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Channel: Clasificados Vanguardia Bucaramanga - Edictos
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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUACHICA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de Liquidación Sucesoral de la causante ANA DELIA ACOSTA MÉNDEZ, identificada con la cédula de ciudadanía número 42.405.079, cuyo último domicilio fue en el Municipio de Aguachica, quien falleció el 10 de Septiembre de 2016, en la ciudad de Bucaramanga, Departamento de Santander. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número 030 de Fecha 18 de Junio de 2018, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1.988 y del parágrafo del artículo 1º del Decreto 1.729 del 3 de Agosto de 1.989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy Diecinueve (19) días de Junio de dos mil Dieciocho (2018) siendo las 7:30 A.M. Notario Único del Círculo de Aguachica (Fdo.) Dr. José Daniel Rodríguez Herrera. Hay un sello. Junio 22/18. 6914.

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El CURADOR URBANO

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El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecta Lyda Ximena Rodríguez Acevedo en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2,2,6,1,2,2 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que COOSAMIR, CONSTRUCCIONES SAS ha(n) solicitado una licencia de DEMOLICION-CONSTRUCCION (OBRA NUEVA) radicada con el número 68001-1- 18-0109, sobre el(los) predio(s) No. 0102018 10007000, ubicado(s) en la CALLE 31 N° 34-08 GALÁN, del Municipio de Bucaramanga, para: Licencia de Demolición Construcción Obra Nueva para un local comercial sala de ventas de un proyecto de vivienda que se desarrollará. La sala de ventas se compone de: exhibición sala, comedor, cocina, baño público, exhibición baño principal, exhibición alcoba 1, exhibición alcoba 2, área infantil y exhibición de materiales. La presente citación se hace por periódico dado que algunos inmuebles colindantes son lotes, se encuentran desocupados o permanecen cerrados. Junio 22/18. 4486480.

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EDICTO.- LA SUSCRITA

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EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE GIRÓN SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la sucesión INTESTADA del (la) causante JAIME PORRAS RAMÍREZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 13.813.930, fallecido (a) en el Municipio de Girón, Departamento de Santander, el día DIECINUEVE (19) de SEPTIEMBRE de DOS MIL TRECE (2.013), siendo este municipio el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Para los efectos del artículo 490 del C.G.P., en concordancia con el Art. 3º del Decreto 902 de 1.988, se fija este edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y copia del mismo se entrega al apoderado para su publicación en periódico de amplia circulación y en radiodifusora local. Girón, 20 de Junio de 2.018. La Notaria (Fdo.) Dra. Nohemí Barrera Abril. Hay un sello. Junio 22/18. 4486472.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO. JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTÍAS DE PIEDECUESTA. Piedecuesta, cuatro (04) de mayo de dos mil dieciocho (2018). Como quiera que la demanda fue debidamente subsanada y que se encuentran reunidos los requisitos contenidos en el artículo 82 y ss del CGP; además de lo dispuesto en los artículos 488 y 489 ibídem, el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Piedecuesta, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR abierto y radicado en este Juzgado el proceso de Sucesión de JOSÉ RODRIGO COY PÁEZ, quien en vida se identificaba con la C.C. No. 2.186.315 de Socorro. SEGUNDO: RECONOCER a MARÍA ILEANA MENDOZA DE COY como cónyuge supérstite y a NEIFI ILEANA COY MENDOZA, NHORA INÉS COY DE PLATA, WILLIAM HERNANDO COY MENDOZA, OSCAR ELADIO COY MENDOZA, NANCY STELLA COY MENDOZA, RITA ALCIRA COY MENDOZA, SANDRA PATRICIA COY MENDOZA, MARTHA LUCÍA COY MENDOZA, RODRIGO COY MENDOZA, CLAUDIA ESPERANZA COY MENDOZA, JUAN CAMILO COY MARTÍNEZ y JULIANA DEL PILAR COY MARTÍNEZ, la calidad de herederos, conforme lo consagra el numeral 1° del artículo 491 del C.G.P. TERCERO: EMPLAZAR a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso en la forma señalada en el artículo 108 del CGP para que dentro del término de quince (15) días siguientes, comparezca por el mismo o por apoderado a recibir notificaciones del auto que admite la demanda anexo a las presentes diligencias y se publicará por una vez en un medio de amplía circulación. Señálese como medio de amplia circulación para publicar el emplazamiento el diario Vanguardia Liberal o la Cadena Radial Caracol. CUARTO: COMUNICAR a la DIAN que en este Despacho se tramita el proceso de Sucesión bajo el radicado de la referencia del causante JOSÉ RODRIGO COY PÁEZ, para que informen si registra deudas tributarias con esa entidad. SÉPTIMO: DECRÉTESE la diligencia de inventarios y avalúos, audiencia que tendrá lugar en fecha que posteriormente se señalará. OCTAVO: RECONOCER Personería a la abogada IVONNE CAROLINA CONTRERAS como apoderado de MARÍA ILEANA MENDOZA DE COY y NEIFI ILEANA COY MENDOZA, en los términos y para los efectos del poder conferido. NOTIFÍQUESE. Juez (Fdo.) Ruby Stella García Santamaría. NOTIFICACIÓN POR ESTADOS. La providencia anterior es notificada por anotación en ESTADO No. 063 HOY 7 DE MAYO DE 2018. (Fdo.) Edward Barajas Mendoza Secretario. Junio 22/18. 4486704.

