de Junio de dos mil Quince (2015). Secretario (Fdo.) Cristian Humberto Lizarazo Zabala. Hay un sello. Julio 4/15. 3767830.

RADICACIÓN NÚMERO: 68001 4003 016 2009 01262 - 01 EJECUTIVO MIXTO. AVISO

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EDICTO.- EL JUZGADO

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EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE VÉLEZ, SANTANDER CITA Y EMPLAZA: A los acreedores de la Sociedad Conyugal conformada por OLGA YANETH RINCÓN CAPACHO y JULIO CÉSAR MENESES MURCIA, para que oportunamente se presenten a hacer valer sus derechos; el proceso liquidatario fue declarado abierto y radicado en este Juzgado el nueve (9) de junio de dos mil quince (2015). Para los fines indicados en el Art. 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente Edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de 10 días, siendo las ocho de la mañana de hoy dieciocho (18) de junio de dos mil quince (2015). Copias del presente Edicto serán entregadas a la parte interesada para las publicaciones de ley, que se efectuarán en el periódico (El Tiempo o Vanguardia Liberal y en una radiodifusora local por una vez, en horas comprendidas entre las seis de la mañana y las once de la noche. Secretaria (Fdo.) Laura Patricia Quiroga Agón. Julio 4/15. 3767679.

EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE VÉLEZ, SANTANDER CITA Y

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EDICTO.- LA SUSCRITA

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EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE GIRÓN SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la sucesión INTESTADA de la causante FANNY DOMÍNGUEZ PRADA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.213.040 expedida en Lebrija, fallecida en EL Municipio de Bucaramanga Departamento de Santander, el día QUINCE (15) DE ENERO DE DOS MIL OCHO (2.008), siendo el Municipio de Girón, el lugar de su último domicilio. Para los efectos del artículo 589 del C. de P.C. en concordancia con el Art. 3o. del Decreto 902 de 1.988, se fija este Edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y copia del mismo se entrega al Apoderado para su publicación en periódico de amplia circulación y en radiodifusora local. Girón, 02 de Julio de 2.015. La Notaria (Fdo.) Magola Durán Dueñas. Hay un sello. Julio 4/15. 3767267.

EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE GIRÓN SANTANDER EMPLAZA: A

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AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- POR EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE MÁLAGA SANTANDER, se ha señalado el día veintidós (22) de julio del año dos mil quince (2015), para que en el proceso EJECUTIVO DE MÍNIMA CUANTÍA radicado al número 2013.00013.00 que adelanta el doctor ERNESTO PORRAS BETANCOURT, actuando como apoderado judicial de la señora OMAIRA SANDOVAL VEGA, en contra de los señores FREDY ARTURO NIÑO CARVAJAL y ALBA YOLIMA CÁCERES PARRA, tenga lugar el REMATE del predio urbano localizado en la carrera 10 número 8 PAR, Barrio Laureano Gómez del Municipio de Málaga, Santander, identificado con la matrícula inmobiliaria número 312-19840 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Privados de Málaga, y número predial 01-00-0073- 0031-000. El inmueble así descrito fue avaluado pericialmente en la suma de SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL PESOS ($6.584.000,00). Los proponentes presentarán sus ofertas en sobre cerrado junto con la consignación para hacer postura conforme lo prevé el inciso primero del artículo 527 del C. de P.C. La licitación comenzará a la hora de las diez de la mañana (10:00 A.M.) del día antes señalado y no se cerrará sino transcurrida una (01) hora por lo menos, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo dado al bien, previa consignación del porcentaje legal del 40%. Para los efectos del artículo 525 del C.P.C., se entregan copias a la parte actora para su publicación por una sola vez en el diario ‘Vanguardia Liberal‘ de amplia circulación en la región y por la emisora local ‘Latina Stereo‘ con una antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Se expide en Málaga, Santander, a los diecisiete (17) días del mes de junio del año dos mil quince (2015). Cordialmente (Fdo.) Rosa Otilia Rojas de Porras Secretaria. Hay un sello. Julio 4/15. 3767169.

