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Channel: Clasificados Vanguardia Bucaramanga - Edictos
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EDICTO No. 003.-

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EDICTO No. 003.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SUAITA SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico VANGUARDIA LIBERAL, el trámite notarial de LIQUIDACIÓN SUCESORAL del causante CIRO ANTONIO CASTELLANOS CEDIEL, Sin Identificación, cuyo último domicilio fue el Municipio de Suaita Santander y quien falleció el 05 de Septiembre de 1976 en Suaita Santander. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta Número 003 de fecha 22 de febrero de 2017.- Se ordena la publicación en este Edicto en el periódico VANGUARDIA LIBERAL, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3°. Del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.- El presente EDICTO se fija a los veintidós (22) días del mes de FEBRERO del año 2.017. El Notario (Fdo.) Fernando Sarmiento Herrera. Hay un sello. Feb. 27/17. 9687.

EDICTO No. 003.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SUAITA SANTANDER

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EDICTO.- NOTARÍA PRIMERA

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EDICTO.- NOTARÍA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión INTESTADA de la causante: MARÍA TERESA BOHÓRQUEZ DE ARDILA quien en vida se identificó con la C.C. No. 28.372.967 de San Gil, fallecida el día 01 de JULIO de 2016 en el municipio de San Gil (Santander), siendo su último asiento y domicilio principal de sus negocios el municipio de San Gil (Santander). Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número 020 de fecha 23 de FEBRERO de dos mil DIECISIETE (2017) se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación Nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTICUATRO (24) de FEBRERO de dos mil DIECISIETE (2017) siendo las ocho de la mañana (8:00 am). La Notaria Primera (Fdo.) Ángela Yolima Sánchez Acuña. Hay un sello. Feb. 25/17. 4211611.

EDICTO.- NOTARÍA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas

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LA SECRETARÍA DEL

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LA SECRETARÍA DEL JUZGADO TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL DE BARBOSA, SANTADER, transcribe a continuación el listado para efectos de su publicación conforme lo establece el inc. 3 Art. 87 Art. 293 del C.G.P. en la forma indicada por el Art. 108 Ibídem, con la advertencia que la publicación debe ser el día domingo y debe comprender la permanencia del contenido del emplazamiento en la página web del respectivo medio de comunicación, durante el término del emplazamiento en cualquiera de los siguientes diarios: VANGUARDIA LIBERAL o EL TIEMPO, así: LISTADO A PUBLICAR: EMPLAZAR: FREDY CUÉLLAR GUIZA, JORGE LUIS CUÉLLAR GUIZA, MARISOL CUÉLLAR SUANCHA, MANUEL FERNANDO CUÉLLAR SUANCHA, FULVER CUÉLLAR GRANDAS y DIEGO CUÉLLAR MORA, como herederos determinados del señor LUIS EVELIO CUÉLLAR AMAYA (c.c. No. 5.577.029). PROCESO VERBAL DE DECLARACIÓN DE SOCIEDAD DE HECHO No. 6807 7408 9003 2016 - 00061-00. Demandante: AIDÉ SERRANO ARENAS, C.C. No. 30.204.940 de BARBOSA SDER. Demandados: GLORIA NELLY GUIZA SÁNCHEZ, FREDY, YAMILE, MARI LUZ, JORGE LUIS CUÉLLAR GUIZA, MARISOL y MANUEL FERNANDO CUÉLLAR SUANCHA, FULVER CUÉLLAR GRANDAS, DIEGO CUÉLLAR MOYA, LUIS EVELIO CUÉLLAR PEÑA menor de edad representado legalmente por la señora BERNARDA PEÑA ROJAS, cónyuge sobreviviente y herederos determinados e indeterminados del señor LUIS EVELIO CUÉLLAR AMAYA. Juzgado que lo emplaza: TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL. DE BARBOSA, SDER. Barbosa, Santander, Veintidós de febrero de dos mil diecisiete. Secretaria, (Fdo.) Laura Natalia Silva Camacho. Hay un sello. Feb. 26/17. 4212169.