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE JESÚS MARÍA SANTANDER. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico para el trámite Notarial de la Sucesión Intestada de la causante CELIA PUENTES DE PUENTES (q.e.p.d.), identificada en vida con la cédula de ciudadanía No. 28.195.078 de La Belleza. Siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de La Belleza Santander; quien falleció el día cinco (5) de Julio de 1994 en la ciudad de Bogotá. Aceptado el trámite correspondiente mediante Acta número cero Veinte (020) del veinte (20) de noviembre de 2017. Se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación y en la emisora local del municipio de La Belleza Santander si la hubiese, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 del 10 de Mayo de 1988, además se ordena su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veinte (20) de Noviembre de 2.017 siendo las ocho (8:00 a.m.). El Notario Único (Fdo.) Dr. Edwin Eduardo Garavito Mendoza. Hay un sello. Dic. 4/17. 4386931.

EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE JESÚS MARÍA SANTANDER. EMPLAZA:

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EDICTO.- NOTARIA PRIMERA

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EDICTO.- NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión INTESTADA del causante: JOSÉ DEL CARMEN VILLARREAL ARIAS, quien en vida se identificó con la CC No. 2.076.179, fallecido el día 27 de Septiembre de 2017 en el municipio de Socorro (Santander), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de San Gil (Santander). Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número 051 de fecha 20 días de JUNIO de dos mil DIECIOCHO (2018) se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTIUNO (21) de JUNIO de dos mil DIECIOCHO (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 am). La Notaria Primera, (Fdo.) Ángela Yolima Sánchez Acuña. Hay un sello. Junio 23/18. 4486983.

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EDICTO.- NOTARIA PRIMERA

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EDICTO.- NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión INTESTADA de la causante: MARÍA DE JESÚS MUÑOZ HERNÁNDEZ, quien en vida se identificó con la CC No. 31.220.836, fallecida el día 17 de Septiembre de 2017 en el municipio de San Gil (Santander), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Valle de San José (Santander). Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número 053 de fecha 21 días de JUNIO de dos mil DIECIOCHO (2018) se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTIDÓS (22) de JUNIO de dos mil DIECIOCHO (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 am). La Notaria Primera, (Fdo.) Ángela Yolima Sánchez Acuña. Hay un sello. Junio 23/18. 4486950.

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EDICTO.- EL NOTARIO

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EDICTO.- EL NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PUENTE NACIONAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, el cual fue publicado en la Notaría Única de Puente Nacional, en un periódico de circulación nacional y en la Radiodifusora local de Puente Nacional, en el Trámite notarial de la Liquidación y adjudicación de la herencia en la sucesión intestada del causante señor JAIME RUAN MENJURA, quien se identificó con la cédula de ciudadanía número 10.240.048, fallecido el día catorce (14) de enero del año dos mil catorce (2014), en la ciudad de Tunja (Boyacá) y quien tuviera como último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Puente Nacional Santander. Aceptado el trámite mediante acta número cero cero veinticuatro (24) de fecha veintiuno (21) de junio del año dos mil dieciocho (2018), se ordenó la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación nacional que elijan los interesados y se difunda en la radiodifusora local la Voz del Sorocotá, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo tercero (3) del decreto novecientos dos (902) del año mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose su fijación en un lugar visible de esta Notaría, por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija VEINTIDÓS (22) de JUNIO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018) siendo las 7:30 AM. El Notario Titular, (Fdo.) Dr. Misael Pardo Roncancio. Hay un sello. Junio 23/18. 4487629.