AVISO DE REMATE.- POR EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE MÁLAGA SANTANDER,

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EDICTO.- EL JUZGADO

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EDICTO.- EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE MIRANDA SANTANDER, EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de Sucesión Intestada de la causante MARÍA DE JESÚS CAMACHO ACUÑA, quien falleciera en la ciudad de Bucaramanga el día diecinueve (19) de junio de dos mil siete (2007), siendo el municipio de San José de Miranda su último domicilio. El referido proceso fue declarado abierto y radicado en este Juzgado por auto de fecha veinticuatro (24) de abril de dos mil quince (2015) en virtud de demanda presentada por la doctora MARÍA EFREN LEÓN ACEROS, quien actúa como apoderada de oficio del señor FLORIDANO PARRA GARZA, reconocido como parte interesada, en su condición de CÓNYUGE SUPÉRSTITE. Para los fines indicados en el artículo. 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO en lugar visible de la Secretaría del Juzgado Promiscuo Municipal de San José de Miranda Sder., por el término de DIEZ (10) DÍAS, hoy veintitrés (23) de junio de dos mil quince (2015), a las 8:00 a.m., y copias del mismo se entregarán a la parte interesada para su publicación por una vez en el diario de Vanguardia Liberal o en El Tiempo y una radiodifusora de la ciudad de Málaga Scler. (Latina Stereo o La Voz de Los Andes). La secretaría (Fdo.) Elsa Diomar Camargo. Julio 4/15. 3767167.

EDICTO.- EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE MIRANDA SANTANDER, EMPLAZA:

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AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- LA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE ARATOCA, HACE SABER: Que, en el proceso Ejecutivo Singular de Mínima Cuantía radicado al No. 680514089001 2013 -00026-00, que en este Juzgado adelanta a través de endosatario, la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA EL DESARROLLO SOLIDARIO DE COLOMBIA COOMULDESA LTDA., ‘COOMULDESA‘., contra DARÍO RINCÓN GÓMEZ y TRINIDAD GÓMEZ DE RINCÓN, por auto del 19 de junio de 2015, se señaló la hora de las nueve de la mañana(09:00 A.M.), del día doce (12) de agosto de 2015, para la realización de la diligencia de REMATE de la cuota parte correspondiente al 50% del bien inmueble denominado LOTE No. 1 EL MANGO, ubicado en la vereda Clavellinas del municipio de Aratoca, identificado con matrícula inmobiliaria No. 319-40460 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San Gil, cuota parte de propiedad de la demandada TRINIDAD GÓMEZ DE RINCÓN, que tiene en común y proindiviso con el señor DARÍO RINCÓN, inmueble que se halla previamente embargado, secuestrado y avaluado, alinderado de la siguiente manera: tomando como base la escritura No. 582 del 24-11-2003, de la Notaría Primera de San Gil y el certificado de tradición, se alindera: POR EL NORTE o PIE: Con la peña alta de Morros, al medio con propiedades antes de BALBINO MANTILLA y JOSÉ VICENTE FERREIRA, hoy de MIGUEL FERREIRA y en otra parte con predios de ISRAEL MORENO, deslinda cerca de alambre y natural al medio; POR EL ORIENTE: Con propiedades que antes eran de ADOLFO RINCÓN CHACÓN, hoy de HELÍ VELÁSQUEZ, deslinda mojones de piedra en parte y cerca de alambre; POR EL SUR: con Peña alta de la Mesa de propiedad antes de JOSÉ VICENTE FERREIRA, COSME HERNÁNDEZ y JUAN DE DIOS MUÑOZ, hoy de herederos de COSME HERNÁNDEZ y el señor Pedro Julio Almeida, sin ninguna delimitación; POR EL OCCIDENTE: colina con propiedades del señor HELI VELASQUEZ, cercas de alambre al medio, desde la peña alta de la mesa hasta unos árboles de cuchare. El predio es de forma rectangular, tiene una topografía pendiente en grado alto hacia el sur de aproximadamente unos 70 grados y desciende hacia el norte, la parte media del predio es semiplana y allí está construida la vivienda y continua hacia el norte en un grado de inclinación aproximado de 45 grados; el área aproximada es de ocho hectáreas (8Has), en la parte sur y norte está cubierto con rastrojo, maraña y vallados. Este inmueble se halla mejorado con cultivos café, fique, plátano dominico y ceneguero aproximadamente, cítricos y árboles nativos de guamo, anacos, cucharos. Cuenta con casa de habitación de 17 metros de frente, por 8 metros de fondo, corredor, construida tapia pisada frisada, teja de barro, pisos en ladrillo tableta cocida, puertas y ventanas en madera, tiene un salón principal, dos habitaciones, cocina, con mejoramiento de vivienda de 6x6 metros, en ladrillo H-10 a la vista, tejas de Eternit, pisos en cemento, consta de cocina, sala comedor, una habitación, un baño con sanitario, ducha, puertas y ventanas metálicas con vidrio, cocina con lavaplatos y un mesón enchapado, la vivienda cuenta con servicios de agua del acueducto veredal, servicios de luz eléctrica, patio para secado de café, con piso en cemento, un caney de tapia pisada, teja de zinc, piso en tierra. El inmueble fue avaluado en total en la suma de VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS ($28.171.500.oo) M/cte, es decir que la cuota parte equivalente al 50% tiene un avalúo de CATORCE MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL SETECIETOS CINCUENTA PESOS ($14.085.750.oo). Será oferta admisible la que cubra el 70% del avalúo, esto es, NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL VEINTICINCO PESOS ($9.860.025.oo), la que se deberá presentar en sobre cerrado junto con la consignación previa del 40% del respectivo avalúo para ser postor, es decir, CINCO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS PESOS ($5.634.300,oo), que hará en la cuenta de Depósitos Judiciales número 680512042001 del Banco Agrario de Colombia, a órdenes de este Juzgado. La licitación empezará en la hora y fecha indicada y se cerrará después de haber transcurrido una hora. Para los fines indicados en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, se expide el presente Aviso de Remate para su publicación por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días a la fecha prevista para la licitación, en una de las Emisoras de Caracol o RCN con sintonía en la región, que tenga cobertura y se sintonice en este municipio y en el periódico Vanguardia Liberal, El Tiempo o El Espectador. Con las constancias de la publicación debe allegarse un certificado de libertad y tradición del inmueble, actualizado, expedido dentro de los cinco días anteriores a la fecha prevista para la diligencia de remate. Aratoca, Santander, dos (2) de julio de dos mil quince (2015). La Secretaria (Fdo.) Carmen Myriam Oviedo Duarte. Julio 4/15. 3767154.