EDICTO.- EL JUZGADO

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EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA, SANTANDER EMPLAZA: A todos los acreedores de la Sociedad Conyugal formada entre los señores ALIRIO GRANADOS LEÓN y GLORIA FANNY PEÑA PEÑA, cuyo Proceso de Liquidación cursa en este despacho para que comparezcan oportunamente a hacer valer sus créditos en este proceso. Para efectos de los artículos 523 y 490 del Código General del Proceso, se elabora el presente EDICTO y se expedirá copia del mismo para su publicación por una sola vez en el diario Vanguardia Liberal o El Tiempo, en día domingo, incluyendo la publicación en la página web del respectivo medio de comunicación, según parágrafo 2°. del Art. 108, ibídem. Una vez realizada la publicación la parte interesada debe dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 108 del C.G.P., en concordancia con el inc. 3 del Art. 5°. del Acuerdo PSAA14-10108 del Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa. Bucaramanga, quince de febrero de dos mil diecisiete (2017). Rad. 2016-502-00. La Secretaria. (Fdo.) Edna Liliana Prieto Palencia. Hay un sello. Feb. 26/17. 4212279.

EMPLAZAMIENTO ARTICULO 108

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EMPLAZAMIENTO ARTICULO 108 C.G.P.- LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las PERSONAS que tengan créditos con TÍTULOS DE EJECUCIÓN contra la deudora LUZ MARINA VELASCO VILLAMIZAR identificada con la cédula de ciudadanía número 63.288.334, para que comparezcan a hacerlos valer mediante acumulación de sus demandas, dentro de los cinco (05) días siguientes, al proceso ejecutivo identificado con radicado 6800 1310 3006 2016- 00264- 00, demanda principal que es adelantada por ITALCOL S.A. contra LUZ MARINA VELASCO VILLAMIZAR, EDWING FERNANDO RIVERA VELASCO y FLORALBA VELASCO VILLAMIZAR, proceso al que le fue acumulada la demandada instaurada por el BANCO POPULAR S.A. contra LUZ MARINA VELASCO VILLAMIZAR en el JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA. Feb. 26/17. 4212379.

EDICTO.- EL JUZGADO

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EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE PIEDECUESTA - (SANTANDER) HACE SABER: Que dentro del proceso de SUCESIÓN radicado al No. 6854 7408 9001- 2017- 0037-00 instaurado por ROSA MARÍA CASTELLANOS DE MUÑOZ a través de apoderado judicial siendo causante EVELIO MUÑOZ NIETO se admitió la presente sucesión y se ordenó emplazar a todas que se crean con derecho a intervenir en este proceso. Para notificar se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaría del juzgado, por el término de diez (10) días, contados a partir de las 8:00 a.m. de hoy 23 de FEBRERO de 2017. Secretaria, (Fdo.) Eddy Janeth Pinto Sierra. Hay un sello. Feb. 26/17. 4212372.

AVISO DE REMATE

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AVISO DE REMATE CONTRA JOSE DAVID RAMON RICO.....

EDICTO.- LA SUSCRITA

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EDICTO.- LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE SAN GIL, SANTANDER CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a ejercer la guarda del señor CAMILO JIMÉNEZ PARRA, cuya interdicción ha solicitado la señora HERMENCIA JIMÉNEZ DE JIMÉNEZ, apoderada por la doctora LINA ROCÍO GUALDRÓN RÍOS. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 395 del C.G.P., se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la Secretaría del Juzgado y copia de éste se entregará a los interesados para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación regional, siendo las ocho de la mañana de hoy veintiuno de febrero de dos mil diecisiete. Secretaria (Fdo.) Alba Cecilia Núñez Badillo. Feb. 26/17. 4212360.

República de Colombia.

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República de Colombia. Rama Judicial del Poder Público. JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA (S). AVISA: Al público en general, que mediante providencia de fecha 07 de febrero de dos mil diecisiete, proferida dentro del proceso de INTERDICCION JUDICIAL, radicado bajo el número 2017-00027-00, iniciado en este Juzgado a través de apoderado por la Señora MARIA TORCOROMA ORTIZ BARBOSA, se decretó la INTERDICCION PROVISORIA de FRANCISCO JAVIER SANMARTIN AGUIRRE y se designo como CURADORA PROVISORIA a su cónyuge MARIA TORCOROMA ORTIZ BARBOSA. En cumplimiento a los dispuesto en el numeral 7 del artículo 586 del C.G.P. se elabora el presente aviso y copia del mismo se entregara al interesado para ser publicada al menos por una vez en el periódico Vanguardia Liberal o El Tiempo. Bucaramanga se fija este aviso siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.), de hoy quince (15) de Febrero de dos mil diecisiete (2017). Secretaria, (Fdo.) Edna Liliana Prieto Palencia. Hay un Sello. 26 Feb./2017. 4212473.

