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MIGUEL ANGEL DURAN.....

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MIGUEL ANGEL DURAN.....

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PROCESO: EJECUTIVO PRENDARIO

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PROCESO: EJECUTIVO PRENDARIO RADICADO: 6800140030222 0160018500 DEMANDANTE: BANCO DAVIVIENDA S.A_NIT. 860034313-7 DEMANDADO: JOSE LUIS PEÑARANDA PARRA C.C.91.509.210 AVISO DE REMATE: EL JUZGADO SEPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER Que, dentro el proceso EJECUTIVO PRENDARIO radicado bajo el No.6800140030222 0160018500 instaurado por BANCO DAVIVIENDA S.ANIT. 860034313-7, contra JOSE LUIS PEÑARANDA PARRA C.C. 91.509.210, mediante auto de fecha 10 de Julio de 2017, se ha señalado el DÍA VIERNES DIECISIETE (17) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE (2017) A LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) Para llevar a cabo la diligencia de remate del vehículo de placa CDM-638 Marca Mitsubishi. Modelo 2007 Clase Camioneta, Línea Sportero 2.5 DSL AUT, Color Blanco Solido, Servicio Particular, Motor 4D56UCAP8501, Chasis MMBJRKB407D106008, de propiedad de JOSE LUIS PEÑARANDA PARRA C.C. 91.509.210 El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($26.400.000), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($18.480.000), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($10.560.000), a órdenes del JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No 680012041802 de la ciudad. La licitación comenzara a la hora señalada y no se cerrara sino transcurrida una hora. La parte demandante deberá allegar certificado de Libertad y Tradición el cual deberá ser expedido dentro de los 30 días anteriores a la fecha de la diligencia de remate. El secuestre RAUL MANRIQUE BOHORQUEZ, puede ser ubicada en la Calle 20 N° 24-39, Piso 3, Barrio San francisco del municipio de Bucaramanga. Igualmente se le informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014, el artículo 7 de la ley1987, el impuesto que se consigna a órdenes del Consejo Superior de la Judicatura es de un 5% Y TAMBIEN DEBERA CONSIGNAR EL 1% DE LA RETENCION DE LA FUENTE. Por otro lado, se exhorta a los postores para que las posturas sean presentadas en sobre cerrado en el DEPARTAMENTO DE RECEPCION DE MEMORIALES del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de esta ciudad, dentro de la hora estipulada en el artículo 452 del Código General del Proceso. Se expiden copias para su publicación, la cual se hará mediante inclusión en un listado que se publicara EL DIA DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, tal como lo dispone el Artículo 450 del C.G.P. Hoy diez (10) de agosto de dos mil diecisiete (2017). Cordialmente, (Fdo.) LAURA FERNANDA FORERO PICON Auxiliar Administrativo Grado 5. 4354603. Oct15/2017.

PROCESO: EJECUTIVO PRENDARIO RADICADO: 6800140030222 0160018500 DEMANDANTE: BANCO DAVIVIENDA S.A_NIT. 860034313-7 DEMANDADO:

