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AVISO DE REMATE

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AVISO DE REMATE CONTRA JORGE EDILBERTO ROJAS RIOS

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AVISO REMATE JULIETA

REMATE CONTRA OSCAR

REMATE CONTRA HERIBERTO

Proceso: EJECUTIVO HIPOTECARIO.

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Proceso: EJECUTIVO HIPOTECARIO. RADICADO: 68001-40 -03-016- 2017-00506- 01. Demandante: BANCO CAJA SOCIAL S.A. NIT. 860007335-4. Demandados: JULIO CÉSAR PINTO CÁRDENAS C.C. No. 13.874.409. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO QUINTO CIVIL DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO radicado 68001-14 -03-016- 2017-00506- 01 adelantado por BANCO CAJA SOCIAL S.A. contra JULIO CÉSAR PINTO CÁRDENAS, mediante auto de fecha 25 de Noviembre de 2019 se ha señalado el día JUEVES 06 DE FEBRERO DE 2020 A LAS 02:30 PM para llevar acabo la diligencia de remate del predio urbano ubicado en CALLE 3 No. 15-63 APARTAMENTO 802 TORRE 1 CONJUNTO SOLERI PARQUE RESIDENCIAL PRIMERA ETAPA DEL BARRIO CHAPINERO DEL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 300-389802 de propiedad de JULIO CÉSAR PINTO CÁRDENAS avaluado en la suma de $ 121.200.000.00. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de $121.200.000.00 será base de la licitación el 70% del avalúo del bien esto es $84.840.000.00, previa consignación del 40% del mismo, es decir $48.480.000.00, a órdenes de la oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario de Colombia de la forma prevista en los artículos 448 del Código General del Proceso. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará si no trascurrida una hora, la cual se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ubicada en la carrera 10 No. 35-30 de esta ciudad. El secuestre LUZ MIREYA AFANADOR AMADO puede ser ubicada en la Carrera 13 No. 35-10 Oficina 307 Edificio El Plaza de la ciudad de Bucaramanga Tel. 6540729 316 864 8429. Se expiden copias para su publicación, la cual se hará mediante inclusión en un listado que se publicará EL DÍA DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO, EL FRENTE o LA REPÚBLICA, tal como lo dispone el artículo 450 del C.G del P. Diciembre 18 de 2019. (Fdo.) Julián Serrano Silva Apoderado Judicial. Ene. 19/20. 4712811.

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AVISO DE REMATE

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AVISO DE REMATE contra JOSE PORFIRIO UCEDA CALA

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Proceso: EJECUTIVO SINGULAR.

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Proceso: EJECUTIVO SINGULAR. RADICADO: 680014- 003-004 -2017-00682- 01. Demandante: BANCOLOMBIA NIT. 890.903.938-8. Demandados: MANUEL RINCÓN GONZÁLEZ C.C. No. 13.834.615. AVISO DE REMATE. EL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR DE MENOR CUANTÍA radicado 680014- 003-004- 2017-00682-01 adelantado por BANCOLOMBIA S.A., contra MANUEL RINCÓN GONZÁLEZ mediante auto de fecha 11 de Diciembre de 2019 se ha señalado el día 04 DE FEBRERO DE 2020 A LAS 08:00 AM para llevar acabo la diligencia de remate del predio rural ubicado en LA FINCA LA LOMA FRACCIÓN BUENA VISTA VEREDA RETIRO GRANDE DE LA CIUDAD DE BUCARAMANGA, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 300-3668 de propiedad de MANUEL RINCÓN GONZÁLEZ avaluado en la suma de $445.099.000. El inmueble se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de $445.099.000 será base de la licitación el 70% del avalúo del bien esto es $311.569.300, previa consignación del 40% del mismo, es decir $178.039.600, a órdenes de la oficina de Ejecución Civil Municipal en la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario de Colombia de la forma prevista en los artículos 448 y 451 del Código General del Proceso. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará si no trascurrida una hora, la cual se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ubicada en la carrera 10 No. 35-30 de esta ciudad. El secuestre JAVIER GIOVANNY RODRÍGUEZ RUEDA puede ser ubicado en la Calle 37 No. 26-15 de la Ciudad de Bucaramanga, Teléfono 6358376, celular 310 232 3063. Se expiden copias para su publicación, la cual se hará mediante inclusión en un listado que se publicará EL DÍA DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o el FRENTE, tal como lo dispone el artículo 450 del C.G del P. Diciembre 18 de 2019. (Fdo.) Julián Serrano Silva Apoderado Judicial. Ene. 19/20. 4712808.