AVISO DE REMATE.- LA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE ARATOCA, HACE

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EDICTO No. 367.-

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EDICTO No. 367.- EL NOTARIO SÉPTIMO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada de la causante: TEOFILDE SILVA DE SANABRIA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.093.755, fallecida en Bucaramanga el día tres (03) de abril de dos mil catorce (2014), siendo Bucaramanga, el último domicilio de la causante. Sucesión cuyo trámite se inicia en esta notaría el día diecinueve (19) de junio de dos mil quince (2015) por Acta 116 de junio 19 de 2015.- En cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 Art. 3 en concordancia con el artículo 589 del Código del Procedimiento Civil, se fija el presente en la secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 8:00 a.m. de hoy diecinueve (19) de junio del año dos mil quince (2015). La Notaria (E), (Fdo.) Elizabeth Mancipe Pico. SMG. Julio 5/15. 3767641.

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Radicado: 6854- 7408-

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Radicado: 6854- 7408- 9004- 2015- 00201-00. EDICTO.- EL JUZGADO CIVIL MUNICIPAL DE DESCONGESTIÓN DE PIEDECUESTA CITA Y EMPLAZA: A todos los que se crean con derechos a intervenir en el proceso DECLARATIVO DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO promovido por CLARA NUBIA LÓPEZ ANAYA, quien actúa a través de apoderada judicial legalmente constituida y en contra de JOSÉ MANUEL URIBE y contra las personas indeterminadas que se crean con derecho real sobre el bien inmueble el cual se trata de un predio rural ubicado en la carrera 18 B N° 9-30 casa 101 de la Urbanización Cabecera del Llano del municipio de Piedecuesta (Santander), identificada con los siguientes linderos: POR EL NORTE: En extensión de 12.oo metros con el tote número 7 de la misma manzana, POR EL ORIENTE: En extensión de 12.oo metros con el lote número 9 de la misma manzana, POR EL OCCIDENTE: En extensión de 12.oo metros con el lote número 3 de la misma manzana, POR EL SUR: En extensión de 12.oo metros con la carrera 18B, predio que se distingue con la matrícula inmobiliaria N° 314-6964 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Municipio de Piedecuesta. Proceso admitido en este juzgado por auto de fecha 2 de junio de 2015, para que se hagan presentes a más tardar dentro de los quince días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. Para los efectos del artículo 407 del C. de P.C., se fija el presente edicto emplazatorio en un lugar público del juzgado por el término de veinte días y copias del mismo se expiden para su publicación. Piedecuesta, 2 de junio de 2015. Secretario, (Fdo.) Gustavo Adolfo Ramírez Estupiñán. Julio 5/15. 3767678.