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JUZGADO PROMISCUO DEL

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JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SARAVENA (A) Carrera 16 No. 25-68 Barrio Centro Telefax (7) 8891000. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO ÚNICO PROMISCUO DEL CIRCUITO RADICADO EN SARAVENA COMUNICA: Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO radicado al No. 2012-00236-00 instaurado por el INSTITUTO DE DESARROLLO DE ARAUCA -IDEAR- contra AVELINO CALDERÓN SÁNCHEZ y OTRO, se ha señalado la hora de las nueve de la mañana (9:00 a.m.) del día miércoles seis (06) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), para llevar a cabo la diligencia de REMATE del siguiente inmueble embargado, secuestrado y avaluado. 1) Predio urbano ubicado en la Carrera 14 No. 30-33-35-34 del Municipio de Saravena (Arauca), matrícula inmobiliaria No. 410-2674 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Arauca (Arauca), Registro Catastral # 817360 10100 900007000, y demarcado por los siguientes linderos. NORTE: En 32 metros con Gilberto N. SUR: En 32 metros con Abelardo González; ORIENTE: En 8 metros con la vía pública Carrera 14 y; OCCIDENTE: En 8 metros con José Alben Lozano y encierra para un área total de 256 metros cuadrados. El bien inmueble a rematar fue avaluado en la suma de 1) $76.583.386,oo; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo del bien a rematar por ser primera licitación y previa consignación del 40% del mismo, Artículo 526 del C.P.C., debiendo publicarse por aviso, con antelación no inferior a Diez días a la fecha del REMATE en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la localidad, allegando al expediente copia de la página del diario y la certificación de la transmisión, y además, se debe allegar un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro de los cinco (05) días anteriores a la fecha prevista para la diligencia de REMATE. La diligencia de REMATE empezará en la fecha y hora señaladas y transcurrida una (1) hora el Juez abrirá los sobres y leerá, en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos del Art. 34 de la Ley 1395/10 que modificó el Art. 527 del C. de P.C. y adjudicará al mejor postor el bien materia de remate, advirtiéndole al rematante que dentro de los tres (3) días siguientes a la diligencia de remate deberá consignar el saldo del precio del valor del remate, por consignación a órdenes de este Juzgado en el Banco Agrario de Colombia S.A. de este Municipio, igualmente deberá presentar el recibo de pago del impuesto del 5% que prevé el Art. 12 de la ley 1743 de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 529 del C.P.C., modificado por el Art. 59 de la Ley 794/2003, al número de cuenta dispuesto para el mismo. Para los efectos del Art. 525 del C.P.C., modificado por el Art. 55 de la Ley 794/ 2.003, hoy lunes, nueve (09) de octubre del dos mil diecisiete (2017), se fija el presente AVISO DE REMATE, en un lugar público de la Secretaría del Juzgado Único Promiscuo del Circuito radicado en Saravena, Arauca, por el término de diez (10) días, y sendas copias serán entregadas a la parte actora para su publicación y por una sola vez, en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la localidad. Secretario (Fdo.) Carlos Eduardo Roa Ruiz. Oct. 15/17. 4354045.

JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SARAVENA (A) Carrera 16 No. 25-68 Barrio

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE JESÚS MARÍA SANTANDER. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico para el trámite Notarial de la Sucesión Intestada de la causante CELIA PUENTES DE PUENTES (q.e.p.d.), identificada en vida con la cédula de ciudadanía No. 28.195.078 de La Belleza. Siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de La Belleza Santander; quien falleció el día cinco (5) de Julio de 1994 en la ciudad de Bogotá. Aceptado el trámite correspondiente mediante Acta número cero Veinte (020) del veinte (20) de noviembre de 2017. Se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación y en la emisora local del municipio de La Belleza Santander si la hubiese, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 del 10 de Mayo de 1988, además se ordena su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veinte (20) de Noviembre de 2.017 siendo las ocho (8:00 a.m.). El Notario Único (Fdo.) Dr. Edwin Eduardo Garavito Mendoza. Hay un sello. Dic. 4/17. 4386931.

EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE JESÚS MARÍA SANTANDER. EMPLAZA:

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EDICTO.- EL NOTARIO

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EDICTO.- EL NOTARIO ÚNICO (E) DEL CÍRCULO DE PIEDECUESTA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, dentro del trámite notarial y liquidación sucesoral del causante MARTÍN ENRIQUE REYES MANTILLA portador de la cédula de ciudadanía número 91.343.420 cuyo último domicilio fue el municipio de Piedecuesta y quien falleció en Piedecuesta en noviembre 9 de 2016. Aceptando el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número 01 de fecha enero 02 de 2018. Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la ciudad, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o del decreto 902 de 1.988 ordenándose además su fijación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. Piedecuesta, enero 03 de 2018. El Notario Único (E), (Fdo.) Daniel Enrique Rueda Pinilla. Enero 28/18. 4409868.