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El CURADOR URBANO

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El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecta Lyda Ximena Rodríguez Acevedo en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2, 2, 6, l, 2, 2 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que GABRIEL SARMIENTO TORRES, ha(n) solicitado una licencia de RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN radicada con el número 68001-1- 18- 0046, Sobre el(los) predio(s) No. 010100 1001 25903, ubicado(s) en la CALLE 33 N° 25-67/69 APTO. 301 BARRIO ANTONIA SANTOS del Municipio de Bucaramanga, para: Acto de Reconocimiento de un cuarto piso de una vivienda multifamiliar con cubierta liviana-inclinada, identificada con el número catastral 010100 1001 25903 y ubicada en la calle 33 # 25-67 en el Barrio Antonia Santos del Municipio de Bucaramanga. Cuarto piso: Se reconoce una escalera para acceso a pisos inferiores y una unidad de vivienda que cuenta con los siguientes espacios: sala-comedor, cocina, ropas, estudio, alcoba, baño y una terraza. La presente citación se hace por periódico dado que algunos inmuebles colindantes son lotes, se encuentran desocupados o permanecen cerrados. Junio 23/18. 4487199.

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El CURADOR URBANO

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El CURADOR URBANO No. 1 DE BUCARAMANGA - Arquitecta Lyda Ximena Rodríguez Acevedo en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2, 2, 6, 1, 2, 2 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objete de informarle(s) que TRINIDAD QUINTERO PEDROZA, ha(n) solicitado una Licencia de RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN radicada con el número 68001-1- 17- 0246, sobre el(los) predio(s) No. 010500 70000 9000, ubicado(s) en la Calle 46 N° 22-63/65 LA CONCORDIA del Municipio de Bucaramanga, para: Acto de reconocimiento de una vivienda multifamiliar de 3 pisos con cubierta liviana - inclinada. Primer piso: Se Reconoce una unidad de vivienda que tiene dos accesos uno por la calle 46 y por la calle 45a, identificada como 101, cuenta con los siguientes espacios: 2 salas, comedor, cocina, ropas, estudio, 2 alcobas, 4 baños, garaje y jardín interior. Tiene dos accesos para viviendas en segundo (Apto. 201) por la calle 45a y tercer (Apto. 301) piso por la calle 46; Segundo piso: Se reconoce dos unidades de vivienda identificadas como 201 y 301. Apto 201 cuenta con los siguientes espacios: una escalera para acceso a piso inferior sala, comedor, cocina, patio de ropas, estudio, 5 alcobas y 2 baños. Apto. 301 conformada por una escalera para piso superior e inferior y una sala; Tercer piso: Se reconoce una unidad de vivienda identificada como Apto. 301 que cuenta con los siguientes espacios: escalera para acceso a piso inferior, sala, comedor, cocina, 3 alcobas, 2 baños, patio de ropas y una terraza-mirador. La presente citación se hace por periódico dado que algunos inmuebles colindantes son lotes, se encuentran desocupados o permanecen cerrados. Junio 23/18. 4487197.