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JUZGADO PROMISCUO DEL

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JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SARAVENA (A) CITA Y EMPLAZA: A todas las personas desconocidas que se crean con derecho al bien inmueble a usucapir, dentro de la demanda VERBAL DECLARATIVO DE PERTENENCIA URBANA EN RECONVENCIÓN radicada al N° 2014-00272-00, promovido por GUSTAVO ALEXIS SARMIENTO y MYRIAM ELISE SARMIENTO contra GABY DEISA PUENTES DE RIVERA y DEMÁS PERSONAS DESCONOCIDAS que se crean con derecho al bien inmueble a usucapir, para que dentro del término de quince (15) días siguientes a la publicación del presente Edicto, comparezcan ante este despacho y hagan valer sus derechos, por sí o por medio de apoderado, con la advertencia que si no comparecen SE LES DESIGNARÁ Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación y seguirá el proceso hasta su terminación. El inmueble cuya pertenencia se solicita es el siguiente: Predio urbano ubicado en la carrera 16 No. 13-06 del Municipio de Tame (Arauca), con matrícula inmobiliaria No. 410-26581 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Arauca, código catastral No. 8179 4010 1000000 37000 90000, con un área de ciento cincuenta y cinco metros cuadrados con sesenta y tres centímetros (155,63 m2) y alinderado así: NORTE: Con predio de propiedad de JESÚS EMILIO SARMIENTO e IRMA CONSTANZA APONTE ARIAS, en extensión de 7.90 m2; SUR: Con calle 13 en extensión de 7.90 m2; ORIENTE: Con predio de propiedad de YENY SARMIENTO VIUDA DE PUENTES, en extensión de 19.70 m2; OCCIDENTE: Con la carrera 16 en extensión de 19.70 m2 de partida y encierra. Para los efectos del artículo 407 numeral 7° del C. de P. C., se fija este Edicto en cartelera del Juzgado, por el término de veinte (20) días y sendas copias se entregan al interesado para su publicación, por dos (2) veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendarios, dentro del mismo término, en un diario de amplia circulación nacional, bien sea, en El Tiempo, o La Vanguardia Liberal, o El Espectador, o El Siglo y será leído en una emisora de la localidad cualquier día entre las 7:00 a. m. y las 10:00 p. m. CONSTANCIA DE FIJACIÓN: Conforme a lo dispuesto en el Art. 407 del C. de P, C., se fija el presente EDICTO en la cartelera del Juzgado, siendo la primera hora hábil del día de hoy 24 de abril de 2015. Secretario, (Fdo.) Carlos Eduardo Roa Ruiz. CONSTANCIA DE DESFIJACIÓN: Para los efectos del Art. 407 del C. de P. C., después de haber permanecido fijado este EDICTO en cartelera de la Secretaría por el término legal de veinte (20) días, se desfija siendo la última hora hábil del día 13 de mayo de 2015. Secretario, (Fdo.) Carlos Eduardo Roa Ruiz. Julio 5/15. 3767707.

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EDICTO EMPLAZATORIO.- Proceso

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EDICTO EMPLAZATORIO.- Proceso Radicado No. 2015-00321. EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA EMPLAZA A: Todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN DOBLE INTESTADA de los causantes GREGORIA ROJAS DE HERNÁNDEZ fallecida el 01 de Enero de 2004 y ROGELIO HERNÁNDEZ ROJAS, fallecido el día 17 de Diciembre de 2011, en el municipio de Bucaramanga, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Proceso que fue declarado abierto y radicado en este Juzgado bajo el número 6800 1311 0007. 2015. 00321.00, mediante Auto del 25 de junio de 2015. Para dar cumplimiento a lo normado por el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaría del Juzgado por el término de Diez (10) días hábiles, quedando copias del mismo a disposición de la parte interesada para su publicación por una sola vez, en diario de amplia circulación (Vanguardia Liberal, El Tiempo, o La República) en día domingo y en una radiodifusora local, en el horario entre las seis de la mañana y la once de la noche. Se fija este EDICTO en la Cartelera de la Secretaría del Juzgado desde las 8:00 a.m. del día de hoy. Bucaramanga, treinta (30) de junio de dos mil quince (2015). Secretario, (Fdo.) Víctor Manuel Rey Picón. Hay un sello. Julio 5/15. 3767738.