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AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE BARRANCABERMEJA HACE SABER: Que dentro del proceso Ejecutivo con Garantía Real (Hipoteca) adelantado por TITULARIZADORA COLOMBIANA S.A. NIT No. 830.089.530-6 a través de apoderado judicial contra MYRIAM CONSUELO MATEUS BLANCO C.C. 63.435.321, se ha decretado el remate del inmueble de propiedad de la referida demandada. Para dichos efectos se hace saber al público los siguientes datos de conformidad con el artículo 450 del C.G.P.: Fecha y Hora de la licitación: CINCO (05) DE FEBRERO DE 2020 A LAS NUEVE (9:00 A.M.) DE LA MAÑANA. Bienes Materia de Remate: EL INMUEBLE CON EL FOLIO DE MATRÍCULA NO. 303-22199 DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BARRANCABERMEJA, PREDIO URBANO UBICADO EN LA CALLE 55 NO. 20-65 / CALLE 15 NO. 20-67 DEL BARRIO TORCOROMA, DE ESTA CIUDAD DE PROPIEDAD DE LA DEMANDADA MYRIAM CONSUELO MATEUS BLANCO. Avalúo del Bien: EL INMUEBLE FUE AVALUADO EN LA SUMA DE TRESCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS MCTE (361.296.152,00). Base de la Licitación: $252.907.306,40 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS SEIS PESOS CON CUARENTA CTVOS MCTE). Radicación del Expediente: 68-081 -4003-002- 2017-00702- 00. Juzgado que Hará el Remate: JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE BARRANCABERMEJA. Datos del Secuestre que Mostrará los Bienes Objeto de Remate: LUZ MIREYA AFANADOR AMADO Dirección: Carrera 13 No. 35-10 Of. 307 El Plaza Teléfono: 316 864 8429. Porcentaje que Debe Consignarse para Hacer Postura: EL 40% DEL AVALÚO A ÓRDENES DEL JUZGADO EN EL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, QUE PARA ESTE CASO EQUIVALE A LA SUMA DE $144.518.460,80. Los interesados deberán presentar en sobre cerrados sus ofertas, el sobre deberá contener, además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 del C.G.P., cuando fuere necesario. La postura podrá presentarse dentro de los cinco (5) días anteriores al remate, sin que sea necesaria la presencia en la subasta de quien hubiere hecho oferta dentro de ese plazo. Transcurrida una hora desde el comienzo de la licitación, el juez o el encargado de realizar la subasta abrirá los sobres y leerá en voz alta las ofertas que reúnan los requisitos señalados. Se adjudicará al mejor postor los bienes materia de remate. Para los efectos del artículo 450 del C.G.P. se expide el presente aviso de remate para su publicación por una sola vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en unos de los periódicos de amplia circulación de la ciudad. Copia informal de la página del diario se agregarán al expediente antes de darse inicio a la subasta. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. Barrancabermeja, Quince (15) de Octubre de Dos Mil Diecinueve (2019). (Fdo.) Julián Serrano Silva Apoderado Judicial. Ene. 19/20. 4712805.›

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REMATE CONTRA EDISON

AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE MIRANDA hace saber que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO Radicado al No. 2016 00011-00 promovido por la FINANCIERA COMULTRASAN identificada con NIT. 804.009.752-8 contra YOLIMAR PRADA SUÁREZ y WILLIAM IVÁN RINCÓN GARCÍA identificados con las C.C. No. 28.387.695 S.J. Miranda y 91.350.944 Piedecuesta, respectivamente, se señaló el día CINCO (5) DE FEBRERO DE 2020, A LAS NUEVE (9) DE LA MAÑANA para llevar a cabo la diligencia de remate del siguiente inmueble de propiedad de la parte demandada, Un lote de terreno urbano identificado como lote número 30 ubicado en la carrera 2 B número 5A -31 Urbanización Nuevo Mundo del Municipio de San José de Miranda, junto con la casa de habitación en él construida de 69.72 metros cuadrados que consta en el primer piso de sala comedor, cocina, patio de ropas, tres habitaciones, baño, inscrito en el catastro bajo el ordinal 01-00- 0027-0002- 000, con extensión superficiaria de setenta y dos metros cuadrados (72 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: POR EL ORIENTE, en extensión de doce (12) metro, colinda con el lote número treinta y uno (31); POR EL SUR, en extensión de seis (6) metros, colinda con el lote número veintisiete (27); POR EL OCCIDENTE, en extensión de doce (12) metros, colinda con el lote número veintinueve (29) y POR EL NORTE, en extensión de seis (6) metros, colinda con la calle sexta (6). Dicho predio fue avaluado en la suma de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($54.780.000.oo), será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo del inmueble, previa consignación del 40% del avalúo en el Banco Agrario de Colombia de la Ciudad de Málaga (art. 448 del CGP). Para los efectos del artículo 450 CGP se libra el presente aviso para su publicación por una sola vez con antelación no inferior a 10 días a la fecha señalada para el remate en uno de los periódicos de amplia circulación en esta ciudad, ya sea en VANGUARDIA LIBERAL o EL TIEMPO, la que se hará el día domingo. Copia informal de la página del diario se agregará al expediente antes de darse inicio a la subasta. Ene. 19/20. 4713162.

