RESOLUCIÓN NÚMERO 93 -29-06-2016- RESUELVE: En virtud de lo ordenado por el Decreto Nacional 1077 de 2.015, se publica la parte Resolutiva de una MODIFICACIÓN DE LICENCIA VIGENTE No. 68001- 1- 15- 0304 expedido el día el 29 de Junio de 2016. Artículo 1º: Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de MODIFICACIÓN DE LICENCIA para uso de Comercio y Servicio a ALIANZA FIDUCIARIA S.A COMO VOCERA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO denominado FIDECOMISO HOTELES HM FASE II, con Nit Nº 830053812-2, en su calidad de propietario del predio localizado en la CARRERA 33 46 07/ 13 BARRIO CABECERA DEL LLANO de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el número predial 01020 26100 31000 / 01020 261000 1000, matrícula inmobiliaria 300-399040, para que de acuerdo con la Norma Urbanística NUR-0221-13, que hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la ciudad de Bucaramanga. Parágrafo 1: Las obras autorizadas por la presente resolución son: Licencia de modificación ampliación de la licencia 68001- 13- 0342 vigente expedida el 12/ 05/ 2014 por la Curaduría Urbana 1 de Bucaramanga consistente en la construcción de un edificio de comercio hospedaje de gran altura con 15 pisos, un mezanine y un sótano y área construida de 6155,16 m2 (Dato corregido de la licencia Inicial mediante auto aclaratorio), distribuida por piso así: un sótano con uso exclusivo de parqueo con capacidad para 24 unidades; quince pisos de los cuales en el primer piso se encuentra un local comercial, el acceso a parqueaderos y el lobby del hotel; del segundo al cuarto piso son de uso exclusivo de parqueaderos los cuales en conjunto albergan 42 cupos; del piso quinto al doceavo con uso exclusivo de habitaciones hoteleras que en conjunto suman 101 unidades; del piso trece al catorce zona social y el piso quince cuarto de máquinas. La modificación consiste en el cambio de ejes de la estructura que comporta modificaciones espaciales al proyecto arquitectónico inicial que deriva en el aumento y/o reducción de las áreas y dimensiones de algunos espacios tales como cuartos técnicos, hall de ascensores, habitaciones, quedando un área total construida menor a la licencia inicial en 1,87 m2; el aumento de área se da sobre el aislamiento posterior en el piso 2, 3, 4, 5 y 14 y voladizos de los pisos 2 y 5 en la fachada principal que suman 71,79 m2 y la reducción en la supresión del Mezzanine y otras áreas que suman 90.21 m3. Con esta actuación se mantiene el uso, la altura del edificio inicialmente aprobada pero se disminuye el área total construida pasando de 6157,03 m2 a 6155,16 m2. A continuación se describen las modificaciones por piso: SÓTANO: se reduce el número de parqueos pasando de 24 a 18 unidades. PISO 1: se modifica el diseño del hall de acceso al hotel, así como áreas técnicas tales como lavandería, cuarto de basuras y circulación técnica. MEZANINE: se elimina. PISO 2: se localizan duplicadores de celda en este nivel, siendo necesario aumentar la altura libre del piso. El número total de cupos de parqueo cambia de 11 iniciales a 18 unidades, reubicando el parqueo para personas con movilidad reducida. De igual manera se amplía el área del cuarto de la subestación eléctrica y se reduce el aislamiento posterior dentro del límite normativo. PISO 3: se mantienen el número de parqueos, localiza en este piso un parqueo de discapacitados. PISO 4: El cupo de parqueos pasando de 19 a 11 unidades, se localizan los baños y el comedor de los empleados en el espacio disponible cerca a los cruces de ejes 7 y B. PISOS 5 y 6: Se redistribuye el espacio del house keeping; del cuarto técnico y de las habitaciones del piso. PISO 7 a 9: Se redistribuye el espacio del house keeping; del cuarto técnico y de las habitaciones del piso y presenta una alternativa de distribución de mobiliario