EDICTO.- EL NOTARIO ÚNICO (E) DEL CÍRCULO DE PIEDECUESTA EMPLAZA: A todas

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EDICTO.- EL NOTARIO

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EDICTO.- EL NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PUENTE NACIONAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite Notarial de Liquidación de la herencia en la Sucesión Intestada de la causante señora MARÍA URSULA VELASCO quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.177.053 Guavatá, fallecida en TUNJA, BOYACÁ el día treinta (30) de MARZO de dos mil catorce (2014) quien tuvo como domicilio principal el municipio de Puente Nacional. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante ACTA número CERO CERO SEIS (006) de fecha SEIS (06) de Febrero de dos mil dieciocho (2018) se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional, que elijan los interesados y en la Radiodifusora local Voz de Sorocotá, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero (3°) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy Siete (07) de Febrero del año Dos Mil dieciocho (2018) siendo las 7.30 AM. El Notario (Fdo.) Dr. Misael Pardo Roncancio. Hay un sello. Febrero 9/18. 4414225.

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Proceso: EJECUTIVO HIPOTECARIO.

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Proceso: EJECUTIVO HIPOTECARIO. Radicado: 6800-1400- 3014- 201300- 53801. Demandante: JORGE ENRIQUE PAREJA MANTILLA C.C. 13.809.138. Demandado: LUCILA VILLAMIZAR VARELA C.C. 1.098.628.713. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA SANTANDER HACE SABER: Que dentro el proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO radicado bajo el No. 6800- 1400- 3014- 201300- 53801 instaurado por JORGE ENRIQUE PAREJA MANTILLA C.C. 13.809.138 contra LUCILA VILLAMIZAR VARELA C.C. 1.098.628.713, mediante auto de fecha 7 de septiembre de 2017, se ha señalado el día VIERNES DIECISÉIS (16) DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018) a las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 AM), para llevar a cabo la diligencia de remate de la cuota parte del 62.5% del predio urbano ubicado en Calle 9 N° 25-20 Barrio La Sevillana de esta ciudad, identificado con folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-27755 y número predial 01- 03- 00- 00- 0207- 0003-0- 00- 00- 0000, de propiedad de LUCILA VILLAMIZAR VARELA C.C. 1.098.628.173. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($ 249.372.301), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($174,560.610,7), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($99.748.920,4), a órdenes del JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 6800 1204 1802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora. La parte demandante deberá allegar certificado de Libertad y Tradición del inmueble el cual deberá ser expedido dentro de los 30 días anteriores a la fecha de la diligencia de remate. El secuestre EDGAR MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, quien puede ser ubicado en la Transversal 62 N° 6-29 Bucaramanga. Igualmente se le informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014, el artículo 7 de la ley 1987, el impuesto que se consigna a órdenes del Consejo Superior de la Judicatura es de un 5% y también deberá consignar el 1% de la retención de la fuente. Por otro lado, se exhorta a los postores para que las posturas sean presentadas en sobre cerrado en el DEPARTAMENTO DE RECEPCIÓN DE MEMORIALES del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de esta ciudad, dentro de la hora estipulada en el artículo 452 del Código General del Proceso. Se expiden copias para su publicación, la cual se hará mediante inclusión en un listado que se publicará el día DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, tal como lo dispone el Artículo 450 del C.G.P. Hoy diecisiete (11) de septiembre de dos mil diecisiete (2017). Cordialmente, (Fdo.) Laura Fernanda Forero Picón, Auxiliar Administrativo Grado 5 Carrera 10a número 35-30 Centro Bucaramanga. Hay un sello. Feb. 4/18. 4414234.

Proceso: EJECUTIVO HIPOTECARIO. Radicado: 6800-1400- 3014- 201300- 53801. Demandante: JORGE ENRIQUE PAREJA