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AVISO DE REMATE.-

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AVISO DE REMATE.- JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE MIRANDA hace saber que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO Radicado al No. 2016 00004-00 promovido por la FINANCIERA COMULTRASAN identificada con NIT 804.009.752-8 contra NELLY CECILIA RODRÍGUEZ DE MERCHÁN LUIS ALBERTO MERCHÁN ROA, identificados con las C.C. No. 28.239.250 de Málaga y 2.173.297 de S.J. Miranda, respectivamente, se señaló el día TRES (3) DE FEBRERO DE 2020 A LAS NUEVE (9:00) DE LA MAÑANA para llevar a cabo la diligencia de remate del siguiente inmueble de propiedad de la demandada NELLY CECILIA RODRÍGUEZ DE MERCHÁN se trata de Un lote de terreno rural denominado LA ESPERANZA ubicado en la vereda Anchicuta y Moralito de la jurisdicción de San José de Miranda, con extensión superficiaria de tres hectáreas (3) y media dentro del cual existe una casa de habitación de construcción de tapias, techos de madera y teja de eternit, caney para beneficiar tabaco, de construcción de tapias, techo de madera y teja aluminio, con un colgadizo e inscrito en catastro del Municipio de San José de Miranda, bajo el ordinal 014-133, cuyos linderos generales son los siguientes: NORTE partiendo de un árbol de Dato o Captus, que se encuentra sobre un barranco a la margen derecha de la carretera que conduce a la casa de tapia, sigue en dirección Occidental, por línea semirrecta a encontrar un árbol de gallinero, luego a uno de guayabo, donde vuelve en dirección Occidental hasta encontrar un Yatágo o aro, donde vuelve al Occidente, y sigue a encontrar una piedra de grano y un árbol de cucharo que forma esquina colindando por este costado con el mismo comprador Luis Ernesto Merchán Roa y Lucas Ruíz, cerca de piedra y alambre en medio, en parte; OCCIDENTE, del punto anterior vuelve hacia el sur por línea semicurva, por el borde de un filo y vallado, hasta encontrar un árbol de trementina, junto a una piedra de cal, donde hace esquina colindando por este costado con Agustino Jaimes, línea reconocida en medio; por el SUR, del punto anterior vuelve hacia el Oriente, por línea recta pasando por un árbol de gallinero y una piedra de grano, hasta encontrar la carretera que conduce a casa de tapia, colinda en este costado con Cirilo Basto, surcos de fique, árboles y surco de guinea al medio; ORIENTE, del punto anterior vuelve hacia el norte, por línea semicurva y por la margen de la carretera hasta encontrar el punto de partida y encierra, cercas de alambre en medio, colindando por este costado con María de Jesús Basto y Luis Alberto Merchán, cercas de alambre y carretera al medio. Dicho predio fue avaluado en la suma de SETENTA MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($70.700.000.oo), será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo del inmueble, previa consignación del 40% del avalúo en el Banco Agrario de Colombia de la Ciudad de Málaga (art. 448 del CGP). Para los efectos del artículo 450 CGP se libra el presente aviso para su publicación por una sola vez con antelación no inferior a 10 días a la fecha señalada para el remate en uno de los periódicos de amplia circulación en esta ciudad, ya sea en VANGUARDIA LIBERAL o EL TIEMPO, la que se hará el día domingo. Copia informal de la página del diario se agregará al expediente antes de darse inicio a la subasta. Ene. 19/20. 4713163.