de las habitaciones 4 y 5 para los pisos 7 y 8. PISOS 10 a 12: En las habitaciones 1 y 4 se reubica la localización del baño, se reduce el cuarto técnico aledaño a las habitaciones 11 y 12; se desplaza el acceso a las escaleras de evacuación (cruce de ejes 7 y 8 con C) y PISOS 13 a 14: Se redistribuye el espacio arquitectónico de cada piso manteniendo los usos de lugar de reunión para restaurante, bar, oficina, sala de reuniones, gimnasio y terraza. En resumen el proyecto queda así: modificación de 6155,16 m2, ampliación de 71.79 m2 y reducción de áreas en 90,21 m2; con un sótano de parqueo, primer piso con local comercial, car lobby y lobby hotel; segundo a cuarto piso con uso exclusivo de parqueo para un total de 59 cupos de parqueo respectivamente; quinto a doceavo piso con ciento un habitaciones hoteleras, trece y catorceavo piso dedicados a lugares de reunión y zona social y quinceavo piso cuarto de máquinas. Estas obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente providencia. Parágrafo 2: Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas: Conforme a lo consignado en los artículos 2.2.6.1.2.1.11 del Decreto 1077 de 2015 para los elementos arquitectónicos y la NSR-10. Clasificación del proyecto: Análisis de las determinantes urbanas del predio. Norma NUR0221-13 POT Decreto 078 de 2008. El uso principal del predio es comercio. CUMPLE. El área del lote es de 679 m². De acuerdo al índice de ocupación el área máxima a ocupar en el predio es de 475,30 m²; el proyecto ocupa 415,79 m², cifra por debajo en 59.51 m2 del área permitida. CUMPLE. El índice de construcción es de 7,0 veces el área del lote, esto significa que puede construir hasta 4753 m². El área total construida es de 6155,16 m² y el área para índices de construcción es del proyecto es de 3608,12 m2 cifra inferior en 1144.88 m2. Por tanto CUMPLE. El proyecto CUMPLE con el perfil vial establecido en el GDT 3117 de 2013, este perfil está medido de los datos de la planta de primer piso identificada como HHBPA-01 y el corte en HHBA-7A, de allí se corrobora que el paramento del edificio está 15,0m del centro de la carrera 33. El paramento sobre la cella 46 está a 7,70m, distancia tomada en el plano HHBPA-08. Análisis de las normas de la edificación: Cumplimiento de los artículos 503 a 506 del Decreto Municipal 078 de 2008: El proyecto presenta dos ascensor CUMPLE con lo establecido en el artículo 503 del decreto 078 de 2008 en referencia a ofrecerlo. Los espacio dedicado a la subestación eléctrica y planta de emergencia se encuentran en el sótano nivel que corresponde al punto más bajo de la edificación como demanda la norma municipal en su artículo 504. CUMPLE, ha señalado en los planos arquitectónicos los puntos de conducción para el escape de los gases producidos por estas máquinas y que permitan que alcancen la atmósfera. Así mismo se debe plantear que los espacios ofrecidos por el proyecto estén debidamente protegidos con muros corta fuego y cumplan lo estipulado en los capítulos J y K de la NRS-10 en materia de protección de incendios para los grupos clasificados como P. Cumplimiento de las normas para el espacio privado artículos 507 a 536 del Decreto Municipal 078 de 2008. Normas internas artículos 508 a 526 del Decreto Municipal 078 de 2008. El aislamiento anterior del edificio está cumpliendo con el artículo 511 del POT, en atención a lo dispuesto por el oficio GDT 3117 de 2013. El edificio presenta un acceso para los parqueos, así: Acceso por la carrera 33 conducente al sótano con un rampa eleva-coches con ancho de 3,50m y largo de 5,00m; además ha dispuesto un lobby car para evitar las colas. CUMPLE con el artículo 516 del POT. El proyecto No usa rampa. No aplica el artículo 547 del Decreto ibídem. Cumplimiento de las norma para el espacio privado artículos 507 a 536 del Decreto Munic