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JUZGADO OCTAVO CIVIL

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JUZGADO OCTAVO CIVIL DEL CIRCUITO BUCARAMANGA SANTANDER EMPLAZA A: LAS PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS Que se consideren con algún derecho sobre el siguiente inmueble: Un lote de terreno, predio urbano, situado en la carrera 16 No. 58-26 manzana G barrio Los Alares de Floridablanca y alinderado así: por el NORTE: en veinte metros (20 mts) con propiedad de Jorge Salcedo Macías, por el ORIENTE: en siete metros con cincuenta centímetros (7.50 mts) con propiedad de Enrique Sarmiento, por el OCCIDENTE: en siete metros con cincuenta centímetros (7.50 mts) con la carrera 16, y por el SUR: en veinte metros (20 mts) con propiedad de Evangelina González Sarmiento, se distingue con el catastro número 6827 6010 3003 3002 1000 y con folio de matrícula inmobiliaria No. 300-136424 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga y puedan tener interés jurídico de oponerse a las pretensiones de los actores, las hagan valer dentro del presente proceso DECLARATIVO DE PERTENENCIA por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA DE DOMINIO, por suma de posesiones, RADICADO No. 68001- 3103- 008- 2015- 00140-00, promovido por OFELIA CEDIEL ROJAS contra RAMÓN MEJÍA GUERRERO y DEMÁS PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS. Para efectos del artículo’¿ 407 numeral 7° del código de Procedimiento Civil, se hace la presente publicación por el término de veinte (20) días en lugar público y visible de la Secretaría del Juzgado y se ordena la publicación por dos (2) veces con intervalos no menores de cinco (5) días calendario, dentro del término de emplazamiento en el diario VANGUARDIA LIBERAL y por medio de una radiodifusora de alta sintonía RADIO MELODÍA, en el lugar donde está ubicado el bien inmueble objeto de la presente demanda, entre las siete (7:00) de la mañana y las diez (10:00) de la noche. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días a partir del término de desfijación del edicto, si no comparecen las personas emplazadas, se les designará Curador Ad Litem, con quien se surtirá la notificación. Se fija en Bucaramanga a las 8:00 de la mañana del 26 JUN 2015. Secretaria, (Fdo.) Laura Constanza Rodríguez Delgado. Se desfija el presente edicto el día ---- siendo las 4:00 p.m. Secretaria, (Fdo.) Laura Constanza Rodríguez Delgado. Julio 5/15. 3767750.

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EL JUZGADO CUARTO

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EL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA EMPLAZA Y CITA: A los parientes del presunto interdicto LUIS FELIPE ROJAS JAIMES y a quienes se consideren con derecho a ejercer su curaduría, para que concurran al proceso de Jurisdicción Voluntaria Interdicción Judicial interpuesto por ESPERANZA LACHE TAVERA con radicado N° 2015-0319. Se fija el presente EDICTO en la secretaría del Juzgado, mientras se hace su divulgación en un diario de amplia circulación (Vanguardia Liberal o el Diario de La República) y en una radiodifusora local, quedan copias para su publicación Art. 446 C.P.C. Se fija a las ocho de la mañana de hoy DIECINUEVE (19) DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE (2015). Secretaria, (Fdo.) Piedad I. Ortiz Rodríguez. Hay un sello. Julio 5/15. 3767966.