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EL SUSCRITO SECRETARIO

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EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE CHARALÁ, SANTANDER HACE EL SIGUIENTE LISTADO: EMPLAZANDO A: JUAN DE JESÚS DÍAZ LOZADA, identificado con C.C. No. 13.702.332 de Charalá (S), con domicilio en Charalá; de quien se desconoce dirección, lugar de trabajo y paradero actual, y a los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL CAUSANTE JUAN DE JESÚS DÍAZ NEIRA, quien en vida se identificó con la C.C. 5.624.279 de Charalá, de quienes se desconoce su nombre, domicilio, residencia y paradero actual, dentro del proceso VERBAL DE PETICIÓN DE HERENCIA propuesto por NELSON DÍAZ SANTOS, identificado con C.C. 13.703.508 de Charalá, contra el causante JUAN DE JESÚS DÍAZ NEIRA, representado por sus Herederos Determinados e Indeterminados, los primeros son JUAN DE JESÚS DÍAZ LOZADA, integrado el litisconsorcio con ROSALBA BECERRA LANCHEROS, identificada con C.C. No. 28.097.473 de Charalá, radicado al 68-167- 31-89- 001-2019- 00020-00 L.R.F.P.I., para que se presenten a este Juzgado ubicado en la carrera 17 No. 23-22de Charalá, teléfono 7258259 E-Mail: jprocircuitocharala@gmail.com, a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado 28 de Mayo de 2019. El presente LISTADO se publicará por una vez y en día domingo en el diario Vanguardia Liberal de Bucaramanga o El Tiempo de Bogotá D.C. y en la radiodifusora Charalá Estéreo, en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. y las 11:00 p.m. La parte interesada allegará al proceso copia informal de la página respectiva donde se hubiera publicado el presente y constancia de publicación radial. Efectuada la publicación y allegada en legal forma al proceso, se publicará en la página JUSTICIA XXI WEB donde aparece el Registro nacional de Personas Emplazadas del HONORABLE CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. El emplazamiento se entiende surtido transcurridos quince (15) días después de publicada la información en dicho Registro y se advierte a los emplazados que si no comparecen se les designará Curador Ad-Litem con quien se surtirá la notificación personal del auto de fecha 28 de Mayo de 2019 mediante el cual se admitió la demanda y ordenó correr traslado de la misma. Se elabora este listado, hoy dieciocho de junio de dos mil diecinueve, a las ocho de la mañana, para ser retirado por la parte demandante y los fines antes indicados (artículos 108 y 293 del C.G. del P.). Secretario (Fdo. Luis Gilberto Posada Fajardo. Hay un sello. Ene. 19/20. 4713191.

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PROCESO DIVISORIO. RADICACIÓN

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PROCESO DIVISORIO. RADICACIÓN 68001-3103 -010-2014 -00044-01. AVISO DE REMATE.- EL JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA HACE SABER: Que dentro del proceso DIVISORIO, instaurado por MARTHA CECILIA PRADA CHILLÓN Y JULIO CESAR PATIÑO CHILLÓN, contra MIGUEL ÁNGEL PRADA Y JUAN MARTÍN PRADA CHILLÓN, por auto de fecha 8 de noviembre de 2019, se señaló la HORA DE LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (8:30 A.M.) DEL DÍA DIECINUEVE (19) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE (2020), para llevar a cabo el remate del siguiente bien inmueble: “Un lote de terreno con superficie de 195.50 metros cuadrados, marcado con el número 13 Manzana 47 de la Urbanización o Barrio El Diamante II en Bucaramanga, junto con la casa de habitación sobre el cual se levanta, distinguida en la actual nomenclatura urbana del Municipio de Bucaramanga con el número 21-102 de la calle 89, cédula catastral número 01-04- 0097-0013- 000, con matrícula inmobiliaria No. 30034770”. El inmueble anterior, fue avaluado en la suma de TRESCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL PESOS ($326.205.000), será postura admisible la que cubra el cien por ciento (100%) del avalúo, es decir la suma de TRESCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL PESOS ($326.205.000.00), y para admitir al postor éste deberá consignar previamente el 40% del mismo avalúo, a saber, la cantidad de CIENTO TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL PESOS MCTES. ($130.482.000), en la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario de Colombia S.A., a órdenes de este Juzgado. La licitación empezará a la hora señalada y se hará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1395 del 12 de julio de 2010. Del anterior aviso de remate, se expide copia para su publicación por una sola vez en prensa o radio de conformidad con lo dispuesto en el Art. 450 del C.G.P. Hoy trece (13) de noviembre de dos mil diecinueve (2.019). (Fdo.) Diana Cristina Mantilla Cardozo. Hay un sello. Ene. 19/20. 4713255.