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CONSEJO SUPERIOR DE

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CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL BUCARAMANGA CÓD. 6800 1430 3701. Proceso: EJECUTIVO SINGULAR. Radicado: 6800 1400 3003 201200 67901. Demandante: CARLOS HERNÁNDEZ CÁCERES C.C. No. 91.235.906. Demandado: NÉSTOR REYES BARRAGÁN C.C. No. 91.226.246. AVISO DE REMATE.- HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR instaurado por CARLOS HERNÁNDEZ CÁCERESA, contra NÉSTOR REYES BARRAGÁN mediante providencia de fecha (22) de Junio de (2018), se ha señalado el día VEINTIDÓS (22) DE AGOSTO de (2018) A LAS DOS (2:00 P.M.), para llevar a cabo la diligencia de remate de: La CUOTA parte (50%) sobre el bien inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria número 321-27907 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, de propiedad del demandado NÉSTOR REYES BARRAGÁN. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($78.860.000.oo), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($55.202.000.oo), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($31.544.000.oo). La CUOTA PARTE (50%) sobre el bien inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria número 321-27903 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga de propiedad del demandado NÉSTOR REYES BARRAGÁN. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($ 252.650.000.oo), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($ 176.855.000.oo), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($ 101.106.000.oo). La CUOTA PARTE (50%) sobre el bien inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria número 321-31123 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga de propiedad del demandado NÉSTOR REYES BARRAGÁN. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de ($ 19.800.000.oo), será base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien esto es ($ 13.860.000.oo), previa consignación al cuarenta por ciento (40%) del mismo, es decir ($7.920.000.oo). A órdenes del JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario NO. 6800 1204 1802 de la ciudad. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora. La parte demandante deberá allegar el Certificado de Libertad y Tradición expedido dentro del mes anterior a la fecha fijada para la subasta. El secuestre HUGO SUÁREZ CORTÉS puede ser ubicado en la Oficina Apoyo Judiciales del Municipio del Socorro. Se expiden copias para su publicación, la cual se hará mediante inclusión en un listado que se publicará el día DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, tal como lo dispone el Artículo 450 del C.G.P. Hoy tres (3) de Julio de (2018). El Secretario (Fdo.) Francisco Eduardo Manosalva Naranjo, Asistente Administrativo Grado 5. Hay un sello. Julio 8/18. 4482706.

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL BUCARAMANGA

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EDICTO.- EL JUZGADO

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EDICTO.- EL JUZGADO TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL DE PIEDECUESTA CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso Ordinario de PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA radicado al Nro. 2015-00187-00, que se adelanta en este Despacho promovido por YURI PAOLA NIÑO CAÑÓN contra ANA DEL CARMEN ESPINEL y a los colindantes del inmueble sometido a saneamiento, identificado con folio 314-16391, ubicado en la Diagonal 13 transversal 11B-03 Manzana L, Lote 12, urbanización Nueva Candelaria tercera etapa de Piedecuesta. Para los fines indicados en el Art. 407, numeral 7 del CPC, se fija el presente edicto en lugar público de la secretaría por el término de veinte días y se publicará por dos veces en el diario Vanguardia Liberal y en la Cadena Radial Caracol, con intervalos no menores a cinco (5) días. Se libra en Piedecuesta a los cinco días del mes de Junio de dos mil quince. Secretario, (Fdo.) Antonio María Serrano Plata. Hay un sello. Julio 29/18. 4501635.

EDICTO.- EL JUZGADO TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL DE PIEDECUESTA CITA Y EMPLAZA: A

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EL JUZGADO PRIMERO

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EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho al ejercicio de la GUARDA de la señora IRENE GUERRA LEÓN C.C. 63.467.038 expedida en Barrancabermeja, dentro del proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL Y GUARDA, que se adelanta en este Juzgado radicado No. 2017-00057-00, por intermedio de apoderada judicial a petición del señor JOSÉ ARCE BÁEZ. Para efectos legales y en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 586 del Código General del Proceso, se ordena publicar este EMPLAZAMIENTO por una vez en un periódico de amplia circulación nacional (El Tiempo o Vanguardia Liberal) en día domingo. Barrancabermeja, 14 de agosto de 2017. Secretaria (Fdo.) Luz Adriana Mendoza Flórez. Agosto 12/18. 4508188.

EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA: A todas las

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE MONIQUIRÁ EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de la liquidación de la Sociedad Conyugal y de la Sucesión Intestada de DILMA YOLIMA RODRÍGUEZ ESTRADA, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 52.205.833 y falleció el día 09 de Septiembre de 1998 en la ciudad de Bogotá, siendo Moniquirá su último domicilio. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 50 de fecha 10 de Agosto del 2018, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Decreto 902 de 1.988 Artículo 3º Numeral 3) ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy 10 de Agosto de 2018. (Fdo.) Soledad Negrelli Ordóñez Notaria Primera de Moniquirá. Hay un sello. Agosto 14/18. 4513600.