Referencia: PROCESO EJECUTIVO

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Referencia: PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO. Radicado: 6800 1400 3007 2005 00761. Demandante: ALIX CARREÑO PATIÑO, C.C. 27'951.211. Demandado: NELLY LUNA CARVAJAL C.C. 63'346.410, HUMBERTO ENRIQUE GUERRERO C.C. 91'231.357. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER: Que dentro el proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, bajo el radicado No. 6800 1400 3007 2005 00761 adelantado por ALIX CARREÑO PATIÑO identificada con C.C. 27'951.211 contra NELLY LUNA CARVAJAL identificado C.C. 63'346.410 y HUMBERTO ENRIQUE GUERRERO identificado con C.C. C.C. 91'231.357, por acta de remate del 07 de diciembre de 2016 se ha señalado el día MIÉRCOLES 08 de MARZO de 2017 a las 09:00 a.m., para llevar a cabo la diligencia de remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-96343 de propiedad de los demandados y ubicado en la URBANIZACIÓN BELLA VISTA - BALCONES DEL ORIENTE - ETAPA I - SECTOR A, TORRE 2 -APTO. 503 A, Floridablanca. La licitación iniciará a las 09:00 am y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (1) hora. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de $80'000.000.oo siendo base de la licitación la que cubra el valor del 70% del avalúo, es decir, $56'000.000.oo, previa consignación del 40%, el cual corresponde a la suma de $32'000.000.oo., a órdenes del JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 6800 1204 1802 de la ciudad. La parte demandante deberá allegar Certificado de Libertad y Tradición del inmueble el cual deberá ser expedido dentro de los 30 días anteriores a la fecha de la diligencia de remate. Y que le informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la 1743 de 2014 y del artículo de la Ley 1987, el impuesto que se consigna a favor del Consejo Superior de la Judicatura, se modificó, ahora es un 5%. La secuestre SARA ALGOS CAMARGO puede ser ubicada en la calle 29 No. 4-46 del barrio Girardot de Bucaramanga, teléfono: 6306029; celulares: 316-4645257 310-7656845. Igualmente se le informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014, el artículo 7 de la ley 1987, el impuesto del 3% que se consigna a órdenes del Consejo Superior de la Judicatura se modificó, ahora es un 5%. También debe consignarse el 1% correspondiente a la retención en la fuente. Para los fines previstos en el artículo 450 del Código General del Proceso, se expiden copias de este aviso para su publicación por una sola vez en uno de los periódicos de más amplia circulación que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, en el lugar y en radiodifusora local, con antelación no menor de diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Bucaramanga, 17 de febrero de 2017. Profesional Universitaria Grado 14, (Fdo.) Carolina Gamboa Álvarez. Hay un sello. Feb. 26/17. 4212531.

EDICTO.- EL JUZGADO

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EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA, SANTANDER EMPLAZA: A todos los acreedores de la sociedad conyugal formada entre los señores VIRGINIA PORRAS ROJAS y LUIS JESÚS VALENCIA AGUILAR, cuyo proceso de liquidación cursa en este despacho para que comparezcan oportunamente a hacer valer sus créditos en este proceso. Para efectos de los artículos 523 y 490 del Código General del Proceso, se elabora el presente EDICTO y se expedirá copia del mismo para su publicación por una sola vez en el diario Vanguardia Liberal o El Tiempo, en día domingo, incluyendo la publicación en la página web del respectivo medio de comunicación, según parágrafo 2° del Art. 108, ibídem. Una vez realizada la publicación la parte interesada debe dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 108 del C.G.P., en concordancia con el inc. 3 del Art. 5° del Acuerdo PSAA14- 10108 del Consejo Superior de la Judicatura -Sala Administrativa. Bucaramanga, catorce de febrero de dos mil diecisiete (2017). Rad. 2016-549-00. La Secretaria, (Fdo.) Edna Liliana Prieto Palencia. Hay un sello. Feb. 26/17. 4212624.