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RAMA JUDICIAL CONSEJO

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RAMA JUDICIAL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. REPÚBLICA DE COLOMBIA. JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS Código 68001.43. 03.006 BUCARAMANGA SANTANDER. Proceso: EJECUTIVO HIPOTECARIO. Radicado: 680014-003- 009-2015- 00584-01. Demandante: JENNY LILIANA DURÁN TRISTANCHO C.C. 37.541.734. Demandado: JEAN CARLOS GUEVARA MOSQUERA C.C. 13.870.464. Cuaderno: 2 de 2. AL DESPACHO de la Señora Juez para informar que no se pudo llevar a cabo la diligencia de remate programada para el 04 DE DICIEMBRE DE 2019, toda vez que por parte del sindicato de la rama judicial no permitieron el ingreso del público a los Juzgados. Sírvase Proveer. Bucaramanga, 06 de Diciembre de 2019. MARIO ALFONSO GUERRA RUEDA Secretario. JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS. Bucaramanga (Sder), Seis (06) de Diciembre de Dos Mil Diecinueve (2019). Visto el informe secretarial que antecede y revisado el expediente de la referencia, advierte el Despacho de conformidad con el artículo 448 del Código General del Proceso, se efectúa el correspondiente control de legalidad sin que se avizore impedimento alguno que impida llevar a cabo la diligencia de remate. En consecuencia, PROCÉDASE a fijar como nueva fecha y hora para llevar a cabo diligencia de remate sobre: 1. LOCAL 40-51 ubicado en la carrera 5 No. 11-28 Centro Comercial ORBE con un área de 4.00 m2, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 314-55630 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Piedecuesta, cuyos linderos se encuentran contenidos en la escritura pública número 3941 de fecha 20 de Diciembre de 2010 de la Notaría Décima del Círculo de Bucaramanga, denunciado de propiedad del demandado JEAN CARLOS GUEVARA MOSQUERA. 2. LOCAL 40-52 ubicado en la carrera 5 No. 11-28 Centro Comercial ORBE con un área de 4.00 m2, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 314-55631 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Piedecuesta, cuyos linderos se encuentran contenidos en la escritura pública número 3941 de fecha 20 de Diciembre de 2010 de la Notaría Décima del Círculo de Bucaramanga, denunciado de propiedad del demandado JEAN CARLOS GUEVARA MOSQUERA. 3. LOCAL 40-53 ubicado en la carrera 5 No. 11-28 Centro Comercial ORBE con un área de 4.00 m2, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 314-55632 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Piedecuesta, cuyos linderos se encuentran contenidos en la escritura pública número 3941 de fecha 20 de Diciembre de 2010 de la Notaría Décima del Círculo de Bucaramanga, denunciado de propiedad del demandado JEAN CARLOS GUEVARA MOSQUERA. Para el próximo JUEVES SEIS (06) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE (2020) A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 A.M.). Los locales fueron avaluados cada uno en la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ($46.800.000.oo) M/CTE. La licitación iniciará a las Dos de la tarde (2:00 p.m.) y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (1) hora, siendo base de la licitación la que cubra el valor del 70% del avalúo, es decir por cada local la suma de $32.760.000.oo, previa consignación del 40% de cada uno, el cual corresponde a la suma de $18.720.000.oo. El secuestre SARA LAGOS CAMARGO quien puede ser ubicada en la calle 29 No. 4-46 de Bucaramanga. PUBLÍQUESE en la forma ordenada por el artículo 450 del Código General del Proceso que reza “El remate se anunciará ni público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad o, en su defecto, en otro medio masivo de comunicación que señale el juez. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, y en él se deberá indicar...” (Subrayado fuera de texto). Es de advertir a los postores que ningún momento están obligados a cancelar suma alguna más allá de la obligación que dispone la Ley. NOTIFÍQUESE. Juez (Fdo.) Adriana Rivera Lizarazo. JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS BUCARAMANGA SANTANDER. Siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.) del día de hoy 09 de Diciembre de 2019 se notifica a las partes la providencia que antecede por anotación en el Estado No. 222. (Fdo.) Mario Alfonso Guerra Rueda. Ene. 19/20. 4713307.