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EDICTO No. 397.-

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EDICTO No. 397.- EL NOTARIO SÉPTIMO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada del causante: RAMÓN MORALES GALVIS, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 5.554.280, fallecido en Bucaramanga el día ocho (8) de octubre de dos mil trece (2013), siendo Bucaramanga, el último domicilio del causantes. Sucesión cuyo trámite se inicia en esta notaría el día primero (01) de julio de dos mil quince (2015) por Acta 130 de julio 01 de 2015. En cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 Art. 3 en concordancia con el artículo 589 del Código del Procedimiento Civil, se fija el presente en la secretaría de la notaría por el término de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 8:00 a.m. de hoy primero (01) de julio del año dos mil quince (2015). La Notaria (E), (Fdo.) Elizabeth Mancipe Pico. SMG. Julio 5/15. 3768202.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. JUZGADO SEXTO DE FAMILIA. EDICTO EMPLAZATORIO.- EL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA (SDER.) EMPLAZA: A AZAEL MURCIA, vecino del Municipio de Floridablanca, a fin de que se presente a este Despacho en donde cursa un proceso de MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO propuesto mediante apoderado judicial por el señor ÓSCAR JAVIER MURCIA SOLANO en calidad de hijo del ausente, conforme a la demanda que se extracta así: El día veintisiete (27) de Abril de dos mil nueve (2009), el ciudadano AZAEL MURCIA salió de su residencia, con destino a Cúcuta, conduciendo la camioneta marca Toyota, color blanca y de placa CCM -687, en dicha ciudad desapareció. Existen versiones de que la última vez que lo vieron fue en el Centro Comercial Ventura Plaza de Cúcuta. Para los efectos de los Arts. 97 numeral 2 del C.C. y 657 numeral 2 del C.P.C., se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte días y quedan copias para su publicación por una vez en un diario de amplia circulación en la región en día domingo y en una radiodifusora local en el horario comprendido entre las siete cíe la mañana y las diez de la noche. Este mismo edicto se publicará en uno de los periódicos de mayor circulación nacional en día domingo (La República, El Tiempo o Vanguardia Liberal), durante tres (3) veces, con intervalos no inferiores a cuatro (4) meses entre una y otra publicación. Se fija el presente EDICTO a las ocho de la mañana del treinta (30) de Enero del dos mil catorce (2014). Secretario, (Fdo.) Salvador Vásquez Rincón. RADICADO 2011-642. Hay un sello. Julio 5/15. 3768623.

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EDICTO.- EL JUZGADO

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EDICTO.- EL JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA SANTANDER, EMPLAZA: A JAVIER ALEXANDER GRIMALDOS LUNA, quien tuvo por último domicilio el municipio de Floridablanca, a fin de que se presente a este Despacho por sí o por medio de apoderad@ Judicial. Se previene además a quienes tengan noticias del (a) mencionad@, se sirvan comunicarlo oportunamente a este Despacho, donde cursa un proceso de DECLARACIÓN de MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO promovido por EVANGELINA LUNA TORRES bajo el radicado 6800- 1311- 0005- 2015- 0040600, conforme a la demanda que se extracta así: 1.- EVANGELINA LUNA TORRES y ANTONIO MARÍA GRIMALDOS mantuvieron una relación sentimental en la que procrearon cuatro hijos, CÉSAR, SANDRA LILIANA, OSCAR MANUEL y JAVIER ALEXANDER GRIMALDOS LUNA, este último desaparecido. 2.- JAVIER ALXANDER GRIMALDOS LUNA tuvo su domicilio permanente en Floridablanca, hasta el día de su desaparición y después que fuera vinculado al Ejército Nacional de Colombiano, en el batallón A.D.A. No. 2 Nueva Granada, Cuarto Contingente de la ciudad de Barrancabermeja en Agosto 17 de 2001. 3.- Desde la anterior fecha hasta el día de la formulación de esta demanda ninguna noticia se ha tenido del hijo de EVANGELINA LUNA TORRES, ya que el batallón donde prestaba sus servicios como soldado raso desapareció y no dan razón alguna del mismo. 4.- Desde la fecha en que desapareció JAVIER ALEXANDER GRIMALDOS LUNA del Batallón Nueva Granada de Barrancabermeja hasta hoy, han transcurrido más de dos años y a pesar de las constantes diligencias investigativas tanto oficiales como particulares, no se ha podido obtener información sobre el paradero de JAVIER ALEXANDER GRIMALDOS LUNA, pues el Ejército ninguna respuesta da a tal hecho. 5.- Se encuentran cumplidos los plazos y circunstancias exigidas por la ley para la declaración de la MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO de JAVIER ALEXANDER GRIMALDOS LUNA. 6.- JAVIER ALEXANDER GRIMALDOS LUNA hasta el tiempo en que se ausentó era soltero, la actora por ser su progenitora tiene derecho a solicitar la declaración judicial de MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO de su hijo. Se fija este Edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días hábiles. Se expiden copias para la publicación por una vez en un periódico de amplia circulación en esta ciudad (VANGUARDIA LIBERAL o EL FRENTE) el día domingo y en una radiodifusora local, esta última en el período comprendido entre las 7:00 a.m. y las 10:00 p.m. Este mismo Edicto se publicará en uno de los periódicos de mayor circulación (EL TIEMPO, EL ESPECTADOR, LA REPÚBLICA o EL NUEVO SIGLO) que se editan en la capital de la República, durante tres (3) veces, debiendo correr (4) cuatro meses entre cada dos (2) citaciones. Se fija el presente Edicto a las 8:00 a.m. de hoy veintitrés (23) de Junio de Dos mil quince (2015). Secretaria, (Fdo.) Érika Johanna González López. Hay un sello. Julio 5/15. 3768760.