AVISO DE REMATE....

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AVISO DE REMATE.... HUMBERTO JAIMES.....

REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO. JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA SAN GIL. LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SAN GIL, SANTANDER AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL: Que dentro del proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA sobre INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL de la señora OTILIA MALDONADO VILLABONA, interpuesto por JUAN ALBERTO RANGEL MALDONADO, a través de apoderada judicial legalmente constituido, mediante sentencia del once (11) de abril de dos mil diez y seis (2016), se DECLARÓ en Interdicción Judicial por discapacidad mental absoluta a la señora OTILIA MALDONADO VILLABONA, para lo cual me permito transcribir la parte resolutiva que dice: ‘REPÚBLICA DE COLOMBIA. DISTRITO JUDICIAL DE SAN GIL. JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA. San Gil, once (11) de abril de dos mil diez y seis (2016). RESUELVE: En mérito de lo expuesto el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SAN GIL (Sder) EN ORALIDAD, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, PRIMERO: DECLARAR en Interdicción Judicial por discapacidad mental absoluta a OTILIA MALDONADO VILLABONA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 28.383.779 expedida en San Joaquín (Sder), nacida el veinte (20) de noviembre de mil novecientos cincuenta y cinco (1955) en el municipio de San Joaquín (Sder), hija de Sildana Villabona y Antonio Maldonado, conforme a lo puntualizado anteriormente. SEGUNDO: DESIGNAR como Guardador de la interdicta OTILIA MALDONADO VILLABONA, a su hijo JUAN ALBERTO RANGEL MALDONADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 91.078.777 de San Gil (Sder), a quien se le exonera de prestar caución, acorde a lo esbozado precedentemente. TERCERO: NOTIFICAR al público esta sentencia, en consecuencia publíquese el aviso con la inserción de la parte resolutiva por una vez en un diario de amplia circulación nacional (El Tiempo o Vanguardia Liberal). CUARTO: INSCRIBIR la presente sentencia en el registro civil de nacimiento de la interdicta OTILIA MALDONADO VILLABONA y en el libro de varios. QUINTO: ORDENAR la confección de un inventario y avalúos de bienes de la discapacitada en el término de 60 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, para lo cual se nombra como perito al Contador a JAIME ENRIQUE BALAGUERA RODRÍGUEZ quien sigue en la lista de auxiliares de la justicia que se lleva en este Juzgado, en consecuencia, infórmesele su designación y si acepta, posesiónesele del mismo. Una vez sea aprobado y suscrito dicho inventario, conforme lo dispone el artículo 87 de la Ley 1306 de 2009, una copia auténtica del mismo se depositará en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente, para su conservación e inscripción en los bienes sujetos a registro. SEXTO: DECRETAR que por lo menos una vez al año se practique a la interdicta OTILIA MALDONADO VILLABONA un examen clínico psicológico y físico, por un equipo interdisciplinario del organismo designado por el Gobierno Nacional para el efecto o del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a fin de que revisen la situación del mismo. SÉPTIMO: Sin condena en costas por la naturaleza del asunto. La presente providencia se notifica a las partes en estrados de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. La Juez, (Fdo) MARÍA CAROLINA FLÓREZ PÉREZ‘. Se expide el presente a fin que se publique por una sola vez en un periódico de amplia circulación nacional (Tiempo o El Espectador) en San Gil, hoy doce (12) de abril de dos mil diez y seis (2016). La Secretaria, (Fdo.) Claudia Cecilia Ríos González. Abril 21/16. 3994571.

REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO. JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE

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EDICTO.- EL JUZGADO

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EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SAN GIL CITA Y EMPLAZA: A los HEREDEROS INDETERMINADOS de LETICIA MÉNDEZ MANOSALVA y a las PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS que puedan tener interés jurídico que se crean con derecho sobre el bien objeto de la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, por el modo de la USUCAPIÓN EXTRAORDINARIA, para que concurran al PROCESO VERBAL DE PERTENENCIA radicado bajo el No. 2015-00124-00 formulada a través de apoderado judicial por la señora OLINDA CORREA DE AZA contra FERMÍN RUEDA MORENO, ROSA MARÍA CABALLERO GUALDRÓN, MARY LUZ MÉNDEZ, ESTHER OSORIO DE MÉNDEZ, ABELARDO SANTOS MANTILLA Y LUZ MERY MÉNDEZ CABALLERO, HEREDEROS INDETERMINADOS de LETICIA MÉNDEZ MANOSALVA y demás PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS y personas desconocidas e indeterminadas sobre el siguiente bien: “El bien Inmueble objeto de litigio se encuentra ubicado en el municipio de ARATOCA SANTANDER, vereda SAN ANTONIO y se trata de una parte o porción de terreno que hace parte de otro de mayor extensión denominado FINCA PIEDRA BLANCA, distinguido con el folio de matrícula inmobiliaria No. 319-13739 de la O.R.I. de SAN GIL y cuyo lote de terreno, que es objeto de la pertenencia se denomina EL URUMO, tiene una extensión de 20 hectáreas, 7.057 metros cuadrados y se encuentra delimitado particularmente de la siguiente manera: POR EL NORTE: En 409 metros con el predio de mayor extensión de la cual hace parte denominado Finca PIEDRA BLANCA, con ABELARDO SANTOS y vista al Parque Nacional PANACHI, cerca de alambre al medio. POR EL SUR: En extensión de 328 metros con el predio de mayor extensión del cual hace parte denominado FINCA PIEDRA BLANCA, con ROSO AZA, cerca de alambre al medio. POR EL ORIENTE: Con una extensión de 225 metros camino real al medio con un predio identificado con cédula catastral No. 0000 1019 1000 de HÉCTOR SÁNCHEZ y POR EL OCCIDENTE: Con una extensión de tierra de 574 metros con la carretera nacional de SAN GIL a BUCARAMANGA, cerca de alambre al medio; luego sigue en una extensión de 434 metros con JHON FREDY MORENO y SALVADOR MORENO, cerca de alambre al medio y continúa en una extensión de 324 metros con la carretera que de SAN GIL conduce a Bucaramanga, cerca de alambre al medio. El predio de mayor extensión del cual hace parte el lote de terreno a usucapir se encuentra identificado y delimitado de la siguiente manera: Un lote de terreno con una extensión de 300 hectáreas alinderado así: desde la desembocadura de la quebrada LA COLORADA, en el río CHICAMOCHA, siguiendo río arriba a dar a la desembocadura de la quebrada denominada EL ALUMBRE, siguiendo esta quebrada arriba a dar al punto de las tapias, lindando con propiedades antes de ANTONIO, LUIS EMILIO y POLO MORENO, hoy de RODOLFO MANOSALVA y con herederos de MARÍA ENGRACIA MANOSALVA, de las tapias por un vallado que hay en la cuchilla abajo a dar al punto denominado LA LOMA DE LA CRUZ lindando hoy con TOMASA AVENDAÑO, FERMINA AFANADOR DE AVENDAÑO, SANTIAGO MORENO y otros derechantes, hoy de PEDRO VIRGILIO Y JOAQUÍN SANTOS AZA. Se advierte a los HEREDEROS INDETERMINADOS de LETICIA MÉNDEZ MONSALVA las PERSONAS DESCONOCIDAS E INDETERMINADAS que se crean tener derecho sobre los bienes inmuebles arriba descritos, que deben comparecer a más tardar transcurridos diez (15) días a partir de la expiración del término de emplazamiento y que si no se presentan a este Juzgado a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado el 30 de SEPTIEMBRE de 2015 proferido dentro del proceso ya referido, se les designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación y traslado. Se fija el presente Edicto en lugar visible de la Secretaría de Juzgado por el término de VEINTE (20) DÍAS y dentro del mismo término se publicará por DOS (2) VECES, con intervalo no menor de CINCO (5) DÍAS Calendario, en un diario escrito de amplia circulación nacional, (VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL ESPECTADOR) y por medio de una radiodifusora del lugar (RCN o CARACOL) (Numeral 7° del Art. 407 del C. de P.C), dentro de las 7:00 A.M y las 10:00 P.M, siendo las 8:00 de la mañana de hoy Diecisiete (17) de MAYO de dos mil Dieciséis (2016). Secretaria (Fdo.) Ana Lucía Ortiz Romero. Mayo 27/16. 4016679.