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RAMA JUDICIAL. CONSEJO

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RAMA JUDICIAL. CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. REPÚBLICA DE COLOMBIA. CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DE SANTANDER. JUZGADO TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS Y CONOCIMIENTO EN PENAL. SAN GIL SANTANDER. AVISO DE REMATE.- EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN GIL HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO CON TÍTULO HIPOTECARIO DE ÚNICA INSTANCIA que en contra de ELPIDIO BUENO GALVIS adelanta en este Juzgado la abogada LUCILA ORTIZ ORTIZ, como apoderada de la señora NUBIA LÓPEZ FUENTES, bajo el radicado No. 686794089003 -2012-00035- 00, se ha señalado la hora de las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.) del próximo CINCO (05) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE (2020), para llevar a cabo la diligencia de REMATE de la cuota parte (50%) del bien INMUEBLE de propiedad del ejecutado ELPIDIO BUENO GALVIS, bien que se halla embargado, secuestrado y avaluado en este proceso, relacionado así: Una casa construida de ladrillo, madera y teja de eternit, el lote de terreno en donde está edificada y su solar anexo, que mide siete metros con veinte centímetros (7,20 mts) de frente, por veinte metros (20 mts) de fondo, ubicada en el perímetro urbano del municipio de San Gil Santander, carrera Once (11) marcada en su puerta de entrada con el número 17-89 y que corresponde al folio de Matrícula Inmobiliaria No. 319-5171 de la O.R.I.P. de San Gil. LINDEROS: POR EL NORTE O FRENTE: Con la Carrera Once (11) de la ciudad. POR EL SUR: Con propiedades de Herederos de JUAN B. RINCÓN al medio cerca de alambre. POR EL OCCIDENTE: Con propiedades de MARCO A. CALDERÓN V. antes hoy de MIGUEL RODRÍGUEZ, al medio pared de ladrillo. POR EL ORINET: Con propiedades de MIGUEL RODRÍGUEZ antes, hoy de OCTAVIO CALDERÓN, al medio pared de ladrillo y muro de piedra. Los anteriores linderos fueron tomados de la primera copia de la Escritura No. 432 de fecha 10 de marzo de 2010 de la Notaría Primera del Círculo de San Gil Santander. El Avalúo aprobado del inmueble antes citado es la suma de DOSCIENTOS CINUENTA Y OCHO MILLONES CUARETA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($258.047.389,oo), de lo cual al demandado ELPIDIO BUENO GALVIS, le corresponde el 50% es decir, CIENTO VEINTINUEVE MILLONES VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS MONEDA CORRIENTE ($129.023.694,50). Igualmente se informa para efectos de mostrar el bien a rematar el nombre del secuestre es ALFONSO CAMACHO PARDO, quien reside en la carrera 30 No 18-04 barrio San Alonso de la Ciudad de Bucaramanga Santander, Teléfono: 318 365 2100. La licitación se iniciará a la hora señalada y no se cerrará si no después de haber transcurrido una (1) hora por lo menos, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien. Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente el porcentaje legal o sea el 40% del avalúo, en la cuenta de depósitos judiciales del Juzgado No. 686792042003 del Banco Agrario Local y el rematante deberá consignar el 5% del valor total del remate por concepto del impuesto para el Fondo para la Modernización Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, acorde con lo establecido en la Ley 1743 del 26 de Diciembre de 2014, artículo 12, con destino al Consejo Superior de la Judicatura y el 1% del valor total del remate como retención en la fuente ley 55 de 1985. En cumplimiento al artículo 450 del C. G del Proceso, se expide el presente aviso para su publicación por una vez con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate en uno de los periódicos de más amplia circulación en la localidad, así mismo con la copia o constancia de publicación del aviso deberá allegar el certificado de Tradición y Libertad del inmueble a rematar expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para el remate. San Gil 17 de Enero de 2020. Secretario (Fdo.) Oscar Darío Jaramillo Guevara. Ene. 19/20. 4713371.

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JORGE ELICER GUERRERO

AVISO ALCALDIA MUNICIPAL

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AVISO ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN GIL RESOLUCION NO.200-33-006-2020