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO NOTARIAL DE CIMITARRA SANTANDER CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 3º DEL DECRETO 902 DE 1988 EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el trámite notarial de la liquidación de la Sucesión Intestada de la causante: MARÍA ÁGUEDA RODRÍGUEZ CONTRERAS, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 28.781.568 expedida en Honda Tolima, fallecida en el municipio de Puerto Boyacá, el día 15 del mes de abril de 2018, según consta en el Registro Civil de Defunción con Indicativo Serial 05992390 expedido por la Registraduría Municipal de Mariquita Tolima habiendo sido el municipio de Cimitarra el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus bienes y negocios. El trámite notarial fue aceptado en esta notaría mediante Acta número CERO VEINTE (020) de fecha NUEVE (9) del mes de AGOSTO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018). En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3) del decreto 902 de 1988 y el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil se fija el presente Edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para que se publique en un periódico de amplia circulación y se difunda en una radiodifusora de la localidad y su fijación en un lugar visible de la Notaría Única del Círculo Notarial de Cimitarra. El presente Edicto se fecha y se fija en Cimitarra, Santander, a los DIEZ (10) días del mes de AGOSTO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018) siendo las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.). El Notario (Fdo.) Hugo Hernández Flórez. Hay un sello. Agosto 14/18. 4513598.

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE MONIQUIRÁ EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de la Sucesión Intestada del causante HERMENEGILDO LEÓN, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 4.035.977 de Tunja, y falleció el día 06 de Octubre de 2008 en la ciudad de Bogotá, siendo Chitaraque su último domicilio. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 47 de fecha 30 de JULIO del 2.018, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Decreto 902 de 1.988 Artículo 3º Numeral 3) ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy, 30 de Julio de 2018. (Fdo.) Soledad Negrelli Ordóñez Notaria Primera de Moniquirá. Hay un sello. Agosto 14/18. 4513597.

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL

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EDICTO EMPLAZATORIO.- EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO NOTARIAL DE CIMITARRA SANTANDER CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 3º DEL DECRETO 902 DE 1988 EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el trámite notarial de la liquidación de la Sociedad Conyugal y Sucesión Intestada de la causante: RUTH MARINA AGUDELO MURCIA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 63.251.452 Fallecida en el municipio de FLORIDABLANCA SANTANDER EL DÍA VEINTE (20) DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (2015), según consta en el Registro Civil Defunción de Indicativo Serial número 07094054 de la Notaría Primera del Círculo Notarial de Floridablanca Santander, siendo Cimitarra, Santander el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus bienes y negocios. El trámite notarial fue aceptado en esta notaría mediante Acta número CERO VEINTIUNO (021) de fecha DIEZ (10) del mes de AGOSTO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018). En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3) del decreto 902 de 1988 y el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil se fija el presente Edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para que se publique en un periódico de amplia circulación y se difunda en una radiodifusora de la localidad y su fijación en un lugar visible de la Notaría Única del Círculo Notarial de Cimitarra. El presente Edicto se fecha y se fija en Cimitarra, Santander, a los TRECE (13) días del mes de AGOSTO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018) siendo las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.). El Notario (Fdo.) Hugo Hernández Flórez. Hay un sello. Agosto 14/18. 4513596.

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión INTESTADA de los causantes: GILMA ALCIRA ALMEIDA DE RANGEL quien en vida se identificó con la C.C. No. 28.383.712, fallecida el día 15 de MAYO de 2003 en el municipio de San Joaquín y de ANTONIO RANGEL PEÑALOZA quien en vida se identificó con la C.C. No. 2.171.248, fallecido el día 04 de JULIO de 2015 en el municipio de San Gil Santander, siendo el último domicilio y negocio principal de sus negocios el municipio de SAN GIL (Santander). Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número 085 de fecha 13 de AGOSTO de dos mil DIECIOCHO (2018) se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación Nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy TRECE (13) de AGOSTO de dos mil DIECIOCHO (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 am). La Notaria Primera (Fdo.) Ángela Yolima Sánchez Acuña. Hay un sello. Agosto 14/18. 4513584.