EDICTO.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SAN GIL CITA Y

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NOTARIA UNICA DE

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NOTARIA UNICA DE EL CARMEN DE CHUCURI (SDER.) NOTARIO: DR. RAFAEL ANTONIO BRETON PRADA EDICTO EMPLAZATORIO El suscrito Notario único del circulo de El Carmen Santander, emplaza a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite notarial de liquidación Sucesoral del causante CARMEN ALICIA GONZALEZ HERNANDEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.138.324, fallecida el día 5 de Diciembre de 2014 en Bucaramanga (S), siendo el ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios el municipio de El Carmen de Chucuri (S). Este trámite de sucesión intestada se inició mediante acta #17 de Septiembre 15 de 2016. Se han presentado QUERUBIN LEAL TRASLAVIÑA, como conyugue sobreviviente y representante legal del menor JOWER JAVIER LEAL GONZALEZ, por ser el padre; AURORA JASMIN LEAL GONZALEZ y ALICIA LEAL GONZALEZ como hijos legítimos dentro de la sucesión intestada de la causante. En aplicación al artículo 3° del decreto 902 de 1.988 se fija el presente edicto en un lugar visible de la Notaria hoy dieciséis (16) de Septiembre de 2.016 a las 7:00 a.m. por el término de diez (10) días hábiles y dos (2) copias del mismo se le hacen entrega a ANDRES MAURICIO ROZO MURCIA, para que lo publique por prensa y por radio. CONSTANCIA FIJACIÓN: 16 de Septiembre de 2.016 a las 7:00 A.M. DESFIJACION: 29 de Septiembre de 2.016 a las 6:00 P.M. Atentamente: (Fdo.) RAFAEL ANTONIO BRETON PRADA Notario único del círculo. 4108748. Sept.21/2016.

NOTARIA UNICA DE EL CARMEN DE CHUCURI (SDER.) NOTARIO: DR. RAFAEL ANTONIO

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NOTARIA UNICA DE

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NOTARIA UNICA DE EL CARMEN DE CHUCURI (SDER.) NOTARIO: DR. RAFAEL ANTONIO BRETON PRADA EDICTO EMPLAZATORIO El suscrito Notario único del circulo de El Carmen Santander, emplaza a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite notarial de liquidación Sucesoral del causante QUERUBIN QUIROGA TAVERA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 5.640.851, fallecido el día 26 de Noviembre de 2015 en El Carmen de Chucuri (S), siendo el ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios el municipio de El Carmen de Chucuri (S). Este trámite de sucesión intestada se inició mediante acta #18 de Septiembre 15 de 2016. Se ha presentado LINA DIAZ AMADO, como conyugue sobreviviente dentro de la sucesión intestada del causante. En aplicación al artículo 3° del decreto 902 de 1.988 se fija el presente edicto en un lugar visible de la Notaria hoy dieciséis (16) de Septiembre de 2.016 a las 7:00 a.m. por el término de diez (10) días hábiles y dos (2) copias del mismo se le hacen entrega a ANDRES MAURICIO ROZO MURCIA, para que lo publique por prensa y por radio. CONSTANCIA FIJACIÓN: 16 de Septiembre de 2.016 a las 7:00 A.M. DESFIJACION: 29 de Septiembre de 2.016 a las 6:00 P.M. Atentamente: (Fdo.) RAFAEL ANTONIO BRETON PRADA Notario único del círculo. 4108745. Sept. 21/2016.