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NOTARÍA ÚNICA DE

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NOTARÍA ÚNICA DE PIEDECUESTA. DEPARTAMENTO DE SANTANDER REPÚBLICA DE COLOMBIA. ACTA 2066.- En el Municipio de Piedecuesta, Departamento de Santander, República de Colombia siendo el día veintidós (22) del mes de JUNIO de 2018, se hizo presente en el despacho de la Notaría Única de Piedecuesta, SEGUNDO RODULFO LAVERDE MONTAÑA, identificado con la cédula de ciudadanía número C.C. 9.520.881 de SOGAMOSO, quien manifestó que de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 1557 del 14 de julio de 1989, es su intención rendir testimonio ante esta Notaría y bajo la gravedad del juramento manifestó: Mi nombre es como está escrito, mayor de edad, vecino de este Municipio, de estado civil casado con la sociedad conyugal vigente, de profesión transportador, residente en la TRANSVERSAL 1GN No. 5B-24 BARRIO CIUDADELA LA ARGENTINA con teléfono 310-3458025 del Municipio de Piedecuesta. Declaro bajo la gravedad del juramento que: 1) Es cierto y verdadero que solicito a BANCOLOMBIA la cancelación y reposición del CDT No. 4130829, por extravío, por un valor de QUINCE MILLONES ($15.000.000) DE PESOS. No siendo más el objeto de la presente declaración se sienta esta acta observándose lo previsto en el decreto 1557 de 1.989 expedida a solicitud e insistencia del interesado a quien se le dio a conocer lo establecido en el DECRETO 4465 del 25-11-11 y ART. 7 del DECRETO LEY 019 de 2012 ley antitrámite. El (la) (los) compareciente(s) hace(n) constar que ha(n) verificado cuidadosamente su(s) nombre completo, estado civil y número de su documento de identidad declara(n) además que todas las informaciones consignadas en el presente instrumento son correctas y que, en consecuencia no habrá derecho a cambios una vez suscrito. Derechos Notariales, Resolución 0858 del 31 de Enero de 2018. Derechos Notariales $ 12.700 IVA $ 2.413 TOTAL $15.113. El Declarante (Fdo.) Segundo Rodulfo Laverde Montaña, C.C. 9.520.881 de Sogamoso. La Notaria Única, (Fdo.) Adriana Haydeé Mantilla Durán. Hay un sello. Junio 23/18. 4486985.

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JUZGADO PRIMERO CIVIL

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JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA ESPECIALIZADO PUBLICACIÓN. EDICTO No. 059.- EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE BUCARAMANGA - DEPARTAMENTO DE SANTANDER- COLOMBIA, de conformidad con el ART. 375 y 108 del Código General del Proceso. Proceso: DECLARACIÓN DE PERTENENCIA. Radicación: 6800 1312 1001- 2017- 00017-00 EMPLAZA: A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre predio denominado ‘LAS NUBES O MARTHA SANTA MARÍA EL LEÓN O SOGAMOSO‘ ubicado en la Vereda ‘MARTHA‘ del Municipio de ‘GIRÓN‘ Departamento de Santander, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 300- 24873 y cédula catastral 6830 7000000 1500 35000. A los emplazados se les hace saber que el bien recién reseñado es materia de un proceso DECLARATIVO DE PERTENENCIA (PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA DE DOMINIO) iniciado en este despacho por (se excluye el nombre por reserva), contra WILSON MUÑOZ MUÑOZ y GIOVANNY MUÑOZ MUÑOZ en calidad de propietarios de predio, a ECOPETROL S.A., en su condición de beneficiario de la servidumbre de oleoducto y tránsito con ocupación permanente petrolera dentro del predio, al señor DAVID ROJAS OLIVAR en calidad de arrendatario de 12 hectáreas del predio solicitado, CARLOS ANCIZAR GUZMÁN ROMERO en su condición de propietario inscrito del predio y demás PERSONAS INDETERMINADAS que se creen con igual derecho sobre el bien objeto de la Litis. Para los efectos de los artículos 375 y 108 del Código General del Proceso, se hace saber igualmente que la parte demandante debe proceder al emplazamiento en los términos previstos en este código y que además deberá instalar una valla de dimensión no inferior a un metro cuadrado, en lugar visible del predio objeto del proceso, junto a la vía pública más importante sobre la cual tenga frente o límite. La valla deberá contener los siguientes datos: a) La denominación del juzgado que adelanta el proceso; b) El nombre del demandante; c) El nombre del demandado; d) El número de radicación del proceso; e) La indicación de que se trata de un proceso de pertenencia; f) El emplazamiento de todas personas que creen tener derechos sobre el inmueble, para que concurran al proceso; g) La identificación del predio. Tales datos deberán estar escritos en letra de tamaño no inferior a siete (7) centímetros de alto por cinco (5) centímetros de ancho. Instalada la valla o el aviso el demandante deberá aportar fotografías del inmueble en las que se observe instalados hasta la audiencia de instrucción y juzgamiento. Inscrita la demanda y aportadas las fotografías por el demandante, el juez ordenará la inclusión del contenido de la valla o del aviso en el Registro Nacional de Procesos de Pertenencia que llevará el Consejo Superior de la Judicatura, por el término de un (1) mes, dentro del cual podrán contestar la demanda las personas emplazadas; quienes concurran después tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Se les advierte a los emplazados que cuentan con el término de QUINCE (15) DÍAS para concurrir al presente proceso, que se contarán a partir del momento en que quede surtido el emplazamiento, lo que acontecerá una vez venza el término de fijación de este EDICTO, en la Secretaría de este Juzgado, junto con la publicación por una (1) vez en un diario de amplia circulación nacional y local (TIEMPO y VANGUARDIA LIBERAL), y por medio de una radiodifusora local si la hubiera, o nacional a falta de esa, en las horas comprendidas entre las seis (6:00) de la mañana y las once (11:00) de la noche. Transcurridos los quince (15) días a partir del momento en que quede surtido el presente emplazamiento y en caso de no concurrencia de los emplazados, se les nombrará CURADOR AD-LITEM, para que haga valer sus derechos, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. En cumplimiento de la ley procesal, se fija el presente EDICTO en la Secretaría del Despacho el día veintisiete (27) octubre del dos mil diecisiete (2017). Secretario, (Fdo.) Fabián Villamizar Suárez. Junio 24/18. 8420.