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AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- LA PROFESIONAL UNIVERSITARIA CON FUNCIONES DE SECRETARIA DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA AVISA: Que dentro del proceso EJECUTIVO MIXTO adelantado por el señor HERNET RUBIANO RUIZ C.C. 91.245.930 contra LUIS ALFONSO BARRERA PAREDES C.C. 5.678.821 bajo el radicado 68001- 31- 03- 002- 2014- 00012-01, el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO de Bucaramanga, ha señalado la hora de las 9:00 A.M. del día JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DE DOS MIL QUINCE (2015), para llevar a cabo la diligencia de remate de: LOTE DE TERRENO que se agregó del predio denominado LA PRADERA del Municipio de Piedecuesta, con un área de 1.125 metros cuadrados aproximadamente y alinderados así: POR EL SUR: con la carretera que va a la Esperanza en 15 metros, OCCIDENTE A ORIENTE: por la cerca hasta la quebrada el CAFETO, por EL ORIENTE, con propiedad de ELBA INFANTE DE CASTRO Y AL NORTE: de la Quebrada EL CAFETO a la carretera que va a la Esperanza, lote que mide 15 metros de frente sobre la carretera y de fondo 75 metros aproximadamente hasta la quebrada EL CAFETO. Conforme a la diligencia de secuestro llevada a cabo el 18 de noviembre de 2014 se indicó que se trataba de un lote rural con casa de habitación en él construida que va en desnivel hasta la quebrada con construcción en estructura con placa de entrepiso entre el primer nivel y con 3 alcobas con baño general completo, pisos en tableta paredes en material y pintadas; en el segundo piso o nivel donde encuentran un corredor de ingreso, sala, comedor, cuenta con todos los servicios y ocupada por el señor ALVARO BARÓN. Se distingue en el Catastro con el predio número 00- 00- 00- 09- 01- 97- 000 antes, hoy 68547- 00- 00- 00- 09- 01- 97- 000 y matrícula inmobiliaria No. 314-18-420 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Piedecuesta, avaluado en la suma de $379.364.160, de propiedad del demandado LUIS ALFONSO BARRERA PAREDES. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora, Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, previa consignación del CUARENTA POR CIENTO (40%) en la cuenta N° 68001-20-31-800 DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA de esta ciudad, debiendo los interesados el día y hora que se lleve a cabo las subasta, presentar las ofertas en sobre cerrado, tal como lo indica el artículo 34 de la Ley 1395 de 2010 que modificó el artículo 527 del C. de P.C. Para los efectos del Art. 525 del C. de P.C., se expide el presente aviso hoy VEINTICUATRO (24) DE JUNIO DE 2015 y copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha del remate, en un periódico de más amplia circulación y en una radiodifusora local. A la presentación de estos documentos deberá allegarse un certificado de tradición actualizado del respectivo bien, expedido dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha del remate. El presente Aviso se fija en la Oficina de Ejecución hoy VEINTISÉIS (26) DE JUNIO DE 2015. Secretaria, (Fdo.) Adriana Milena Sanabria Niño. Hay un sello. Julio 5/15. 3768913.

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