NOTARIA UNICA DE EL CARMEN DE CHUCURI (SDER.) NOTARIO: DR. RAFAEL ANTONIO

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Radicación: J14-2011-614. EJECUTIVO

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Radicación: J14-2011-614. EJECUTIVO SINGULAR. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER: Que dentro el proceso EJECUTIVO SINGULAR instaurado por MYRIAM DÍAZ PLATA contra FREDY MARTÍN LAMUS ACOSTA, NELSON GUILLERMO CARVAJAL SÁNCHEZ y MARÍA FAYZULY MORENO PINEDA, por auto calendado el Veinticuatro (24) de Agosto de 2016 se señaló fecha u hora PARA LLEVAR A CABO LA DILIGENCIA DE REMATE EL DÍA VEINTIDÓS (22) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS (2016), A LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 AM), de la cuota parte equivalente al 75% del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-280837 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, ubicado en la Carrera 17 No. 65-95 APTO. 101 CONJUNTO RESIDENCIAL EMPERATRIZ P.H. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($151.471.500.oo), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($106.030.050.oo), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($60.588.600.oo), a órdenes del JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora. Igualmente se le informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014, el artículo 7 de la ley l987, el impuesto del 3% que se consigna a órdenes del Consejo Superior de la Judicatura se modificó, ahora es un 5%. La parte demandante deberá allegar el CERTIFICADO DE LIBERTAD Y TRADICIÓN, expedido dentro de los treinta días anteriores a la fecha fijada para la subasta. El secuestre JOSÉ DEL ROSARIO GRIMALDOS OCHOA puede ser ubicado en la Carrera 16A No. 8-34 de Piedecuesta o en los teléfonos: 6557691 o 315 654 7687. Se expiden copias para su publicación en un diario de amplia circulación de esta localidad, que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE de conformidad con lo dispuesto en el Art. 450, 451 y 452 del Código General del Proceso, hoy Doce (12) de Septiembre de dos mil Dieciséis (2016). El Secretario (Fdo.) Mario Alfonso Guerra Rueda. Hay un sello. Nov. 5/16. 4105469.

Radicación: J14-2011-614. EJECUTIVO SINGULAR. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN

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EDICTO.- EL NOTARIO

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EDICTO.- EL NOTARIO ÚNICO DE SAN VICENTE DE CHUCURÍ, DEPARTAMENTO DE SANTANDER, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir en el Tramite Notarial de Sucesión Intestada del causante: JESÚS OCHOA RUEDA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.102.722.834, quien falleció el día 02 de julio de 2016 en el SAN VICENTE DE CHUCURÍ (S), siendo San Vicente de Chucurí (S), su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Este trámite fue Presentado y Aceptado en este Despacho Notarial, mediante Acta número Uno (001) de fecha Dos (02) de Enero Dos Mil Diecisiete (2017) y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se ordenó la fijación del presente Edicto en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días, así como su publicación y difusión en un diario de circulación Nacional y por una emisora local. Este Edicto se fija en un lugar público de la Notaría Única de San Vicente de Chucurí, hoy Tres (3) de Enero del año Dos Mil Diecisiete (2017), siendo las Ocho de la Mañana (08:00 AM), y se expiden las respectivas copias para su publicación en prensa y radio. El Notario (Fdo.) Oscar Francisco Castellanos Prada. Hay un sello. Ene. 8/17. 4178808.

EDICTO.- EL NOTARIO ÚNICO DE SAN VICENTE DE CHUCURÍ, DEPARTAMENTO DE SANTANDER,

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AVISO DE REMATE

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AVISO DE REMATE CONTRA RAMON HERRERA HEREDIA....

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MÁLAGA SANTANDER, De conformidad con el artículo tres del decreto ley 902 de 1988, EMPLAZA a todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación de herencia del señor: VÍCTOR MANUEL MARTÍNEZ BETANCOURT, fallecido en Bucaramanga el día 24 de Octubre de 2005, siendo Málaga su último domicilio quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número: 5.680.860 expedida en Málaga, para que lo haga valer dentro de los diez (10) días hábiles y subsiguientes al de la publicación en los distintos medios de comunicación y ante este despacho situado en Málaga y cuyo trámite se inició mediante Acta de fecha 3 de Febrero del año 2017. El presente EDICTO se fijará el 4 de Febrero de 2017, a las 7:30 A.M. El Notario Primero (Fdo.) Abg. Álvaro Barrera Guarín. Hay un sello. Feb. 6/17. 4198035.

EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MÁLAGA SANTANDER, De conformidad

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