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ALCALDÍA MUNICIPAL DE

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ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN GIL. RESOLUCIÓN No. 200- 33. 009. 2019. (17/01/2020). POR MEDIO DE LA CUAL SE CONCEDE LICENCIA URBANÍSTICA DE CONSTRUCCIÓN MODALIDAD OBRA NUEVA. LA SECRETARIA DE CONTROL URBANO E INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL DE SAN GIL, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 388 de 1997, Ley 1796 de 2016, la Ley 400 de 1997, la Ley 810 de 2003 y sus decretos reglamentarios, Decreto 4065 de 2008, Decretos 1333 de 1986 y el acuerdo municipal 038 de 2003, (P.B.O.T.), Decreto 1077 de 2015, modificado parcialmente por el Decreto 2218 de 2015, Decreto 1197 de 2016 y Decreto 1203 de 2017 y Decreto No. 100- 12-155- 2018 del 04 de julio de 2018 y demás normas vigentes sobre la materia. Radicado: 2019-214 RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el proyecto de LICENCIA URBANÍSTICA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD OBRA NUEVA, de una Bodega de un (1) piso, conformada por una Bodega y dos (02) Oficinas, predio ubicado en el Lote No. 4 A1 sector Avenida Primera municipio de San Gil, departamento de Santander, solicitado por la señora NANCY CASTRO CELIS identificada con la cédula de ciudadanía No. 37.895.554 expedida en la ciudad de San Gil (Santander) e identificado con folio de Matrícula Inmobiliaria No. 319-57387 y Código Catastral No. 01 00 0539 0037 000, cuyos linderos se encuentran consignados en la escritura pública No. 542 del día 19 del mes de Marzo del año 2013 de la Notaría Primera del Círculo de San Gil, Santander, presentó Planos Arquitectónicos diseñados por el arquitecto Julián Ricardo Urrea Barrera con matrícula profesional No. A30552016- 1100961884, diseño estructural elaborado por el ingeniero Víctor Hugo Jiménez López, con matrícula profesional No. 68202- 094760 STD, quien a su vez actúa como responsable de la construcción. Esta aprobación no exime al Representante legal y al Constructor de su responsabilidad en el funcionamiento y estabilidad de la obra. PARÁGRAFO: La siguiente providencia no afecta situaciones de propiedad, posesión o servidumbre. ARTÍCULO SEGUNDO: Conceder la LICENCIA URBANÍSTICA DE CONSTRUCCION MODADLIDAD OBRA NUEVA de una Bodega de un (01) piso, conformada por una Bodega y dos (02) Oficinas. Predio ubicado en el Lote No. 4 A1 Sector Avenida Primera Municipio de San Gil departamento de Santander, con folio de matrícula inmobiliaria No. 319-57387 y Código Catastral No. 01 00 0539 0037 000, cuyos linderos se encuentran consignados en la escritura pública No. 542 del día 19 del mes de Marzo del año 2013 de la Notaría Primera del Círculo de San Gil Santander, cuyo propietaria es la señora NANCY CASTRO CELIS identificada con la cédula de ciudadanía No. 37.895.554 expedida en la ciudad de San Gil Santander, para que efectúen las obras de conformidad con las normas generales del acuerdo municipal 038 del 2003 P.B.O.T. del municipio de San Gil y en concordancia con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes. PARÁGRAFO: Incorporar el presente acto administrativo de licencia de construcción No. 5506 del 31 de enero 2020, la cual hace parte integral y así como dos (02) planos arquitectónicos y dos (02) planos estructurales debidamente aprobadas por la Secretaría de Control Urbano e Infraestructura del municipio de San Gil. ARTÍCULO TERCERO: Descripción del proyecto: LICENCIA URBANÍSTICA DE CONSTRUCCIÓN MODALIDAD OBRA NUEVA de una Bodega de un (01) piso, conformada por una Bodega y dos (02) Oficinas. Predio ubicado en el Lote No. 4 A1 sector Avenida Primera municipio de San Gil departamento de Santander, solicitado por la señora NANCY CASTRO CELIS identificada con la cédula de ciudadanía No. 37.895.554 expedida en la ciudad de San Gil Santander; área total del lote: 1.454.00 M2. Área total construida: 830.00 M2. ARTÍCULO CUARTO: Los planos que contienen los diseños arquitectónicos y estructurales, así como las memorias de cálculo y estudio geotécnico han sido debidamente aprobados por la oficina Asesora de Control Urbano e Infraestructura del municipio y hacen parte integral de la presente resolución. ARTÍCULO QUINTO: Reconocer al ingeniero Víctor Hugo Jiménez López con Matrícula Profesional No. 68202- 094760 STD como responsable legalmente de los diseños estructurales y de información contenidas en ellos, quien a su vez actúa como Responsable de la construcción. ARTÍCULO SEXTO: Reconocer al arquitecto Julián Ricardo Urrea Barrera con matrícula profesional No. A30552016- 1100961884 como responsable legalmente de los diseños arquitectónicos y de la información contenida en ellos. ARTÍCULO SÉPTIMO: Reconocer al ingeniero Víctor Hugo Jiménez López con Matrícula Profesional No. 68202- 094760 STD como responsable legalmente de la obra. ARTÍCULO OCTAVO: La ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto arquitectónico y estructural aprobado, para poder ser recibidas a satisfacción por la Secretaría de Control Urbano e Infraestructura de San Gil teniendo en cuenta las siguientes consideraciones técnicas: a) Se deben colocar mallas o cortinas protectoras hacia los predios colindantes y el espacio público para evitar que la caída de escombros pueda ocasionar accidentes a las personas o daños materiales a los inmuebles vecinos. b) Los daños causados a terceros en la ejecución de las obras son responsabilidad del propietario del presente proyecto. c) Los muros que demarcan los linderos deben levantarse dentro de los límites del predio sobre el cual actúa la presente licencia. PARÁGRAFO UNO: Se deja constancia que para adelantar intervenciones localizadas en el espacio público, deberán tramitar los titulares del proyecto la respectiva Licencia de Intervención de Espacio Público, ante la oficina Asesora Control Urbano e Infraestructura de San Gil. PARÁGRAFO DOS: La construcción objeto de licencia deberá garantizar la accesibilidad y desplazamiento de las personas con movilidad reducida, sea ésta temporal o permanente, de conformidad con las normas vigentes de carácter nacional, municipal o distrital sobre eliminación de barreras arquitectónicas para personas en situación de discapacidad especialmente con la Ley 361 de 1997, reglamentada por el Decreto 734 de 2012, reglamentada parcialmente por el Decreto 1538 de 2005, adicionada por la Ley 1287 de 2009, según lo establecido en el Decreto 1077 de 2015. PARÁGRAFO TRES: Es responsabilidad del solicitante (propietario y/o tenedor del inmueble), el constructor, el diseñador de la instalación eléctrica, deberán verificar que la construcción cumpla a cabalidad con el RETIE de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 90708 del 30 de agosto de 2013 del Ministerio de Minas y Energía, o la norma que modifique, adicione o sustituya, así como debe garantizar las distancias mínimas de retiro de seguridad a redes de distribución de redes eléctricas que demanda la ley. ARTÍCULO NOVENO: OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA LICENCIA: El titular de la licencia deberá dar cumplimiento de las siguientes obligaciones establecidas en el artículo 11 del Decreto 1203 de 2017 que modifica el artículo 2.2.6.1.2.3.6 del Decreto 1077 del 2015, tales como: a. Ejecutar las obras de forma tal que se garantice la salubridad y seguridad de las personas, así como la estabilidad de los terrenos y edificaciones vecinas y de los elementos constituidos del espacio público. b. Cuando se trate de licencias de urbanización, ejecutar las obras de urbanización con sujeción a los proyectos técnicos aprobados y entregar y dotar las áreas públicas objeto de cesión gratuita con destino a vías locales, equipamientos colectivos y espacio público, de acuerdo con las especificaciones que la autoridad competente expida. c. Mantener en la obra la licencia y los planos aprobados y exhibirlos cuando sean requeridos por la autoridad competente. d. Cumplir con el programa de manejo ambiental de materiales y elementos a los que hace referencia la Resolución 541 de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente, o el acto que la modifique o sustituya, para aquellos

ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN GIL. RESOLUCIÓN No. 200- 33. 009. 2019. (17/01/2020).

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ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA EXPEDIENTE

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ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA EXPEDIENTE No. 300-A.A. 2019-34.- Derecho Real de Dominio, siendo lo correcto, según el instrumento en mención, que actúa como vendedor, debiendo cambiarse la preposición A por la DE. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR corregir la anotación N° 3 del folio 300-53380, en el sentido de suprimir a JORGE DELGADO, identificado con la C.C. N° 2.195.366, la preposición A, incluyendo en su lugar De, toda vez que actúa como vendedor, de conformidad a la Escritura Pública N° 551 del 21/03/1975 otorgada por la Notaría Primera del Círculo de Bucaramanga, suprimiéndole la X de titular del Derecho real de Dominio, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente resolución. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión a ISABEL FIALLO RÍOS, identificada con la C.C. N° 28.239.617; HEREDEROS INDETERMINADOS de BENILDA RÍOS DE FIALLO, quien en vida se identificaba con la C.C. N° 28.234.611, ANA DIONICIA FIALLO RÍOS, identificada con la C.C. N° 28.238.997; CARMEN OVIEDO DE POPO, identificada con la C.C. N° 28.235.964; CONSUELO MARÍA ARENAS DE SEPÚLVEDA, identificada con la C.C. No. 37.805.779; JORGE DELGADO, identificado con las C.C. No. 2.195.366; ALICIA PÉREZ DE PÉREZ, identificada con la C.C. N° 24.027.238, advirtiéndole que contra esta decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de Registro -Subdirección de Apoyo Jurídico- de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación (Artículo 74 y siguientes CPACA). ARTÍCULO CUARTO: Si no fuere posible la notificación personal a los terceros, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación nacional o local y en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO QUINTO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en el folio de matrícula No. 300-53380. ARTÍCULO SEXTO: Esta resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bucaramanga, a los 28 NOV 2019. (Fdo.) Edgar Guillermo Rodríguez Borray, Registrador Principal de I. P. Aprobó y Revisó: Dr. E.G.R.B. Proyectó y Elaboró: S. Hay un sello. Enero 21/2020. 4714213.

ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA EXPEDIENTE No. 300-A.A. 2019-34.- Derecho Real de Dominio, siendo lo

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AVISO ..LA REGISTRADURIA

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Cuerpo para Impreso: 
AVISO ..LA REGISTRADURIA SECCIONAL DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE CHARALA

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