EDICTO.- NOTARIA PRIMERA

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EDICTO.- NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión INTESTADA del causante: JUAN JOSÉ RUEDA DUARTE, quien en vida se identificó con la CC No. 2.207.735, fallecido el día 28 de Septiembre de 2011 en el municipio de Barrancabermeja (Santander), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de San Gil ( Santander). Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número 052 de fecha 20 días de JUNIO de dos mil DIECIOCHO (2018) se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTIUNO (21) de JUNIO de dos mil DIECIOCHO (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 am). La Notaria Primera, (Fdo.) Ángela Yolima Sánchez Acuña. Hay un sello. Junio 24/18, 4487580.

REPÚBLICA DE COLOMBIA

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REPÚBLICA DE COLOMBIA - RAMA JUDICIAL. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA, SANTANDER HACE SABER: Que en el proceso EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL No. 6827 6408 9003- 2015- 00534-00, promovido por PAOLA ANDREA CASTELLANOS BRAVO CC No. 37.548.236, acumulado con el proceso EJECUTIVO CON GARANTIAL REAL No. 6827 6408 9003- 2015- 00670-00, promovido por ROSINDA BAUTISTA DE JAIMES CC No. 28.353.547 contra JOSÉ LUIS SALCEDO VALBUENA CC No. 91.216.229 y NUBIA GÓMEZ FONSECA CC No. 63.273.220, se fijó la hora de las ocho (8:00) de la mañana del 08 de agosto de 2018, para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria No. 300-114995, de propiedad de NUBIA GÓMEZ FONSECA en una cuota parte del 50% y JOSÉ LUIS SALCEDO VALBUENA en una cuota parte del 50%, ubicado en el CONJUNTO MULTIFAMILIAR BUCARICA SECTOR: 20 Apto 427 BLOQUE 22-23/24 del municipio de Floridablanca, avaluado en la suma de CUARENTA Y SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($47.134.500). Será postura admisible la que cubra el 70% de dicho avalúo, previa consignación del 40% como porcentaje legal para poder licitar. Dentro del proceso radicado 2015-670 se encuentra designado como secuestre: RAMÍREZ JAIMES ELISEO, CL. 29 # 4-46 B. GIRARDOT 6306029. Dentro del proceso radicado 2015-534 se encuentra designado como secuestre: LAGOS CAMARGO SARA, CL. 29 # 4-46 B. GIRARDOT 6306029. Para los efectos del Art. 450 del C.G.P., se publicará por una vez en un periódico de amplía circulación de la región y en una radiodifusora local. El listado se publicará el domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Las constancias respectivas se allegarán en su oportunidad al proceso. Floridablanca, veinticinco (25) de abril de dos mil dieciocho (2018). Secretaria, (Fdo.) Mónica Andrea Canini Martínez. Junio 24/18. 4487773.

AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- Proceso: EJECUTIVO SINGULAR. Radicado: 68001- 40- 03- 011- 2005- 00709-01. Demandante: MARÍA CECILIA BECERRA ALFONSO C.C. 37.802.707. Demandado: JAIME GARZÓN RUIZ C.C. 91.200.421. EL JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA CÓD. 680014303702 HACE SABER: Que dentro el proceso EJECUTIVO SINGULAR radicado 68001- 40- 03- 011- 2005- 00709-01 instaurado por MARÍA CECILIA BECERRA ALFONSO contra JAIME GARZÓN RUIZ, mediante providencia de fecha 10 de mayo de 2018 se ha señalado el día NUEVE (09) de JULIO de DOS MIL DIECIOCHO (2018) a las DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 a.m.) para llevar a cabo la diligencia de Remate de la cuota parte equivalente al (12.22%) del bien inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 300-207678 ubicado en el Edificio Mirador del Centro Primera Etapa Apto 802, Calle 39 No. 19-44 del Municipio de Bucaramanga y la cuota parte equivalente al (12.22%) del bien inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 300-207655 ubicado en el Edificio Mirador del Centro Primera Etapa local 2, Calle 39 No. 19-52 del Municipio de Bucaramanga, de propiedad de la parte demandada JAIME GARZÓN RUIZ identificada con cédula de ciudadanía No. 91.200.421. Los inmuebles se encuentran debidamente embargados, secuestrados y avaluados en la suma de $47.706.880, será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es $ 33.394.816, previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir $ 19.082.752 y $45.621.333, será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es $ 31.934.933, previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir $18.248.533, respectivamente, a órdenes del JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, Oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario No. 6800 1204 1802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora, la cual se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ubicada en la Carrera 10 No. 35-30 de esta ciudad. El secuestre REINALDO PLATA PÍNILLA puede ser ubicado en Boulevar Bolívar No. 18-25. La parte demandante deberá allegar el CERTIFICADO DE LIBERTAD Y TRADICIÓN, expedido dentro del mes anterior a la fecha fijada para la subasta. Se informa a los interesados que en realizar posturas para la diligencia, que las mismas podrán ser presentadas en la dependencia de recepción de memoriales del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal, en los términos y oportunidades señaladas en los artículos 451 y 452 del C. G. del P. Se libran copias para su publicación, la cual se hará mediante inclusión en un listado que se publicará el día DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, tal como lo dispone el Artículo 450 del C.G.P. Se expide el presente aviso, a los veintidós (22) días del mes de junio de dos mil dieciocho (2018), en la ciudad de Bucaramanga. Atentamente, (Fdo.) Diana Marcela Mejía Rodríguez, Asistente Administrativo Grado 5. Hay un sello. Junio 24/18. 4487802.