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE VÉLEZ SANTANDER. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico el trámite Notarial de la liquidación de la Sucesión Intestada de la causante: DOLORES ARIZA DE ARIZA C.C. No. 28.474.229 de Vélez, quien falleció el día 15 de Octubre de 2015 en el Municipio de Vélez Santander, siendo el municipio de Vélez Santander su asiento principal de sus negocies. Aceptado el trámite correspondiente mediante Acta Número 73 de fecha Treinta (30) de Noviembre de 2017. Se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación y en la Emisora local de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 del 10 de Mayo de 1988, además se ordena su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy Ocho (08) de Agosto de 2018, siendo las 8 A.M. La Notaria Segunda (Fdo.) María Nelly Díaz Roa. Hay un sello. Agosto 14/18. 4513568.

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EDICTO.- EL SUSCRITO

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EDICTO.- EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, dentro del trámite notarial de liquidación de la sucesión conjunta de los causantes RAMÓN JESÚS PÉREZ PRADA, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 13.814.947, quien falleció el día 20 de julio de 2006 en Mutiscua (Norte de Santander), siendo Bucaramanga la ciudad de su último domicilio y MERCEDES GARCÍA DE PÉREZ, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 37.826.591, quien falleció el día 19 de junio de 2018 en Piedecuesta (Santander), siendo la ciudad de Bucaramanga, el lugar de su último domicilio. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 037 de fecha nueve (09) de agosto del año dos mil dieciocho (2018), se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora de esta ciudad, así como su fijación por el término de diez (10) días en un sitio visible de la Notaría, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989. El presente Edicto se fija hoy diez (10) de agosto del año dos mil dieciocho (2018) a las 8:00A.M. El Notario Segundo (E) Manuel de Jesús Rodríguez Angarita. Rad: 201803867. Hay un sello. Agosto 14/18. 4513533.

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EDICTO.- LA SUSCRITA

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EDICTO.- LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUACHICA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de Liquidación Sucesoral de la causante CARMENZA MANOSALVA BARBOSA, identificada con la cédula de ciudadanía número 36.501.310, cuyo último domicilio fue en el Municipio de Aguachica, quien falleció el 28 de Junio de 2015, en el municipio de Aguachica, Departamento del Cesar. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA número 039 de fecha 08 de Agosto de 2018, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3°. Del Decreto 902 de 1.988 y del parágrafo del artículo 1o. del Decreto 1.729 del 3 de Agosto de 1.989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el Término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy nueve (09) días de Agosto de dos mil Dieciocho (2018), siendo las 7:30 A.M. Notaria Encargada (Fdo.) Leticia Naranjo Ríos. Hay un sello. Agosto 14/18. 6974.

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EDICTO.- LA NOTARIA

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EDICTO.- LA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE SAN GIL SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión INTESTADA del causante: JOSÉ ABDUL GÓMEZ FERNÁNDEZ, quien en vida se identificó con la C.C. No. 5.783.712 de Valle de San José, fallecido el día 02 de Febrero de 2016 en el municipio de Valle de San José (Santander), siendo su último asiento y domicilio principal de sus negocios el municipio de Valle de San José (Santander). Aceptado el trámite respectivo mediante Acta número 084 de fecha 09 de AGOSTO de dos mil DIECIOCHO (2018) se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación Nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy DIEZ (10) de AGOSTO de dos mil DIECIOCHO (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 am). La Notaria Primera (Fdo.) Ángela Yolima Sánchez Acuña. Hay un sello. Agosto 14/18. 4513039.

EDICTO.- EL NOTARIO

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EDICTO.- EL NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PUENTE NACIONAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite Notarial de Liquidación de la herencia en la Sucesión Intestada de la causante señora MARÍA URSULA VELASCO quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.177.053 Guavatá, fallecida en TUNJA, BOYACÁ el día treinta (30) de MARZO de dos mil catorce (2014) quien tuvo como domicilio principal el municipio de Puente Nacional. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante ACTA número CERO CERO SEIS (006) de fecha SEIS (06) de Febrero de dos mil dieciocho (2018) se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional, que elijan los interesados y en la Radiodifusora local Voz de Sorocotá, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero (3°) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy Siete (07) de Febrero del año Dos Mil dieciocho (2018) siendo las 7.30 AM. El Notario (Fdo.) Dr. Misael Pardo Roncancio. Hay un sello. Febrero 9/18. 4414225.

EDICTO.- EL NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PUENTE NACIONAL EMPLAZA: A todas

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