EJECUTIVO HIPOTECARIO DE

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EJECUTIVO HIPOTECARIO DE MENOR CUANTÍA.- Radicación: 2015-00009. Los Santos, veinticinco (25) de mayo de dos mil dieciocho (2018). 1. El apoderado del extremo ejecutante solicitó señalar fecha y hora para la diligencia de remate del inmueble. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 444 del C.G.P., se tendrá como avalúo el presentado por el perito designado por el Despacho, el cual ya se encuentra en firme. El avalúo presentado corresponde al ciento por ciento (100%) del inmueble en la suma de CIENTO CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($ 145.000.000.oo). 3. En acatamiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 448 del C.G.P. efectuado el control de legalidad sobre la actuación no se observa irregularidad alguna que pueda acarrear en nulidad. 4. Como consecuencia de lo anterior y en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 450 del C.G.P. DISPONE señalar la hora de las diez de la mañana (10.00 a.m.) del día jueves doce (12) de julio de dos mil dieciocho (2018), con el fin de llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble legalmente embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO DE MENOR CUANTÍA con Radicado 6841 8408 9001- 2015- 00009-00 de este estrado judicial, inmueble denominado EL MANGO e identificado con matrícula inmobiliaria 314-21169. 5. La licitación comenzará en la fecha y hora indicados para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas tendientes a la adquisición del bien subastado, el cual además deberá contener el depósito del 40% previsto en el artículo 451 del C.G.P., suma equivalente a CINCUENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS ($ 58.000.000.oo), siendo la base de la licitación el 70% del avalúo dado al bien, que equivale a la suma de CIENTO UN MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($101.500.000.oo). 6. Para anunciar al público el almoneda deberá la parte interesada incluido en un aviso el día domingo en el periódico VANGUARDIA LIBERAL de la ciudad de Bucaramanga, por una sola vez, publicación que deberá efectuarse con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. El aviso deberá cumplir con las exigencias contenidas en el artículo 450 del C.G.P. esto es, fecha y hora en que se abrirá la licitación bienes materia de remate, con indicación de matrícula de su registro y dirección y lugar de ubicación, avalúo del grupo de bienes, número de radicación del expediente, juzgado que hará el remate, nombre, dirección y número de teléfono del secuestre que mostrará los bienes y porcentaje que deba consignarse para hacer postura. 7. Deberá el interesado acreditar la publicación en prensa y allegar certificado de tradición y libertad del inmueble expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. NOTIFÍQUESE. Juez, (Fdo.) René Leonardo Díaz Ortega. Hay un sello. Junio 24/18. 4487828.

EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la Liquidación de la herencia de JOSÉ BERNARDO DE JESÚS VALENZUELA ANGARITA, cédula de ciudadanía No. 19.130.469, fallecido el día 22 de mayo de 2.018 en Piedecuesta S., siendo Bucaramanga S., el lugar del asiento principal, de sus negocios, mediante solicitud presentada por JORGE EDUARDO VALENZUELA ANGARITA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.182.151, obrando en causa propia, como único heredero. Aceptado el presente trámite mediante acta No. 78 de fecha 16 de junio de 2.018, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional, su difusión por una vez en una emisora de este municipio y su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 3 del decreto 902 de 1.988. Para constancia se fija el presente edicto en la cartelera pública de esta Notaría a las 8.00 A.M., del día 16 de junio de 2.018. Notario Quinto, (Fdo.) Marco Tulio Sinisterra Hurtado. Junio 24/18. 4487914.

EL CURADOR URBANO

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EL CURADOR URBANO No. 2 DE FLORIDABLANCA- Arquitecto Roger Alexander Forero Hidalgo, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmuble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que MARIA DEL TRANSITO FIGUEREDO MATEUS, JOSE GABRIEL BECERRA HIGUERA ha(n) solicitado una licencia de AMPLIACION radicada con el número 68276-2-18-0100, sobre el(los) predio(s) No. 68276-01-01-0058-0026-000, ubicado(s) en la CARRERA 8 7-58/60/62 CASCO ANTIGUO, del Municipio de Floridablanca, para: AMPLIACION DE EDIFICACION PARA VIVIENDA. La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados o permanecen cerrados. Junio 24/ 2018. 4488017.

EL JUZGADO NOVENO

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EL JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las PERSONAS que tengan créditos con títulos de ejecución contra LUIS IGNACIO BALAGUERA ORTIZ identificado con C.C. 91.263.885. Para que comparezcan a hacerlos valer sean o no exigibles mediante acumulación de sus demandas, conforme al artículo 463 del C.G.P. al proceso EJECUTIVO identificado con radicado 6800 1400 3009 201500 65400 adelantado por BANCOLOMBIA acumulado CISA S.A. en el JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, dentro de los cinco (5) días siguientes a la expiración del término del emplazamiento. Junio 24/18. 475.

EL JUZGADO OCTAVO

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EL JUZGADO OCTAVO CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las PERSONAS que tengan créditos con títulos de ejecución contra JES CORPORATION LTDA., identificada con NIT 900185926-3. Para que comparezcan a hacerlos valer sean o no exigibles mediante acumulación de sus demandas, conforme al artículo 463 del C.G.P. al proceso EJECUTIVO identificado con radicado 6800 1402 3008 201500 13500 adelantado por BANCO DE OCCIDENTE acumulado CISA S.A. en el JUZGADO OCTAVO CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, dentro de los cinco (5) días siguientes a la expiración del término del emplazamiento. Junio 24/18. 474.
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